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Documento BOE-A-2007-10311

Resolución de 28 de marzo de 2007, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Junta de Castilla y León, por el que se delimita el entorno de protección de la Iglesia de Santo Tomás Canturiense, en Salamanca, declarada bien de interés cultural, con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 122, de 22 de mayo de 2007, páginas 22011 a 22011 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2007-10311

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 15 de marzo de 2007 acuerda delimitar el entorno de protección de la Iglesia de Santo Tomás Canturiense, en Salamanca, declarada Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de dicho Acuerdo, que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 28 de marzo de 2007.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.

ANEXO Acuerdo 36/2007, de 15 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se delimita el entorno de protección de la iglesia de Santo Tomás Canturiense, en Salamanca, declarada bien de interés cultural, con categoría de monumento

La Iglesia de Santo Tomás Canturiense, en Salamanca, fue declarada monumento histórico-artístico por Real Decreto 2652/1983, de 28 de julio.

En aplicación de la disposición adicional primera de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, pasa a tener la consideración y a denominarse Bien de Interés Cultural. A fin de adecuar la declaración a las prescripciones impuestas por la citada Ley, la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, por Resolución de 26 de octubre de 1999, incoó procedimiento de delimitación del entorno de protección de la Iglesia de Santo Tomás Canturiense, en Salamanca, declarada Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento. Con fecha 18 de febrero de 2000, la Universidad de Salamanca informa favorablemente la pretendida declaración, de conformidad con el artículo 9.5 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español. Cumplidos los trámites preceptivos de información Pública y Trámite de Audiencia, dentro del plazo concedido al efecto no se presentan alegaciones al expediente. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, la Consejera de Cultura y Turismo ha propuesto delimitar el entorno de protección de la Iglesia de Santo Tomás Canturiense, en Salamanca, declarada Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento, y, a tal efecto, ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes. En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 15 de marzo de 2007, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.-Se delimita el entorno de protección de la Iglesia de Santo Tomás Canturiense, en Salamanca, declarada Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento.

Segundo.-Delimitación del entorno de protección:

Plaza del Corrillo de Santo Tomás, números 1, 2, 3, 4, 5, 6 7, 8, 9-10, c/v P. Canalejas.

Calle del Rosario, números 32, 34, 36, 40 y 42. Calle del Obispo Barbado Viejo, números 5, 7 y 9. Paseo de Canalejas, número 180. Calle Marquesa de Almarza, número 59.

La zona afectada por la delimitación, es la que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, 15 de marzo de 2007.-El Presidente de la Junta de Castilla y Leon (firmado en el original), Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo (firmado en el original), Silvia Clemente Municio.

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