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Documento BOE-A-2007-10551

Resolución de 7 de mayo de 2007, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza, relativo a la provisión del Fondo Fiduciario para la financiación del Secretariado de Naciones Unidas para la Década del Agua 2006-2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 25 de mayo de 2007, páginas 22831 a 22832 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-10551

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, con fecha 4 de diciembre de 2006 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza, relativo a la provisión del Fondo Fiduciario para la financiación del Secretariado de Naciones Unidas para la Década del Agua 2006-2015, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 7 de mayo de 2007.-El Director General del Agua, Jaime Palop Piqueras.

ANEXO Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza, relativo a la provisión del Fondo Fiduciario para la financiación del Secretariado de Naciones Unidas para la Década del Agua 2006-2015

En Zaragoza, a de 4 de diciembre de 2006.

REUNIDOS

De una parte, la Ministra de Medio Ambiente, doña Cristina Narbona Ruiz, nombrada por Real Decreto 558/2004, de 17 de abril, en el ejercicio de las competencias propias del cargo que ostenta y en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, el Excmo. Sr. don Alfredo Boné Pueyo, Consejero del Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, facultado para este acto por Acuerdo de Consejo de Gobierno de Aragón, celebrado el 21 de noviembre de 2006. Y de otra, el Excmo. Sr. don Juan Alberto Belloch Julbe, Alcalde del Ayuntamiento de Zaragoza, nombrado en la sesión constitutiva del Pleno de fecha 14 de junio de 2003.

MANIFIESTAN

1. La Resolución de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas 58/217 de 9 de febrero de 2004 proclama el Decenio Internacional para la Acción «El Agua, fuente de vida» 2005-2015 (en adelante «Década del Agua»).

2. España y la Organización de las Naciones Unidas han alcanzado un acuerdo para establecer la Sede de la Oficina de las Naciones Unidas para Década del Agua en la ciudad de Zaragoza -España-con arreglo a los términos de un entendimiento previo entre el Ministerio de Medio Ambiente de España y el Secretario General Adjunto de Asuntos Económicos y Sociales. 3. España se compromete a colaborar en la financiación de la Oficina en los términos acordados con la Organización de las Naciones Unidas. 4. Para ello se ha establecido un Fondo Fiduciario de Cooperación Técnica entre las Naciones Unidas y España (en adelante fondo fiduciario) cuyo beneficiario es el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de Naciones Unidas y se ha suscrito un acuerdo relativo a la sede. 5. El Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza tienen la voluntad de colaborar con el establecimiento de la Oficina en la ciudad de Zaragoza.

A efectos de establecer los términos de esta colaboración y la contribución económica de las tres Administraciones Públicas para el establecimiento de la Oficina de Naciones Unidas para la Década del Agua, 2006-2015, las partes acuerdan suscribir el siguiente Convenio de colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-El presente Convenio tiene por objeto fijar la colaboración y la contribución económica de las tres Administraciones Públicas en el establecimiento de la Oficina de Naciones Unidas en Zaragoza para la Década del Agua, 2006-2015. Para ello, el Ministerio de Medio Ambiente, el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Zaragoza colaborarán en la provisión de capital para el fondo fiduciario y en la puesta a disposición de locales y determinados servicios, destinados a dicha Oficina. Segunda. Aportaciones iniciales de las partes.

1. La aportación total de las partes al fondo fiduciario será de 2.795.444 dólares americanos (USD) para los años 2006 y 2007. Esta cantidad se repartirá a partes iguales entre los dos años, es decir, 1.397.722 USD anuales.

2. Para cada uno de los años 2006 y 2007, las aportaciones de cada una de las partes serán las siguientes:

El Ministerio de Medio Ambiente aportará 700.000 euros/año, con cargo a la partida presupuestaria 23 05 452A 790.

El Gobierno de Aragón aportará 350.000 euros/año, con cargo a la partida presupuestaria G/4421/490001/91002 El Ayuntamiento de Zaragoza cederá gratuitamente el uso de los locales previstos para la sede de la Oficina, siendo a su cargo además los gastos de limpieza, mantenimiento y reparación, valorados en su conjunto en 200.000 euros/año y procediendo a una aportación dineraria adicional de 150.000 euros/año.

3. Las aportaciones de las partes quedan sometidas a las condiciones que establecen los Acuerdos sobre el fondo fiduciario y sobre sede. Las aportaciones dinerarias por un total de 2.795.444 dólares americanos (USD) deberán ser transferidas al citado fondo en los plazos que se establecen en el anexo 3 del Acuerdo.

4. Las aportaciones de las partes al fondo están destinadas a financiar las actividades que se describen en el Acuerdo firmado entre España y el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de Naciones Unidas para establecer la Oficina del Decenio Internacional para la Acción, «El agua fuente de vida», en Zaragoza. 5. La cantidad remanente de las aportaciones aplicables a 2006 se utilizarán para la realización de un Seminario, organizado conjuntamente con el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de Naciones Unidas, en Zaragoza, coincidente con la inauguración de la Oficina.

Tercera. Restantes aportaciones.-Dado que el Acuerdo suscrito entre España y Naciones Unidas tiene una duración de diez años, y este Convenio solo contempla las aportaciones de sus firmantes durante los dos primeros (primera fase), éstas suscribirán en el último trimestre de los años 2007; 2009; 2011 y 2013 sucesivas Adendas de prórroga, que determinen sus obligaciones para los dos ejercicios siguientes.

Cuarta. Comisión de Seguimiento.-A efectos de evaluar los resultados de la actuación de la Oficina del Decenio Internacional para la Acción «El agua fuente de vida» y proponer conjuntamente nuevas actuaciones u objetivos para su funcionamiento, así como para coordinar la participación de las Administraciones firmantes en la implementación del proyecto, se crea una Comisión de Seguimiento que estará integrada por el Secretario General para el Territorio y la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, el Alcalde de Zaragoza y el Consejero de Presidencia de la Diputación General de Aragón, o personas en quienes deleguen. Además, y conforme a lo previsto en el artículo 27.1.b) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, por parte de la Administración General del Estado, habrá un representante de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma. Quinta. Vigencia.-Este Convenio surtirá efectos a partir de la fecha de su firma y permanecerá vigente en estos términos hasta el 31 de diciembre de 2007. La prórroga por períodos bienales hasta el año 2015 inclusive, se realizará mediante la suscripción de las Adendas previstas en la cláusula tercera de este Convenio. Sexta. Resolución.-Será causa de resolución del presente Convenio y las sucesivas Adendas el incumplimiento, por parte de cualesquiera de las partes intervinientes, de las obligaciones esenciales contenidas en sus cláusulas, entendiéndose por esenciales las referidas a los compromisos de financiación. Séptima. Naturaleza jurídica.-Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se otorga al amparo de lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, hallándose por tanto excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido en el artículo 3.1.c) de dicho texto legal.

Octava. Jurisdicción competente.-La Jurisdicción Contencioso-Administrativa será la competente para resolver las cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes, en el desarrollo del presente Convenio, dada la naturaleza administrativa de éste.

En prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes intervinientes firman el presente Convenio, por triplicado ejemplar, a un solo efecto, en el lugar y fecha señaladas en su encabezamiento.-La Ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona Ruiz.-El Consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, Alfredo Boné Pueyo.-El Alcalde de Zaragoza, Juan Alberto Belloch Julbe.

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