Advertidos errores en la Resolución de 5 de junio de 2007, de la Dirección General de Emigración por la que se convocan ayudas del programa de Retorno de la Orden TAS/874/2007, de 28 de marzo (publicada en el BOE de 8 de junio de 2007), se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:
En la página 25166, apartado 8 «Documentos que se aportan», debe añadirse a continuación de «Fotocopia del Pasaporte/Documento Nacional de Identidad en vigor» «Certificación literal de nacimiento o documentación que acredite nacionalidad española de origen».
En la página 25169, Apartado 6. «Documentos que se han de aportar» debe añadirse «Memoria explicativa de las actividades realizadas, con indicación expresa de los españoles retornados atendidos en el año inmediatamente anterior, de los motivos de la información solicitada y del tipo de gestiones desarrolladas».
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid