La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre (Boletín Oficial del Estado n.º 7 de 8 de enero de 2005) establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia pública. Por Resolución de 14 de noviembre de 2006 (Boletín Oficial del Estado n.º 281 de 24 de noviembre de 2007), de esa Dirección General, se convocan las ayudas de acción y promoción cultural correspondientes al presente ejercicio. De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución de 14 de noviembre de 2006, la Comisión de Estudio y Valoración ha examinado y valorado las solicitudes presentadas a la convocatoria, habiendo dado traslado de la propuesta a la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, órgano instructor del procedimiento, para la concesión de determinadas ayudas a los solicitantes seleccionados. De acuerdo con lo establecido en la Resolución de 14 de noviembre de 2006, los criterios tenidos en cuenta por la Comisión de Estudio y Valoración para la selección de solicitudes han sido:
a) Valoración de la aportación que represente la actividad propuesta para el cumplimiento de las finalidades del apartado primero de la Resolución de convocatoria.
b) Capacidad y solvencia del solicitante. c) Trayectoria dentro de la actividad para la que se solicita la ayuda. d) Calidad del proyecto presentado.
Con posterioridad a la propuesta de concesión de las ayudas de acción y promoción cultural, se han producido las siguientes circunstancias:
Desistimiento de Mateo López Feijoo, a quien se había propuesto un importe de 2.000 €.
Desistimiento de la Asoc. Amigos del Camino de Santiago de Palencia, a quien se había propuesto un importe de 3.000 €. Adaptación de la propuesta inicial de 2.000 €, a favor de Unión Territorial Anabad-Aragón, al gasto real de la actividad, que finalmente ha ascendido a 1.803,55 €.
En virtud de ello, vistas todas las solicitudes presentadas a la convocatoria; vista la propuesta elaborada por la Comisión de Estudio y Valoración en su reunión de 16 de marzo de 2007, y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre y en la Resolución de 14 de noviembre de 2006, antes citadas, dispongo:
Primero.-Conceder ayudas a las personas y entidades que se relacionan en el anexo I a la presente orden, para la realización de las actividades que en el mismo se mencionan y en las cuantías que allí se señalan.
Segundo.-Fijar el 31 de diciembre del año 2007 como término para llevar a cabo las actividades objeto de las ayudas. La realización de estas actividades será justificada por los beneficiarios de conformidad con lo establecido en el punto Segundo, 9, 3 de la Resolución de 14 de noviembre de 2006, de acuerdo con las instrucciones que se notificarán a los interesados, y en los tres meses siguientes a la terminación del plazo establecido en el párrafo anterior. Tercero.-Denegar el resto de las solicitudes por los motivos que se expresan en anexo II al acta de la Comisión de Estudio y Valoración, cuyo contenido se encuentra a disposición de los interesados en la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural del Ministerio de Cultura.
Esta orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11. 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación a los beneficiarios, o a la de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para el resto de los interesados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 5 de junio de 2007.-La Ministra de Cultura, P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio), el Director General de Cooperación y Comunicación Cultural, Carlos Alberdi Alonso.
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