Visto el expediente de indulto de don Pedro Martínez Galindo, condenado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de Madrid, en sentencia de 20 de diciembre de 1999, como autor de un delito de fabricación de moneda falsa a la pena de ocho años de prisión con multa por el importe de 44.000.000 de pesetas, por hechos cometidos en el año 1997, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de junio de 2007,
Vengo en conceder indulto a don Pedro Martínez Galindo de la mitad de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de junio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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