Visto el expediente de indulto de don Enrique Martínez Rosillo, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Granada, en sentencia de 24 de noviembre de 2005, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación, a la pena de tres años, seis meses y un día de prisión; y una falta de lesiones, a la pena de 10 días de localización permanente y a que abone la cantidad de 29,40 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de junio de 2007,
Vengo en conmutar a don Enrique Martínez Rosillo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de junio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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