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Documento BOE-A-2007-13175

Resolución CMC/1577/2007, de 17 de mayo, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la iglesia de Sant Julià, en L'Arboç, y de delimitación de su entorno de protección.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 6 de julio de 2007, páginas 29322 a 29322 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2007-13175

TEXTO ORIGINAL

El 3 de abril de 2007, el director general del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación de expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la iglesia de Sant Julià, en L'Arboç (Baix Penedès), en el que se justifica la necesidad de delimitar un entorno de protección. Vistos los artículos 8 y 9 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la iglesia de Sant Julià, en L'Arboç (Baix Penedès), y de delimitación de su entorno de protección. Este entorno consta grafiado en el plano que figura en el expediente.

Segundo.-Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de L'Arboç y hacerle saber que, de acuerdo con lo que establece el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura y Medios de Comunicación puede autorizar la realización de las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de esta Resolución. Tercero.-Abrir un período de información pública de acuerdo con lo que prevé el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de esta Resolución en el DOGC, el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura y Medios de Comunicación en Tarragona, calle Major, 14, 43003. Durante este plazo podrá alegarse lo que se considere conveniente sobre el expediente.

Cuarto.-Comunicar la presente Resolución al Registro de bienes culturales de interés nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro general de bienes de interés cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 17 de mayo de 2007.-El Consejero de Cultura i Medios de Comunicación, Joan Manuel Tresserras i Gaju.

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