Vista la petición interesada por la Entidad Básculas Condal, S. A. (Calle Industria, s/n, Polígono Industrial Compte de Sert, 08755 Castellbisbal-Barcelona), en solicitud de aprobación CE de modelo de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo ES-93; De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratori General d'Assaigs i Investigacions, con referencia 07/31701215, de 17 de mayo de 2007, Esta Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de Control Metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre; y la Orden de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático que incorpora al Derecho interno español la Directiva 90/384/CEE de 20 de junio de 1990, modificada por la Directiva 93/68/CEE, de 22 de julio de 1993, ha resuelto:
Primero.-Autorizar a favor de la entidad Básculas Condal, S.A., la aprobación CE de modelo de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, modelo ES-93.
Segundo.-Se trata de un instrumento de pesaje de funcionamiento no automático, graduado, de equilibrio automático, monorango o multirango, monoescalón,
Clase de precisión media |
(III) y (IIII) |
- |
n ≤ nmax |
≤ 6000 |
- |
Max |
≤ 6000·e |
kg |
6 ≤ Max ≤ 150000 |
kg |
|
Min |
≥ 20 e |
kg |
e |
Max/n (1·10n, 2·10n, 5·10n) |
kg |
Límite superior del rango de temperaturas, Tmax |
+40 |
ºC |
Límite inferior del rango de temperaturas, Tmin |
-10 |
ºC |
Límite inferior del rango de temperaturas, Tmin |
≥ -10 |
ºC |
Tercero.-Esta aprobación CE de modelo tiene validez hasta el 1 de junio de 2017. Cuarto.-Próximo a finalizar el plazo de validez que se concede, la entidad o titular de la misma, si lo desea, solicitará a la Secretaría de Industria y Empresa del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa de la Generalidad de Cataluña, la oportuna prórroga de esta aprobación CE de modelo. Quinto.-Las características principales, condiciones de aprobación y las eventuales condiciones especiales figuran en el certificado de aprobación CE de modelo número E-07.02.01 y en su anexo. El modelo queda completamente descrito en la documentación técnica presentada y que se encuentra depositada en nuestra Secretaría de Industria con el número de referencia 16/07. Sexto.-Ninguna propiedad de este instrumento, descrita o no, puede ser contraria a la legislación vigente.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de alzada ante el Honorable Consejero de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que consideren oportuno.
Barcelona, 1 de junio de 2007.-P. D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.
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