Visto el expediente de indulto de don Francisco Botella Cerezo, condenado por el Juzgado de lo Penal número 11 de Valencia, en sentencia de 31 de octubre de 2003, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, a la pena de nueve meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de junio de 2007,
Vengo a indultar a don Francisco Botella Cerezo seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 22 de junio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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