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Documento BOE-A-2007-14154

Resolución de 19 de junio de 2007, de la Secretaría General de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se da publicidad al Acuerdo de la Junta de Castilla y León por el que se declara la villa de Villarcayo (Burgos), como bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 23 de julio de 2007, páginas 32036 a 32037 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2007-14154

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 7 de junio de 2007, acuerda. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo que figura con anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Valladolid, 19 de junio de 2007.-El Secretario General de la Consejería de Cultura y Turismo, José Rodríguez Sanz-Pastor.

ANEXO

Acuerdo 70/2007, de 7 de junio, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Villa de Villarcayo (Burgos) como bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico

El conjunto conserva una interesante representación de tipologías que incluye, desde una arquitectura culta con casonas o casas solariegas blasonadas de los siglos XVII y XVIII, hasta una arquitectura popular rural y urbana con claras influencias de la casa montañesa con balcón o solana. En cuanto a materiales, se utiliza de forma predominante la piedra, en muchos casos de sillería o sillarejo.

La Dirección General de Patrimonio y Bienes Culturales, por Resolución de 24 de junio de 2005, acordó incoar procedimiento para la declaración de bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico la Villa de Villarcayo (Burgos). De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, las Universidades de Burgos y S.E.K. de Segovia informaron favorablemente la pretendida declaración. Cumplidos los tramites preceptivos de información pública y tramite de audiencia, dentro del plazo concedido al efecto se presentan alegaciones al expediente, que han sido estudiadas y valoradas en la propuesta de declaración. En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de junio de 2007, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.-Se declara la Villa de Villarcayo, bien de interés cultural con categoría de conjunto histórico.

Segundo.-Delimitación de la zona afectada por la declaración del Conjunto Histórico:

Comenzando por el oeste, y entrando por la carretera que comunica Cigüenza con Villarcayo, en la calle Santa Marina, a la altura del encuentro con el pasaje del Soto, nos adentramos en dicho paseo recogemos la parcela 12 de la manzana catastral 30.453, caminamos hacia «el Soto» por el pasaje del Soto y recogemos las parcelas 01, 02, 06, 07, 08, 14, 13, 12, 11 y 10, de la manzana catastral 34.147, siendo la 06 la correspondiente la Casona de los Díez de Isla, importante casa blasonada. Cruzamos la calle del soto y recogemos todas las parcelas de la manzana catastral 33.440, así como las parcelas exentas 14, 33 y 34 de la misma manzana catastral 33.440; recogemos un tramo de la calle Julio Dávila en dirección a Quintanilla de Socigüenza hasta la arboleda para volver otra vez en dirección a la plaza Mayor en su confluencia con la calle San Roque, recogemos las parcelas 01 y 02 de la manzana catastral 35.468, cruzamos la calle San Roque y recogemos la edificación nueva sobre las parcelas 12, 11 y 10 de la manzana catastral 36.459, recogemos la parcela completa 08 de la misma manzana catastral, y cruzamos la calle Boulevard de nueva creación, recogemos las parcelas 05 y la edificación de la parcela 04, continuando el límite adaptándose a los fondos de las parcelas 74 y 68 de la manzana catastral 36459 para adaptarse posteriormente a los fondos edificados de las parcelas 67, 66, 65, 64, 63, 62, 61, 60, 59, y 58 de la misma manzana catastral, atravesamos la calle Doctor Albiñana en dirección sur recorriendo la calle Oriente hasta su encuentro con la calle Nuño Rasura, vamos en dirección oeste y recogemos las parcelas 34, 33 y 32 de la manzana catastral 34.415, cruzamos la calle Obras Públicas y recogemos las parcelas 23, 25 y 26 de la manzana catastral 34.415, cruzamos la calle Calvo Sotelo y recogemos las parcelas cuyos frentes de fachada dan a la plaza Mayor, que son la 07, 06, 05, 04, 03, 02 de la manzana catastral 33.439, continuamos dirección oeste por la calle Doctor Mendizábal, recogiendo las parcelas 01 y 13 de la misma manzana catastral 33439, y ya estamos de nuevo en la calle Santa Marina; recogemos la Iglesia, cruzamos en dirección oeste y recogemos las parcelas 19, 18, 17, 15 y 14 y seguimos en dirección oeste para cerrar la delimitación, en su encuentro del cruce de Santa marina con la confluencia del Pasaje del Soto. La zona afectada por la declaración, es la que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado.

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquél.

Valladolid, a 7 de junio de 2007.-El Presidente de la Junta de Castilla y Leon (firmado en el original), Juan Vicente Herrera Campo.-La Consejera de Cultura y Turismo (firmado en el original), Silvia Clemente Municio.

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