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Documento BOE-A-2007-14230

Orden INT/2244/2007, de 17 de julio, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el Real Decreto-ley 5/2007, de 22 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones producidas por las tormentas de lluvia, granizo y viento que han afectado en la segunda quincena del mes de mayo de 2007, a diversas Comunidades Autónomas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2007, páginas 32239 a 32240 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2007-14230
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2007/07/17/int2244

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto-ley 5/2007, de 22 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones producidas por las tormentas de lluvia, granizo y viento que han afectado en la segunda quincena del mes de mayo de 2007 a diversas Comunidades Autónomas, establece, en su artículo 1.1, que los términos municipales y núcleos de población afectados en las Comunidades Autónomas de Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Región de Murcia y provincia de Jaén a los que concretamente sean de aplicación las medidas aludidas, se determinarán por Orden del Ministro del Interior. Realizada la evaluación y conocido el alcance de los daños producidos, y una vez determinado por las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas citadas el ámbito geográfico concreto afectado, la Dirección General de Protección Civil y Emergencias ha elaborado la relación de los términos municipales y núcleos de población, susceptibles de beneficiarse de las medidas contempladas en el Real Decreto-ley 5/2007, de 22 de junio. En virtud de lo expuesto, dispongo:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Las medidas urgentes aprobadas por el Real Decreto‑ley 5/2007, de 22 de junio, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones producidas por las tormentas de lluvia, granizo y viento que han afectado en la segunda quincena del mes de mayo de 2007 a diversas Comunidades Autónomas, y por los fuertes vientos acaecidos en la Región de Murcia durante el mes de marzo de 2007, serán de aplicación a los términos municipales y núcleos de población recogidos en el anexo de esta Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 17 de julio de 2007.-El Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba.

ANEXO Comunidad Autónoma de Andalucía
Jaén

Arroyo de Ojanco; Beas de Segura; Benatae; Génave; Hornos; Orcera; Puente de Génave; Puerta de Segura (La); Santiago-Pontones; Segura de la Sierra.

Comunidad de Madrid

Aranjuez; Belmonte de Tajo; Campo Real; Colmenar de Arroyo; Loeches; Meco; Navas del Rey; Fresno del Torote; San Agustín de Guadalix; Serranillos del Valle; Talamanca del Jarama; Torres de la Alameda; Valdeavero.

Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

Abanilla; Abarán; Águilas; Albudeite; Alcantarilla; Aledo; Alguazas; Alhama de Murcia; Archena; Beniel; Blanca; Bullas; Calasparra; Campos del Río; Caravaca de la Cruz; Cartagena; Cehegín; Ceutí; Cieza; Fortuna; Fuente Alamo; Jumilla; La Unión; Las Torres de Cotillas; Librilla; Lorca; Lorquí; Los Alcazares; Mazarrón; Molina de Segura; Moratalla; Mula; Murcia; Ojós; Pliego; Puerto Lumbreras; Ricote; San Javier; San Pedro del Pinatar; Santomera; Torre Pacheco; Totana; Ulea; Villanueva del Segura; Yecla.

Comunidad Autónoma de Extremadura
Badajoz

Acedera; Aceuchal; Arroyo de San Serván; Badajoz; Calamonte; Cristina; Don Álvaro; Don Benito; Entrin Bajo; Esparragalejo; Fuente del Maestre; Guareña; La Albuera; La Corte de Peleas; La Garrovilla; La Zarza; Lobón; Medellín; Mengabril; Mérida; Montijo; Navalvillar de Pela; Olivenza; Orellana la Vieja; Puebla de la Calzada; Puebla de Sancho Pérez; Puebla del Prior; Rena; Ribera del Fresno; San Pedro de Mérida; Santa Amalia; Santa Marta de los Barros; Solana de los Barros; Talavera la Real; Torremayor; Usagre; Valdelacalzada; Valdetorres; Villafranca de los Barros; Villagonzalo; Villanueva de la Serena; Villar de Rena.

Cáceres

Acebo; Alcollarín; Aldeanueva de la Vera; Almoharín; Arroyomolinos de la Vera; Barrado; Berzocana; Cabezuela del Valle; Cabrero; Cadalso; Campo Lugar; Casar de Palomero; Casas del Castañar; Casas del Monte; Casatejada; Cilleros; Collado de la Vera; Coria; Cuacos de Yuste; El Torno; Eljas; Escurial; Galisteo; Garganta la Olla; Gargantilla; Gata; Guadalupe; Guijo de Coria; Guijo de Galisteo; Guijo de Santa Bárbara; Hernán Pérez; Hervás; Holguera; Hoyos; Huélaga; Jaraiz de la Vera; Jarandilla de la Vera; Jerte; Logrosán; Losar de la Vera; Madrigal de la Vera; Madrigalejo; Majadas de Tiétar; Miajadas; Montehermoso; Moraleja; Morcillo; Navaconcejo; Navalmoral de la Mata; Navalvillar de Ibor; Navezuelas; Pasarón de la Vera; Perales del Puerto; Piornal; Pozuelo de Zarzón; Rebollar; Riolobos; Robledillo de la Vera; Rosalejo; San Martín de Trebejo; Santa Cruz de Paniagua; Segura de Toro; Talaveruela de la Vera; Talayuela; Tejeda de Tiétar; Tornavacas; Torre de Don Miguel; Torrecilla de los Ángeles; Torrejoncillo; Torremenga; Valdastillas; Valverde de la Vera; Valverde del Fresno; Viandar; Villa del Campo; Villamiel; Villanueva de la Sierra; Villanueva de la Vera; Villasbuenas de Gata.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Albacete

Almansa; Bonete; Casas de Juan Nuñez; Fuentealbilla; Golosalvo; Higueruelas; Madrigueras; Mahora; Montealegre del Castillo; Valdeganga.

Ciudad Real

Alcázar de San Juan; Alhambra; Almagro; Almadén; Almedina; Arenas de San Juan; Arenales de San Gregorio; Argamasilla de Alba; Bolaños de Calatrava; Campo de Criptana; Carrión de Calatrava; Carrizosa; Cozar; Daimiel; Fontanarejo; Fuenllana; Guadalmez; Herencia; Las Labores; Manzanares; Pedro Muñoz; Pozuelo de Calatrava; Puertolápice; Socuéllamos; Terrinches; Tomelloso; Torralba de Calatrava; Torre de San Juan Abad; Villamanrique; Villanueva de los Infantes; Villarta de San Juan; Villarrubia de los Ojos.

Cuenca

Casas de Haro; Casasimarro; Castillejo de Iniesta; El Peral; El Picazo; Enguídanos; Graja de Iniesta; Iniesta; La Pesquera; Minglanilla; Mota del Cuervo; Pozoamargo; Pozorrubielos de la Mancha; Pozoseco; Puebla del Salvador; Quintanilla del Rey; Rubielos Altos; Sisante; Villanueva de la Jara; Villagarcia del Llano.

Guadalajara

Driebes.

Toledo

Ajofrín; Azutan; Cabañas de Yepes; Camuñas; Ciruelos; Consuegra; Dosbarrios; El Toboso; El Romeral; Huerta de Valdecarábanos; La Guardia; La Puebla de Almuradiel; Lillo; Madridejos; Miguel Esteban; Mora; Noblejas; Ocaña; Orgaz; Quero; Quintanar de la Orden; Tembleque; Turleque; Urda; Villa de D. Fadrique; Villanueva de Bogas; Villacañas; Villasequilla; Villafranca de los Caballeros; Villarrubia de Santiago; Villatobas; Yébenes (Los); Yepes.

Comunidad de Castilla y León
Ávila

Adanero; Blascomillán; Cabezas de Alambre; Cabezas del Pozo; Donjimeno; Mamblas; Sanchidrian.

Burgos

Anguix; Bahabon de Esgueva; Berlangas de Roa; Cabañes de Esgueva; Cilleruelo de Abajo; Cilleruelo de Arriba; Condado de Treviño; EncÍo; Fontioso; Fuentecén; Fuentelisendo; Gumiel de Mercado; Haza; La Cueva de Roa; La Horra; Mambrilla de Castejón; Milagros; Nava de Roa; Olmedillo de Roa; Pineda Trasmonte; Quintanamanvirgo; Roa; San Juan del Monte; San Martín de Rubiales; Santibañez de Esgueva; Sotillo de la Ribera; Terradillos de Esgueva; Torresandino; Valdezate; Valle de Manzanedo; Villatuelda; Zazuar.

León

Bercianos del Páramo; Bustillo del Páramo; Cabreros del Río; Calzada del Coto; Campo de Villavidel; Carrizo; Castilfalé; Castrocalbón; Cea; Cebrones del Rio; Chozas de Abajo; Escobar de Campos; Fresno de la Vega; Galleguillos de Campos; Gordoncillo; Grajal de Campos; Izagre; Joara; Laguna de Negrillo; Llamas de la Ribera; Mansilla Mayor; Pajares de los Oteros; Pozuelo del Páramo; Roperuelos del Páramo; Sahagún; San Pedro Bercianos; Santa Elena de Jamuz; Santa María del Páramo; Santas Martas; Uriales del Páramo; Valdefuentes del Páramo; Valdevimbre; Villamañán; Villamol; Villanueva de las Manzanas; Villares de Orbigo; Villasabariego; Villaturiel; Villazanzo de Valderaduey; Zotes del Páramo.

Salamanca

Cepeda; Garcibuey; Herguijuela de la Sierra; Lagunilla; Madroñal; Mieza; Mogarraz; San Esteban de la Sierra; Santibáñez de la Sierra; Sotoserrano; Valdelageve; Villanueva del Conde.

Segovia

Bernuy de Coca; Ciruelos de Coca; Fuente de Santa Cruz; Moraleja de Coca; Santiuste de San Juan Bautista; Villagonzalo de Coca.

Valladolid

Aguasal; Alaejos; Almenara de Adaja; Ataquines; Barruelo; Benafarces; Boadilla del Campo; Bocigas; Brahojos de Medina; Cabreros del Monte; Campillo; Carpio; Casasola de Arion; Castrillo de Duero; Castromonte; Castronuño; Castroverde de Cerrato; Cervillego de la Cruz; Fombellida; Fresno el Viejo; Fuensaldaña; Fuente el Sol; Fuente Olmedo; Gallegos de Hornija; Hornillos; La Seca; Llano de Olmedo; Lomoviejo; Manzanillo; Marzales; Matapozuelos; Medina de Rioseco; Medina del Campo; Mojados; Montealegre; Morales de Campos; Mota del Marqués; Muriel; Nava del Rey; Nueva Villa de las Torres; Olivares de Duero; Olmedo; Olmos de Peñafiel; Pedrosa del Rey; Peñafiel; Pozal de Gallinas; Pozaldez; Pozuelo de la Orden; Puras; Rábano; Ramiro; Rodilana; Rubí de Bracamonte; Rueda; Salvador; San Pablo de la Moraleja; San Pedro de Latarce; San Pelayo; San Román de Hornija; San Vicente del Palacio; Santa Eufemia del Arroyo; Santervás de Campos; Serrada; Siete Iglesias de Trabancos; Tiedra; Tordehumos; Tordesillas; Torre de Esgueva; Torre de Peñafiel; Torrecilla de la Torre; Torrelobatón; Urueña; Valdestillas; Valladolid; Vega de Valdetronco; Velascalvaro; Villacarralón; Villaco; Villafranca de Duero; Villafrechós; Villagarcía de Campos; Villalbarba; Villanueva de Duero; Villanueva de los Caballeros; Villardefrades; Villavellid; Villaverde de Medina; Wamba y Zarza (La).

Zamora

Abezames; Andavias; Boveda de Toro; Cañizo; Castrogonzalo; Cotanes; Hiniesta (La); Matilla de Arzón; Montamarta; Moraleja del Vino; Morales de Toro; Muelas del Pan; Palacios del Pan; Pinilla de Toro; Pozaantiguo; Quintanilla del Monte; Santa Eufemia del Barco; Toro; Villabuena del Puente; Villalcampo; Villanueva de Azoague; Villardefallaves; Villardondiego; Zamora.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/07/2007
  • Fecha de publicación: 25/07/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 25/07/2007
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 1.1 del Real Decreto-ley 5/2007, de 22 de junio (Ref. BOE-A-2007-12353).
Materias
  • Andalucía
  • Ayudas
  • Castilla La Mancha
  • Catástrofes
  • Comunidades Autónomas
  • Extremadura
  • Inundaciones
  • Madrid
  • Municipios
  • Murcia

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