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Documento BOE-A-2007-14306

Orden ECI/2259/2007, de 4 de julio, por la que se conceden los Premios «Miguel Hernández», edición 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2007, páginas 32323 a 32323 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-14306

TEXTO ORIGINAL

Por Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 9 de mayo de 1991 («Boletín Oficial del Estado» del 15), modificada por Orden del Ministerio de Educación y Cultura de 31 de marzo de 2000 («Boletín Oficial del Estado» del 18 de abril), se crearon los premios «Miguel Hernández», dirigidos a reconocer la importancia que debe darse a la eliminación de las desigualdades ante la educación y a la supresión de las discriminaciones de los grupos desfavorecidos ante la formación básica, así como la labor realizada por aquellas instituciones públicas o entidades privadas sin ánimo de lucro que se distingan por su aportación eficaz a la supresión del analfabetismo, tanto el tradicional como el que pueda generar el progreso científico y tecnológico. Por Orden ECI/706/2007, de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 24 de marzo), se convocaron los premios «Miguel Hernández», edición 2007. En aplicación de lo indicado en el apartado séptimo de la citada convocatoria, vista la propuesta formulada por el Jurado de Selección según lo previsto en el apartado quinto de la misma, he dispuesto:

Primero.-Conceder los premios «Miguel Hernández», edición 2007, a las siguientes candidaturas: Primer premio, dotado con 36.500 euros y una distinción acreditativa a la Federación de Colectivos de Educación de Adultos de Valladolid-FECEAV, de Valladolid.

Segundo premio, dotado con 24.250 euros y una distinción acreditativa a la Universidad Popular de Andorra, de Andorra (Teruel). Tercer premio, dotado con 15.200 euros y una distinción acreditativa al Ayuntamiento de Pinos Puente, de Pinos Puente (Granada).

Menciones:

Centro Público de Educación de Personas Adultas «Cinca Medio», de Monzón (Huesca).

Centro Público de Educación de Personas Adultas de Cella (Teruel).

Segundo.-Los trabajos no premiados, cuya calidad ha sido reconocida por el Jurado, podrán ser recogidos por los interesados en la Subdirección General de Formación Profesional (Servicio de Formación Permanente), en el plazo de treinta días hábiles, a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden.

Tercero.-El primer premio será la candidatura española a los Premios Internacionales de Alfabetización de la UNESCO. Cuarto.-Los trabajos galardonados quedarán en poder de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, que podrá difundirlos, considerando la calidad de los mismos y su carácter innovador en los aspectos didácticos o metodológicos.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, computándose ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de julio de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P. D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de junio), el Director General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa, José Luis Pérez Iriarte.

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