En el expediente de indulto de don Natanael Saúl Amador Nelson, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Las Palmas, en sentencia de 9 de noviembre de 2005, como autor de un delito de robo con fuerza en casa habitada, a la pena de dos años de prisión; y de un delito de robo con violencia, a la pena de un año de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de julio, dispongo:
Conmutar las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 6 de julio de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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