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Documento BOE-A-2007-15205

Resolución de 25 de julio de 2007, del Banco de España, por la que se publican las sanciones de amonestación pública impuestas por la comisión de infracciones graves a Jet Perú Money Transfer, S.A. y a sus administradores solidarios, doña Leonor Aguilar Reyes y don César Augusto Vergara Rosas.

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 2007, páginas 34293 a 34293 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-2007-15205

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 23 de febrero de 2007, el Consejo de Gobierno del Banco de España dictó Resolución resolviendo el expediente de referencia IE/CM-2/2006, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 31 de marzo de 2006 a Jet Perú Money Transfer, S.A. y a sus administradores solidarios, doña Leonor Aguilar Reyes y don César Augusto Vergara Rosas, y habiendo adquirido firmeza en vía administrativa, procede, de conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado del 30), sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado de las siguientes sanciones por infracciones graves, impuestas en dicha Resolución, que dispuso, entre otras sanciones, las siguientes:

«Primero.-Imponer a la entidad Jet Perú Money Transfer, S.A. las siguientes sanciones, previstas en el artículo 10 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, en su redacción dada por el artículo 43 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, vigente en el momento en que tuvieron lugar los hechos: Una sanción de amonestación pública con publicación en el Boletín Oficial del Estado prevista en el artículo 10 letra b) de la Ley 26/1988, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.II.b) del Real Decreto 2660/1988, en relación con el artículo 5.f) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, consistente en la realización de actos u operaciones prohibidas por las normas reglamentarias reguladoras de los establecimientos de cambio de moneda o con incumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas, salvo que tengan un carácter ocasional o aislado, por el incumplimiento de deberes de registro de operaciones y otros deberes en materia de gestión de transferencias.

Segundo.-Imponer a doña Leonor Aguilar Reyes, en su condición de administradora solidaria de Jet Perú Money Transfer, S.A., todas y cada una de las siguientes sanciones, previstas en el artículo 13 de la Ley 26/1988 de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, en su redacción dada por el artículo 43 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, vigente en el momento en que tuvieron lugar los hechos:

Una sanción de amonestación pública, prevista en el artículo 13 letra b) de la Ley 26/1988, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.II.b) del Real Decreto 2660/1988, en relación con el artículo 5.f) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, consistente en la realización de actos u operaciones prohibidas por las normas reglamentarias reguladoras de los establecimientos de cambio de moneda o con incumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas, salvo que tengan un carácter ocasional o aislado, por el incumplimiento de deberes de registro de operaciones y otros deberes en materia de gestión de transferencias.

Tercero.-Imponer a don César Augusto Vergara Rosas, en su condición de administrador solidario de Jet Perú Money Transfer, S.A., todas y cada una de las siguientes sanciones, previstas en el artículo 13 de la Ley 26/1988, de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, en su redacción dada por el artículo 43 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, vigente en el momento en que tuvieron lugar los hechos:

Una sanción de amonestación pública, prevista en el artículo 13 letra b) de la Ley 26/1988, por la comisión de una infracción grave, tipificada en el artículo 7.3.II.b) del Real Decreto 2660/1988, en relación con el artículo 5.f) de la Ley 26/1988, de 29 de julio y el artículo 178 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, consistente en la realización de actos u operaciones prohibidas por las normas reglamentarias reguladoras de los establecimientos de cambio de moneda o con incumplimiento de los requisitos establecidos en las mismas, salvo que tengan un carácter ocasional o aislado, por el incumplimiento de deberes de registro de operaciones y otros deberes en materia de gestión de transferencias.»

En consecuencia, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado de las referidas sanciones disciplinarias.

Madrid, 25 de julio de 2007.-El Secretario General del Banco de España, José Antonio Alepuz Sánchez.

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