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Documento BOE-A-2007-15603

Resolución de 10 de julio de 2007, de la Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, por la que se aprueba el entorno de protección provisional para La Foncalada, en Oviedo.

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 17 de agosto de 2007, páginas 35358 a 35359 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-2007-15603

TEXTO ORIGINAL

La Foncalada fue declarada Monumento Histórico-Artístico mediante Decreto de 3 de junio de 1931. Desde 1985 se considera, en aplicación de la Ley de Patrimonio Histórico Español, Bien de Interés Cultural, estando, además, inscrita desde 1998 en el Listado del Patrimonio Mundial de la UNESCO. Ahora, y en aplicación de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, se considera conveniente proceder a delimitar un entorno de protección para este monumento prerrománico. Visto el acuerdo del Consejo del Patrimonio Cultural de Asturias de fecha 24 de mayo de 2007 por el que se informa favorablemente la propuesta de incoación de expediente administrativo para la definición de un entorno de protección para La Foncalada. Vistas la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias; la Ley 6/1984, de 5 de julio, del Presidente y del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, modificada por la Ley 15/99, de 15 de julio, y demás disposiciones de aplicación, resuelvo:

Primero.-Incoar expediente administrativo para fijar un entorno de protección para la Foncalada, en Oviedo.

Segundo.-Establecer un entorno provisional para este monumento, según la descripción literal y gráfica que se publica como Anexo a la presente Resolución.

Tercero.-Que este acuerdo se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado y se proceda a su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y en el Boletín Oficial del Estado.

Oviedo, 10 de julio de 2007.-La Consejera de Cultura, Comunicación Social y Turismo, Ana Rosa Migoya Diego.

ANEXO I Delimitación literal del Entorno de Protección

Se ha utilizado la base cartográfica digital del catastro de urbana de Oviedo con actualización de octubre 2006. La plasmación cartográfica se ha realizado sobre la Cartografía Digital del Principado de Asturias, Escala 1:5.000, con las correcciones necesarias para completar la información ausente de la misma. La delimitación del Entorno de Protección es la que a continuación se especifica:

1-2 Desde el vértice NO de la parcela 11, manzana 94550, recorriendo el perímetro de la citada parcela en su lado N.

2-3 Límite N de la parcela 10, manzana 94550 hasta su vértice NE con fachada a la calle Foncalada. 3-4 Segmento virtual rectilíneo oblicuo a eje de vial hasta el vértice SO de la parcela 5, manzana 95563. 4-5 Límites N y NE de la parcela 6, manzana 95563 hasta el extremo NO de la parcela 7, manzana 95563. 5-6 Límites N y E de la parcela 7, manzana 95563, en común con la parcela 4, manzana 95563. 6-7 Límites SO y SE de la parcela 4, manzana 95563, hasta conectar con la parcela 19, manzana 95563. 7-8 Límite E de la parcela 19, manzana 95563, en contacto con la parcela 4, manzana 95563. 8-9 Límite S de la parcela 4, manzana 95563 hasta su contacto con la parcela 12, manzana 96553. 9-10 Línea que recorre el perímetro de la parcela 12, manzana 95553, por su lado N hasta el límite de contacto con la parcela 5, manzana 95553. 10-11 Línea que recorre el perímetro de la parcela 5, manzana 95553, con fachada a la calle General Elorza, hasta conectar de nuevo con la parcela 12. 11-12 Línea que recorre el perímetro de la parcela 12, manzana 95553, por su lado S hasta el límite de contacto con las calles Huerta y Alfonso III, Magno. 12-13 Segmento virtual rectilíneo oblicuo a eje de vial hasta el vértice NE de la parcela 1, manzana 96557. 13-14 Línea de contacto de la parcela 1, manzana 96557 con la calle Huertas. 14-15 Línea de contacto entre las parcelas 1 y 2, manzana 96557. 15-16 Línea de contacto entre las parcelas 2 y 5, manzana 96557. 16-17 Línea de contacto entre las parcelas 4 y 5, manzana 96557. 17-18 Segmento virtual rectilíneo oblicuo a eje de vial hasta el vértice SE de la parcela 1, manzana 95540, con fachada a la calle de Gascona. 18-19 Línea de contacto entre las parcelas 1 y 24, manzana 95540. 19-20 Línea de contacto entre las parcelas 1 y 2, manzana 95540. 20-21 Segmento virtual rectilíneo oblicuo a eje de vial hasta el vértice SO de la parcela 11, manzana 94550, con fachada a la calle Foncalada. 21-1 Línea de contacto entre las parcelas 11 y 12 hasta el punto de origen.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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