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Documento BOE-A-2007-16113

Resolución de 1 de agosto de 2007, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia a la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S. A., para la prestación de servicios de red de comunicaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 8 de septiembre de 2007, páginas 36941 a 36958 (18 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-16113

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaría del Ministerio de Educación y Ciencia y la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A. han suscrito un acuerdo, por el que se encomienda a la citada Sociedad Estatal el servicio de red de comunicaciones para el Ministerio de Educación y Ciencia.

Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo de la presente Resolución.

Madrid, 1 de agosto de 2007.-El Subsecretario de Educación y Ciencia, Fernando Gurrea Casamayor.

ANEXO I Encomienda de gestión del Ministerio de Educación y Ciencia a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S. A. para la prestación de servicios de red de comunicaciones

En Madrid, a 3 de julio de 2007.

INTERVIENEN

De una parte, don Fernando Gurrea Casamayor, en su calidad de Subsecretario del Ministerio de Educación y Ciencia (en adelante, MEC), con NIF n.º S2818001F y domicilio, a efectos de la presente Encomienda de Gestión, en Madrid, Calle Alcalá, n.º 34, C.P. 28070, actuando en virtud de la delegación conferida por Orden ECI/87/2005, de 14 de enero (B.O.E. 28-01-05),

Y de otra, doña Marta Nogueroles Rodríguez, mayor de edad, con N.I.F n.º 50185363-F y don Rubén Muñoz Fernández, mayor de edad, con NIF, 13089315-S, en nombre y representación de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A., (en adelante, Correos), constituida en escritura pública otorgada ante el Notario de Madrid don Antonio Álvarez Pérez, el 29 de junio de 2001 al n.º 2.941 de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid en el tomo 16.665, libro 0, folio 20, sección 8, hoja M-284323, inscripción 1, con CIF n.º A 83052407, y domicilio en Madrid, Vía de Dublín, n.º 7, la primera en su condición de Directora de Planificación y Finanzas y el segundo en su condición de Director de Tecnología y Sistemas de la citada Sociedad, ambos en virtud de los poderes otorgados por el Consejo de Administración de la misma el 24 de septiembre de 2004, elevados a escritura pública ante el Notario de Madrid, don Antonio Álvarez Pérez, el 29 de septiembre de 2004, al n.º 3.825 de su protocolo.

EXPONEN

I. Que el MEC, para la gestión de las funciones encomendadas, hace uso de diversos edificios, como oficinas, y consecuentemente tiene la obligación de su interconexión para transmitir la información necesaria entre las diversas unidades gestoras que los ocupan, así como el enlace con Internet mediante la Red IRIS, también dependiente del Ministerio.

II. Que Correos viene prestando desde su creación la atención al funcionamiento de la red RICO utilizada para el servicio de comunicación entre algunos edificios del MEC. III. Que el MEC esta interesado en seguir encomendando la gestión de los servicios de comunicaciones de Correos a través de la Red RICO con un acuerdo de nivel de servicio. IV. Que para prestar Correos los servicios de comunicaciones al MEC, soporta unos costes de explotación y mantenimiento a cuya cobertura el MEC esta dispuesto a contribuir. V. Que con el fin de establecer la cantidad a satisfacer por el MEC y las condiciones de los servicios de comunicaciones, ambas partes acuerdan la firma de la presente Encomienda de Gestión (en adelante Encomienda), sujeta a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto.-El objeto de la presente Encomienda es la regulación del uso que el MEC hace de los servicios de la Red RICO de Correos que figuran en el anexo al mismo, así como el establecimiento de la cantidad que el MEC ha de abonar a Correos para contribuir a compensar los costes de explotación y mantenimiento de los circuitos que Correos tiene que soportar.

Segunda. Condiciones de uso de los emplazamientos de Correos.-Tanto el MEC como Correos se comprometen a aceptar los derechos y obligaciones derivados del anexo a la presente Encomienda. Tercera. Precio, revisión y variación en el número de enlaces.-La contraprestación que el MEC debe satisfacer a Correos a fin de contribuir a compensar el coste de la explotación y mantenimiento que Correos debe soportar, se detallan a continuación:

Precio de alta: Enlace de 1 GigabitEthernet entre Alcalá 34 y Vitruvio 4: 4.640 €.

Enlace de 1 GigabitEthernet entre Alcalá 34 y Torrelaguna 58: 4.640 €. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Alcalá 34 y Albacete 5: 4.640 €. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Vitruvio 4 y Torrelaguna 58: 4.640 €. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Vitruvio 4 y Albacete 5: 4.640 €. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Vitruvio 4 y Valgrande 6: 5.800 €. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Torrelaguna 58 y Valgrande 6: 5.800 €. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Vitruvio 4 y P.º del Prado 28: 4.640 €. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Alcalá 34 y Plaza del Rey 1: 4.640 €.

Precio anual:

Enlace de 1 GigabitEthernet entre Alcalá 34 y Vitruvio 4: 14.616 €/año.

Enlace de 1 GigabitEthernet entre Alcalá 34 y Torrelaguna 58: 14.616 €/año. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Alcalá 34 y Albacete 5: 14.616 €/año. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Vitruvio 4 y Torrelaguna 58: 14.616 €/año. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Vitruvio 4 y Albacete 5: 14.616 €/año. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Vitruvio 4 y Valgrande 6: 25.752 €/año. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Torrelaguna 58 y Valgrande 6: 25.752 €/año. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Vitruvio 4 y P.º del Prado 28: 14.616 €/año. Enlace de 1 GigabitEthernet entre Alcalá 34 y Plaza del Rey 1: 14.616 €/año.

Los precios indicados incluyen el IVA y se revisarán automáticamente el 1 de enero de cada año con efectos desde dicha fecha, según la variación porcentual que experimente el Índice General Nacional de Precios al Consumo, que fija el Instituto Nacional de Estadística u órgano que lo sustituya en el futuro, tomando como índice la diferencia porcentual entre los doce meses precedentes.

Correos aplicará la primera revisión de los precios el 1 de enero de 2009. El importe de la Encomienda se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.01.321M.222.04 del presupuesto de gastos del Departamento para los años 2007 a 2011. El MEC podrá, amparándose en la presente Encomienda, incluir otros edificios no considerados en el anexo actual, siempre que se llegue a un acuerdo con Correos en cuanto a costes y niveles de servicio. Cuarta. Facturación y forma de pago.-Con motivo de hacer efectivo el abono de dicho precio, Correos se compromete a enviar la factura correspondiente, mensualmente y con quince días de antelación a la fecha de vencimiento del pago al MEC. Los pagos serán satisfechos por el MEC dentro de los diez primeros días de cada mes mediante pago por Tesoro de las facturas citadas en el párrafo anterior. El devengo de la obligación de pago de cada circuito comenzará el día en que se comunique al MEC la disponibilidad de cada circuito. El primer pago comprenderá el precio de alta y el importe devengado desde la fecha de comunicación de disponibilidad del circuito correspondiente y la fecha en que se expida la primera factura del tramo contratado. Quinta. Duración de la Encomienda.-La duración de la Encomienda será de cuatro años a partir de la fecha de su firma, y podrá renovarse por dos años naturales previo acuerdo de las partes. Sexta. Extinción de la Encomienda.-La Encomienda se extinguirá por el transcurso del tiempo pactado en los términos establecidos en la estipulación quinta o por resolución anticipada que habrá de ser comunicada fehacientemente y por escrito a la otra parte con una antelación de un mes sobre la fecha efectiva de resolución. Cualquiera de las partes podrá resolver total o parcialmente la Encomienda si la otra incumpliera alguno de los compromisos recogidos en la misma efectuando en este caso la regularización y liquidación correspondientes. Séptima. Documento íntegro.-El presente documento y el anexo que se acompaña constituyen la documentación íntegra acordada por las partes en la materia objeto del mismo.

Octava. Jurisdicción.-Para cuantas cuestiones puedan derivarse de la interpretación y ejecución de las cláusulas de la presente Encomienda, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales de lo Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad, con voluntad de obligarse y para cumplir de buena fe, se suscribe por ambas partes el presente documento, en duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha expresados en el encabezamiento.-Por la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S. A., Rubén Muñoz Fernández y Marta Nogueroles Rodríguez.-Por el Ministerio de Educación y Ciencia, Fernando Gurrea Casamayor.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/08/2007
  • Fecha de publicación: 08/09/2007
Materias
  • Encomienda de gestión
  • Ministerio de Educación y Ciencia
  • Redes de telecomunicación
  • Sociedad Estatal Correos y Telégrafos
  • Telecomunicaciones

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