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Documento BOE-A-2007-16321

Resolución de 30 de agosto de 2007, del Instituto de Salud Carlos III, de declaración de créditos disponibles de la convocatoria de ayudas del Programa de Promoción de la Investigación Biomédica y en Ciencias de la Salud del Ministerio de Sanidad y Consumo, para la realización de proyectos de investigación clínica de carácter no comercial con medicamentos de uso humano, en el marco del Plan Nacional de I+D+I 2004-2007, durante el año 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 220, de 13 de septiembre de 2007, páginas 37500 a 37500 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-16321

TEXTO ORIGINAL

En el Boletín Oficial del Estado número 28, de 1 de febrero, se publicó la Resolución de 16 de enero de 2007, del Instituto de Salud Carlos III, por la que se convocan ayudas del Programa de Promoción de la Investigación Biomédica y en Ciencias de la Salud del Ministerio de Sanidad y Consumo, para la realización de proyectos de investigación clínica de carácter no comercial con medicamentos de uso humano, en el marco del Plan Nacional de I+D+I 2004-2007, durante el año 2007. Esta convocatoria en su apartado tercero establece que las ayudas se financiarán con cargo al crédito presupuestario 26.203.465A.781 del Instituto de Salud Carlos III para el año 2007 y resto de los ejercicios, durante los cuales se perciban las ayudas, dentro de los límites fijados en el ar-tículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. La cuantía estimada destinada a financiar esta convocatoria será en 2007 de 1.000.000 de euros y una cuantía adicional hasta completar 16.000.000 de euros que se obtendrán, en caso de necesidad, mediante la tramitación de una eventual modificación presupuestaria; una cuantía estimada de 2.000.000 de euros en 2008 y una cuantía estimada de 2.000.000 de euros en 2009, quedando condicionada la concesión de las subvenciones a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión; de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobada por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, la efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención. Esta declaración de disponibilidad se publicará en los mismos medios que la presente convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver. Por otra parte, el artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (Boletín Oficial del Estado número 176, de 25 de julio), prevé en su apartado 5 que el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver. Existiendo crédito disponible suficiente en la aplicación 26.203.465A.781.

En su virtud, resuelvo, ampliar la cuantía máxima de la convocatoria de ayudas del Programa de Promoción de la Investigación Biomédica y en Ciencias de la Salud del Ministerio de Sanidad y Consumo, para la realización de proyectos de investigación clínica de carácter no comercial con medicamentos de uso, quedando establecida en 16.000.000 de euros durante la primera anualidad.

Madrid, 30 de agosto de 2007.-El Director del Instituto de Salud Carlos III, P.S. (Resolución de 30 de julio de 2007), el Subdirector General de Redes y Centros de Investigación Cooperativa, Valentín Ceña Callejo.

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