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Documento BOE-A-2007-16388

Orden SCO/2647/2007, de 28 de agosto, por la que se instituyen y convocan los «Premios Estrategia NAOS»·

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 14 de septiembre de 2007, páginas 37714 a 37717 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-16388

TEXTO ORIGINAL

La elevada prevalencia de obesidad en España y su tendencia ascendente han impulsado al Ministerio de Sanidad y Consumo a poner en marcha, a través de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, la Estrategia para la Nutrición, Actividad Física y Prevención de la Obesidad y Salud (Estrategia NAOS). El objetivo de esta estrategia es sensibilizar a la población del problema que la obesidad representa para la salud e impulsar las políticas y programas dirigidos a mejorar los hábitos alimentarios y promover la práctica de actividad física. Desde su lanzamiento se han llevado a cabo diversas acciones, tanto públicas como privadas, en los cuatro ámbitos de actuación definidos en la Estrategia NAOS: ámbitos familiar y comunitario, escolar, empresarial y sanitario. Premiar a las mejores iniciativas en estos ámbitos servirá para dar visibilidad a estas acciones, favoreciendo su aplicación en otros lugares, a la vez que estimula la puesta en marcha de nuevos proyectos. La Estrategia NAOS propone, por ello, la convocatoria de estos «Premios Estrategia NAOS» como un medio para reconocer aquellas acciones consideradas ejemplares y que mejor hayan contribuido a la consecución de los objetivos propuestos en ella, promoviendo la cooperación entre los diferentes actores sociales y económicos. En concreto, se pretende impulsar aquellas iniciativas que propongan el abordaje combinado de los distintos factores determinantes de la obesidad, adecuándose a las recomendaciones consensuadas nacional e internacionalmente; que impliquen en su desarrollo a diferentes sectores y disciplinas; promuevan la sinergia y colaboración entre las administraciones públicas y las diferentes organizaciones sociales y económicas; presenten un planteamiento innovador, garantizando la necesaria continuidad y sostenibilidad del programa; y contemplen criterios de equidad y de perspectiva de género. En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto. 1. Mediante la presente Orden se instituyen los «Premios Estrategia NAOS». Igualmente, se establecen las bases reguladoras del procedimiento de concesión de los mismos y se efectúa su convocatoria para la edición del año 2007. Estos premios se otorgarán a personas físicas, agrupaciones con o sin personalidad jurídica, organizaciones sociales y empresariales, instituciones, administraciones públicas y cualquier otra entidad pública o privada que se hayan distinguido en la realización de actividades de promoción de la alimentación saludable o del incremento de la práctica de actividad física, de acuerdo con los objetivos establecidos en la Estrategia NAOS.

2. La concesión de estos premios se incluye en el marco de la Estrategia NAOS, que desde el Ministerio de Sanidad y Consumo pretende impulsar las actividades, planes y programas que se enmarquen en sus objetivos básicos de prevenir la obesidad y otras enfermedades crónicas derivadas, a través de una alimentación saludable y la práctica regular de actividad física.

Segundo. Modalidades de premios.-Con el fin de abarcar los diferentes ámbitos en los que se desarrolla la Estrategia NAOS se establecen siete (7) modalidades de premios. Seis de ellos (6) se otorgarán a las actividades, planes o programas desarrollados desde que se inició la Estrategia NAOS en el año 2005, según se definen en los apartados siguientes. Existe una séptima modalidad de especial reconocimiento a la trayectoria profesional.

Tercero. Premio Estrategia NAOS en el ámbito familiar y comunitario.-El premio Estrategia NAOS en el ámbito familiar y comunitario se concederá a aquellas actividades, planes o programas innovadores que se hayan distinguido por su capacidad para inculcar hábitos alimentarios saludables y la práctica regular de actividad física en los ámbitos familiar y comunitario. Cuarto. Premio Estrategia NAOS en el ámbito escolar.-El premio Estrategia NAOS en el ámbito escolar se concederá a aquellas actividades, planes o programas innovadores que se hayan distinguido por la capacidad para inculcar hábitos alimentarios saludables y la práctica regular de actividad física entre los escolares de los centros de enseñanza infantil, primaria y secundaria, tanto a través de actividades realizadas en el aula como extraescolares. Quinto. Premio Estrategia NAOS en el ámbito sanitario.-El premio Estrategia NAOS en el ámbito sanitario se concederá a aquellas actividades, planes o programas innovadores que se hayan distinguido por la capacidad para implantar medidas de detección precoz del sobrepeso y la obesidad, así como inculcar hábitos alimentarios saludables y la práctica regular de actividad física en la población, a través del personal de centros y servicios de salud de cualquier titularidad, oficinas de farmacia o cualquier otro centro o institución sanitaria. Sexto. Premio Estrategia NAOS en el ámbito laboral.-El premio Estrategia NAOS en el ámbito laboral se concederá a aquellas actividades, planes o programas innovadores que se hayan distinguido por la capacidad para inculcar hábitos alimentarios saludables y la práctica regular de actividad física entre los empleados del centro de trabajo. Séptimo. Premio Estrategia NAOS a la iniciativa empresarial.-El premio Estrategia NAOS a la iniciativa empresarial se concederá a aquellas actividades, planes o programas innovadores desarrollados por empresas que actúen en cualquier eslabón de la cadena alimentaria y que se hayan distinguido por facilitar la adopción de hábitos alimentarios saludables entre la población, mejorando la información nutricional que reciben los consumidores, la composición y la publicidad de los productos ofertados. Octavo. Premio Estrategia NAOS al mejor proyecto o trabajo de investigación aplicada.-El premio Estrategia NAOS al mejor proyecto o trabajo de investigación aplicada se concederá al mejor proyecto o trabajo de investigación aplicada publicado desde que se inició en el año 2005, la Estrategia NAOS que mejore: a) el conocimiento existente acerca del impacto sobre la salud de la alimentación y la actividad física o b) el comportamiento de los consumidores ante la alimentación y la actividad física, o c) las herramientas para las intervenciones sobre hábitos alimentarios, actividad física y prevención de la obesidad o d) la realización del seguimiento y evaluación de planes y políticas en estos ámbitos. Noveno. Premio Estrategia NAOS de especial reconocimiento.-El premio de especial reconocimiento será otorgado a personas físicas como reconocimiento a toda una trayectoria profesional dedicada a la promoción de una alimentación saludable y al incremento de la actividad física, como objetivos básicos de la Estrategia NAOS. Décimo. Requisitos para la solicitud y presentación de las candidaturas.

1. Podrá concurrir a estos premios cualquier persona física, agrupación con o sin personalidad jurídica, organización social y empresarial, institución, administración pública y cualquier otra entidad pública o privada que haya iniciado o desarrollado alguna actividad, plan o programa innovador coincidentes con los objetivos de la Estrategia NAOS desde que se inició la Estrategia NAOS en el año 2005. Las solicitudes para la participación en estos premios se realizarán utilizando el formulario que se acompaña como anexo I.

2. Los candidatos para el premio Estrategia NAOS de especial reconocimiento, señalado en el apartado noveno, pueden ser propuestos por las administraciones u organismos públicos, organizaciones u asociaciones sociales y empresariales, instituciones sanitarias, academias y sociedades científicas, centros de investigación, universidades, colegios profesionales y otras instituciones y por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Las solicitudes para la participación en estos premios se realizarán utilizando el formulario que se acompaña como anexo II. 3. No se aceptarán aquellas candidaturas al premio Estrategia NAOS de especial reconocimiento que soliciten el premio para sí mismos o para las organizaciones a las que representen.

Undécimo. Procedimiento de concesión y Jurado.

1. La concesión de los «Premios Estrategia NAOS» se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia e igualdad.

2. Para el estudio y valoración de las candidaturas y posterior propuesta de resolución, se constituirá un Jurado con la siguiente composición: un representante de Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), uno del Ministerio de Educación y Ciencia (MEC), uno del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPYA), uno del Consejo Superior de Deportes (CSD), dos del Consejo de Consumidores y Usuarios, dos del Consejo Económico y Social, dos de las asociaciones de madres y padres de alumnos, un representante de la Organización Médica Colegial (OMC) y un representante de la Federación Española de Sociedades de Nutrición, Alimentación y Dietética (FESNAD). El presidente del Jurado será el Presidente de la Agencia Española de Seguridad Alimentaría y Nutrición (AESAN), o persona en quien delegue, y el secretario un funcionario de la AESAN. 3. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición remitirá las solicitudes que se ajusten a los requisitos de la convocatoria al Jurado, que evaluará las solicitudes conforme a los criterios que se recogen en el artículo 12. 4. Concluida la evaluación y decisión, el Jurado elaborará un acta con su propuesta de resolución de los premios, elevándola a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición como órgano competente para su adjudicación. 5. El Jurado podrá declarar desiertos los premios. Contra sus decisiones no podrá presentarse recurso o reclamación alguna.

Duodécimo. Criterios generales de valoración.

1. En la evaluación de candidaturas y propuesta de resolución de cada uno de los premios, el Jurado valorará su metodología, originalidad y utilidad, y específicamente los siguientes aspectos: a) El abordaje combinado de los distintos factores determinantes de la obesidad, adecuándose a las recomendaciones consensuadas nacional e internacionalmente.

b) La implicación en su desarrollo de diferentes sectores y disciplinas. c) La sinergia y colaboración entre las administraciones públicas y las diferentes organizaciones sociales y económicas. d) Un planteamiento innovador. e) La necesaria continuidad y sostenibilidad del programa. f) La presentación de resultados y el impacto sobre la salud de la población diana. g) La contemplación de criterios de equidad y de perspectiva de género.

2. No se considerarán los trabajos que sean meras recopilaciones documentales, ni los que hayan sido premiados en convocatorias de otros premios, ni las tesis doctorales. Decimotercero. Dotación de los premios.

1. Estos premios no tienen asignada dotación económica.

2. Los ganadores de los premios Estrategia NAOS recibirán un diploma y un símbolo distintivo y representativo del galardón.

Decimocuarto. Plazo de presentación de las solicitudes o candidaturas y documentación.

1. El plazo para presentar las solicitudes o candidaturas finalizará el día 30 de noviembre de 2007.

2. Las solicitudes y/o propuestas de candidatos se dirigirán, mediante los formularios oficiales correspondientes que figuran en los anexos de esta Resolución, a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (calle Alcalá, 56, Madrid 28071), órgano encargado de la instrucción y ordenación del procedimiento, y podrán presentarse por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3. Los formularios, también se pueden encontrar en la página web de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición: www.aesan.msc.es. 4. Los formularios deben remitirse por escrito, acompañados de una copia en soporte informático, a la dirección de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Junto a los formularios oficiales se pueden presentar cuantos documentos aporten datos relevantes e información complementaria sobre la solicitud o candidatura y se pueden incluir como anexos, tablas, dibujos, gráficos, esquemas, fotos, etc., en papel y soporte informático.

Decimoquinta. Adjudicación y publicidad de los premios.

1. La adjudicación se realizará en el mes de diciembre de 2007 y se hará pública por los medios habituales utilizados por la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

2. Los ganadores recibirán la información de la concesión del premio correspondiente mediante una comunicación directa de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición. 3. Los ganadores no podrán hacer promoción comercial de los premios recibidos.

Decimosexta. Entrega de premios.-La entrega de los premios se llevará a cabo en un acto presidido por el Ministro de Sanidad y Consumo.

Decimoséptima. Régimen jurídico.-En lo no previsto en esta orden será de aplicación lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de agosto de 2007.-El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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