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Documento BOE-A-2007-17756

Resolución de 2 de agosto de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto de modernización de los regadíos de la Comunidad de Regantes Manantial de Planos, en Yunquera (Málaga).

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 2007, páginas 41149 a 41151 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-17756

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su Anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios de su Anexo III. El proyecto «Modernización de los regadíos de la Comunidad de Regantes Manantial de Planos T.M. Yunquera (Málaga)» se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el apartado c del epígrafe 1 del referido Anexo II. Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.

Los objetivos de la modernización de regadíos en la Comunidad de Regantes Manantial de Planos, con una superficie de 117,01 ha, son los siguientes:

Consolidación del sector agrícola en la zona, al garantizarse un suministro de agua continuo y de calidad.

Mayor diversificación productiva, ya que una red de riego a la demanda permitirá la introducción de cultivos hortícolas de gran valor añadido, que hasta ahora se veía limitada por la necesidad de acometer, a nivel individual, obras considerables para el acopio de agua. Mayor eficiencia en el uso del agua y reducción de las importantes pérdidas que presenta la actual red de distribución. Mayor rentabilidad económica, al reducirse los costes de explotación de las instalaciones individuales. Mayor racionalidad en el consumo energético del regadío, proyectando un bombeo ajustado a las necesidades.

Las principales actuaciones a realizar son: Instalación de una nueva red de riego la cual tendrá una longitud total de 7.023,05 m.

Mejora de la captación del manantial. Construcción de un depósito de regulación con un volumen de 2.000 m3. Instalación de una nueva tubería de impulsión (desde la captación hasta el depósito). Medidas preventivas, correctoras, y compensatorias. Actuaciones que se irán realizando a lo largo de la fase de ejecución y de explotación y que irán definidas a nivel de proyecto para prevenir, corregir o compensar los impactos negativos significativos que ocasione la modernización del regadío. Otras actividades de menor importancia que incluye la realización de este proyecto son la reposición de tuberías rotas en la fase de ejecución de la obra, reposición de caminos, losas de hormigón, etc.

La actuación se desarrolla en el término municipal de la Yunquera, en la provincia de Málaga.

El promotor y el órgano sustantivo es la Dirección General de Desarrollo Rural, Secretaría General de Agricultura y Alimentación, Ministerio de Agricultura y Pesca. Tramitación y consultas.-De acuerdo con el artículo 1.5 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, Dirección General de Desarrollo Rural, Secretaría General de Agricultura y Alimentación, Ministerio de Agricultura y Pesca remitió, con fecha 10 de abril de 2006, a la Dirección General de Desarrollo Rural la documentación relativa al proyecto, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 29 de mayo de 2006, consultó a los siguientes organismos y entidades:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad

-

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

X

Ayuntamiento de Yunquera

-

S.E.O.

-

Federación Andaluza de Asociaciones de Defensa de la Naturaleza

-

Federación Ecologísta Malagueña

-

Del resultado de las respuestas recibidas con contenido ambiental cabe destacar lo especificado por los siguientes organismos:

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental, Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía: Estima que las actuaciones no suponen ocupación de montes públicos ni afección a la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía o a la Red Natura 2000. También se constata, a tenor de lo previsto en el artículo 3 del Reglamento de Informe Ambiental, que no suponen incrementos de la emisión de contaminantes, de vertidos a cauces públicos ni de explotación de los recursos naturales existentes.

Los contadores de los hidrantes para el abastecimiento de las parcelas deberán permitir un control adecuado de los volúmenes de agua consumidos y el ajuste del sistema de riego a la concesión que determine Cuenca Mediterránea Andaluza. Respecto a los cruces de la obras de canalización con las Vías Pecuarias n.º 1 «Vereda del Puerto de Trigueros» y n.º 2 «Vereda de Alozaina», de 20 y 10 m de anchura, respectivamente, estos requerirán el inicio de trámites de ocupación temporal en aplicación de la Ley 3/1995, de 23 de marzo de Vías Pecuarias y del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Tras el análisis de las respuestas recibidas a las consultas efectuadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, así como de la documentación remitida por el promotor, con fecha 23 de abril de 2007 se le solicita al mismo información complementaria sobre el proyecto. Posteriormente, el promotor remite a esta Dirección General la información que le fue solicitada el 29 de junio de 2007, la cual incluye:

Caracterización del agua procedente de la E.D.A.R.

Lugar de origen y medio de transporte del agua depurada. Proporción de agua de distinto origen. Mezcladas o de forma alterna. Valoración de impactos derivados del riego y almacenamiento de agua proveniente de la E.D.A.R. Análisis según los criterios del Anexo III.

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, se procede a revisar los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986, para determinar la necesidad o no de sometimiento al trámite de evaluación ambiental.

Características del proyecto.-Las principales actuaciones a realizar son:

Instalación de una nueva red de riego la cual tendrá una longitud total de 7.023,05 m.

Mejora de la captación del manantial. Construcción de un depósito de regulación con un volumen de 2.000 m3. Instalación de una nueva tubería de impulsión (desde la captación hasta el depósito). Medidas preventivas, correctoras, y compensatorias. Actuaciones que se irán realizando a lo largo de la fase de ejecución y de explotación y que irán definidas a nivel de proyecto para prevenir, corregir o compensar los impactos negativos significativos que ocasione la modernización del regadío. Otras actividades de menor importancia que incluye la realización de este proyecto son la reposición de tuberías rotas en la fase de ejecución de la obra, reposición de caminos, losas de hormigón, etc.

El área de la zona regable será de 117,01 ha.

El actual origen del agua de riego es el Manantial de Planos, con este proyecto se pretende que el 17 % del agua utilizada para el riego provenga del tratamiento terciario de la E.D.A.R. de Yunquera, la cual será almacenada en un depósito de 500 m3 ya existente. El material de acopio se tomará de cantera ya existente en las proximidades del lugar donde se llevará a cabo la actuación. El material excedentario será trasladado a un vertedero existente y próximo, situado en Villafranco del Guadalhorce. Las principales afecciones derivadas de la actuación. Ubicación del proyecto.-La zona regada ocupa los alrededores del núcleo urbano de Yunquera, situándose la mayor superficie regable al Sur del municipio y en la margen izquierda del río del Plano. Comprendiendo los partidos de Arriba y partido de Abajo. Las obras correspondientes al presente proyecto se sitúan en los polígonos 1, 4, 10, 11, 13, 14, y 15 de Yunquera. Características del potencial impacto.-El proyecto es de modernización de la actividad existente por lo que no debe implicar mayor carga medioambiental, si no una reducción de la contaminación por pesticidas, abonos y fitosanitarios y por tanto de los arrastres de los mismos a los cauces y manto freático. Los impactos principales provendrán del movimiento de tierras necesario para la realización del proyecto, así como del uso de aguas residuales regeneradas. El promotor ha previsto trasladar a un vertedero existente autorizado las tierras sobrantes de la actuación. Respecto a la reutilización de aguas provenientes de la EDAR de Yunquera, en promotor indica que el proyecto de la estación depuradora, que se realizó en 1998, comprendía la reutilización de los efluentes de riego. Con esta finalidad, la depuradora consta de un tratamiento terciario mediante luz ultravioleta, que se usará solamente cuando el agua vaya a ser reutilizada para el riego, así el agua de riego proveniente de la EDAR cumplirá con los parámetros que permiten el uso del agua depurada para el riego de cultivos agrícolas.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 31 de julio de 2007, se concluye que el proyecto es viable ambientalmente al no observarse impactos adversos significativos, por lo que resuelvo no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través de, Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Madrid, 2 de agosto de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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