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Documento BOE-A-2007-18437

Orden DEF/3065/2007, de 11 de octubre, por la que se aprueban y se anulan para las Fuerzas Armadas normas militares españolas.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2007, páginas 43088 a 43089 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2007-18437
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2007/10/11/def3065

TEXTO ORIGINAL

Los procedimientos de adquisición de los productos para su utilización por las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil en su dependencia del Ministerio de Defensa, se simplifican y unifican por medio de documentos técnicos, normas militares españolas, que establecen la naturaleza de las materias primas, las características de los artículos elaborados, la terminología y nomenclatura de los mismos, así como los métodos racionales de ensayo, fijando sin posible duda los datos de adquisición. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los apartados 4.1.1 y 7.3.1 del Reglamento de Normalización Militar, aprobado por la Orden 40/1989, de 26 de abril y en los apartados 1.4, 1.5, 4.17, 4.18 y 4.2 del Manual de Normalización Militar, aprobado por la Orden de Presidencia del Gobierno, de 28 de julio de 1967, dispongo:

Primero. Aprobación y anulación de Normas Militares Españolas.-Se aprueban y se anulan las Normas Militares (NM) Españolas siguientes: 1. Aprobación de Normas Militares Españolas.

NM-S-98 M (3.ªR)

Sextante tipo «guardiamarina».

NM-E-100 EMAG (1.ª R)

Espirales de alambre de espino para alambrada rápida.

NM-P-259 M (4.ªR)

Protector de colchones.

MN-C-558 M (3.ª R)

Contraincendios. Casquillos para mandrilar mangueras de 38,1 mm (1,5 in), de 63,5 mm (2,5 in) y de 101,6 mm (4 in) de diámetro.

NM-A-684 M (2.ª R)

Alumbrado. Pruebas de recepción a bordo.

NM-P-689 M (2.ª R)

Planta eléctrica del buque. Pruebas de recepción a bordo de su conjunto.

NM-G-710 M (2.ª R)

Gabardina azul marino reglamentaria en la Armada.

NM-C-1172 M (4.ª R)

Contraincendios. Hidro-eyector portátil de achique de acero inoxidable de 101,6 mm (4 in) de diámetro.

NM-C-2009 M (3.ª R)

Contraincendios. Mandriles para expansionar casquillos de mangueras.

NM-C-2254 MA (3.ª R)

Contraincendios. Llaves articuladas para acoplar mangueras de contraincendios y achique.

NM-S-2298 MG (3.ª R)

Sextante de tambor.

NM-C-2299 M (3.ª R)

Contraincendios. Acoplos reductores de 45 mm de diámetro a 38,1 mm (1,5 in) de diámetro y de 70 mm de diámetro a 63,5 mm (2,5 in) de diámetro.

NM-C-2422 EMA (3.ª R)

Contraincendios. Hacha-pico de seguridad interior.

NM-C-2437 M (3.ª R)

Contraincendios. Acoplos doble macho para mangueras de 38,1 mm (1,5 in) de diámetro.

NM-E-2654 EM (3.ª R)

Exigencias físico químicas mínimas del caucho empleado en las cadenas de los vehículos acorazados.

NM-C-2828 M (1.ª R)

Contraincendios. Mangueras de 38,1 mm (1,5 in), 63,5 mm (2,5 in) de diámetro y de descarga de eyectores de achique de 101,6 mm (4 in) de diámetro.

NM-C-2838 M (1.ª R)

Contraincendios. Frisas para acoplamientos de mangueras de 38,1 mm. (1,5 in) y 63,5 mm. (2,5 in) de diámetro y de descarga de eyectores de achique de 101,6 mm. (4 in) de diámetro.

NM-B-2865 EMAG (2.ª R)

Baterías de arranque de acumuladores de plomo para vehículos militares.

NM-E-2870 EMAG (1.ª R)

Etiqueta para prendas militares.

NME-2954/2007

Alimentación de los buques en 440V/60 Hz, trifásica desde tierra.

2. Anulación de Normas Militares Españolas.

NM-m-212 M (1.ª R)

Materiales refractarios para calderas.

NM-P-380 M

Placas y tubos de cristal para niveles de calderas de los buques (medidas).

NM-T-470 M

Tubos de cristal para niveles de caldera (calidad).

NM-C-1120 MG (2.ª R)

Contraincendios. Proporcionador portátil de espuma mecánica con motor de agua.

NM-C-2056 MG (2.ª R)

Contraincendios. Filtros con autolimpieza.

NM-P-2186 MG

Placas de vidrio para niveles de calderas de vapor de alta presión.

NM-R-2520 EMAG (1.ªR)

Resistencia a la caída de las municiones. Ensayos mecánicos.

Segundo. Difusión de normas.-Los Organismos de Normalización de los Cuarteles Generales y Dirección General de la Guardia Civil, en su dependencia del Ministro de Defensa, entregarán al Servicio de Normalización del Ministerio una copia en formato electrónico de las normas redactadas por sus oficinas de normalización y aprobadas en la presente disposición, para que sean difundidas, una vez formalizadas a través de su servidor, por la intranet del Ministerio.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Las revisiones de las Normas Militares Españolas anulan las ediciones de las Normas Militares básicas y revisiones anteriores.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 11 de octubre de 2007.-El Ministro de Defensa, José Antonio Alonso Suárez .

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 11/10/2007
  • Fecha de publicación: 23/10/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 24/10/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • arts. 4.1.1 y 7.3.1 del Reglamento aprobado por Orden 40/1989, de 26 de abril (Ref. BOE-A-1989-10004).
    • Apartados 1.4, 1.5, 4.17, 4.18 y 4.2 del manual aprobado por Orden de 28 de julio de 1967 (Ref. BOE-A-1967-13300).
Materias
  • Normalización militar

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