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Documento BOE-A-2007-18647

Resolución de 5 de octubre de 2007, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2007, del Protocolo general de colaboración suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 2007, páginas 43771 a 43772 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-18647

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 13 de septiembre de 2007, Convenio específico para el año 2007 del Protocolo general de colaboración suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 5 de octubre de 2007.-El Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Consumo, José Martínez Olmos.

ANEXO Convenio específico para el año 2007 del Protocolo general de colaboración suscrito entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria

En Madrid, a 13 de septiembre de 2007.

REUNIDOS

De una parte, don Bernat Soria Escoms, Ministro de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 961/2007, de 6 de julio (B.O.E. del 9), en representación del Gobierno de la nación, ejercitando la competencia delegada de acuerdo con lo establecido en el apartado 8 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, en la redacción dada por Acuerdo de este mismo Órgano de 3 de julio de 1998, sobre competencias para establecer Convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas (B.O.E. del 16), de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

De otra parte, la Excma Sra. doña Dolores Gorostiaga Saiz, Vicepresidenta y Consejera de Empleo y Bienestar Social, nombrada por Decreto 10/2007, de 12 de julio, en nombre y representación del Gobierno de Cantabria, de conformidad con el artículo primero del Decreto 11/2007, de 12 de julio, por el que se delegan a la Vicepresidencia del Gobierno de Cantabria diversas atribuciones, y previa autorización para celebrar el presente Convenio en virtud del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno del día 26 de julio de 2007.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria suscribieron un Protocolo general de colaboración, de fecha 2 de junio de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual, acuerdan:

Primero.-Que la actuación de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria en el año 2007 se concretará en el desarrollo de los programas: Programa de formación en cocaína: 36.000,00 €.

Campaña de sensibilización del consumo de cocaína: 120.000,00 €.

Segundo.-Que el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de este programa, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones de fecha 25 de abril de 2007, con un total de 156.000,00 euros con cargo al concepto 26.14.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.-Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos. Cuarto.-Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria durante el ejercicio 2007. Quinto.-Que en el desarrollo y aplicación de este Convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Sexto.-El presente Convenio queda excluido de la aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 3.1.c. del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.-El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.-La Vicepresidenta y Consejera de Empleo y Bienestar Social de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Dolores Gorostiaga Saiz.

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