Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-18652

Resolución de 26 de septiembre de 2007, de la Confederación Hidrográfica del Norte, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Mieres para la ejecución del proyecto de mejora del cauce del arroyo Duró desde la AS-242 hasta la glorieta de nueva construcción en Vega de Arriba, en Mieres.

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 2007, páginas 43775 a 43777 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-18652

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, previa tramitación reglamentaria, el día 9 de julio de 2007, el Convenio de Colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Norte, el Principado de Asturias y el ayuntamiento de Mieres para la ejecución del proyecto de mejora del cauce del arroyo Duró desde la AS-242 hasta la glorieta de nueva construcción en Vega de Arriba, t.m. de Mieres, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Confederación Hidrográfica dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Oviedo, 26 de septiembre de 2007.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte, Jorge Marquínez García.

Convenio de Colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Norte, el Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Mieres para la ejecución del proyecto de mejora del cauce del arroyo Duró desde la AS-242 hasta la glorieta de nueva construcción en Vega de Arriba, t.m. de Mieres

En Oviedo, 9 de julio de 2007.

REUNIDOS

De una parte, el señor don Jorge Marquínez García, Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte del Ministerio de Medio Ambiente en ejercicio de las competencias asignadas al Organismo de Cuenca por los Artículos 23, 24, 25 y 30 del Texto Refundido de la Ley de Aguas,

De otra, el señor don Francisco González Buendía, Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, en nombre y representación del Principado de Asturias, facultado para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 26 de marzo de 2007. Y de otra parte, el señor don Luis María García García, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mieres, en nombre y representación del mismo,

EXPONEN

1.º Que el Ministerio de Medio Ambiente ha puesto en marcha un Plan de restauración hidrológico y de protección y regeneración de cauces y enclaves naturales que pretende, entre otros objetivos, los de restauración forestal de áreas susceptibles de erosión y arrastre de terrenos y los de regeneración de cauces y protección de zonas y enclaves naturales relacionados con el medio ambiente fluvial.

2.º Que a la Confederación Hidrográfica del Norte corresponde, en el ámbito de esta Cuenca, la administración y protección del dominio público hidráulico, a cuya finalidad podrá establecer convenios de colaboración con las Entidades Locales. Que una de las actuaciones básicas para la protección y delimitación del dominio público hidráulico es la restauración hidrológica forestal en cuanto frena la aportación de sólidos a los cauces y contribuye a la regulación de caudales. 3.º Que el Principado de Asturias viene desarrollando un ambicioso programa de actuaciones medioambientales en los municipios de la Comunidad Autónoma, destinado a la recuperación de zonas de singular valor ecológico relacionadas con el medio ambiente fluvial, para uso y disfrute de los ciudadanos, promoviendo asimismo su integración en las distintas figuras de protección de enclaves naturales. 4.º Que en el barrio de La Villa, en el término municipal de Mieres, el arroyo Duró discurre por una zona de una intensa restauración, encontrándose en un estado muy degradado, siendo necesario realizar un acondicionamiento del cauce y de las márgenes del mismo.

En base a los antecedentes expuestos, las partes comparecientes estiman necesario establecer una fórmula coordinada para la realización de esta actuación, sobre la base de sus respectivas competencias, y consideran adecuado establecer un convenio de colaboración que haga partícipes a las respectivas Administraciones y que permita al Organismo de Cuenca la utilización del Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea, a cuyo efecto acuerdan suscribir el presente convenio específico de colaboración con arreglo a las siguientes.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.-Ejecutar, de forma coordinada y en colaboración, las obras de restauración hidrológica forestal y protección de cauces que antes se ha señalado en el término municipal de Mieres, de acuerdo con el proyecto técnico denominado «Proyecto de mejora del cauce del arroyo Duró desde la AS-242 hasta la glorieta de nueva construcción en Vega de Arriba, T.M. de Mieres».

Segunda. Plazo de vigencia.-El presente Convenio será efectivo a partir de la fecha de suscripción y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2007, entendiéndose tácitamente prorrogado por un año en el supuesto de que no hubiesen finalizado las actuaciones que constituyen su objeto, con sujeción, en todo caso, a las disponibilidades presupuestarias. Tercera. Obligaciones de las partes.-Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Norte la aprobación técnica y definitiva de los proyectos de obra, la contratación de su ejecución conforme al proyecto aprobado, la dirección de las obras y su recepción final, sin perjuicio de la participación del Principado de Asturias en la Mesa de Contratación. Corresponde al Ayuntamiento de Mieres poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Norte los terrenos, cuya ocupación definitiva o temporal sea necesaria para la correcta ejecución de las obras objeto de este convenio, puesta a disposición que, adoptada por el órgano municipal competente, deberá ser notificada a la Confederación Hidrográfica del Norte con anterioridad a la licitación del contrato de ejecución de obra. Cuarta. Presupuesto.-El presupuesto total de la actuación es de:

Trescientos cuarenta y nueve mil ochocientos noventa y ocho euros con veintisiete céntimos (349.898,27 euros).

Quinta. Régimen de financiación.-La financiación de los trabajos se realizará de acuerdo con los siguientes porcentajes:

Setenta por ciento (70 por 100) a cargo de la Confederación Hidrográfica del Norte, correspondiendo a la ayuda proporcionada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

El treinta por ciento (30 por 100) restante, que corresponde a la aportación nacional a la financiación FEDER, a cargo del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Mieres, con la siguiente distribución:

Un cincuenta por ciento (50 por 100) de este importe (el quince por ciento del total de la actuación) a cargo del Principado de Asturias.

Un cincuenta por ciento (50 por 100) de este importe (el quince por ciento del total de la actuación) a cargo del Ayuntamiento de Mieres.

Las partes firmantes del presente Convenio asumen en la misma proporción las variaciones económicas que puedan producirse al alza o a la baja por modificaciones, revisiones de precios, obras complementarias y otras incidencias que sean aprobadas en el desarrollo del contrato de obras.

Los estudios, proyectos, dirección de obra y cualquier otra asistencia técnica necesaria para dar adecuado cumplimiento al objeto del presente Convenio de colaboración serán financiados con la misma fórmula de reparto establecida en esta cláusula. Sexta. Aportaciones.-Para posibilitar la utilización de fondos europeos en la parte de la financiación estatal de este Convenio de Colaboración, la contribución del Principado de Asturias y el Ayuntamiento de Mieres será efectuada con aportaciones que hagan compatible dicha utilización. A tal efecto, dichas aportaciones se materializarán mediante transferencias dinerarias a la cuenta 9000.0046.40.020000780 de la Confederación Hidrográfica del Norte en el Banco de España. Para el año 2007, la aportación del Principado de Asturias que se eleva a la cantidad de 52.484,74 euros, se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 17.02.441A.703.000 de los vigentes presupuestos generales del Principado de Asturias para el año 2007, aprobados por Ley del Principado de Asturias 10/2006, de 27 de diciembre, y se abonará en el plazo de tres meses a partir de la aprobación por la Confederación Hidrográfica del Norte del documento contractual correspondiente, contra la presentación de certificaciones de obra por el importe comprometido. Para el año 2007, la aportación del Ayuntamiento de Mieres que se eleva a la cantidad de 52.484,74 euros, se realizará en el plazo de tres meses a partir de la aprobación por la Confederación Hidrográfica del Norte del documento contractual correspondiente, contra la presentación de certificaciones de obra por el importe comprometido. Séptima. Pagos.-Corresponde a la Confederación Hidrográfica del Norte, como órgano de contratación de las actuaciones objeto de este Convenio, el pago a los adjudicatarios de las obligaciones derivadas de la ejecución de los correspondientes contratos. Octava. Entrega.-Una vez terminada cada obra o actuación y recibida definitivamente por la Confederación Hidrográfica del Norte, se entregará para su uso público al Ayuntamiento de Mieres, que a partir de tal momento se hará cargo a todos los efectos de la misma. Novena. Publicidad de las actuaciones.-La publicidad que se realice sobre las acciones financiadas al amparo del presente Convenio, deberá hacer constancia expresa de la colaboración de las administraciones participantes (Confederación Hidrográfica del Norte, Principado de Asturias y ayuntamientos) y la cofinanciación de los Fondos de la Unión Europea. A tal fin, se incluirá la imagen corporativa institucional de las mismas en toda la información o publicidad que de la actividad subvencionada realice, difundiéndola de forma adecuada y situándola en lugar destacado y visible, de manera que sea suficientemente perceptible. Se autoriza, de forma gratuita y por una sola vez, al Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias, a Radio del Principado de Asturias, S. A., y a Televisión del Principado de Asturias, S. A., a la comunicación pública, incluida la puesta a disposición interactiva, de las actividades objeto de subvención. Durante la ejecución de las obras, para la toma de las imágenes precisas para esta comunicación pública, el Ente Público de Comunicación del Principado de Asturias, Radio del Principado de Asturias, S.A. y Televisión del Principado de Asturias, S. A., deberán respetar en todo momento el plan de seguridad y salud de la obra. La Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras procederá a la revocación de su aportación y/o al reintegro total o parcial de las cantidades percibidas y del interés de demora correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el caso de incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión consistentes en dar la adecuada publicidad, por parte de los beneficiarios, del carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención, en los términos pactados en el presente convenio. Si se hubiera incumplido esta obligación, y sin perjuicio de las responsabilidades en que, por aplicación del régimen previsto en el título IV de la Ley pudieran corresponder, se aplicarán las siguientes reglas:

Si resultara aún posible su cumplimiento en los términos establecidos, el órgano concedente deberá requerir al beneficiario para que adopte las medidas de difusión establecidas en un plazo no superior a 15 días, con expresa advertencia de las consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley. No podrá adoptarse ninguna decisión de reintegro sin que se hubiera dado cumplimiento de dicho trámite.

Si por haberse desarrollado ya las actividades afectadas por estas medidas, no resultara posible su cumplimiento en los términos establecidos, el órgano concedente podrá establecer medidas alternativas, siempre que éstas permitieran dar la difusión de la financiación pública recibida con el mismo alcance de las inicialmente acordadas. En el requerimiento que se dirija por el órgano concedente al beneficiario, deberá fijarse un plazo no superior a quince días para su adopción con expresa advertencia de las consecuencias que de dicho incumplimiento pudieran derivarse por aplicación del artículo 37 de la Ley.

Décima. Comisión de Seguimiento.-Para la interpretación del presente convenio, coordinación, impulso y control de las actuaciones de él derivadas, se crea una Comisión de Seguimiento compuesta por dos representantes de la Confederación Hidrográfica del Norte, dos representantes de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Principado de Asturias y dos representantes del Ayuntamiento de Mieres.

Este órgano velará por la debida coordinación y participación en la ejecución de las obras, resolviendo las dudas que se presenten en la interpretación del presente Convenio de Colaboración e informará de las posibles incidencias y modificaciones en la ejecución del proyecto. Undécima. Vigencia.-La vigencia del presente Convenio de colaboración se extenderá durante el plazo y en las condiciones establecidas en la cláusula segunda. Además de lo establecido en la cláusula decimotercera, podrá extinguirse, asimismo, por alguna de las siguientes causas:

a) El mutuo acuerdo de las partes que lo suscriben.

b) La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que determinen su extinción. c) El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas.

En estos casos se establecerá, en función de la causa concreta de extinción y a la vista de la situación particular de los trabajos en curso, la forma de terminación de los mismos.

Duodécima. Jurisdicción.-Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación, cumplimiento y eficacia del presente Convenio de Colaboración, sin perjuicio de lo dispuesto en la cláusula novena, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso Administrativo. Decimotercera. Condición resolutoria.-La efectividad del presente convenio queda sujeta a la condición suspensiva del cumplimiento de los requisitos exigidos para su financiación con cargo a los fondos FEDER de la Unión Europea.

Manifestando su conformidad con todo lo anterior firman el presente documento, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha reflejado en el encabezamiento.-El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Norte, Jorge Marquínez García.-El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Principado de Asturias, Francisco González Buendía.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mieres, Luis María García García.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid