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Documento BOE-A-2007-18656

Resolución de 28 de septiembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto gasoducto Lemona-Haro (Vizcaya, Álava, Burgos y La Rioja).

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 26 de octubre de 2007, páginas 43789 a 43798 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-18656

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente Resolución se encuentra comprendido en el apartado f) del grupo 3 al Anexo I del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, por lo que, de conformidad con lo establecido en su artículo 1.2, con carácter previo a su autorización administrativa se ha sometido a evaluación de impacto ambiental, procediendo formular su declaración de impacto ambiental de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (DGCyEA) la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas. El promotor del proyecto es ENAGÁS S.A. y el órgano sustantivo es la Dirección General (DG) de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El proyecto tiene como objeto la construcción de un gasoducto, de 91.284 m de longitud. Se inicia en la Estación de Compresión de Haro (P.35) (T.M. Haro, La Rioja) y finaliza en la Posición 43.X del gasoducto Barcelona-Valencia-Vascongadas (T.M. Lemona, Vizcaya). El proyecto está incluido en la Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas para el periodo 2002-2011. La construcción del gasoducto Lemona-Haro servirá para ampliar la infraestructura de conducción y transporte de gas natural en la zona norte peninsular y posibilitará la operativa tanto del almacenamiento subterráneo de Gaviota (actualmente en desarrollo) como de la capacidad de emisión de gas de la Planta de Regasificación de gas natural licuado del Puerto de Bilbao. El proyecto de construcción del gasoducto consta de la propia conducción de transporte y de las siguientes instalaciones auxiliares:

Ampliación de dos posiciones de válvulas existentes con trampas de rascadores: Posición P35 (P.K. 0,000, en la Estación de Compresión de Haro, T.M. de Haro, La Rioja) y Posición 43.X (P.K.91.284, T.M. de Lemona, Vizcaya), de inicio y final del gasoducto, respectivamente.

Construcción de 5 nuevas Posiciones: Posición 43.X.04 (P.K. 31,020, T.M. de La Puebla de Arganzón, Burgos) con válvula de seccionamiento manual, Posiciones 43.X.05, 43.X.03 y 43.X.02 (P.K. 19,020, 43,790 y 62,262, TT.MM. de Berantevilla, Vitoria y Legutiano respectivamente, provincia de Álava), con sendas válvulas de seccionamiento telemandadas e instalaciones eléctricas y Posición 43.X.01 (P.K. 80,662, T.M. de Zeanuri, Vizcaya), con válvula de seccionamiento manual. Construcción de tres acometidas eléctricas a 25 kV: acometida de 124 m (3 apoyos) a la Posición 43.X.02, en el T.M. de Villareal de Álava, acometida de 89 m (2 apoyos) a la Posición 43.X.03, en el T.M. de Vitoria y acometida de 402 m (4 apoyos) a la Posición 43.X.05, en el T.M. de Berantevilla.

La conducción proyectada es de acero al carbono, con una longitud de 91.284 m y diámetro nominal de 26 pulgadas, con una presión de diseño de 80 bares. Estará protegida por un doble sistema anticorrosivo e irá enterrada a una profundidad mínima de 1 m. El ancho de la pista para la ejecución es de 21 m para la pista normal y de 16 m para la pista restringida. Generará una servidumbre permanente de paso de 2 m a cada lado del eje de la tubería y una zona de ocupación temporal en una banda de 8 m a cada lado a partir de la servidumbre permanente. El cruce de los cursos hídricos de escasa entidad se realizará a cielo abierto (C.A.) con vainas pasa-aguas. Los ríos Ebro, Ayuda, Zadorra, Zalla y Barazar se cruzarán mediante perforación dirigida (P.D.) y los arroyos Sexquina y de La Fábrica mediante perforación horizontal (P.H.).

La ejecución del proyecto afectará a los siguientes T.T.M.M.: Ubidea, Ochandio, Dima, Zeánuri, Villaró, Yurre y Lemona, en la provincia de Vizcaya; Labastida, Zambrana, Berantevilla, Armiñón, Iruña de Oca, Vitoria-Gasteiz, Zigioitia y Legutiano, en la provincia de Álava; La Puebla de Arganzón y el Condado de Treviño, en la provincia de Burgos; Haro, en la provincia de La Rioja. En el EsIA se han estudiado un total de 4 alternativas (Trazado básico, Alternativa 1, Alternativa 2 y Alternativa 2A) así como un total de 11 variantes de trazado. Tras realizar el análisis de todos los trazados posibles se ha seleccionado el Trazado básico como la alternativa técnicamente viable de menor impacto ambiental global.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

El gasoducto discurre sobre los corredores estructurales que dejan los ríos Ebro, Zadorra y Zalla, sobre los que emergen distintas fajas montañosas, con zonas de pendientes superiores al 40%.

El trazado intercepta los ríos Tirón, Ebro, Ayuda, Zadorra, Zalla y Barazar (Cuenca Hidrográfica del Ebro) y el río Indusi (C.H. Norte), siendo el resto de cauces de escasa entidad. En cuanto a la vegetación, en la parte sur del trazado (La Rioja, Burgos y sur de Álava) dominan los cultivos, quedando la vegetación natural relegada a rodales entre cultivos, zonas accidentadas y a los ríos y arroyos. En la parte media, hasta el LIC «Gorbeia», existen mosaicos de prados y tierras de cultivo con inclusiones de encinar-quejigar en el sur y de robledales en el norte. En el tramo norte (norte de Álava y Vizcaya) se dan repoblaciones de coníferas con intercalaciones de prados, hayas y robles. La vegetación de ribera más destacable es la presente en los ríos Ebro, Tirón e Indusi. Con respecto a la fauna, destaca el área comprendida en la ZEPA «Sierras Meridionales de Álava», con presencia de especies como el águila-azor perdicera, alimoche, buitre leonado, halcón peregrino y búho real. Con respecto a los mamíferos, destaca la presencia potencial de nutria y visón europeo en los cursos fluviales y zonas asociadas. Los ríos presentan una rica comunidad piscícola, destacando la potencial presencia del Blenio de río en los ríos Ebro, Ayuda y Zadorra. El trazado del gasoducto discurre por áreas incluidas en la Red Natura 2000. A continuación se describen las características de los mismos en las zonas atravesadas:

Espacio de Red Natura 2000

Vértices en los que se atraviesa/Hábitats naturales

Especies de interés

LIC ES2300006 «Sotos y riberas del Ebro».

V-LO-036.1/039, 93 m. 92A0 Bosques de galería de Salix alba y Populus alba.

Visón europeo.

LIC ES2110008 «Río Ebro».

V-VI-039/043, 46 m 92A0. Bosques de galería de Salix alba y Populus alba.

Visón europeo.

LIC ES2110018 «Sierra de Cantabria» y ZEPA «Sierras Meridionales de Álava».

V-VI-04/059.11, 1.908 m. 6220 Zonas subestépicas de gramíneas anuales del Thero-Brachypodietea. 9340 Bosques de Q. ilex y Q. Rotundifolia. 5110 Formaciones estables xerotermófilas de Buxus sempervirens.

Águila-azor perdicera. Alimoche. Buitre leonado. Halcón peregrino. Búho real.

LIC ES2110012 «Río Ayuda».

V-VI-116.4/123, 66 m. 92A0 Bosques de galería de Salix alba y Populus alba.

Visón europeo. Nutria.

LIC ES2110010 «Río Zadorra».

V-VI-230.16/230.17, 63 m. 91E0 Bosques aluviales residuales (Alnion glutinoso-incanae).

Visón europeo. Nutria.

LIC ES2110009 «Gorbeia».

V-VI-362/365, 633 m Arroyo s/n. 91E0 Bosques aluviales residuales (Alnion glutinoso-incanae). 6510 Prados pobres de siega de baja altitud.

LIC ES4120051 «Riberas del Zadorra».

V-BU-147.2/147.3, 56 m Aº Sta. Águeda. V-BU-147.8/147.9, 50 m Aº Espanadero. V-BU-147.11/147.12, 74 m Arroyo de Paúl. V-BU-147.15/147.16, 54 m Arroyo la Fábrica. No se atraviesan hábitats naturales de interés.

Visón europeo. Nutria.

LIC ES2110011 «Embalses del sistema del Zadorra».

V-VI-408/411.1, 403m. No se atraviesan hábitats naturales de interés.

El trazado atraviesa además el Área de Protección de Visón europeo (coincidente con los LIC «Sotos y Riberas del Ebro» y «Río Ebro»), el Área de Interés Especial del Águila perdicera «Buradón» (coincidente con el LIC «Sierras de Cantabria» y ZEPA «Sierras Meridionales de Álava»), diversos Montes de Utilidad Pública, un Área de Valor Natural en el T.M. de Vitoria y una Zona de Interés Ecológico y Paisajístico (ZIEP 1) en el T.M. de Legutiano. En Álava y Vizcaya se atraviesan diversos corredores ecológicos, la mayor parte coincidentes con los espacios descritos. En el EsIA se ha realizado el inventario de las vías pecuarias interceptadas y de los posibles yacimientos arqueológicos, habiendo realizado una prospección arqueológica superficial.

3. Tramitación.

La tramitación se inició con fecha 1 de junio de 2004, al recibirse la memoria-resumen. El 27 de agosto de 2004 se inicia el trámite de consultas previas. El resultado de las consultas realizadas por la DGCyEA se trasladó al promotor el 18 de marzo de 2005.

El inicio del trámite de información publica del proyecto y estudio de impacto ambiental (EsIA) se publicó en el BOE num. 165 de 12 de julio de 2006. Transcurrido el plazo correspondiente del procedimiento sustantivo, la DG de Política Energética y Minas remitió a la DGCyEA, con fecha 13 de marzo de 2007 la documentación generada en la información pública. Posteriormente, con fecha 13 de abril de 2007 el promotor remitió el EsIA y el proyecto, quedando así cumplida la remisión del expediente completo.

4. Consultas previas. Relación de consultados y contestaciones.

Durante el periodo de consultas previas se pidió la opinión respecto al proyecto, y se recibió respuesta, de los siguientes organismos:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

DG para la Biodiversidad. Ministerio de Medio Ambiente

-

Confederación Hidrográfica del Norte

-

Confederación Hidrográfica del Ebro

X

Delegación del Gobierno en el País Vasco

-

Subdelegación del Gobierno en Bilbao

-

Subdelegación del Gobierno en Vitoria

-

Subdelegación del Gobierno en Burgos

X

Delegación del Gobierno en el La Rioja

X

Dirección de Biodiversidad. Viceconsejería de Ordenación del Territorio y Biodiversidad. Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco

X

Dirección de Calidad Ambiental. Viceconsejería de Medio Ambiente. Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco

-

Dirección de Patrimonio Cultural. Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes. Departamento de Cultura del Gobierno Vasco

X

Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental. Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

-

DG del Medio Natural. Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

X

DG de Patrimonio y Bienes Culturales. Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León

X

DG de Calidad Ambiental. Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de La Rioja.

X

DG de Cultura. Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja.

X

DG de Medio Natural. Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de La Rioja

X

DG de Medio Ambiente. Diputación Foral de Vizcaya.

X

Dirección de Medio Ambiente. Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava

X

Diputación Provincial de Burgos.

-

Ayuntamiento de Lemona (Vizcaya)

-

Ayuntamiento de Yurre (Vizcaya)

-

Ayuntamiento de Dima (Vizcaya)

-

Ayuntamiento de Zeanuri (Vizcaya)

-

Ayuntamiento de Ochandio (Vizcaya)

X

Ayuntamiento de Legutiano (Álava)

X

Ayuntamiento de Zigoitia (Álava)

X

Ayuntamiento de Vitoria (Álava)

X

Ayuntamiento de Iruña de Oca (Álava)

-

Ayuntamiento de Berantevilla (Álava)

-

Ayuntamiento de Zambrana (Álava)

-

Ayuntamiento de Labastida (Álava)

-

Ayuntamiento de Armiñón (Álava)

-

Ayuntamiento de La Puebla de Arganzón (Burgos)

-

Ayuntamiento de Condado de Treviño (Burgos)

-

Ayuntamiento de Briñas (La Rioja)

-

Ayuntamiento de Haro (La Rioja)

-

Instituto Geológico y Minero de España

(*)

Observatorio Geofísico. Instituto Geográfico Nacional.

-

Departamento de Biología Vegetal y Ecología. Facultad de Ciencias UPV/EUH

-

Departamento de Geografía. Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Valladolid

X

A.D.E.N.A

-

Ecologistas en Acción

-

Greenpeace

-

SEO/BirdLife.

-

Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental.

X

EKI Plataforma Ekologista Erreka

-

Eroski

-

Lanius. Sociedad Ornitológica

-

Federación Ecologista de Castilla y León

-

Asociación para la Recuperación de la Comarca del Ebro (ARCE).

-

Asociación Vallisoletana Defensa Medio Ambiente (AVDEM).

-

Anari (Asociación Naturalista de La Rioja)

-

Colectivo Ecologista Riojano (C.E.R.)

-

ERA (Asociación Naturalista de La Rioja)

-

* El Instituto Geológico y Minero de España, participa en la fase de traslado de consultas, asesorando al Ministerio de Medio Ambiente en la definición de las directrices a seguir por el promotor en la elaboración del EsIA.

Se han consultado un total de 55 entidades, de las que se han recibido 18 contestaciones. Un resumen de las principales sugerencias a tener en cuenta en el EsIA es el siguiente:

Confederación Hidrográfica del Ebro.-Informa de que el trazado afecta a las cuencas de los ríos Zadorra, Ayuda y Ebro. Indica las medidas que se deben incluir en el EsIA, que deberán estar definidas y desarrolladas técnica y económicamente. Indica que el Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) incidirá en el control de la calidad de las aguas de los ríos Zadorra, Ayuda y Ebro. En el EsIA se han tenido en cuenta estos aspectos, tanto la descripción de las medidas como la definición del PVA.

Subdelegación del Gobierno en Burgos.-Informa favorablemente considerando que, una vez restituido el terreno y reimplantados los cultivos y pastos, la incidencia ambiental será mínima. Delegación del Gobierno en La Rioja.-Indica que no se observan correcciones de consideración salvo la necesidad de incorporar al EsIA un apartado de «Acciones sísmicas». Dirección de Biodiversidad. Viceconsejería de Ordenación del Territorio y Biodiversidad. Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.-Considera la alternativa 2 como la de menor afección, seguida por el trazado seleccionado en la memoria-resumen. Indica la vegetación que puede verse afectada, destacando la presencia de flora amenazada. Informa de las posibles afecciones a la fauna, en particular en la ZEPA «Sierras Meridionales de Álava», por la potencial presencia de alimoche común y águila-azor perdicera. Establece que se debe realizar un estudio pormenorizado de las alternativas planteadas y de nuevas alternativas realistas, teniendo en cuenta condicionantes ambientales y técnicos. Informa de la normativa que se debe cumplir y de los aspectos que deben incluirse en el EsIA. Indica la necesidad de redactar un Proyecto de Restauración con las medidas necesarias para corregir los impactos, contemplando la revegetación de todas las superficies afectadas e incluyendo su presupuesto. En el EsIA se recogen todos los elementos mencionados y se identifican y valoran las afecciones, proponiendo medidas preventivas y correctoras al respecto. Con respecto a la alternativa 2, el promotor indica que ésta se ha estudiado con detenimiento resultando más impactante porque debido a la elevada dureza de la roca en el tramo que discurre paralelo al gasoducto ya construido, sería necesario proceder a la abrir la zanja mediante voladuras, siendo necesario mantener una distancia mínima de seguridad con el gasoducto actual que obligaría a la apertura de un nuevo pasillo. Con respecto a la ZEPA, el promotor contesta que el trazado seleccionado discurre adyacente a otras infraestructuras, disminuyendo el impacto. Los aspectos relativos a espacios y vegetación protegidos, fauna, paisaje y red de corredores ecológicos quedan también recogidos en el EsIA. Dirección de Patrimonio Cultural. Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes. Departamento de Cultura del Gobierno Vasco.-Informa que se pueden afectar una gran cantidad de elementos patrimoniales y yacimientos arqueológicos, debiéndose tener en consideración todos los lugares y Zonas Arqueológicas conocidas y debiendo prever un seguimiento arqueológico de la obras. El promotor contesta que ha realizado el estudio arqueológico cuyos resultados se recogen en el EsIA. DG del Medio Natural. Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.-Informa de las posibles afecciones a espacios de la Red Natura 2000 y a hábitats y especies de interés, indicando que el proyecto no afecta a ningún espacio protegido de la Comunidad de Castilla y León, si bien buena parte del Río Zadorra formará parte del Catálogo de Riberas Protegidas. Considera que la alternativa 2 es la que presenta una mayor afección. Establece los aspectos que deben tenerse en cuenta en el EsIA, entre los que destacan: evaluación de las repercusiones sobre las especies y hábitats presentes en los LIC; estudio de la afección al visón europeo, a la nutria y a sus hábitats; medidas correctoras orientadas a restaurar y mejorar dichos hábitats; medidas para mantener la permeabilidad de las zonas afectadas. En el EsIA se ha rechazado la denominada alternativa 2 en la memoria-resumen. El resto de los requerimientos de esta DG se han contemplado en el diseño del trazado. En el EsIA se evalúa la afección al LIC «Riberas del Zadorra», habiéndose escogido cruces con los cauces que disminuyen al máximo la afección al hábitat del visón europeo y de la nutria. DG de Patrimonio y Bienes Culturales. Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León.-Informa favorablemente al proyecto por no afectar a Bienes de Interés Cultual. Indica la necesidad de realizar una prospección arqueológica con el objeto de establecer las medidas correctoras oportunas, que deberán reflejarse en el EsIA. El promotor contesta que ha realizado el estudio arqueológico cuyos resultados se recogen en el EsIA. DG de Calidad Ambiental. Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de La Rioja.-Indica los aspectos que deben analizarse en el EsIA y las medidas generales para evitar y corregir los impactos. Las consideraciones de esta DG han sido recogidas en el EsIA. DG de Cultura. Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de La Rioja.-Indica que se encuentra depositado en sus dependencias un informe arqueológico en el que se analizan el trazado básico, las alternativas y variantes del gasoducto, y se plantean medidas minimizadoras del impacto, estimando necesario tener en cuenta para el estudio de detalle las recomendaciones de dicho informe. El promotor contesta que los resultados del estudio arqueológico se recogen en el EsIA. DG de Medio Natural. Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de La Rioja.-Indica que el trazado seleccionado supone la menor afección de entre las alternativas estudiadas sobre los espacios protegidos de La Rioja, por cruzarse de forma puntual el LIC «Sotos y Riberas del Ebro». Relaciona los aspectos que han de tenerse en cuenta en la realización del EsIA. Solicita que el paso del trazado por cultivos agrícolas coincida con los caminos rurales existentes. En el EsIA se incluyen los requerimientos expresados por esta DG. El LIC mencionado se cruzará mediante perforación dirigida, no viéndose afectado. DG de Montes y Espacios Naturales. Diputación Foral de Vizcaya.-Indica que existe una fuerte afección a zonas de interés natural y arqueológico, en particular al Parque Natural de Gorbeia y a hábitats incluidos en la Red Natura 2000. Apoya la propuesta del ayuntamiento de Ochandio de concentrar las servidumbres de la línea eléctrica y del gasoducto, considerando que se debería hacer lo mismo en el T.M. de Dima. Indica que los criterios para la elección de alternativas deben ser: salvaguardar los hábitats de interés comunitario, lugares con restos arqueológicos y de interés cultural; evitar zonas inestables; acercar el gasoducto a otras infraestructuras; evitar que los trazados impidan la gestión de los recursos forestales y agrícolas-ganaderos. En el EsIA se han tenido en cuenta todos los valores ambientales presentes en el área habiéndose buscado, siempre que ha sido técnicamente posible, trazados adyacentes a infraestructuras y por tierras de cultivo para reducir al máximo la afección a la vegetación natural y a los hábitats. En los casos en los que no ha sido posible evitar la afección, se ha propuesto la ejecución en pista restringida. Todas las consideraciones realizadas se han tenido en cuenta en el diseño del trazado, no discurriendo éste por el Parque Natural de Gorbeia. Con respecto a las revisiones de trazado en los T.M. de Ochandio y Dima, el promotor indica que hay que tener en cuenta la estabilidad de las zonas atravesadas, por lo que a veces no ha sido posible seguir los trazados existentes. Dirección de Medio Ambiente. Departamento de Urbanismo y Medio Ambiente de la Diputación Foral de Álava.-Considera que en determinados tramos el trazado seleccionado presenta un impacto mayor que algunas de las variantes y alternativas. Entre Haro y Berantevilla considera más adecuada la alternativa 2 por discurrir junto al gasoducto existente. Entre los núcleos de Cestafe y Ventas de Lendia considera más adecuada la variante 5 por ser más corta y menos visible. Establece la necesidad de redactar un Proyecto de Restauración Vegetal que incluya: restitución de la morfología del terreno, medidas especiales para la revegetación de terrenos con topografía adversa, realización de estructuras de protección de márgenes y estabilización de taludes, mecanismos de control y seguimiento del éxito de dicho proyecto. El promotor contesta que la alternativa 2 de la memoria resumen ha sido estudiada con detenimiento en el EsIA (denominada como alternativa 1), resultando más impactante debido a la elevada dureza de la roca en el tramo que discurre paralelo al gasoducto. El trazado seleccionado discurre en el tramo que atraviesa el LIC y ZEPA adyacente a otras infraestructuras, disminuyendo el impacto. En cuanto a la variante 5, en dicho tramo se ha ajustado el trazado tratando de disminuir la afección a la vegetación natural. El EsIA incluye además un Proyecto de Restauración en el que se incluyen las medidas requeridas por este organismo. Ayuntamiento de Ochandio.-Propone aprovechar la servidumbre de la red eléctrica, evitando la afección a la llanura inundable próxima al embalse de Urrúnaga, la zona recreativa de Zelaieta y a la ubicación de la futura depuradora de aguas residuales. El promotor contesta que se ha adaptado el trazado a la solicitud, discurriendo el gasoducto en su mayor parte por plantaciones de coníferas y no afectando las zonas mencionadas y que un trazado adyacente a la línea no es técnicamente viable. Ayuntamiento de Zigoitia.-Indica el trazado discurre próximo a los límites del Parque Natural del Gorbea y solicita que se ponga en conocimiento de la Entidad de dicho Parque Natural. Ayuntamiento de Vitoria.-Informa de que podrían verse afectadas zonas calificadas como de Valor Natural Grado 2 en su T.M, proponiendo la redefinición del trazado. Señala la necesidad de lograr el máximo alejamiento con los espacios y elementos naturales, especialmente en los cruces con el arroyo Chirrio y con dos arroyos que discurren por el Barranco de la Serna. El promotor contesta que ha ajustado el trazado de forma que finalmente se afecta el Área de Valor Natural mencionada en 299 m en su mayor parte por terrenos de cultivo, salvo en algunos tramos de brezal y pastos, donde se utilizará pista restringida y se aplicaran medidas correctoras. En cuanto al cruce con los cursos hídricos, se ha adaptado la técnica de cruce a las características de cada uno. Ayuntamiento de Legutiano.-Propone que el trazado siga la divisoria entre los T.M. de Legutiano, Ochandio, Zeanuri y Zigoitia para, después de abandonar el T.M. de Ochandio, conectar con la carretera N-240 a la altura de Ubidia y discurriendo en paralelo a la misma, lo cual supone unos 3 km más de longitud pero evita el impacto sobre los robledales y hayedos de la ZIEP. En el EsIA se ha estudiado la posibilidad de que el trazado discurra en parte paralelo a la N-240 y adyacente al acueducto existente (Variante 11), resultando técnicamente desaconsejable. No obstante se ha ajustado el trazado para minimizar la afección a la ZIEP. Además se utilizará pista restringida en los tramos de afección a hábitats de interés.

5. Fase de información pública y de consultas sobre el EsIA.

Durante el periodo de información pública se han recibido alegaciones presentadas por diversos organismos, ayuntamientos y particulares. Las principales conclusiones se resumen a continuación.

Provincia de Vizcaya:

Trazado del gasoducto.-La Diputación Foral de Vizcaya solicita que entre los puntos V-BI-411/411.5 el trazado discurra por el borde del monte Aldoia, en paralelo a la carretera, y que entre los puntos V-BI-445.1/447 se aproveche el trazado del cortafuegos existente o un trazado paralelo el mismo. El promotor contesta que la realización de las variantes supondría llevar la tubería a media ladera, provocando la necesidad de realizar un enorme movimiento de tierras e inestabilidades. Con respecto al trazado entre los puntos V-BI-411/411.5 indica que éste es una imposición del Ministerio de Medio Ambiente para no afectar al LIC «Río Urkiola». El Ayuntamiento de Igorre solicita que se lleve el trazado del gasoducto en paralelo a la proyectada carretera N-240, reduciendo la afección a terrenos forestales. El promotor contesta que no se puede aceptar la solicitud ya que ello supondría dirigir la tubería al núcleo de Lemoa en lugar de a la posición de válvulas correspondiente, que el diferente estado de tramitación de ambos proyectos hace que sea imposible hacerlos coincidir y que la ocupación de la servidumbre de la carretera suele ser denegada por el organismo competente. Por otra parte dicha alternativa supondría la afección a 1990 m de terrenos de otros propietarios.

Afección a la hidrología.-El Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (DMAOT) del Gobierno Vasco establece condiciones a los cruces y paralelismos con cursos hídricos: alejar un mínimo de 15 m la conducción del cauce en los paralelismos; situar los hitos fuera de la franja de servidumbre de 5 m del cauce; reposición de 2 ejemplares por cada uno afectado en la vegetación de ribera en la propia franja o, en caso de no ser posible, en tramos colindantes sin vegetación; recubrir con escollera hasta la mitad del talud rematando la mitad superior con tierras y revegetando. En el caso del cruce bajo el río Indusi se deberá reducir al mínimo la ocupación con escollera. Ésta se dispondrá hasta la mitad del talud, sin hormigonar, y con estacas de sauce en los intersticios. El promotor contesta que sólo se puede guardar la distancia de 15 m en el vértice V-BI-521 de los solicitados dado que, en el resto, guardar dicha distancia supone afectar directamente a otro curso de agua o a viviendas y/o llevar la tubería a media ladera y que, en cualquier caso, se reducirá la pista lo máximo posible. Indica que las escolleras deben realizarse en todo el talud, aunque se dejará a la vista la mitad inferior, cubriendo el resto con tierra vegetal. Acepta el resto de condiciones. Afección al suelo y a la vegetación.-La Diputación Foral de Vizcaya solicita el hormigonado de todas las pistas forestales que cruza el gasoducto. El promotor acepta esta condición. Afección a la población.-Varios alegantes solicitan que se ajuste el trazado a los límites de parcelas o a caminos vecinales y pistas forestales con el fin de no afectar los usos existentes. El promotor contesta que se ha procurado seguir el trazado de caminos y pistas y ajustar el trazado aunque en ocasiones no ha sido posible. Indica que el gasoducto no es incompatible con los usos de las parcelas, pudiendo volver a plantar árboles, salvo en la franja de 2 m se servidumbre. Manifiesta su disposición a realizar pequeños cambios siempre que no se afecte a otros propietarios.

Provincia de Álava:

Trazado del gasoducto.-La Junta Administrativa de Nanclares de Oca solicita que el trazado discurra en paralelo al gasoducto existente y a la carretera N-I. El Ayuntamiento de Legutiano vuelve a proponer la modificación expuesta en la fase de consultas previas, alegando que dicha alternativa, de 3 km más de longitud, evitaría el impacto sobre las ZIEP1 y ZIEP5 de su T.M. El promotor contesta que el proyecto afecta sólo a la ZEIP 1. Indica que la modificación supondría construir a media ladera, aumentando el movimiento de tierras y la inestabilidad, haría imposible realizar el cruce del río Barazar mediante P.D., afectando a su vegetación de ribera que está catalogada como hábitat prioritario y resultaría un trazado adyacente al Parque Natural del Gorbea. Por otra parte sería imposible realizar la ejecución a menos de 50 m de la carretera N-I, afectando a manchas de arbolado autóctono, mientras que el trazado seleccionado discurre por prados y cultivos.

Afección a la hidrología.-La C.H. del Ebro acepta las características de los cruces con los cursos de agua y establece condiciones generales para los mismos. El DMAOT del Gobierno Vasco establece condiciones de cruce coincidentes con las expresadas para la provincia de Vizcaya. El promotor contesta que las obras se realizarán conforme a los condicionados de las autorizaciones pertinentes. Afección al Patrimonio Cultural.-El Ayuntamiento de Zigoitia indica que se debe solicitar autorización al Servicio de Patrimonio ya que se atraviesa la Zona de Protección de Presunción Arqueológica «Asentamiento de Apdaka». El promotor informa que ha realizado un estudio arqueológico con prospección arqueológica superficial de todo el trazado y se ha comprobado que la ejecución del proyecto es compatible con el yacimiento mencionado, no viéndose afectado. Afección a la población.-Alegantes particulares solicitan ajustes de trazado similares a los propuestos en la provincia de Vizcaya, con idéntica respuesta por parte del promotor.

Provincia de Burgos:

Trazado del gasoducto.-Un alegante particular solicita que el trazado discurra en paralelo al gasoducto existente y a la N-I. El promotor contesta que se estudió esta opción y que resultó inviable por la presencia del futuro trazado del AVE y de la nueva variante de la N-I.

Afección a la población y al medio socioeconómico-Un particular alega que se afecta a sus terrenos de cultivo y a bienes y servicios de su propiedad. El promotor contesta que al finalizar las obras se restaurarán el terreno los bienes afectados, pudiendo destinar el terreno a los usos anteriores.

Provincia de La Rioja:

Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.-Bodegas y asociaciones vitícolas alegan que no ha existido transparencia puesto que no se les ha informado de la actuación, a lo que el promotor responde que se ha seguido escrupulosamente el procedimiento, habiéndose sometido el proyecto y el EsIA al trámite de información al público legalmente establecido.

Afección a la hidrología.-La C.H. del Ebro emite un informe con contenido similar al presentado en la provincia de Álava en el que se establecen idénticas condiciones de ejecución. El promotor contesta que las obras se realizarán conforme a los condicionados de las autorizaciones pertinentes. Afección a la vegetación.-La Dirección de Medio Natural de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial (DMNCTMAPT) del Gobierno de La Rioja indica que la restauración de los terrenos deberá realizarse empleando especies autóctonas, lo que es aceptado por el promotor. Afección a la fauna.-La DMNCTMAPT del Gobierno de La Rioja informa de que en la zona de cruce con el río Tirón se da la presencia de pez fraile, especie «en peligro de extinción» en La Rioja, por lo que se deberá elegir el cruce que menos afecte a fondos de grava, fuera de la época reproductora (meses de abril a julio), restituyendo los fondos con las gravas extraídas y restituyendo la vegetación de ribera afectada, dando aviso previo al inicio de las obras. El promotor contesta que el cruce con el río Tirón se realiza en paralelo al gasoducto existente, minimizando la afección a los fondos y a la vegetación. Se respetará el periodo reproductivo y se dará aviso previo a este organismo. Afección a la Red Natura 2000.-La DMNCTMAPT del Gobierno de La Rioja indica que el proyecto afecta al LIC «Sotos y Riberas del Ebro». Este espacio se cruza mediante P.D., no viéndose afectado. Afección a los viñedos.-Bodegas, asociaciones vitícolas y particulares manifiestan que el proyecto provoca daños irreparables en sus cultivos y en las estructuras de riego, presentando la zona un alto valor ecológico. Exponen que las excavaciones y desbroces conllevan la erosión y empobrecimiento de las tierras de y que no se garantiza que el gas natural no pueda mermar las características de las uvas. El promotor contesta que en la definición del trazado se ha procurado minimizar la afección a los viñedos discurriendo por terrenos de secano, lo que ha sido difícil dada la dedicación vinícola de la zona. Se ha intentado establecer el paralelismo con el gasoducto actual lo que en ocasiones no ha sido posible, debido a la declaración posterior a la construcción del mismo del LIC/ZEPA «Obarenes Sierra de Cantabria». Se ha buscado el trazado menos agresivo en la Sierra de Cantabria y que presentara un cruce favorable del río Ebro. Recuerda que el trazado seleccionado ha sido aprobado por la DG de Calidad y Evaluación Ambiental del Gobierno de La Rioja. Indica que el transporte de gas natural no provoca perjuicio sobre los viñedos y que la instalación es compatible con el cultivo. Expone que los daños y perjuicios que de las obras se deriven serán reparados y/o indemnizados. Afección a la población.-Alegantes particulares realizan solicitudes similares a las expuestas para las provincias de Vizcaya y Álava, con la misma respuesta por parte del promotor. Bodegas Muga expone que el gas natural y sus productos de combustión son contaminantes que pueden suponer riesgo para la salud, a lo que el promotor contesta que el transporte de gas natural no presenta perjuicio alguno. Afección al planeamiento urbanístico.-Un particular alega que el trazado discurre dentro del Sector S-4 en el T.M de Haro en el cual hay aprobado un Plan Parcial, solicitando una modificación de trazado. El promotor contesta que la instalación es compatible con los usos previstos y que, en caso de que esté construido el campo de golf, se adaptará el trazado a sus límites y, en caso contrario, se enterrará la tubería a una profundidad tal que sea compatible con el futuro desarrollo. PVA.-Bodegas Muga considera que se debe aportar el PVA y que las labores de control y vigilancia deben ser realizadas por una empresa ajena e independiente a ENAGÁS. El promotor indica que se desarrollará el PVA en el que se designará el responsable del control y seguimiento y se presentará para su aprobación en el Ministerio de Medio Ambiente.

6. Integración de la evaluación.

a. Análisis ambiental para selección de alternativas. En la definición y selección de las alternativas con menor impacto, se han tenido en cuenta criterios de tipo técnico, ambiental y socioeconómico así como el contenido de las contestaciones a las consultas previas. Entre los criterios destacan: máximo alejamiento con núcleos urbanos, seguir siempre que sea posible los corredores infraestructuras ya existentes, usar en la medida de lo posible los accesos ya existentes, seleccionar puntos de cruce con los cursos hídricos que minimicen la afección a su vegetación y fauna asociadas, evitar zonas de interés arqueológico, zonas de vegetación natural y áreas protegidas o, en caso de no ser posible, reducir al máximo las afecciones.

En función de estos condicionantes se ha definido el corredor denominado Trazado básico así como 3 alternativas al mismo en determinados tramos. Así, se definen el Trazado básico común (trazado común a todas las alternativas), Alternativa 1 y Trazado básico 1, Alternativa 2 y Trazado básico 2, Alternativa 2A y Trazado básico 2A, distribuidos en los siguientes tramos:

Desde la Estación de Compresión de Haro hasta cruzar el río Tirón: Trazado básico común.

Desde el cruce con el río Tirón hasta las cercanías del cruce con el río Ayuda:

Alternativa 1. Trazado básico 1. Desde el cruce con el río Ayuda hasta cruzar el arroyo Santa Águeda: Trazado básico común.

Desde el cruce con el arroyo Santa Águeda hasta las cercanías del cruce con el río Indusi:

Alternativa 2. Desde el cruce con el río Ayuda hasta el paraje de Padura, T.M. de Zigoitia. Trazado básico 2. Desde el cruce con el río Ayuda hasta el paraje de Padura, T.M. de Zigoitia. Alternativa 2A. Parte de la Alternativa 2, en el entorno de Sierra de Baldana, hasta la zona de cruce con el río Indusi. Trazado básico 2A. Parte desde el Trazado básico 2 hasta el cruce con el río Indusi.

Desde el cruce con el río Indusi hasta la Posición 43X del Gasoducto BVV: Trazado básico común. A continuación se muestra una comparación de los tramos con alternativas de trazado en función de la afección a espacios naturales protegidos, hábitats naturales, vegetación natural y zonas de geomorfología accidentada:

Alternativa

Espacios Protegidos afectados

Longitud afección

Alternativa 1.

LIC y ZEPA "Obarenes Sierra de Cantabria", "Sierra de Obarenes" y Área de Interés Especial del Águila perdicera.

2.137 m.

LIC "Montes de Miranda de Ebro y Emayugo" e IBA "Sierra de Obarenes".

3.455 m.

IBA Sierra de Obarenes.

804 m.

LIC "Río Ebro".

64 m (no afectado por cruzarse mediante P.D.).

LIC "Río Ayuda".

68 m (no afectado por cruzarse mediante P.D.).

Trazado básico 1.

LIC "Sotos y riberas del Ebro" y Área de Interés Espacial de Visón europeo.

55 m (no afectado por cruzarse mediante P.D.).

LIC "Río Ebro".

46 m (no afectado por cruzarse mediante P.D.).

LIC "Sierras de Cantabria" y ZEPA "Sierras Meridionales de Álava" y Área de Interés Especial del Águila perdicera.

1.908 m (en parte paralelo a acueducto y oleoducto).

LIC "Río Ayuda".

66 m (no afectado por cruzarse mediante P.D.).

Alternativa 2.

LIC "Riberas del Zadorra".

189 m.

Trazado básico 2.

LIC "Riberas del Zadorra".

234 m.

Alternativa 2 (hasta unión con alternativa 2A) + Alternativa 2A.

LIC "Riberas del Zadorra". LIC "Gorbeia" y Parque Natural Gorbeia".

189 m. 14.998 m.

Trazado básico 2 + Trazado básico 2A.

LIC "Riberas del Zadorra".

234 m.

LIC "Río Zadorra."

64 m.

LIC "Gorbeia".

633 m.

LIC "Embalses del Sistema del Zadorra".

403 m.

Alternativa

Afección a hábitats naturales (longitud) - metros

Afección a vegetación natural (longitud) - metros

Afección a zonas de geomorfología accidentada (longitud) - metros

Total

Prioritarios

Alternativa 1

4.178

-

4.725

4.600

Trazado básico 1

2.688

2.123

3.090

1.875

Alternativa 2

17.327

3.352

19.394

6.500

Trazado básico 2

3.873

191

5.496

2.369

Alternativa 2 (hasta unión con alternativa 2A) + Alternativa 2A

27.792

8.569

37.724

19.500

Trazado básico 2 + Trazado básico 2A

12.237

1.162

17.712

22.600

En base a esta comparación, se considera como alternativa de menor impacto global el Trazado básico (T.B.) (Trazado básico común (T.B.C) + trazado básico 1 (T.B.1) + trazado básico 2 (T.B.2) + trazado básico 2A (T.B.2A)). La afección de la Alternativa 1 a espacios protegidos es mayor que la del T.B. 1 y, aunque en principio esta alternativa discurre adyacente al gasoducto de ENAGÁS existente, la elevada dureza del sustrato en la zona hace que sea necesaria la utilización de voladuras, por lo que sería necesario guardar una distancia de seguridad con el gasoducto existente, obligando a la apertura de un nuevo pasillo. Además, el T.B. 1, a su paso por el LIC «Sierras de Cantabria«, ZEPA «Sierras Meridionales de Álava» y Área de Interés Especial del Águila perdicera discurre en paralelo y adyacente a un oleoducto y a un acueducto existentes, lo que minimiza la afección. En el segundo tramo del gasoducto, el T.B. 2 aprovecha el corredor de infraestructuras abierto por la carretera N-I, el desdoblamiento de la misma, y del AVE y autopista de peaje, ambos en proyecto. La Alternativa 2 se aleja de todas estas infraestructuras abriendo un nuevo pasillo en los Montes de Vitoria y atravesando zonas más montañosas. En el tercer tramo del gasoducto, la combinación Alternativa 2 + Alternativa 2A afectan al Parque Natural de Gorbeia, por lo que quedan descartadas. Una vez seleccionado el Trazado básico como alternativa de menor impacto ambiental, se analizaron 11 pequeñas variantes (V1 a V11) para intentar minimizar las afecciones. A continuación se muestra una comparación de las distintas variantes con el tramo de Trazado básico correspondiente en función de su afección a los distintos factores y del paralelismo con otras infraestructuras:

Tramo

Yacimientos

Espacios Naturales

Hábitats

Geomorfología accidentada

Vegetación natural

Paralelismo

V1

Sí (1)

No

114m 6220

No

Sí (50m)

No

T.B.1

No

No

297m 6220

No

Sí (297m)

No

V2

No

No

280m 6220

Sí (1.000m)

Sí (1.000m)

No

T.B.1

No

No

234m 6220

No

Sí (125m)

No

V3

No

No

581m 6220

No

Sí (75m)

2.380m

T.B.C

No

No

130m 6220 &78 m 9340

Sí (285m)

Sí (425m)

No

V4

Sí (1)

No

17m 6220

No

No

No

T.B.C

No

No

12m 6220

No

No

No

V5

Sí (4)

Arroyo en LIC

No

No

No

1.500m

T.B.2

No

Arroyo en LIC

No

No

No

1.500m

V6

No

No

920m 9340

Sí (912m)

Sí (912m)

912m

T.B.2

No

No

500m 9340

Sí (235m)

Sí (325m)

No

V7

Sí (1)

No

No

No

No

No

T.B.2

No

No

No

No

No

No

V8

Sí (3)

No

313m 4090

No

Sí (200m)

No

T.B.2

No

No

58m 4090

No

Sí (250m)

No

V9

No

No

72m 91E0 1.465m 6510

Sí (200m)

Sí (220m)

No

T.B.2A

No

No

1.478m 6510

No (atravesado por perforación)

Sí (20m)

No

V10

No

No

25m 91E0 916m 4030/6510

Sí (2.379m)

Sí (2.703m)

2.960m

T.B.2A

No

No

674m 6230 695 m 4030/6510

Sí (3.397m)

Sí (1.809m)

No

V11

No

Sí (546m)

124m 91E0 1.450m 4030/6510

Sí (500m)

Sí (2.381m)

No

T.B.2A

No

Sí (246m)

75m 91E0 822m 4030/6510

Sí (1.330m)

Sí (1.170m)

No

Tras el análisis se elige el corredor del Trazado básico, descartándose las variantes por los siguientes motivos: las variantes 1, 4, 5, 7 y 8 afectan a yacimientos arqueológicos; la variante 2, pese a su menor longitud, atraviesa una zona de vegetación natural y relieve accidentado; las variantes 3 y 6 discurren por zonas en las que están proyectados el trazado del AVE (V3) y de una autopista (en ambas); la variante 9 supone la imposibilidad de realizar la perforación de la carretera N-240, del río Barazar y de una mancha de vegetación; en la variante 10 sería necesario construir el gasoducto a media ladera; la variante 11 supone una mayor afección al LIC «Sistemas del Embalse del Zadorra y a las manchas de vegetación autóctona del valle del río Lapurre.

b. Impactos significativos de la alternativa elegida.

Afección al suelo.-Las principales afecciones se producen en la fase de construcción. El EsIA establece como medida preventiva y correctora evitar las construcciones a media ladera y las zonas de menor estabilidad. Destaca la presencia de tramos con fuertes pendientes (>20%) y materiales sueltos, en los que se prevé la instalación de dispositivos de retención perpendiculares al flujo, además de la aplicación de mantas geotextiles, hidrosiembra y/o plantación de vegetación.

Afección a la hidrología.-Las obras de cruce de cauces pueden producir erosión de las márgenes de los cursos y pérdida de calidad del agua. Se han elegido puntos de cruce adyacentes a infraestructuras, con poca o sin vegetación de ribera y usando la técnica más adecuada en cada caso. La mayor parte se realizarán a cielo abierto instalando vainas pasa-aguas. Los ríos y arroyos más sensibles se cruzarán por perforación (ríos Ebro, Ayuda, Zadorra, Zalla y Barazar por P.D. y arroyos Sexquina y Fábrica por P.H.), eliminando la afección. Los cruces se realizarán en época estival y teniendo en cuenta el caudal ecológico. Se prevé la restauración del cauce y de las riberas y la instalación de sistemas de protección de las márgenes. Afecciones a la vegetación.-El principal impacto se produce por el desbroce de la pista de trabajo y por la posible afección a vegetación adyacente. En el diseño del trazado se ha procurado minimizar la afección a las manchas de vegetación natural, prefiriendo el paso por cultivos y pastos. Pese a ello, el trazado atraviesa vegetación de ribera más o menos desarrollada, coscojares y carrascales (tramo sur del trazado), quejigares (tramo medio) y bosques caducifolios y plantaciones (tramo norte). Se ha procurado que el paso por estas zonas se realice por las áreas más degradadas y/o en paralelo a infraestructuras, siendo la longitud de afección a vegetación natural uno de los principales criterios para la selección de alternativas. En el EsIA se plantean como medidas: replanteo del trazado antes del inicio de las obras, uso de pista restringida en zonas sensibles y utilización de accesos existentes. Incluye un proyecto de revegetación para las distintas formaciones. Las infraestructuras auxiliares se localizan en campos de cultivo y prados de siega, salvo la ampliación a la Posición 43.X, adyacente a una plantación de Pinus radiata, incluyendo el EsIA medidas de índole similar a las anteriores. Afecciones a la fauna.-La principal afección se produce en los espacios con presencia de especies de interés: en la ZEPA «Sierras Meridionales de Álava» (y Área de Interés del Águila perdicera) se pueden encontrar águila perdiera, alimoche, buitre leonado, halcón peregrino y búho real. En este tramo el trazado discurre adyacente a infraestructuras y con ancho de pista restringida. Se prevé adaptar el calendario de obras a la época de nidificación del águila perdicera, especie más sensible. Por otra parte pueden verse afectadas la nutria y el visón europeo, asociadas a cauces y vegetación de ribera, estando declaradas sus zonas de distribución como LICs. Los LIC «Sotos y riberas del Ebro», «Río Ebro» (coincidentes con el «Área de Protección del Visón europeo») y «Río Zadorra» se cruzarán mediante P.D., eliminando la afección. En el LIC «Riberas del Zadorra», el arroyo de la Fábrica (con vegetación de ribera bien conservada) se cruzará mediante P.D., y los arroyos Santa Águeda, Espanadero y Paúl a cielo abierto, dada la degradación o inexistencia de la vegetación de ribera. En el EsIA se establecen medidas preventivas, como la posibilidad de adaptar el calendario de obras en caso de que se constatase su presencia. No se prevé afección a especies de interés como consecuencia de la ejecución de las infraestructuras auxiliares. Aún así, el EsIA incluye medidas para evitar la colisión y electrocución de aves en los tendidos eléctricos, como la colocación de balizas de señalización-salvapájaros triangulares de color negro o el aumento de los aisladores. Afección a espacios protegidos.-El corredor atraviesa distintos espacios protegidos, habiéndose tratado en todo momento de evitar o minimizar su afección. En el EsIA se prevé la realización de las obras en pista restringida en todas las zonas en las que se afecta a hábitats catalogados. Los LIC «Sotos y Riberas del Ebro», «Río Ebro», «Río Ayuda» y «Río Zadorra», se cruzan mediante P.D., eliminando la afección. En el LIC «Sierra de Cantabria» y ZEPA «Sierras meridionales de Álava», se atraviesan parcelas con los hábitats «Zonas subestépicas de gramíneas anuales del Thero-Brachypodietea» (556m), «Bosques de Q.ilex y Q.rotundifolia» (389m) y «Formaciones estables xerotermófilas de Buxus serpenvirens» (49 m), discurriendo en su mayor parte (1.393m) en paralelo a infraestructuras existentes. En el LIC «Riberas del Zadorra» la afección se produce en el cruce con los arroyos de Santa Águeda, Espanadero, Paúl y Fábrica, de los cuales, el arroyo de la Fábrica se cruza mediante P.D., por lo que no se afecta, y en el resto la vegetación está muy degradada o es inexistente, no atravesándose hábitats catalogados. El LIC «Gorbeia» se atraviesa a lo largo de 633 m, por pastos y prados (hábitat «Prados pobres de siega de baja altitud»), salvo en el cruce de los arroyos, en los que aparece vegetación de ribera. En el arroyo cruzado entre los vértices V-VI-362/363 aparece el hábitat «Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior». El LIC «Embalses del Sistema del Zadorra» se atraviesa a lo largo de 403 m por prados y pastos, sin afectar hábitats catalogados. El trazado atraviesa un Área de Valor Natural (vértices V-VI-271.14/271.16), en la que se utilizará pista restringida. Por último, el trazado atraviesa la ZIEP 1 del T.M. de Legutiano (V-VI-369.3/369.5 y V-VI-369.7/404). El primer tramo no se afectará por cruzarse mediante P.D., y en el segundo se utilizará pista restringida para la ejecución. Afecciones al Patrimonio Cultural.-El proyecto puede presentar incidencia sobre el patrimonio arqueológico. Se ha realizado una prospección superficial, y se ha tratado de evitar la afección mediante la selección se alternativas. El EsIA incluye el inventario de los yacimientos que pueden verse afectados y las medidas de protección (realización de sondeos anteriores a la apertura de zanja, control arqueológico de la apertura de la zanja y movimientos de tierra). Las vías pecuarias no son afectadas de forma significativa ya que tras las obras se devuelven a su estado original. Afección a la población.-En la fase de construcción se generará ruido, humos y partículas en suspensión, afecciones temporales que han sido minimizadas mediante el alejamiento de los núcleos de población y edificios aislados y mediante la adopción de medidas preventivas. Se produce afección temporal a parcelas de cultivo que, tras la restauración, se podrán volver a plantar, salvo árboles en la franja de servidumbre permanente. El EsIA prevé el mantenimiento de la funcionalidad de los caminos y loa restauración de todas las infraestructuras que puedan haber resultado dañadas. Afecciones al paisaje.-El impacto sobre el paisaje se considera temporal y reversible, salvo en las zonas en las que se afecta directamente a arbolado, en las que se ha procurado que el trazado discurra adyacente a otras infraestructuras. En el EsIA se establecen medidas encaminadas a minimizar y corregir la afección, entre otros mediante la restauración del suelo y de la vegetación.

7. Condiciones al proyecto.

Se adoptarán las medidas preventivas y correctoras indicadas en el EsIA, así como las que se indican a continuación: 7.1 Protección del suelo y la vegetación: La ejecución de las obras se ceñirá estrictamente a la pista de trabajo delimitada. El acceso a las obras se realizará por la propia pista de trabajo y, en caso de no ser posible, se aprovecharán los caminos existentes. En caso de que sea inevitable la apertura de nuevos caminos se informará con antelación a los órganos competentes de las CC.AA. afectadas. En ningún caso se abrirán nuevos accesos que afecten a zonas con inestabilidad de taludes ni con hábitats prioritarios, vegetación de ribera y formaciones arbóreas. En cualquier caso éstos se señalizarán de forma adecuada y tendrán carácter provisional.

Con anterioridad al inicio de las obras se realizará un recorrido del trazado con el fin de realizar pequeñas modificaciones que minimicen la afección a las formaciones vegetales de interés, en concreto a la vegetación de ribera, hábitats catalogados y formaciones arbóreas. En él se deberán inventariar las especies que son necesarias eliminar, revisándose si fuera necesario, el proyecto de restauración ambiental. Las obras se realizarán con ancho de pista restringida en las áreas en las que se afecte a los hábitats catalogados, tanto prioritarios como no prioritarios y, en general, en las zonas en las que se afecte a vegetación de porte arbóreo. En las zonas en las que se afecta a los hábitats «Zonas subestépicas de gramíneas anuales del Thero-Brachypodietea» y «Prados pobres de siega de baja altitud», se prestará especial cuidado a la retirada y conservación de la tierra vegetal, utilizándola en la restauración al finalizar las obras con el fin de conservar las semillas de dichas comunidades vegetales. El cruce del arroyo entre los vértices V-VI-362/363 se realizará mediante perforación horizontal ó dirigida con el fin de no afectar a la vegetación de ribera. En las zonas en las que se afecta a hábitats catalogados, con anterioridad al inicio de las obras, se llevará a cabo la señalización y balizamiento de la vegetación adyacente a la pista de trabajo para no afectarla. No se realizará ninguna actuación fuera de la pista de trabajo, incluyendo el almacenamiento de materiales. Se deberán señalizar, previo al inicio de las obras, las parcelas donde se ubicarán las nuevas posiciones o las ampliaciones, así como los accesos a las mismas. Se limitarán las actuaciones al área de la parcela y accesos. Las áreas de acopio de materiales, estacionamiento de maquinaria e instalaciones de obra se ubicarán en el interior de la parcela. Se diseñará un Plan de Prevención de Incendios en función de la época del año y de las características de la vegetación de cada zona. Este Plan se integrará en el PVA.

7.2 Protección de la fauna:

En el tramo en que se atraviesa la ZEPA «Sierras Meridionales de Álava»/Área de Interés especial del Águila azor-perdicera, se respetará el calendario reproductor de esta especie, no pudiéndose realizar las obras entre los meses de febrero a julio, ambos inclusive En las zonas que se encuentren incluidas en un radio de 500 m respecto a algún nido de alimoche, esta prohibición se extenderá hasta el 15 de agosto.

Con anterioridad al inicio de las obras se realizará un recorrido del trazado con el fin de comprobar el inventario realizado en el EsIA. Se prestará especial atención a los arroyos incluidos en el LIC «Riberas del Zadorra». En caso de detectarse la presencia de visón europeo, se adaptará el calendario de obras al periodo de cría de esta especie, no pudiendo realizarse las obras de cruce entre los meses de marzo a junio, ambos inclusive. El cruce con el río Tirón se realizará fuera de la época de reproducción del pez fraile, no pudiendo realizarse las obras entre los meses de abril a junio, ambos inclusive. El promotor o en su caso el titular de la misma, pondrá en conocimiento de los Órganos ambientales competentes de las CC.AA. afectadas de forma inmediata cualquier incidente en las instalaciones con relación a la avifauna (colisión, electrocución, nidificación en los apoyos, etc.), con objeto de determinar las medidas necesarias, las cuales serán de obligado cumplimiento.

7.3 Protección de los recursos hídricos:

Los cruces con los cursos hídricos, así como su posterior restauración, se realizarán conforme a lo solicitado por la Confederación Hidrográfica del Ebro, el Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Gobierno Vasco y la Dirección de Medio Natural de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de La Rioja en el ámbito de sus competencias.

Los cruces con los cursos hídricos se realizarán en la época de estiaje. Se evitarán específicamente los meses de primavera, época de freza de la ictiofauna. No se podrán modificar o desviar, temporal o permanentemente, los cauces. No se generarán pistas de trabajo permanentes en los cauces ni nuevos caminos de acceso que afecten al sistema hidrológico. Se evitará la tala de la vegetación de ribera y el vadeo de la maquinaria por el lecho de los cauces, limitándolos a lo estrictamente necesario. Se protegerán contra la erosión los taludes que se generen en las inmediaciones de los cauces y no se localizarán las instalaciones de acopio de materiales a menos de 30 m de los cursos fluviales. Se tendrá especial cuidado en garantizar la no afección a la calidad de las aguas, evitando vertidos incontrolados. No se incorporarán a los cuerpos de agua materiales producto del movimiento de tierras, aceites de la maquinaria, o residuos vegetales de talas, podas o desbroces. Las zonas de acopio de material, mantenimiento y repostaje no se ubicarán a menos de 30 metros de cualquier corriente de agua superficial. Al finalizar las obras se realizará la restauración de los cauces, devolviéndolos a su morfología original. El relleno de las zanjas se realizará preferentemente con el propio material extraído. Se procederá a la limpieza de los restos que puedan interrumpir la red de drenaje, y a la revegetación de las superficies desnudas, donde se puedan generar arrastres de sólidos. Se deberá realizar un estudio previo donde se describan las características de las pruebas hidráulicas que se vayan a ejecutar. Se analizarán los puntos de toma y vertido de agua, los caudales y volúmenes, la presión de bombeo, el tiempo de duración y el caudal ecológico de las cuencas. Se respetará en todo momento dicho caudal ecológico y se deberá realizar un análisis de la calidad del agua vertida durante la realización de estas pruebas. 7.4 Protección de los espacios protegidos:

Las condiciones establecidas en los apartados 7.1, 7.2 y 7.3 van encaminadas a la protección de los hábitats y especies por los que fueron declarados los espacios protegidos del ámbito.

7.5 Protección del Patrimonio Cultural y los elementos socioeconómicos:

Con anterioridad al inicio de las obras se realizará una Prospección Arqueológica Intensiva del trazado así como los sondeos arqueológicos previstos en el EsIA, incluyendo las zonas donde se construirán las instalaciones auxiliares y las afectadas en general por movimientos de tierra, realizados por técnico competente en la materia y sometidos a la aprobación de los órganos competentes de las CC.AA. afectadas.

Durante las obras se realizará un seguimiento arqueológico, en especial durante el movimiento de tierras, por parte de personal técnico autorizado. Si durante los trabajos de ejecución apareciera algún yacimiento, hallazgo suelto o indicios de los mismos, la empresa responsable de las obras, o las subcontratas, paralizarán cautelarmente las labores que pudieran suponer afección de los restos y remitirán, de forma inmediata, a lo Órganos competentes un informe para su valoración y determinación de la necesidad de realizar una excavación de urgencia para recuperar los restos. En todo momento se deberá asegurar el tránsito ganadero y de vehículos en las vías pecuarias interceptadas. Al finalizar las obras éstas deberán ser devueltas a su estado anterior.

7.6 Restauración ambiental:

Deberá cumplirse lo establecido en el Proyecto de Restauración Ambiental incluido en el EsIA, en todas las zonas afectadas por el trazado y las infraestructuras auxiliares, incluyendo los accesos provisionales (en caso de que haya sido necesaria su construcción) los acopios de materiales sobrantes, el parque de maquinaria, etc.

7.7 Programa de vigilancia ambiental:

El promotor, completará el PVA propuesto en el EsIA de manera que permita comprobar el cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras indicadas en el mismo y las condiciones establecidas en esta declaración. Especificará los objetivos para cada una de las fases y actividades del proyecto, las actuaciones a realizar, los indicadores para la detección de impactos, los umbrales de alerta, el tipo de inspecciones, su frecuencia y los informes necesarios. Se establecerá un técnico responsable del PVA, indicando su relación con el Director del Proyecto.

Sin perjuicio de la información que corresponda remitir al Órgano ambiental de las CC.AA afectadas y con independencia de los informes de carácter interno necesarios, se emitirá un informe semestral durante la fase de construcción y, una vez finalizadas las obras, un informe anual durante 3 años, que recojan los aspectos supervisados. Estos informes incluirán los resultados obtenidos de los planes de restauración, contemplando la posibilidad de efectuar nuevas actuaciones si durante este periodo no se alcanzan los objetivos establecidos inicialmente. Los informes incluirán un capítulo de conclusiones de la eficacia de las medidas adoptadas, las posibles desviaciones respecto de los impactos residuales previstos y, en su caso, se propondrán medidas adicionales o modificaciones en la periodicidad de los controles. Al finalizar el periodo de 3 años, se propondrá el PVA a cumplir en los años sucesivos. Los informes del PVA indicados anteriormente, quedarán a disposición de la DGCyEA del Ministerio de Medio Ambiente y podrá requerirlos cuando lo considere oportuno.

Conclusión: En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 27 de septiembre de 2007, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto gasoducto Lemona-Haro (Vizcaya, Alava, Burgos y La Rioja) concluyendo que siempre y cuando que se autorice en la alternativa y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público y se comunica a Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto, de conformidad con el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 28 de septiembre de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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