Por Resolución de 23 de marzo de 2007, del Instituto de la Mujer, se convocaba la concesión de las subvenciones públicas destinadas a la realización de investigaciones y estudios sobre las mujeres. El artículo 8, punto 2, párrafo segundo, de esta Resolución establecía que las resoluciones se dictarán y notificarán en el plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de publicación de esa Resolución. Dado el importante volumen de solicitudes de subvenciones formuladas y que la fecha límite de resolución es el 2 de noviembre de 2007, se hace necesaria una ampliación del plazo máximo inicialmente establecido para dictar y notificar las resoluciones a los solicitantes, de acuerdo con el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999. En su virtud, resuelvo:
Primero.-El plazo de resolución y notificación previsto en el artículo 8, punto 2, párrafo segundo, de la Resolución de 23 de marzo de 2007, del Instituto de la Mujer, queda ampliado en dos meses.
Segundo.-Mediante la presente Orden quedan notificadas todas las entidades solicitantes que han concurrido a la referida convocatoria, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999.
Tercero.-Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 15 de octubre de 2007.-La Directora General del Instituto de la Mujer, Rosa M.ª Peris Cervera.
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