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Documento BOE-A-2007-18997

Orden APA/3180/2007, de 19 de octubre, por la que se modifican parcialmente las Ordenes APA/2728/2006, de 24 de agosto, APA/2506/2007, de 2 de agosto y APA/2508/2007, de 2 de agosto, por las que se definen las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro de leguminosas grano en secano, de rendimientos en explotaciones de cultivos herbáceos extensivos e integral de cereales de invierno en secano, y se definen los nuevos precios que serán de aplicación en las distintas especies y variedades asegurables.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 1 de noviembre de 2007, páginas 44798 a 44800 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2007-18997

TEXTO ORIGINAL

Las ordenes APA/2506/2007 y APA/2508/2007, ambas de 2 de agosto, y la orden APA/2728/2006, de 24 de agosto, establecen entre otros términos los precios a efectos del seguro en cada una de las líneas de seguros reguladas en las citadas órdenes. Estos precios se han visto rebasados ampliamente por las excepcionales características de la campaña de comercialización de cereales, oleaginosas y leguminosas pienso, con alzas muy importantes en la cotización de estas producciones, tanto en el mercado nacional como internacional, que podrían mantenerse en la próxima campaña, lo que ha determinado que las organizaciones de productores y cooperativas agrarias hayan solicitado la revisión de estos precios a efectos del seguro. Por todo ello, confirmada y constatada la necesidad de su adecuación en esta atípica campaña de comercialización, por la presente orden se definen los nuevos precios a efectos del seguro en relación con los seguros integral de leguminosas grano en secano, integral de cereales de invierno en secano y de rendimientos en explotaciones de cultivos herbáceos extensivos, todos ellos comprendidos en el Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio de 2007. En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Modificación de la Orden APA/2728/2006, de 24 de agosto, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro de leguminosas grano en secano.

El artículo 5 de la Orden APA/2728/2006, de 24 de agosto, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro de leguminosas grano en secano, en la que se establecen los precios a efectos del seguro integral de leguminosas grano, queda redactado en los términos siguientes: «1. Los precios unitarios a aplicar para las distintas especies y variedades asegurables, y únicamente a efectos del seguro regulado en la presente orden, pago de primas e importe de indemnizaciones en caso de siniestro, se determinarán por el asegurado teniendo en cuenta los límites siguientes:

Precios (€/100 Kgs.)

Máximo

Mínimo

Leguminosas pienso.

Altramuces (todas las variedades)

18

9,0

Guisantes (todas las variedades)

17

8,5

Haboncillos (todas las variedades)

20

10,0

Habas secas (todas las variedades)

20

10,0

Yeros (todas las variedades)

17

8,5

Veza (todas las variedades y ecotipos)

20

10,0

Leguminosas para consumo humano.

Garbanzos.

Ecotipo de Fuentesaúco en la comarca Duero Bajo de la provincia de Zamora

108

54.0

Blanco Lechoso o Lechoso Andaluz

66

33,0

Venoso Andaluz

66

33,0

Castellano

57

28,5

Mulato

42

21,0

Pedrosillano

39

19,5

Otras variedades

27

13,5

Lentejas.

Tipo Castellana.

Variedades: Ángela, Gilda, Guareña, Landa, Lyda y Magda

45

22,5

Ecotipo de la Armuña en la comarca de Salamanca y en el término municipal de Almenara de Tormes en la comarca de Ledesma de la provincia de Salamanca

99

49,5

Ecotipo de la Armuña fuera del ámbito anterior

54

27,0

Resto de ecotipos y variedades locales

42

21,0

Tipo Pardina.

Variedades: Águeda, Azagala y ecotipos y variedades locales

39

19,5

Tipo Verdina.

Ecotipos y variedades locales

33

16,5

Mezclas.

Para las mezclas de variedades se aplicará un precio único a efectos del seguro que será el menor de los precios de las variedades mezcladas.»

Artículo 2. Modificación de la Orden APA/2506/2007, de 2 de agosto, por el que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro de rendimientos en explotaciones de cultivos herbáceos.

El anexo III del artículo 5 de la orden APA/2506/2007, de 2 de agosto, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro de rendimientos en explotaciones de cultivos herbáceos, en el que se fijan los precios a efectos del seguro de rendimientos en explotaciones de cultivos herbáceos extensivos, queda modificado y sustituido íntegramente por el nuevo anexo III que se incluye en el anexo a esta orden.

Artículo 3. Modificación de la Orden APA/2508/2007, de 2 de agosto, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro integral de cereales.

El apartado 1 del artículo 5 de la Orden APA/2508/2007, de 2 de agosto, por la que se definen el ámbito de aplicación, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, rendimientos, precios y fechas de suscripción en relación con el seguro integral de cereales, en la que se fijan los precios a efectos del seguro integral de cereales de invierno en secano, queda redactado de la siguiente manera: «1. Los precios unitarios a aplicar para las distintas especies, y únicamente a efectos del seguro regulado en la presente orden, pago de primas e importe de indemnizaciones en caso de siniestro, se determinarán por el asegurado teniendo en cuenta los límites siguientes:

Especies

Precios (€/100 kgs.)

Precio máximo

Precio mínimo

Trigo duro

23,0

11,5

Trigo blando

20,0

10,0

Cebada, centeno, avena y triticale

18,0

9,0

El precio elegido para cada especie se aplicará a todas las parcelas de la misma especie incluidas en el seguro.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de octubre de 2007.-La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Elena Espinosa Mangana.

ANEXO «ANEXO III Precios máximos y mínimos de las distintas especies y variedades

Leguminosas grano

Especies

Variedad o Tipo

Precios (Euros/100 Kgs.)

Grano

Semilla certificada

Máximo

Mínimo

Máximo

Mínimo

Algarrobas.

Todas

17

8,5

-

-

Alholvas.

Todas

16

8,0

-

-

Altramuces.

Todas

18

9,0

30

15,0

Garbanzos Negros.

Todas

24

12,0

30

15,0

Guisantes.

Todas

17

8,5

24

12,0

Habas Pequeñas.

Todas

20

10,0

27

13,5

Habas Grandes.

Todas

20

10,0

27

13,5

Látiros (Almortas y Titarros).

Todas

16

8,0

-

-

Yeros.

Todas

17

8,5

25

12,5

Veza.

Todas

20

10,0

32

16,0

Garbanzos.

Ecotipo de Fuentesaúco en la Comarca Duero Bajo de la Provincia de Zamora.

108

54,0

-

-

Blanco Lechoso y Lechoso Andaluz

66

33,0

72

36,0

Venoso Andaluz

66

33,0

72

36,0

Castellano

57

28,5

66

33,0

Mulato

42

21,0

48

24,0

Pedrosillano

39

19,5

48

24,0

Otras Variedades

27

13,5

39

19,5

Lentejas.

Tipo Castellana.

Variedades: Angela, Gilda, Guareña, Landa, Lyda y Magda

45

22,5

54

27,0

Ecotipo de la Armuña en la Comarca de Salamanca y en el Término Municipal de Almenara de Tormes en la Comarca de Ledesma de la provincia de Salamanca

99

49,5

-

-

Ecotipo de la Armuña fuera del ámbito anterior

54

27,0

-

-

Resto de Ecotipos y variedades locales

42

21,0

-

-

Tipo Pardina.

Todas las variedades y ecotipos

39

19,5

48

24,0

Tipo Verdina.

Todas las variedades y ecotipos

33

16,5

39

19,5

Judías Secas.

Grandes de Fabada: Judión, Judía del Barco de Ávila, Judía de España, Judía de la Granja y Granjita

198

99,0

240

120,5

Blancas: Troncón Ganset (Ganxet o Gauset) y Mongetes de Castellfollit del Boix

200

100,0

-

-

Blanca riñon

120

60,0

150

75,0

Blanca redonda (manteca), Larga selecta (blanca larga o canellini), Cuarentena, Largas Vegas, Moniquillí y Plancheta o Planchada

90

45,0

120

60,0

Pintas: Alubia Canela

140

70,0

170

85,0

Palmeña Jaspeada y Amarilla Peón

110

55,0

140

70,0

Pinta de León

90

45,0

120

60,0

Resto de variedades de Judías Secas

78

39,0

96

48,0

Soja.

Todas las variedades

18

9,0

21

10,5

Mezclas de especies o variedades.

Todas las variedades

*

*

-

-

* El menor de los precios de las especies o variedades mezcladas.

Girasol

Precios (euros/100 Kgs.)

Parcelas para producción de grano

Parcelas de multiplicación destinadas a la obtención de Semilla Certificada

Poblaciones

Híbridos

Precio máximo

Precio mínimo

Precio máximo

Precio mínimo

Precio máximo

Precio mínimo

Girasol para consumo humano

66

33,00

75

37,5

81

40,5

Girasol para aceite

29

14,50

32

16,0

90

45,0

Otros destinos

29

14,50

-

-

-

-

Colza

Variedades

Precios (euros/100 Kgs.)

Precio máximo

Precio mínimo

Todas

21

10,5

Cereales de Primavera

Variedades

Precios (euros/100 Kgs.)

Precio máximo

Precio mínimo

Parcelas destinadas a la producción de grano

22,00

11,0

Parcelas destinadas a la producción de semilla certificada

120,00

60,0

Parcelas destinadas a la producción de Maíz dulce, en mazorcas enteras con espatas

11,0

5,5

Parcelas destinadas a la producción de Maíz dulce en grano

30,0

15,0

Cereales de Invierno

Especies

Precios (euros/100 Kgs.)

Grano

Semilla certificada

Precio máximo

Precio mínimo

Precio máximo

Precio mínimo

Trigo duro

23,0

11,5

26,0

13,0

Trigo blando

20,0

10,0

24,0

12,0

Cebada, Centeno, Avena y Triticale

18,0

9,0

22,0

11,0

Mezclas

*

*

-

-

* El menor de los precios de las especies mezcladas.»

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