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Documento BOE-A-2007-21780

Resolución de 22 de noviembre de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Modificación del aprovechamiento hidroeléctrico en ríos Edo y Baus, Central de Edo Bajo, en Teixeira (Orense).

Publicado en:
«BOE» núm. 301, de 17 de diciembre de 2007, páginas 51988 a 51990 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-21780

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado c del grupo 4 del Anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental con fecha de 25 de noviembre de 2002, procediendo formular su declaración de impacto ambiental de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética.

El objeto de este proyecto es el aprovechamiento hidroeléctrico del río Edo, en el término municipal de A Teixeira promovido por «Minicentrales de Orense, S.L.». El órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Norte. El proyecto consiste en:

Azud de derivación de 5,5 metros en el río Edo. Se trata de una presa de gravedad con el umbral de vertedero situado en la cota 360 m. El agua se deriva mediante canal por su margen derecha, recogiéndose en el propio canal los caudales turbinados del río Baus y Porto en Central «El Porto».

El canal de alimentación discurre entre el azud y la cámara de carga, enterrado en toda su longitud (795,237 m). Comienza tras el edificio de generación de la Central Hidroeléctrica «El Porto», después de recibir los caudales tomados del río Edo y los turbinados por la Central de «El Porto». En la cámara de carga se inicia la tubería forzada que discurre también enterrada y tiene una longitud de 300,80 metros, finalizando en el edificio de la Central, donde los caudales derivados son turbinados y restituidos al río Edo. Dentro de la Central se instalarán dos turbinas Francis de eje horizontal para 2,510 m3/s de caudal máximo y 96,5 m de salto neto. La escala de peces, en el margen izquierdo, se ha diseñado para un caudal de 180 l/s, siendo las dimensiones de cada cuenco de 2,50 × 1,25 m. El desnivel entre artesas es de 35 cm y la profundidad de las mismas de 1,00 m. Los accesos a la central y al azud se han proyectado mediante la ampliación de caminos existentes, manteniendo su traza en planta y mejorando su trazado en rasantes y ampliando el ancho hasta 3,50 y 2,80 metros, respectivamente. La línea eléctrica parte del edificio de la central y se dirige hacia el Oeste, por la vaguada de un arroyuelo de escasa entidad. Posteriormente, toma dirección WSW hasta alcanzar la localidad A Teixeira, para después dirigirse hacia el SW hasta la localidad de O Barrio. La longitud de la línea de conexión es de 2.983 metros. La actuación se localiza en la Comunidad Autónoma de Galicia, en la provincia de Orense. La localización del proyecto se puede ver en el croquis adjunto. 2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto. Las formaciones vegetales que caracterizan esta zona son abedulares, hayedos y robles, entremezclado o diferenciados en función de factores edáficos o de la diferente exposición (solana o umbría). Las unidades fisiográficas de vegetación más relevantes del entorno del aprovechamiento son matorral, bosque de frondosas y bosques de ribera. En la zona se encuentran los siguientes hábitats inventariados en el anexo I del Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres:

4010: Brezales húmedos atlánticos septentrionales.

91F0: Bosques mixtos de «Quercus robur», «Ulmus laevis», «Ulmus minor», «Fraxinus excelsior» o «Fraxinus angustifolia», en las riberas de los grandes ríos. 9230: Robledales galaico-portugueses con «Quercus robur» y «Quercus pyrenaica». 9290: Bosques de galería de «Salix alba» y «Populus alba».

Las especies de fauna más sensibles a la ejecución de la actuación son las que desarrollan su actividad entorno al medio acuático, principalmente la nutria («Lutra lutra»), el desmán de los Pirineos («Galemys pyrenaicus»), y la trucha («Salmo trutta»). 3. Resumen del proceso de evaluación:

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

La tramitación comienza el 9 de octubre de 2002, con la entrada de la documentación ambiental. Con fecha 9 de mayo de 2003, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental inició el periodo de consultas. En la tabla adjunta se recogen los organismos que fueron consultados, señalando con una «X» aquellos que emitieron informe en relación con la documentación ambiental:

Organismos consultados

Resultado de la consulta

Dirección General para la Biodiversidad

X

Confederación Hidrográfica del Norte

X

Ecologistas en Acción

-

S.E.O.

-

Departamento de Ecología de la Facultad de Bilología de la Universidad de Santiago de Compostela.

-

Asociación Española de Limnología. Facultad de Bilología, Departamento de Biología Vegetal y Ecología.

-

La Dirección General para la Biodiversidad hace referencia a la presencia de hábitats naturales de interés comunitario, considerándose beneficiosa la restauración que se propone de los mismos. También se observa que debería considerarse en el Estudio de Impacto Ambiental la sinergia con el aprovechamiento hidroeléctrico de los ríos Baus y Porto. 3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

3.2.1 Información pública. Resultado. El 18 de mayo de 2004 se publicó en el «Boletín Oficial de la Provincia de Orense» el anuncio de la Confederación Hidrográfica del Norte, por el que se somete a información pública el proyecto modificado del «Aprovechamiento Hidroeléctrico del río Edo Bajo. T.M. A Teixeira (Ourense)».

Transcurrido el periodo de información pública, no se recibió ninguna alegación con contenido ambiental.

3.3 Fase previa a la declaración de impacto. Consultas complementarias realizadas por el Órgano Ambiental.

Con fecha 20 de abril de 2007 se consultó a la Dirección General de Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Galicia sobre la viabilidad ambiental del proyecto. Con fecha 25 de junio de 2007 se recibe informe de este organismo en el que aconseja la no ejecución del aprovechamiento, al no considerarse ambientalmente compatible con el medio.

4. Integración de la evaluación:

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas. Dentro del análisis de alternativas, se ha considerado por un lado el proyecto que originalmente se presentó y por otro el proyecto modificado, concluyendo que la alternativa de menor impacto ambiental es la de éste último, debido a la menor vegetación afectada, a las menores dimensiones de los azudes, y a que las estructuras quedan menos expuestas desde el punto de vista visual.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida, y medidas preventivas y correctoras previstas por el Promotor. Viabilidad ambiental del proyecto:

El río Edo desemboca directamente al río Sil, en el embalse de San Esteban, siendo la única oferta de aguas corrientes de la zona, necesarias para completar el ciclo reproductor de algunas especies piscícolas del embalse.

Este proyecto está directamente relacionado con el proyecto de «Aprovechamiento hidroeléctrico de los ríos Baus y Porto», cuyas aguas desembocan en el Edo. Estos ríos desembocan en el río Edo, siendo sus aguas la única aportación natural que mejorarían las condiciones hidrológicas del mismo. Sin embargo, con el aprovechamiento proyectado de estos ríos, las aguas captadas no retornan a sus cauces pues son trasvasadas directamente al río Edo, donde nuevamente son derivadas hacia la central de este cauce. De esta forma, la única aportación natural del Edo, en el tramo afectado por la detracción del caudal, es suprimida. Así, según indica la Consejería de Medio Ambiente, el planteamiento presentado con captaciones en los afluentes y en el cauce principal, supone el aprovechamiento integral de la cuenca, con un mayor impacto sobre el ecosistema fluvial. Por otra parte, aguas arriba del azud proyectado para el río Edo, a 2 km, existe una central en funcionamiento, lo que hace que, junto con lo señalado anteriormente, se produzca un efecto sinérgico que multiplicaría la magnitud del impacto ambiental de este aprovechamiento. Espacios naturales protegidos:

Según lo indicado por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Galicia, todas las infraestructuras previstas se asientan sobre el hábitat 9260 «Bosques de "Castanea sativa"», que es muy extenso y se halla en muy buen estado de conservación en toda la zona.

Según este organismo, la construcción de accesos e infraestructuras del aprovechamiento hidroeléctrico (presas, canales, cámara de carga, tuberías de excedentes, central, línea de evacuación, etc.) supondría un menoscabo apreciable de las masas del hábitat 9260. Incluso en el caso propuesto de enterrar el máximo de elementos posibles, sería necesario talar un gran número de pies arbóreos.

Fauna:

Uno de los impactos más importantes de este proyecto son el efecto barrera que supone el azud y el aumento de mortandad de la fauna piscícola derivado del funcionamiento de la turbina.

Como medidas correctoras, el estudio de impacto ambiental establece un caudal ecológico, así como la construcción de una escala de peces y la instalación de rejas o dispositivos similares que impida el paso de peces a las turbinas. La Consejería de Medio Ambiente señala que la altura de la presa es excesiva, condicionando la eficacia de cualquier dispositivo de franqueo, y que el caudal ecológico establecido en el estudio de impacto ambiental es insuficiente. 4.3 Valoración del Órgano ambiental sobre la idoneidad de las medidas previstas por el Promotor para la corrección o compensación del impacto. Tras el análisis de la documentación que obra el expediente, y atendiendo al informe emitido por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Galicia, se considera que no se ha propuesto un caudal ecológico admisible, y que la eficacia del dispositivo de franqueo establecido no está asegurada debido a la altura fijada para la presa, por lo que la supervivencia de fauna piscícola queda comprometida. Por otro lado, a pesar de las medidas y controles propuestos por el promotor, se considera existe sinergia con el proyecto de «Aprovechamiento hidroeléctrico de los ríos Porto y Baus», suponiendo un aprovechamiento integral de la cuenca, con gran impacto sobre el ecosistema fluvial. Conclusión: en consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de 21 de noviembre de 2007 formula una declaración de impacto ambiental desfavorable a la realización del proyecto «modificación aprovechamiento hidroeléctrico en ríos Edo y Baus, Central de Edo Bajo tm: Teixeira (Orense)», concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará efectos negativos significativos sobre el medio ambiente, y habiéndose considerado que las medidas previstas por el Promotor no son una garantía suficiente de su completa corrección o su adecuada compensación.

Lo que se hace público y se comunica a La Confederación Hidrográfica del Norte para su incorporación al procedimiento sustantivo del proyecto, de conformidad con el referido artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 22 de noviembre de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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