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Documento BOE-A-2007-21837

Resolución de 8 de noviembre de 2007, del Instituto de Salud Carlos III, de declaración de créditos disponibles de la convocatoria de expresiones de interés para la incorporación de nuevos grupos a los Centros de Investigación Biomédica en Red ya constituidos en el área de Biomedicina y Ciencias de la Salud, en el marco de la iniciativa Ingenio 2010, programa Consolider, acciones Ciber.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 18 de diciembre de 2007, páginas 52209 a 52209 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2007-21837

TEXTO ORIGINAL

En el «Boletín Oficial del Estado» número 94, de 19 de abril, se publicó la Resolución de 21 de marzo de 2007, del Instituto de Salud Carlos III, por la que se convocan expresiones de interés para la incorporación de nuevos grupos a los Centros de Investigación Biomédica en Red ya constituidos en el área de Biomedicina y Ciencias de la Salud, en el marco de la iniciativa Ingenio 2010, programa Consolider, acciones Ciber. En su apartado quinto establece que la financiación de las ayudas objeto de esta convocatoria se efectuará con cargo a los presupuestos del Instituto de Salud Carlos III. Esta convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria, 26.203.465A.782 por una cuantía estimada, para el año 2007, de 1.250.000,00 euros. Dicho importe podrá ser complementado con una cuantía adicional que incremente el importe total, pudiendo alcanzar este hasta un máximo de 4.000.000,00 euros. La efectividad de esta cuantía adicional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención y será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El posible incremento del montante de la financiación destinada a la convocatoria no implicará en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes. Por otra parte, el artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 176, del 25), prevé en su apartado 5 que el órgano concedente deberá publicar la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver. Existiendo crédito disponible suficiente en la aplicación 26.203.465A.782.

En su virtud, resuelvo, ampliar la cuantía máxima de la convocatoria de ayudas por la que se convocan expresiones de interés para la incorporación de nuevos grupos a los Centros de Investigación Biomédica en Red ya constituidos en el área de Biomedicina y Ciencias de la Salud, en el marco de la iniciativa Ingenio 2010, programa Consolider, acciones Ciber, quedando establecida en 4.000.000,00 de euros.

Madrid, 8 de noviembre de 2007.-La Directora del Instituto de Salud Carlos III, Flora de Pablo Dávila.

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