Visto el expediente de indulto de don Emilio García Calvillo, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección sexta, en sentencia de 26 de julio de 2002, como autor de un delito de apropiación indebida, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión menor, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 19 de enero de 2007,
Vengo en conmutar a don Emilio García Calvillo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 19 de enero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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