Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-4220

Orden FOM/429/2007, de 13 de febrero, por la que se modifican las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Madrid/Barajas.

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 28 de febrero de 2007, páginas 8672 a 8674 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2007-4220

TEXTO ORIGINAL

La Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, al regular las servidumbres aeronáuticas de los aeropuertos, aeródromos y ayudas a la navegación, establece en su artículo 51, que la naturaleza y extensión de dichos gravámenes se determinarán mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros, conforme a las disposiciones vigentes en cada momento sobre tales servidumbres. Por Real Decreto número 1747/1998, de 31 de julio, se establecieron las servidumbres aeronáuticas en torno al aeropuerto de Madrid/Barajas, de acuerdo con las características físicas de sus pistas y conforme a las ayudas a la navegación a él asignadas, sujetos a los preceptos de la legislación vigente en aquel momento. Tras la apertura al tráfico de las dos nuevas pistas de vuelo con sus correspondientes servidumbres aeronáuticas, y su puesta en servicio el pasado mes de enero de 2006, se dictó la Orden FOM/424/2006, de 17 de febrero, por la que se modifican las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Madrid/Barajas. Posteriormente, la entrada en vigor de del nuevo Área Terminal de Maniobras (TMA) en octubre de 2006 ha necesitado del cambio de emplazamiento de varias instalaciones radioeléctricas de ayuda a la navegación aérea, así como a la instalación de otras nuevas, por lo que de acuerdo al artículo 51, capítulo IX de Servidumbres Aeronáuticas de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, se vio la necesidad de publicar unas nuevas servidumbres con carácter provisional, para el aeropuerto de Madrid/Barajas. A tal fin, la Entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea ha presentado en el mes de diciembre de 2006, la propuesta de Real Decreto por la que se modifican las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Madrid/Barajas que contempla nuevas instalaciones radioeléctricas así como la reubicación de algunas de las existentes y que se encuentra actualmente en avanzado estado de tramitación por la Comisión Interministerial de los Ministerios de Defensa y Fomento, para su informe preceptivo, de conformidad con el Real Decreto Ley 12/1978, de 27 de abril, sobre fijación y delimitación de facultades entre los Ministerios de Defensa y de Transportes y Comunicaciones en materia de aviación civil. Por razones de urgencia, esta orden tiene por objeto modificar las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Madrid/Barajas con carácter transitorio y hasta que se apruebe el correspondiente real decreto que establezca definitivamente dichas servidumbres, como medio del que se dota al gestor aeroportuario para proteger la operatividad de las instalaciones aeroportuarias existentes y la seguridad de las operaciones. Por lo que al amparo de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea y el artículo 27 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas, en los que se faculta al Ministro de Fomento para establecer en casos de urgencia y con carácter provisional, las servidumbres específicas de cada aeródromo o instalación, dispongo:

Artículo 1. Servidumbres aeronáuticas que se modifican.

Se modifican las servidumbres aeronáuticas establecidas para el aeropuerto de Madrid/Barajas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo cincuenta y uno de la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, el Real Decreto-ley 12/1978, de 27 de abril, y de conformidad con lo estipulado en el artículo vigésimo séptimo del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, de 24 de febrero, de servidumbres aeronáuticas.

Artículo 2. Calificación del aeropuerto.

El aeropuerto de Madrid/Barajas se clasifica como aeródromo de clave A, a efectos de aplicación de las servidumbres indicadas en el artículo anterior, y del establecimiento de las restricciones a que hace referencia el Decreto 584/1972, de 24 de febrero.

Artículo 3. Definición de las pistas.

A los efectos del artículo primero, las características físicas de las pistas de vuelo, las coordenadas del punto medio de sus umbrales y cabeceras, y el punto de referencia de las instalaciones radioeléctricas asignadas a este aeropuerto (coordenadas geográficas WGS-84, basadas en el Meridiano de Greenwich, obtenidas mediante transformación a partir de coordenadas UTM ED-50, con elevaciones, todas ellas expresadas en metros, sobre el nivel medio del mar en Alicante), son las siguientes: Características físicas de las pistas de vuelo: Pista 15R-33L. Dispone de 4.100 m de longitud por 60 m de anchura, con una franja de 4.220 m de longitud por 300 m de anchura.

Pista 36R-18L. Sus dimensiones son de 3.500 m de longitud por 60 m de anchura, con una franja de 3.620 m de longitud por 300 m de anchura. Pista 15L-33R. Esta pista tiene unas dimensiones de 3.500 m de longitud por 60 m de anchura, con una franja de 3.620 m de longitud por 300 m de anchura. Pista 36L-18R. Tiene unas dimensiones de 4.350 × 60 metros, con una franja de 4.470 m de longitud por 300 m de anchura.

Coordenadas de los puntos medios de los umbrales y cabeceras:

Coordenadas geográficas WGS84

Coordenadas

UTM ED50

(HUSO 30)

H (m)

Latitud (N)

Longitud (W)

X

Y

Cabecera 33L.

40º27'20,2''

003º32'46,7''

453.788

4.478.678

581

THR 33L (desplazado).

40º27'47,1''

003º33'14,0''

453.150

4.479.512

589

THR 15R.

40º29'05,5''

003º34'33,6''

451.291

4.481.941

608

THR 36R.

40º30'04,0''

003º33'33,1''

452.726

4.483.735

592

THR 18L (desplazado).

40º31'41,2''

003º33'33,7''

452.733

4.486.733

586

CABECERA 18L.

40º31'57,4''

003º33'33,8''

452.734

4.487.233

585

Cabecera 33R.

40º28'12,0''

003º31'57,3''

454.961

4.480.270

572

THR 33R (desplazado).

40º28'24,9''

003º32'10,3''

454.658

4.480.667

575

THR 15L.

40º29'41,7''

003º33'28,3''

452.835

4.483.048

592

THR 36L.

40º29'33,3''

003º34'28,6''

451.414

4.482.798

604

THR 18R (desplazado).

40º31'22,4''

003º34'29,3''

451.421

4.486.162

607

Cabecera 18R.

40º31'54,3''

003º34'29,4''

451.423

4.487.145

609

Instalaciones radioeléctricas:

Las instalaciones radioeléctricas asignadas al aeropuerto de Madrid/Barajas son las siguientes: Torre de Control Norte.

Torre de Control Sur. Torre de Control Oeste. Centro de Emisores Alternativo. Centro de Receptores Alternativo. Centro de Receptores (Paracuellos). Centro de Emisores (Paracuellos). Radar (Primario-Secundario, Paracuellos I). Radar (Primario-Secundario, Paracuellos II). Radiofaro omnidireccional Doppler de muy alta frecuencia (DVOR BRA). Equipo medidor de distancias (DME BRA). Radiofaro omnidireccional Doppler de muy alta frecuencia (DVOR CNR). Equipo medidor de distancia (DME CNR). Radiofaro omnidireccional Doppler de muy alta frecuencia (DVOR SSY). Equipo medidor de distancia (DME SSY). Radiofaro omnidireccional Doppler de muy alta frecuencia (DVOR PDT). Equipo medidor de distancia (DME PDT). Radiofaro omnidireccional Doppler de muy alta frecuencia (DVOR RBO). Equipo medidor de distancia (DME RBO). Equipo localizador 33L (LOC/ILS 33L). Equipo de trayectoria de planeo 33L (GP/ILS 33L). Equipo medidor de distancias 33L (DME/ILS 33L). Radiobaliza OM Pista 33L Barajas. Compass Locator MA Pista 33L Barajas. Compass Locator AA Pista 33L Barajas. Equipo localizador 18L (LOC/ILS 18L). Equipo de trayectoria de planeo 18L (GP/ILS 18L). Equipo medidor de distancias 18L (DME/ILS 18L). Equipo localizador 18R (LOC/ILS 18R). Equipo de trayectoria de planeo 18R (GP/ILS 18R). Equipo medidor de distancias 18R (DME/ILS 18R). Equipo localizador 33R (LOC/ILS 33R). Equipo de trayectoria de planeo 33R (GP/ILS 33R). Equipo medidor de distancias 33R (DME/ILS 33R). Radiofaro no direccional (NDB ACD).

Coordenadas de los puntos de referencia de las instalaciones radioeléctricas.-Las coordenadas geográficas WGS84, UTM ED50 y elevación, respecto al nivel medio del mar en Alicante, de los puntos de referencia de las instalaciones radioeléctricas asignadas al aeropuerto de Madrid/Barajas son:

ID

Coordenadas

UTM ED50 (HUSO 30)

Coordenadas

Geográficas WGS84

Elevación (M)

X

Y

Latitud (N)

Longitud (W)

TWR

Norte

451.885

4.482.718

40º29'30,8''

003º34'08,6''

663

TWR

Sur

451.897

4.480.086

40º28'05,5''

003º34'07,4''

642

TWR

Oeste

450.085

4.482.771

40º29'32,1»

003º35'25,1''

665

C.EMIS_ALTER

454.366

4.484.357

40º30'24,5''

003º32'23,6''

639

C.RECEP_ALTER

454.289

4.484.292

40º30'22,3''

003º32'26,9''

635

Centro Receptores

PAR

455.742

4.483.534

40º29'58,1''

003º31'24.9''

717

Centro Emisores

PAR

455.840

4.483.898

40º30'09,9''

003º31'20.9''

717

Radar

PAR1

455.893

4.482.693

40º29'30,8''

003º31'18.3''

716

Radar

PAR2

455.713

4.483.545

40º29'58,4''

003º31'26.2''

725

DVOR

BRA

452.846

4.480.185

40º28'08,8''

003º33'27,1''

595

DME

BRA

452.834

4.480.174

40º28'08,5''

003º33'27,6''

597

DVOR

CNR

437.893

4.499.934

40º38'45,8''

003º44'09,0''

811

DME

CNR

437.893

4.499.934

40º38'45,8''

003º44'09,0''

811

DVOR

SSY

451.405

4.488.775

40º32'47,1''

003º34'30,7''

607

DME

SSY

451.390

4.488.774

40º32'47,1''

003º34'31,3''

609

DVOR

PDT

470.512

4.456.095

40º15'10,5''

003º20'52,9''

766

DME

PDT

470.527

4.456.093

40º15'10,4''

003º20'52,3''

766

DVOR

RBO

479.321

4.522.772

40º51'13,9''

003º14'47,9''

951

DME

RBO

479.332

4.522.783

40º51'14,3''

003º14'47,4''

951

LLZ 33L

MAA

451.175

4.482.093

40º29'10,4''

003º34'38,6''

609

GP 33L

MAA

453.068

4.479.819

40º27'57,1''

003º33'17,6''

591

ILS/DME 33L

MAA

453.046

4.479.803

40º27'56,5''

003º33'18,5''

591

OM 33L

458.468

4.472.576

40º24'03,2''

003º29'26,6''

573

L

MA

458.475

4.472.566

40º24'02,8''

003º29'26,3''

573

L

AA

454.419

4.477.853

40º26'53,6''

003º32'19,7''

575

LLZ 18L

IML

452.726

4.483.434

40º29'54,2''

003º33'33,1''

593

GP 18L

IML

452.842

4.486.434

40º31'31,5''

003º33'28,9''

585

ILS/DME 18L

IML

452.827

4.486.434

40º31'31,5''

003º33'29,6''

585

LLZ 18R

IMR

451.413

4.482.528

40º29'24,5''

003º34'28,6»

605

GP 18R

IMR

451.540

4.485.832

40º31'11,7''

003º34'24,1''

604

ILS/DME 18R

IMR

451.500

4.485.837

40º31'11,9''

003º34'25,8''

604

LLZ 33R

MBB

452.652

4.483.287

40º29'49,4''

003º33'36,2''

593

GP 33R

MBB

454.580

4.480.965

40º28'34,5''

003º32'13,7''

575

ILS/DME 33R

MBB

454.568

4.480.956

40º28'34,2''

003º32'14,2''

575

NDB

ACD

442.859

4.493.192

40º35'08,4''

003º40'35,4''

708

Artículo 4. Comunicación a los órganos afectados.

Para el conocimiento y cumplimiento por los órganos interesados, el Ministerio de Fomento, de acuerdo con el artículo 28 del Decreto 584/1972, de 24 de febrero, remitirá a la Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia para su curso a los Ayuntamientos correspondientes, que se relacionan en el anexo, la documentación y planos descriptivos de los terrenos afectados por las referidas servidumbres.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 13 de febrero de 2007.-La Ministra de Fomento, Magdalena Álvarez Arza.

ANEXO Relación de los términos municipales afectados por las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Madrid-Barajas, agrupados por Comunidades Autónomas

Comunidad Autónoma de Madrid

Alcobendas.

Ajalvir. Alcalá de Henares. Algete. Arganda del Rey. Cabanillas de la Sierra. Campo Real. Cobeña. Colmenar Viejo. Coslada. Daganzo de Arriba. El Molar. El Vellón. Fuente el Saz de Jarama. Getafe. Guadalix de la Sierra. Loeches. Madrid. Mejorada del Campo. Morata de Tajuña. Navalafuente. Nuevo Baztán. Paracuellos de Jarama. Pedrezuela. Perales de Tajuña. Pozuelo del Rey. Ribatejada. Redueña. Rivas-Vaciamadrid. San Agustín de Guadalix. San Fernando de Henares. San Martín de la Vega. San Sebastián de los Reyes. Talamanca de Jarama. Tielmes. Torrejón de Ardoz. Torrelaguna. Torremocha del Jarama. Torres de la Alameda. Tres Cantos. Valdeolmos-Alalpardo. Valdepiélagos. Valdetorres de Jarama. Valdilecha. Velilla de San Antonio. Venturada. Villalbilla. Villar del Olmo.

Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

El Casar.

Malaguilla. Matarrubia. Puebla de Beleña. Robledillo de Mohernando. Uceda.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid