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Documento BOE-A-2007-4453

Resolución de 26 de enero de 2007, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto 20030169ENC, acondicionamiento del río Guadalquivir a su paso por Andújar (Andújar y Marmolejo, Jaén).

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2007, páginas 9089 a 9092 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-4453

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado 8.c. del Anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental con fecha 7 de noviembre de 2003, y procediendo formular su declaración de impacto de acuerdo con el artículo 4.1 de la citada norma. Según el Real Decreto 1477/2004, de 18 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la ejecución del procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la proposición de las declaraciones de impacto ambiental. Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto: Promotor y Órgano Sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas.

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir. El objeto del proyecto es definir un acondicionamiento estable en el tiempo y que defienda el casco urbano de Andújar, la zona industrial y las zonas agrícolas con niveles de seguridad razonables en cada caso, frente a las inundaciones que pueden causar las crecidas del río. Las obras se sitúan en los términos municipales de Andújar y Marmolejo en la provincia de Jaén, Comunidad Autónoma de Andalucía. El conjunto de las obras consiste en:

Actuaciones en las márgenes del río Guadalquivir.

Motas protección margen derecha.

Aguas arriba puente A-4.

2.641,07 m

Aguas abajo de puentes.

2.298,45 m

Zona la Ropera.

2.018,61 m

Motas protección margen izquierda.

Aguas arriba puente A-4.

Muro 654 m

Mota 159 m

Entre puente A-4 y puente romano.

139,44 m

Aguas abajo de puentes.

6.160,647 m

Ensanchamientos

Margen derecha, desde desembocadura arroyo Mestanza hasta zona EDAR.

1.058 m

Margen izquierda, zona circuito de cross.

990 m

Actuaciones en las márgenes de arroyo Mestanza y arroyo Molinos.

Motas protección

Margen izquierda arroyo Mestanza.

1.430,87 m

Margen derecha arroyo Mestanza.

70,37 m

Margen derecha arroyo Mestanza y tramo final arroyo Molinos.

423,63 m

Margen derecha Arroyo Molinos.

153,37 m

115,47 m

106,47 m

Margen izquierda Arroyo Molinos.

125,72 m

163,96 m

180,32 m

Encauzamientos

Arroyo Mestanza.

1.104,60 m

Arroyo Molinos.

106,8 m

Protección de la EDAR

Mota protección alrededor estación

495 m

Obras especiales

Cierre paso ferrocarril

Muro de hormigón con dos tubos insertados con clapetas. Restitución de camino por encima del talud.

Protección vertido de agua desde canal.

Canal de hormigón de 2 m de ancho. Manto de escollera hasta desembocadura en Guadalquivir.

La localización de dichas actuaciones se puede observar en el croquis adjunto.

Se han planteado tres grupos de soluciones:

Soluciones que no contemplan la actuación sobre la presa de Marmolejo ni afectan al régimen de concesión.

I.1. Expropiación de todas las parcelas situadas dentro de la zona inundable para el caudal de retorno de 50 años (2.200 m3/s) y creación de un corredor verde.

Soluciones con actuación en la presa y afección al régimen de concesión

II.1. Demolición de la presa de Marmolejo y dragado masivo.

Soluciones sin actuación en la presa pero con afección al régimen de concesión. Incluye la construcción de motas y/o dragados para evitar inundaciones para la avenida de 50 años (2.200 m3/s).

III.1. Motas defendiendo la depuradora.

III.2. Motas por detrás de la depuradora, dejándola en zona inundable.

III.3. Motas con ensanchamiento. Además se plantean motas de protección de la depuradora.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto.

La zona de actuación es la ribera del río Guadalquivir a su paso por el término municipal de Andújar, desde el paraje de la Ropera hasta la zona del Molino de las Aceñas, aguas arriba del puente de la A-4.

En lo referente a la vegetación, la margen izquierda es la que mejor estado de conservación presenta, en estos enclaves se pueden identificar bandas de cañaveral, alameda con sauce, alameda con olmo y olmeda. Por el contrario, la margen derecha es la que presenta un peor estado de conservación, estando mayoritariamente ocupada por ribera degradada o cauce sin vegetación. Situado a 900 metros aguas abajo de las obras se encuentra el Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) ES6160012 «Río Jándula». Se trata de un río importante para cuatro especies de peces incluidas en la Directiva 92/43/CEE, en especial para la Bogardilla (Iberocypris palaciosi). El ámbito del proyecto afecta de forma directa al Área de Importancia para la Aves (IBA) 230 «Embalse de Marmolejo-La Ropera», por tratarse de un área importante para la reproducción del Calamón Común (Porphyrio porphyrio); también crían Avetorillo Común (Ixobrychus minutus), Garza Imperial (Ardea purpurea) Cigüeña Blanca (Ciconia ciconia), Cigüeñuela Común (Himantopus himantopus), Chorlitejo Chico (Charadrius dubius) y Martín Pescador (Alcedo atthis); además de tratarse de una zona de paso de la Garcilla Cangrejera (Ardeola ralloides), e invernada de acuáticas. La actuación proyectada afecta a las siguientes vías pecuarias: Cañada Real de los Cuellos o de Valtocado, Cordel de la Madre Vieja o la Ropera, Cañada Real de Marmolejo, Cañada Real de Córdoba o Camino de los Romanos, y Cañada Real del Camino de Carne de Andújar.

3. Resumen del proceso de evaluación: a. Base de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto. a) Entrada documentación inicial. La tramitación comenzó el 21 de marzo de 2003, con la recepción de la memoria-resumen. b) Consultas previas. Relación de consultados y de contestaciones. Con fecha 21 de junio de 2003 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicitó consultas previas al proyecto, a los siguientes organismos e instituciones:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

X

Director General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

X

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Vías pecuarias: la actuación afecta a cinco vías pecuarias.

Afección a zonas sensibles: el proyecto afecta de forma directa a la zona IBA 230 «Embalse de Marmolejo y La Ropera», también, aunque de forma indirecta puede afectar al LIC ES6160012 «Río Jándula», situado a 900 metros aguas abajo de las obras. El proyecto afecta a un curso fluvial que es una zona de gran funcionalidad como corredor ecológico. Por lo tanto existe afección a zona sensible, por la repercusión directa del proyecto sobre los recursos naturales y por su ubicación en zona de gran sensibilidad ambiental. Especies protegidas: la Bogardilla (Iberocypris palaciosi), incluida en el anexo II de la Directiva 92/43/CEE, está catalogada como «en peligro crítico de extinción» en el Libro Rojo de los Vertebrados Amenazados de Andalucía, y tiene un área de distribución muy restringida que incluye la zona de actuación. c) Resumen de las indicaciones dadas por el Órgano Ambiental al Promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las Administraciones ambientales afectadas. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental remitió las consultas al promotor con fecha 11 de noviembre de 2003, incluyendo un resumen de las contestaciones más relevantes, e informando de la necesidad de someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

b. Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental

a) Información pública. Resultado. Con fecha 3 de febrero de 2006 se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 27 las resoluciones de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir por las que se somete a Información pública los proyectos y sus correspondientes estudios de impacto ambiental: Proyecto de acondicionamiento del río Guadalquivir a su paso por Andujar: «Margen izquierda aguas arriba del Puente de la Autovía A-4 (Protección Koipe)».

Proyecto de acondicionamiento del río Guadalquivir a su paso por Andujar: «Zona de La Ropera». Proyecto de acondicionamiento del río Guadalquivir a su paso por Andujar: «Protección de la EDAR. Término municipal de Andújar». Proyecto de acondicionamiento del río Guadalquivir a su paso por Andujar: «Margen derecha aguas abajo del Puente Romano y margen izquierda aguas abajo del Puente de la Autovía A-4». Proyecto de acondicionamiento del río Guadalquivir a su paso por Andújar: «Margen derecha aguas arriba del Puente de la Autovía A-4».

Con fecha 8 de agosto de 2006 tuvieron entrada en la Subdirección General de Evaluación Ambiental los expedientes de información pública y los estudios de impacto ambiental de cada uno de ellos. La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir envía con fecha 22 de noviembre de 2006 a la Subdirección General de Evaluación Ambiental el estudio de impacto ambiental conjunto de los cinco proyectos.

Durante el período de información pública se han recibido 3 alegaciones. A continuación se resumen los aspectos ambientales más significativos de las mismas y la respuesta dada por el promotor:

Dos particulares solicitan que se ajuste la mota en la parte de la isla lo máximo posible al cauce, de manera que se minimice la afección a las tierras de cultivo. Asimismo, solicitan que se valle en su totalidad la mota en la parte de la isla y en 950 m de la margen izquierda del río en la zona del Sotillo, con el fin de evitar daños a los cultivos por personas o animales.

El promotor responde que se adaptará el proyecto para que contemple un vallado en la zona de La Isla y El Sotillo. Sin embargo, no es posible modificar el trazado de las motas, ya que se ha dejado entre las motas de ambas márgenes del río una distancia mínima de forma que queda un área suficiente para que el agua pueda circular sin sobre elevaciones excesivas, y con velocidades relativamente moderadas. Además, desde el punto de vista ambiental se provocaría una afección a la vegetación de ribera y desde el punto de vista económico requiere un excesivo coste. Cogeneración Andújar, S.A. informa que las actuaciones previstas afectan a la futura servidumbre del gasoducto de refuerzo de la red de gas natural de Andújar. Según la respuesta del promotor, se analizará el trazado de la nueva conducción de gas y se realizarán las modificaciones oportunas en el proyecto para mantener las condiciones adecuadas de seguridad de la conducción. SOS Cuetara, S.A. informa que los planos incorporados al proyecto no reflejan determinadas instalaciones existentes en la zona en la que se proyectan las actuaciones de acondicionamiento. El promotor responde que se analizarán cuales de estas instalaciones no se encuentran contempladas en el proyecto y se considerarán para su reposición como servicio afectado.

b) Consultas a Administraciones ambientales afectadas. Resultado. Delegación Provincial de Jaén de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Presta su conformidad a la solución técnica presentada, así como a las medidas incluidas en el estudio de impacto ambiental, sin perjuicio de las condiciones que se puedan imponer durante la ejecución de las obras. Delegación Provincial en Jaén de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía. Realizando la actividad arqueológica descrita a continuación, no existe inconveniente en que se ejecute el proyecto referenciado, en el caso de que los resultados no supongan impacto sobre el Patrimonio Histórico. Medidas previas al inicio de los movimientos de tierra mecánicos:

En zonas de afección directa se deben realizar sondeos de contraste y excavaciones en extensión para valorar la entidad del sitio arqueológico. Estas medidas comenzarán a ejecutarse con una antelación suficiente de 3 meses.

Medidas de ejecución simultánea a los movimientos de tierra mecánicos:

Seguimiento arqueológico: supervisión de los movimientos de tierra y desbroce por parte de un equipo especializado, con el objeto de identificar sitios arqueológicos no detectados en la prospección arqueológica superficial. En el caso de identificar algún sitio arqueológico se procederá a la realización en el mismo de sondeos de contraste.

Señalización: se jalonarán con cinta de obra los bienes culturales localizados en la banda de estudio, quedando excluido el interior del perímetro de cualquier movimiento de tierras. En cuanto al Patrimonio Etnográfico se considera que se debe realizar documentación gráfica y fotográfica de los elementos sobre los que se estima alguna incidencia, tanto directa como indirecta.

4. Integración de la evaluación: a. Análisis ambiental para selección de alternativas. El análisis realizado en el estudio de impacto ambiental de las diferentes alternativas planteadas llega a las siguientes conclusiones: Se descarta la solución I.1 por su elevado coste económico y social, además de no proteger el casco urbano de Andújar para avenidas con periodo de retorno de 50 años.

Se descarta la solución II.1 por el riesgo que supone la circulación masiva de lodos aguas abajo de la presa, pudiendo provocar la desaparición de frezaderos, de áreas de cría de aves y áreas de sedimentación actual. Así mismo, deben tenerse en cuenta los problemas de transporte y vertido de los lodos de dragado al tratarse de un volumen de 14 Hm3. Por otro lado, al desaparecer la masa de agua se alterarían las condiciones que han motivado la denominación de está área como IBA 230 «Embalse de Marmolejo y La Ropera», y posiblemente existiría alguna repercusión sobre el LIC ES6160012 «Río Jándula». Esta solución tampoco protegería el casco urbano de Andujar y tierras ribereñas frente a avenidas con periodo de retorno de 50 años. Todas las soluciones del grupo III evitan las inundaciones en el núcleo urbano de Andújar para la avenida de 50 años (2.200 m3/s), además de contemplar la conservación de la vegetación de ribera en buen estado. Se descarta la solución III.2 por dejar la depuradora expuesta a los efectos de las inundaciones de mayor envergadura. La alternativa III.1 no evita la afección al régimen hidráulico del puente romano. Finalmente, se opta por la solución III.3, ya que al contemplar el ensanchamiento del cauce se contrarresta el efecto de elevación de lámina que producen las motas, de tal manera que el puente romano vierta por coronación en caso de avenida. Del mismo modo y según informa el promotor esta solución también presenta mejores condiciones de seguridad para el municipio de Andújar.

b. Impactos significativos de la alternativa elegida. En la documentación recibida el promotor propone aplicar las siguientes medidas correctoras, con el fin de minimizar los impactos significativos de la actuación.

Vías pecuarias: la actuación afecta a 5 vías pecuarias. Afección a zonas sensibles: El proyecto afecta a una zona que es un curso fluvial con una gran funcionalidad como corredor ecológico. Se afecta de forma directa a la IBA 230 y de forma indirecta al LIC «Río Jándula». Especies protegidas: la zona del proyecto coincide con el área de distribución de especies protegidas por la legislación estatal, además de otras incluidas en el Anexo I de la Directiva 79/409/CEE. Del mismo modo afecta al área de distribución de la especie Bogardilla catalogada en Peligro crítico de Extinción en el Libro Rojo de los Vertebrados Amenazados de Andalucía. Arqueología: se produce incidencia directa del proyecto sobre los sitios arqueológicos siguientes: Puente romano, Oeste del marqués de la Merced, Marqués de la Merced y Villa del Cruce. Asimismo se produce incidencia indirecta sobre otros sitios arqueológicos.

c. Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras que a continuación se detallarán.

Determinación de impactos

Medidas correctoras

Vías pecuarias.

Restitución de las vías pecuarias.

Zonas sensibles.

Sistema de Gestión Medioambiental.

Prohibición de ubicar las zonas auxiliares en zonas sensibles.

Delimitación de la vegetación de ribera.

Ejecución de un plan de revegetación.

Gestión de residuos en coordinación con la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

Especies protegidas.

Control de la afección a la fauna a pie de obra y avifauna relevante.

Limitación del periodo de obras.

Arqueología.

Se adoptan las medidas propuestas sobre el EsIA por la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

Vías pecuarias: El proyecto final ha tenido en cuenta las vías pecuarias afectadas, las cuales serán repuestas cuando las defensas se ubiquen sobre ellas, disponiéndose una franja de 20 m de anchura entre las motas y el cauce del río. Cuando las obras y motas crucen las vías pecuarias, se dará continuidad a éstas a través de las primeras, para lo cual se suavizarán los taludes de las motas (4H:1V) a fin de que sean compatibles con el paso de ganado.

Afección a zonas sensibles: Durante la fase de construcción se aplicará un Sistema de Gestión Medioambiental encaminado a la protección hidrológica, el control de la contaminación atmosférica y contaminación de suelos. La solución técnica separa las motas del cauce del río Guadalquivir revegetando la franja que queda, a fin de dar continuidad a los corredores del río Guadalquivir entre Andújar y el Molino de Aceña. Se emplearán barreras de retención de sedimentos para proteger una distancia superior a los 5m de servidumbre del dominio público hidráulico. No se ubicarán instalaciones auxiliares en zonas sensibles ni próximas a zonas habitadas. Se delimitará la vegetación de ribera bien conservada, especialmente en la margen izquierda, así como los rodales de vegetación de ribera presentes en la margen derecha y el tarayal en la zona del circuito de motocross. Se ejecutará un plan de revegetación que tendrá como objetivos la integración paisajística de las motas en el entorno, la recuperación de la cobertura vegetal autóctona afectada con la retirada de especies introducidas, y la prevención y control de procesos erosivos. La gestión de los residuos generados en obra se realizará en coordinación con la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, se considera el posible traslado de los escombros y restos de obra no tóxicos al vertedero municipal de El Escobar. Los materiales para terraplenes procederán de los desmontes y excavaciones, dejando secar previamente los fangos húmedos. La diferencia entre los desmontes (400.000 m3) y terraplenes (804.500 m3) procederán de depósitos de sedimentos de la zona procedentes de antiguas obras de ensanchamiento del cauce, ubicados en terrenos de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, que después serán recuperados ambientalmente. Los materiales para zahorras artificiales y escolleras procederán de canteras. Especies protegidas: Durante la realización de los trabajos se controlará la afección a la fauna a pie de obra y se prestará especial atención a la existencia en la zona de avifauna relevante presente en los espacios naturales circundantes, concretamente la Garcilla cangrejera (Ardeola ralloides), el Avetorillo común (Ixobrichus minutus) y el Calamón común (Porphirio porphirio). Las obras comenzarán a partir de la segunda quincena de junio, con el objeto de que tengan lugar fuera de la época de freza de las especies piscícolas más características y avanzada la época de nidificación de la avifauna ligada al medio ripario. El EsIA contempla la afección de las obras a la especie Bogardilla (Iberocypris palaciosi), habiéndose efectuado un inventario piscícola mediante pesca eléctrica y tras comprobar sobre el terreno las características y calidad del agua del río Guadalquivir, se constata la no presencia de la referida especie en el tramo del río objeto de la actuación. Arqueología: el promotor incorpora en el proyecto las medidas propuestas sobre el estudio de impacto ambiental por la Delegación Provincial en Jaén, de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

5. Especificaciones para el seguimiento ambiental. El estudio de impacto ambiental incorpora un plan de vigilancia ambiental para el seguimiento y control de las afecciones, y de la eficacia de las medidas protectoras y correctoras establecidas, así como para la propuesta de nuevas medidas correctoras si se observan insuficientes las medidas correctoras inicialmente propuestas.

El programa de vigilancia ambiental se desarrolla en dos fases: durante la fase de obras se realizará un control de la correcta aplicación de las medidas correctoras propuestas elaborando un Sistema de Gestión Medioambiental, y durante la fase de explotación se realizará un control de la eficacia de los trabajos de integración paisajística, revegetación y prevención de procesos erosivos. Además, el promotor deberá explicitar, en los carteles anunciadores de las obras correspondientes al proyecto evaluado, el BOE en el que se publica la DIA. 6. Conclusión:

En consecuencia, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 25 de enero de 2007, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto «Acondicionamiento del río Guadalquivir a su paso por Andújar. t.m. Andújar y Marmolejo (Jaén)» concluyendo que siempre y cuando que se autorice en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público y se comunica a Confederación hidrográfica Guadalquivir para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto, de conformidad con el articulo 4 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Madrid, 26 de enero de 2007.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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