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Documento BOE-A-2007-4532

Orden ECI/462/2007, de 22 de febrero, por la que se convocan ayudas destinadas a alumnos de 6.º de Educación Primaria para el desarrollo de un Programa de Inmersión Lingüística durante el otoño de 2007.

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 2007, páginas 9189 a 9194 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-4532

TEXTO ORIGINAL

El aprendizaje de lenguas extranjeras en la educación básica constituye, sin duda ninguna, un objetivo educativo de interés general y una medida indispensable para la mejora del sistema educativo. Así se recoge en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, cuya memoria económica consigna importantes recursos para reforzar este aprendizaje. Por otra parte, la mencionada Ley Orgánica de Educación, prevé que el Estado, en colaboración con las comunidades autónomas, promoverá programas de cooperación territorial con el fin de alcanzar los objetivos educativos de carácter general, reforzar las competencias básicas de los estudiantes, favorecer el conocimiento y aprecio de la riqueza cultural y lingüística de las distintas comunidades autónomas, así como contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. En este ámbito se enmarca este programa de inmersión en lengua inglesa que se desarrollará en distintos puntos de la geografía española promoviendo asimismo la convivencia entre alumnos de distintas comunidades autónomas. El programa consistirá en la asistencia por parte de grupos de 25 alumnos, junto con su profesor de inglés, a distintos centros, en España, fuera del entorno escolar, en los que convivirán al menos dos grupos de distintas comunidades autónomas, durante períodos semanales entre los meses de octubre y noviembre de 2007. Se propiciarán situaciones que estimulen la práctica del idioma y su utilización en contextos comunicativos más amplios que los que permite el entorno escolar. El Ministerio de Educación y Ciencia contratará, a través del oportuno concurso público, la organización del programa con empresas del sector que proporcionarán los elementos tanto personales como materiales necesarios para su desarrollo. La selección de los centros participantes y la financiación del programa se llevará a cabo en colaboración con las Comunidades Autónomas que hayan suscrito el correspondiente convenio con el Ministerio de Educación y Ciencia y que se relacionan en el anexo I a esta Orden. Para hacer efectiva la parte de financiación que asume el Ministerio de Educación y Ciencia, se procede a convocar, a través de la esta Orden, 72 ayudas, hasta un importe máximo de 5.800 euros por grupo, para los centros educativos que resulten seleccionados para participar en el Programa. Estas ayudas se abonaran a las empresas que resulten adjudicatarias del mencionado concurso. En todo caso, y para completar el precio total de participación del grupo, éste abonará a la empresa la cantidad de 3.500 euros. De acuerdo con los respectivos convenios de colaboración suscritos, las Comunidades Autónomas financiarán este último coste. Por consiguiente, de acuerdo con la normativa vigente en materia de subvenciones públicas y especialmente con la Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio, he dispuesto.

Primero.-1. Se convocan, para participar en un programa de inmersión en lengua inglesa, 72 ayudas de hasta 5.800,00 € para grupos de alumnos matriculados en centros educativos públicos de las comunidades autónomas que se relacionan en el anexo I.

Asimismo, se convocan 8 ayudas de hasta 9.300 euros para grupos de alumnos escolarizados en centros educativos de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Dichos grupos estarán integrados por 25 alumnos de sexto curso de Educación Primaria acompañados de uno o dos profesores. 2. La cuantía de las ayudas a que se refiere el apartado anterior, se abonará directamente a la/s empresa/s que resulte/n adjudicataria/s del concurso público convocado al efecto y serán financiadas por el Ministerio de Educación y Ciencia con cargo al crédito 18.11.324N.482 del Presupuesto de Gastos para 2007. 3. Durante la participación en la actividad, los alumnos y profesores estarán asistidos por un seguro de accidentes y de responsabilidad civil, suscrito al efecto por el Ministerio de Educación y Ciencia. 4. La distribución territorial de las ayudas por comunidades autónomas, figura en el anexo I de la presente convocatoria. 5. La actividad se llevará a cabo en las fechas comprendidas entre los meses de octubre y noviembre y se realizará, en régimen de internado, en períodos semanales de domingo por la tarde a sábado por la mañana, de acuerdo con el siguiente calendario:

Primer turno: Del 7 al 13 de octubre.

Segundo turno: Del 14 al 20 de octubre. Tercer turno: Del 21 al 27 de octubre. Cuarto turno: Del 28 de octubre al 3 de noviembre. Quinto turno: Del 4 al 10 de noviembre. Sexto turno: Del 11 al 17 de noviembre. Séptimo turno: Del 18 al 24 de noviembre. Octavo turno: Del 25 de noviembre al 1 de diciembre.

Las actividades para el aprendizaje de la lengua inglesa se llevarán a cabo de acuerdo con las orientaciones pedagógicas generales recogidas en el anexo IV.

Segundo.-1. Los centros que deseen participar deberán solicitarlo a través de su Director/a, formando un grupo de 25 alumnos de 6.º curso de educación primaria con un profesor que deberá ser el que habitualmente imparte clase de inglés. Además podrá seleccionarse, para su asistencia, otro profesor acompañante del grupo que, independientemente de la especialidad para la que esté habilitado, posea un nivel de conocimiento de la lengua inglesa adecuado para el desarrollo del programa de inmersión. Teniendo en cuenta el calendario de esta convocatoria, se tratará de grupos de alumnos que, en el momento de presentar la solicitud, se encuentran cursando 5.º de Educación Primaria, por lo que se requiere que el proyecto sea presentado por el mismo profesor que en el curso siguiente impartirá clases a este mismo grupo que, en caso de ser seleccionado, participaría en el primer trimestre del curso 2007-2008, cursando 6.º curso de Educación Primara. No obstante lo anterior, si se trata de centros de una línea o si el centro así lo considera, el grupo de 25 alumnos podrá completarse con alumnos que cursen 5.º de Educación Primaria durante el curso 2007-2008. Los profesores acompañarán al grupo y se responsabilizarán, a todos los efectos, de la adecuada participación del mismo en la actividad. 2. El plazo de presentación de solicitudes que se formalizará en el modelo que figura como anexo II, finalizará el 13 de abril de 2007, debiendo acompañar la siguiente documentación:

Proyecto de participación elaborado por el profesor o profesores acompañantes del grupo, de acuerdo con las orientaciones del anexo V.

Aprobación del consejo escolar, o certificado de la dirección del centro en el que se haga constar que dicha actividad estará contemplada en la programación general anual del próximo curso.

3. La dirección del centro recabará y custodiará la autorización del padre, madre o tutor de los alumnos participantes (modelo anexo III).

Tercero.-1. Las solicitudes de los centros educativos de Ceuta y Melilla se presentarán en el registro de las Direcciones Provinciales de Educación y Ciencia. 2. Las solicitudes de los centros dependientes de las comunidades autónomas se presentarán en la Consejería de Educación correspondiente. 3. Las solicitudes podrán presentarse directamente o a través de las dependencias establecidas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos, los registros de los centros docentes no se considerarán incluidos dentro de las dependencias enumeradas en el artículo 38.4 de la referida Ley. En el caso de optar por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada. 4. De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, si la solicitud no reuniese los requisitos precisos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándose que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 42.1 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. 5. Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento, los interesados podrán dirigirse al órgano de selección correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo siguiente. El expediente se identificará por el nombre del centro solicitante de la ayuda. Cuarto.-1. Las solicitudes de los centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación y Ciencia serán seleccionadas por las Comisiones Provinciales de Promoción Estudiantil establecidas en la Orden ECI/2118/2006, de 16 de junio (Boletín Oficial del Estado del 1 de julio), por la que se convocan becas y ayudas al estudio de carácter general para el curso 2006/2007, para alumnos de niveles postobligatorios no universitarios y para universitarios que cursen estudios en su Comunidad Autónoma. En su composición se procurará mantener la paridad entre mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en la Orden PRE/525/2005, de 7 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se adoptan medidas para favorecer la igualdad entre hombres y mujeres. 2. En las comunidades autónomas la selección de las solicitudes se realizará por el órgano u órganos establecidos por las mismas. 3. Para la selección de centros se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

Calidad del proyecto de participación presentado: se valorará el contenido pedagógico y su utilidad para la consecución de objetivos tanto generales como específicos programados para el aprendizaje de la lengua inglesa en este nivel educativo, sobre todo en sus aspectos prácticos. Asimismo, se tendrán en cuenta las posibilidades reales de aplicación, el carácter innovador del proyecto o su utilidad para motivar a los alumnos y su conexión con el trabajo en el aula tanto previo como posterior a la inmersión. Por estos conceptos se concederá hasta un máximo de 6 puntos.

Contexto socioeconómico del centro. Hasta un máximo de 4 puntos. Participación anterior en el programa: se concederán a aquellos centros que no hayan participado anteriormente en la actividad hasta 2 puntos.

Los centros que hayan participado en convocatorias anteriores del programa, sólo podrán obtener estas ayudas si han presentado la memoria correspondiente.

Quinto.-De acuerdo con el artículo 84 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, instruido el procedimiento e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrá de manifiesto a los interesados para que en el plazo de 10 días aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. No obstante, se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que los aducidos por el interesado. Sexto.-1. Antes del 30 de mayo se enviará por parte de los correspondientes órganos de selección al Ministerio de Educación y Ciencia (Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección) la siguiente documentación.

Centros seleccionados.

Relación priorizada de centros seleccionados en reserva. Relación de centros excluidos con indicación de la causa.

2. Examinadas las propuestas enviadas por los distintos órganos de selección, la Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección por delegación de la Ministra de Educación y Ciencia contenida en la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero (BOE de 28), resolverá la adjudicación de estas ayudas, antes del 29 de junio. La Orden de adjudicación contendrá igualmente una relación de las solicitudes de reserva y una relación de solicitudes excluidas con indicación de la causa de exclusión.

3. Una vez efectuada la adjudicación de las ayudas, la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección enviará a los centros seleccionados una comunicación junto con la información relativa al período o turno de incorporación, así como al Centro de Inmersión asignado para su estancia. Los centros seleccionados dependientes de las comunidades autónomas participantes, deberán abonar 3.500 Euros a la empresa adjudicataria en el plazo comprendido en los 15 días previos a su incorporación al centro de inmersión. Si alguno de los alumnos que figuran en la solicitud de ayuda no pudiese participar en la actividad, el centro podrá proceder a su sustitución por otro, hasta completar un grupo de 25, pero en ningún caso podrá participar un grupo con un número inferior a 20 alumnos. De no contar el grupo con ese número de componentes, el centro deberá comunicarlo a la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa y renunciar a su participación pasando a ocupar su lugar un centro cuya solicitud se haya incluido en la relación de reserva. Igualmente, dicha Dirección General notificará a los centros solicitantes no adjudicatarios, la denegación de la ayuda solicitada. La mencionada Orden de adjudicación de ayudas que pondrá fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o ser impugnada mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa y el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998. 4. El órgano de selección correspondiente adjudicará el período semanal que corresponda a cada centro de acuerdo con la disponibilidad de turnos con que cuente cada comunidad autónoma en función del número de grupos que se le asignan en el Anexo I. 5. Con el fin de fomentar la participación de alumnos de diferentes centros, en el caso de que el número de solicitudes sea superior al de ayudas disponibles, sólo se adjudicará la participación en el programa a un grupo de alumnos por centro. 6. Posteriormente, la relación definitiva de centros adjudicatarios se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado. Séptimo.-Para colaborar en los gastos derivados de la preparación de la actividad y del desplazamiento, los centros dependientes de la gestión directa del Ministerio de Educación y Ciencia recibirán una ayuda de 5.184 euros que se financiará con cargo al crédito 18.11.324 N 482 del presupuesto del Ministerio de Educación y Ciencia. Estas ayudas se librarán a los centros educativos a través de las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Ciencia. Octavo.-Dentro de los sesenta días siguientes a su participación, y a los efectos de justificación de la ayuda recibida, los profesores responsables de los grupos deberán elaborar una memoria, avalada por el director del centro, que refleje los siguientes apartados:

1.º Certificado de la dirección del centro acreditativo de que la actividad se ha realizado y ha quedado cumplida la finalidad que motivó la concesión de las ayudas.

2.º Número de alumnos asistentes. 3.º Repercusión de la estancia en la mejora de la competencia lingüística del alumnado y profesorado participante. 4.º Descripción y desarrollo temporal de las actividades llevadas a cabo. 5.º Descripción del trabajo colectivo elaborado y grado de implicación de los alumnos participantes. 6.º Adecuación del programa y de las actividades programadas a la consecución del objetivo. 7.º Evaluación de los aspectos técnicos y organizativos (infraestructura y organización del centro de inmersión). 8.º Sugerencias y propuestas de mejora, en su caso.

Si se considera oportuno para un mejor entendimiento de los aspectos pedagógicos contemplados en la memoria, se pueden incluir los trabajos de los alumnos, redacciones, guías de observación, diarios de actividades, vídeos, etc.

Un ejemplar de esta memoria deberá remitirse a la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección (Subdirección General de Becas y Promoción Educativa, c/ Torrelaguna, 58, 28027 Madrid) y otro a la respectiva Dirección Provincial del Ministerio de Educación y Ciencia. En el supuesto de los centros dependientes de comunidades autónomas, el segundo ejemplar de la citada documentación se deberá remitir a la respectiva Consejería de Educación. Noveno.-1. En el ámbito de su gestión, el Ministerio de Educación y Ciencia podrá reconocer la participación del profesorado en este programa con una equivalencia máxima de 30 horas de formación por curso escolar, siempre que lleve implícita la formación para el profesorado y la elaboración de la memoria posterior a la participación. 2. Las Administraciones Educativas podrán reconocer al profesorado participante las actividades de formación con alumnos que se realicen al amparo de esta convocatoria. Décimo.-Se autoriza a la Dirección General de Cooperación Territorial y Alta Inspección para el desarrollo y aplicación de la presente Orden. Undécimo.-Serán supletoriamente aplicables a las ayudas objeto de la presente convocatoria las normas reguladoras de las becas de carácter general. Duodécimo.-Contra esta Orden se podrá interponer, en el plazo de dos meses, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Decimotercero.-La presente Orden, producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 22 de febrero de 2007.-La Ministra de Educción y Ciencia, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), la Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, María Antonia Ozcariz Rubio.

ANEXO I

Distribución territorial de ayudas del Programa de Inmersión Lingüística 2007-2008

N.º de grupos

N.º de alumnos

Comunidades Autónomas:

Andalucía.................................................................

16

400

Asturias...........................................................................

2

50

Baleares..........................................................................

3

75

Canarias..........................................................................

4

100

Cantabria........................................................................

3

75

Cataluña..........................................................................

3

75

Extremadura..................................................................

2

50

Galicia.............................................................................

15

375

Madrid.............................................................................

20

500

Navarra...........................................................................

4

100

Total....................................................................

72

1800

Territorio gestión directa M.E.C.:

Ceuta...............................................................................

4

100

Melilla.............................................................................

4

100

Núm. total de grupos

Núm. total de ayudas

80

2.000

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANEXO III Autorización de la familia

Don/doña:..........................................................................................................................., con N.I.F. nº........................................ como padre/madre/tutor legal del solicitante, autorizo a (nombre y apellidos del solicitante).................................................................................................., a participar en el programa de Inmersión Lingüística organizado por el Ministerio de Educación y Ciencia, y a recibir la atención médica que, en su caso, fuera necesaria. Asimismo, manifiesta su conocimiento de que en caso de que se produjera algún incidente que aconsejara la interrupción del Programa, pueda regresar a su domicilio antes de la fecha prevista. En, ......................................... a .......... de ............................. de 2007 Fdo.:....................................................................................

ANEXO IV

Orientaciones pedagógicas generales

Descripción del programa

1. Justificación y objetivo

El principal objetivo de este programa es proporcionar a los alumnos participantes una situación de inmersión en lengua inglesa que les permita desarrollar sus habilidades comunicativas en esta lengua, a la vez que profundizan en conocimientos relevantes de otras áreas del currículo de la Educación Primaria.

2. Duración del programa

El desarrollo de las actividades tendrá lugar en períodos semanales. La incorporación tendrá lugar un domingo por la tarde y la salida un sábado por la mañana, por lo que la duración será de cinco días completos y seis noches. La actividad se desarrollará durante el período comprendido entre el 7 de octubre y el 1 de diciembre de 2007.

3. Tema a desarrollar: «The World Around us Speaks English»

Utilizando este tema central propuesto, se tratará de conseguir el objetivo fundamental del Programa, desarrollándolo a lo largo de cinco días de estancia en torno a los siguientes aspectos:

I. El agua.

II. La tierra. III. La flora. IV. La fauna. V. El impacto humano sobre el entorno.

En consecuencia con lo anterior, cada día de la semana se trabajará uno de estos temas de acuerdo con la siguiente temporalización y distribución de actividades: I. Por la mañana, sesión de 4 horas de duración.

II. Por la tarde, sesión de 4 horas de duración.

A lo largo de estas ocho horas de trabajo, se realizarán las siguientes actividades: Actividades de preparación: recogida preliminar de información y datos sobre el tema del día (diariamente).

Actividades prácticas sobre el tema del día a través de salidas y visitas que se realizarán diariamente. Actividades de puesta en común (diariamente) Periodo dedicado a la realización de talleres u otras actividades relacionadas con los temas trabajados (teatro, música, cine etc.). Estas actividades pueden programarse de forma alternativa en los distintos días. Periodo de juegos en grupo en lengua inglesa. Diariamente se programará un periodo de trabajo con el profesor acompañante del grupo de 90 minutos para elaborar una producción oral por parte de cada alumno, de acuerdo con el proyecto de participación presentado.

No se impartirán clases formales de gramática inglesa, si bien alguna o algunas de las actividades que se programen diariamente podrán desarrollarse en el aula trabajando vocabulario y otras estructuras necesarias para la expresión oral.

Sin perjuicio de la producción oral individual por parte de cada alumno, la estancia finalizará con una producción oral colectiva, que los alumnos participantes expondrán, en inglés, a otros cursos del centro en el que estudian, a su regreso.

4. Recursos empleados en el programa

El Programa tendrá lugar en régimen de internado en instalaciones ubicadas dentro del territorio español, con espacios adecuados para la prestación de todos los servicios derivados de la estancia de los participantes (alojamiento, manutención, aulas y otros espacios para uso educativo). En cada una de ellas participará un grupo de 50 alumnos (por consiguiente grupos de dos centros educativos de distintas comunidades autónomas), junto con sus profesores acompañantes.

El emplazamiento y entorno podrá ser rural, costero o urbano. El desarrollo del tema planteado se llevará a cabo por un equipo educativo compuesto por 5 profesionales con pleno dominio de la lengua inglesa (nativos o bilingües) y aptos para el ejercicio de la docencia y/o actividades de animación sociocultural, ocio y tiempo libre. Uno de ellos actuará como coordinador general del programa y todos residirán permanentemente en las instalaciones. Este equipo proporcionará todos los recursos materiales necesarios para el desarrollo de las actividades contempladas en el programa de inmersión. Además, pondrán a disposición de los grupos participantes para el desarrollo de su proyecto de participación:

Material fungible (cartulinas, rotuladores, témperas, pegamento, etc.).

Como mínimo, cuatro ordenadores con conexión a Internet. Material audiovisual necesario para el desarrollo de la producción oral individual (grabadoras/reproductores/vídeo-cámaras, etc.).

5. Colaboración de los profesores acompañantes

Los profesores acompañantes del grupo se responsabilizarán de la adecuada participación del mismo en la actividad.

Con carácter previo a la incorporación se establecerán contactos con la empresa organizadora, con el fin de que ésta conozca los detalles concretos de las actividades llevadas a cabo durante los 90 minutos reservados. Asimismo, la citada empresa informará a los profesores acompañantes de la programación general diaria. Respetándose la programación prevista en cada centro de inmersión, los profesores acompañantes y la empresa organizadora podrán acordar otras actuaciones o modos de colaboración por parte de aquellos en sesiones distintas de los 90 minutos que se les reservan preceptivamente.

ANEXO V

Orientaciones para la elaboración del proyecto de participación de los centros solicitantes

El profesor o profesores responsables del grupo presentarán un proyecto, integrado en la programación de su centro docente para el correspondiente nivel educativo, que desarrollarán durante la estancia en sesiones diarias de 90 minutos de duración. Este proyecto incluirá necesariamente los siguientes aspectos:

1. Descripción de las actividades preparatorias previas que realizará en su centro con el fin de lograr un mejor aprovechamiento del Programa de Inmersión por parte del grupo de alumnos.

2. Descripción de los objetivos del proyecto en relación con los currículo en lengua inglesa y otras áreas de conocimiento de la etapa. 3. Diseño de una metodología, indicando la forma o el procedimiento en que se trabajará en la sesión diaria para que cada alumno realice una producción oral vinculada al tema «The world around us speaks English», que adoptará el formato que se estime conveniente (anuncios publicitarios, diálogos, escenificaciones etc.). Esta producción puede apoyarse en la elaboración de textos escritos, si bien deben considerarse únicamente como la base de la expresión oral, que constituye el objetivo fundamental del Programa. 4. El proyecto deberá describir la forma en la que el centro educativo realizará el aprovechamiento didáctico de las actividades realizadas durante la estancia.

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