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Documento BOE-A-2007-487

Resolución de 12 de diciembre de 2006, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto «Mejora y consolidación de regadíos en la Comunidad de Regantes de Campotejar, Molina de Segura (Murcia)».

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 2007, páginas 1405 a 1407 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-487

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de impacto ambiental, establece en su artículo 1.3 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios de su Anexo III. El proyecto «Mejora y consolidación de regadios en la Comunidad de Regantes de Campotejar, Molina de Segura (Murcia)» se encuentra en este supuesto por encontrarse recogido en el apartado 1, letra c) del referido Anexo II.

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

Ante la situación de sequía actual, la Comunidad de Regantes de Campotejar considera necesario realizar las obras precisas para incorporar el aprovechamiento de las aguas procedentes de la EDAR Molina-Norte en el Sector II de sus regadíos. Asimismo existe una superficie aproximada de 250 hectáreas en el Sector II y otra en el Sector III, en las que es necesaria la construcción de una nueva red de riego para la adecuada distribución de agua a presión en estas zonas. La actuación a realizar se justifica sobre la base de alcanzar los siguientes objetivos:

Optimización del uso de los recursos hídricos mediante el aprovechamiento de la concesión de aguas depuradas de la EDAR Molina-Norte y mejora en la gestión de los sistemas de regadío.

Mejora medioambiental mediante los controles necesarios sobre la calidad de las aguas, facilitando la mezcla de aguas de distinta procedencia con el fin de minimizar la contaminación y salinización de suelos.

La superficie afectada por la ejecución del proyecto es de 1.950 ha. El nuevo sistema de riego adoptado es el de riego por goteo, para lo cual es necesario dotar al terreno de las infraestructuras necesarias para la distribución del agua a través de una red presurizada, hasta los contadores volumétricos de las parcelas. Se instalará una longitud total de tuberías de 11.245 metros, valvulería y demás accesorios necesarios.

Para el aprovechamiento de las aguas procedentes de la EDAR, se instalará una tubería de impulsión capaz de conducir un caudal de 250 l/s. La longitud de la nueva tubería es de 7.000 m, e irá provista de piezas especiales y valvulería necesaria. Del mismo modo se instalará una tubería a presión en el Sector III desde el embalse «Lorcas II» al ramal número 1 con una longitud de 800 m, incluyendo la instalación de valvulería y accesorios. Asimismo se prevé instalar una estación de bombeo para presurizar la zona alta del Sector II, capaz de suministrar 250 l/s. Se instalarán tres grupos de electrobombas para fraccionar el suministro de caudal y poder adaptarlo a la demanda. La estación de bombeo irá alojada en una caseta de 42 m2. Para proporcionar la energía necesaria, se proyecta una línea aérea de media tensión de 270 m de longitud y un centro de transformación con potencia total instalada de 400 kVA. El promotor del proyecto es SEIASA del Sur y Este S.A. y el órgano sustantivo del mismo la Dirección General de Desarrollo Rural del MAPA.

2. Tramitación y consultas

De acuerdo con el artículo 1.5 del Real Decreto Legislativo 1302/1986, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 8 de septiembre de 2006, la documentación ambiental del proyecto de «Mejora y consolidación de regadíos de la Comunidad de Regantes de Campotejar, Molina de Segura (Murcia)», con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental. La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 5 de octubre de 2006, consultó a los siguientes organismos y entidades:

Relación de Consultados

Respuestas

recibidas

Dirección General para la Biodiversidad

-

Confederación Hidrográfica del Segura

-

Delegación del Gobierno en Murcia

-

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Industria y Medio Ambiente de la Región de Murcia

-

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Industria y Medio Ambiente de la Región de Murcia

-

Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y cultura de la Región de Murcia

-

Ayuntamiento de Molina de Segura

-

A.D.E.N.A

-

Ecologistas en Acción

-

Greenpeace

-

S.E.O

-

Una vez cumplido el plazo establecido en las consultas efectuadas, no se ha recibido respuesta con contenido ambiental de ninguno de los organismos y entidades consultadas.

3. Análisis según los criterios del Anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986.

Características del proyecto: La Comunidad de Regantes de Campotejar posee una superficie de 3.768 ha, de las cuales 1.950 ha se verán afectadas por la ejecución del proyecto.

El recurso que se pretende utilizar con la modernización propuesta es el agua procedente de una EDAR que supondrá el 17,38 por 100 del total de la dotación disponible y que se mezclará con los caudales disponibles de otras procedencias. Asimismo el proyecto incluye en determinadas zonas la construcción de una red de riego adecuada para la distribución de agua a presión. Se utilizarán canteras en explotación en la actualidad que cuenten con la correspondiente autorización, para la obtención de volúmenes de material de relleno y préstamos de tierras. Los residuos producidos en la fase de construcción serán, principalmente, residuos no peligrosos, como papel, plásticos y maderas. Los residuos asimilables a urbanos serán depositados en contenedores municipales para su retirada por los servicios de recogida de basuras pertenecientes al municipio de Molina de Segura. Los residuos calificados como peligrosos, tales como aceites usados, baterías o ruedas se gestionarán por parte de personal autorizado por la Consejería de Medio Ambiente. El volumen de tierras originado por las obras es de aproximadamente 20.378 m3. El 88 por 100 de las tierras procedentes de la excavación, se emplearán en el relleno de las zanjas, mientras que el volumen restante se retirará a un vertedero de inertes autorizado.

Ubicación del proyecto: El proyecto se haya ubicado en el término municipal de Molina de Segura en la provincia de Murcia. El uso del suelo en la totalidad del área de proyección, es agrícola. Las actuaciones proyectadas, tales como la traza de la tubería, no supondrán pérdida alguna de suelo de interés agrario, ya que discurren por caminos, viales y carreteras.

Según la documentación ambiental enviada no se prevé ningún tipo de afección sobre espacios pertenecientes a la Red Natura 2000, espacios naturales protegidos ni lugares de interés geológico. Tampoco se tiene constancia de la existencia de yacimientos arqueológicos catalogados dentro del entorno del proyecto. Asimismo, según la documentación aportada, no existen en la zona especies de alto valor ecológico o natural que pudieran verse afectadas por el proyecto.

Características del potencial impacto: Según la documentación recibida, la reutilización de las aguas de la EDAR disminuirá la sobreexplotación del acuífero Ascoy-Solpalmo, lo que se interpreta como un efecto positivo. Las prácticas de riego empleadas en la zona, riego localizado por goteo, permiten un alto control de las dosis de riego y localización de la aplicación, minimizando los efectos del riego sobre el suelo.

Según informa el promotor, la EDAR cuenta con un tratamiento terciario físico-químico con decantación, filtración de arena y desinfección mediante luz ultravioleta. Además se va a realizar un control estricto de la calidad del agua depurada, exigiéndose unos parámetros de calidad superiores a los exigidos en el caso de vertido directo a cauce. En el seguimiento ambiental establecido en el proyecto se establecerá un plan de vigilancia de la calidad del agua depurada, un plan de vigilancia sanitaria y un plan de formación para los manipuladores. Asimismo mensualmente se realizará en todos los embalses que está explotando la comunidad de regantes, controles de conductividad para detectar el grado de salinidad del agua resultante de la mezcla de las aguas de distinta procedencia y con ello se realizará un seguimiento de la evolución de la calidad del agua en el tiempo.

4. Conclusión y propuesta

Considerando lo anteriormente expuesto, los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo citado, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Por tanto, en virtud del artículo 1.3. del Real Decreto Legislativo precitado, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de fecha 11 de diciembre de 2006, considera que no es necesario someter al Procedimiento de Evaluación Ambiental el proyecto de «Mejora y consolidación de regadios en la Comunidad de Regantes de Campotejar, Molina de Segura (Murcia)».

Madrid, 12 de diciembre de 2006.-El Secretario General para la Prevención de la Contaminación y el Cambio Climático, Arturo Gonzalo Aizpiri.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF de esta disposición.

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