Visto el expediente de indulto de don Antonio Mayorga Novillo, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ciudad Real, en sentencia de 20 de octubre de 1997, como autor de un delito continuado de hurto de uso de vehículos a motor, a la pena de veintitrés fines de semana de arresto y un delito de robo con fuerza en grado de frustración, a la pena de dos meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de derecho de sufragio, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de febrero de 2007,
Vengo en indultar a don Antonio Mayorga Novillo la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por esta causa, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 16 de febrero de 2007.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO
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