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Documento BOE-A-2007-5548

Orden ECI/604/2007, de 14 de febrero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Educativa Santo Domingo.

Publicado en:
«BOE» núm. 64, de 15 de marzo de 2007, páginas 11134 a 11135 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2007-5548

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de doña María Victoria Sánchez Urrutia, solicitando la inscripción de la Fundación Educativa Santo Domingo en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones; en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo, así como el otorgamiento de poderes a favor de las personas que desempeñen los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretario de la Fundación, doña Justina González Albir y don Felipe Trigueros Buena.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.-La Fundación anteriormente citada fue constituida por las entidades religiosas: Provincia de Santa Catalina de Sena de la Congregación Dominicas de la Anunciata; Provincia de Santo Domingo de Guzmán de la Congregación Dominicas de la Anunciata; Provincia de Santa María del Pino de la Congregación Dominicas Misioneras de la Sagrada Familia; Provincia de Santa Catalina de Siena de la Congregación de Santo Domingo; Congregación de Hermanas Misioneras Dominicas del Rosario; Provincia de España de la Orden de Predicadores (Padres Dominicos); Provincia de Santo Domingo de la Congregación Misioneras Dominicas del Rosario y el Vicariato Regional de España de la Provincia Nuestra Señora del Rosario de la Orden de Predicadores, en Madrid, el 12 de diciembre de 2006, según consta en la escritura pública número tres mil trescientos treinta y ocho, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Francisco Javier Pérez de Camino Palacios, que fue subsanada por la escritura número ciento setenta y siete, autorizada el 24 de enero de 2007, ante el mismo Notario. Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.-El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Alfonso XIII, número 160, y su ámbito es estatal. Tercero. Dotación.-Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria. Cuarto. Fines de la Fundación.-En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Promover en sus beneficiarios la formación integral de la persona de acuerdo con una concepción cristiana del hombre, de la vida, del mundo, de modo que desarrolle sus capacidades en todas sus dimensiones, de acuerdo al estilo educativo dominicano reflejado en su carácter propio. Quinto. Patronato.-El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado. Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidenta: Doña María Victoria Sánchez Urrutia; Vicepresidente: Don Francisco Javier Carballo Fernández; Secretario: Don César Valero Bajo; Vocales: Doña Leoncia Pérez Peña; doña María del Carmen Espeja Camarero; doña Oliva Vico Ortiga; doña Juana María Pérez de Ciriza Echevarria, y doña Carmina Sofía Fernández Fernández. En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas. En el acto de constitución, los designados constituidos en Patronato de la Fundación acordaron otorgar poderes a favor de los que, en cada momento, ostenten el cargo de Presidente, Vicepresidente, Secretario del Patronato, de doña Justina González Albir y don Felipe Trigueros Buena.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre. El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo. La Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.-Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.-Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Educativa Santo Domingo en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación y Ciencia.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.-Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Educativa Santo Domingo, de ámbito estatal, con domicilio en Madrid, calle Alfonso XIII, número 160, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.-Inscribir en el Registro de Fundaciones el otorgamiento de poderes conferidos por la Fundación Educativa Santo Domingo a favor de los que, en cada momento, ostenten el cargo de Presidente, Vicepresidente, Secretario del Patronato y de doña Justina González Albir y don Felipe Trigueros Buena, según consta en la escritura número tres mil trescientos treinta y ocho, otorgada el 12 de diciembre de 2006, ante el Notario don Francisco Javier Pérez de Camino Palacios, que fue rectificada por la escritura pública número ciento setenta y siete, autorizada el 24 de enero de 2007, ante el mismo Notario.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 14 de febrero de 2007.-La Ministra de Educación y Ciencia, P.D. (Orden ECI/87/2005, de 14 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación y Ciencia, Aurelio Pérez Giralda.

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