Vistos los escritos de fechas 24 de enero y 26 de febrero de 2007 presentados por Atel Energía, S.A. mediante los que se solicita el cambio de domicilio social en su autorización e inscripción definitivas en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, pasando de Vía Layetana n.º 45, 6.º a ser Balmes n.º 89-91, 3.º, 5.ª de Barcelona. Considerando que Atel Energía, S.A. figuraba autorizada e inscrita definitivamente en el citado Registro, según consta en la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de fecha 27 de febrero de 2006. Vista la escritura pública número 427 otorgada ante Notario en fecha 18 de enero de 2007 e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 37.886, Folio 95, hoja B-316.815 e inscripción 10.ª, donde indica que la sociedad Atel Energía, S.A. acuerda trasladar el domicilio social a calle Balmes n.º 89-91, 3.º, 5.ª de Barcelona. Visto el artículo 45.4 de la Ley 54/1997, en virtud del cual la organización y los procedimientos de inscripción y comunicación de datos al Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados, han de desarrollarse reglamentariamente. Teniendo en cuenta el Capítulo III del Título VIII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. La Dirección General de Política Energética y Minas, ha resuelto:
Anotar el cambio de domicilio social en la autorización e inscripción definitivas de Atel Energía, S.A. en el Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados en la Sección 2.ª (Comercializadores) pasando a ser calle Balmes n.º 89-91, 3.º, 5.ª de Barcelona.
Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario General de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
Madrid, 2 de marzo de 2007.-El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.
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