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Documento BOE-A-2007-5820

Resolución de 5 de marzo de 2007, de la Dirección General de Costas, por la que se publica el Protocolo General entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña para la gestión sostenible del espacio ocupado por las instalaciones de Radio Liberty.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2007, páginas 11820 a 11821 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2007-5820

TEXTO ORIGINAL

Suscrito, con fecha 29 de diciembre de 2006, el Protocolo General entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalidad de Cataluña para la Gestión sostenible del espacio ocupado por las instalaciones de Radio Liberty e incorporado al Dominio Público Marítimo-Terrestre en Pals (Girona), y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de dicho convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 5 de marzo de 2007.-El Director General de Costas, José Fernández Pérez.

ANEXO Protocolo General entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalidad de Cataluña para la gestión sostenible del espacio ocupado por las instalaciones de Radio Liberty e incorporado al Dominio Público Marítimo-Terrestre en Pals (Girona)

REUNIDOS

De una parte, la. Sra. Ministra de Medio Ambiente, doña Cristina Narbona Ruiz, nombrada por RD 558/2004, de 17 de abril, en el ejercicio de las competencias propias del cargo que ostenta y en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de Abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra parte, el Consejero de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalidad de Cataluña, don Francesc Baltasar Albesa, nombrado por Decreto 86/2006, de 21 de abril, en el ejercicio de las competencias propias del cargo que ostenta. En la calidad en que cada uno interviene, se reconocen recíprocamente capacidad para el otorgamiento del presente Protocolo General, a cuyo efecto

MANIFIESTAN

El Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalidad de Cataluña tienen intención de colaborar en la gestión integral de esa parte del litoral catalán, conscientes como son de que un tratamiento sostenible del espacio litoral debe abordarse de modo concertado y consensuado entre las Administraciones Públicas concernidas.

Por otra parte, una vez incorporada al Dominio Público marítimo-terrestre la parcela ocupada por las antiguas instalaciones de Radio Liberty en el término municipal del Pals, por parte de la Administración General del Estado, se considera imprescindible que ese espacio reciba el tratamiento adecuado de modo que, no sólo se garantice su preservación ambiental y su restauración donde sea necesario, sino que, además, también se posibilite el adecuado uso y disfrute de dicho espacio por parte del todos los ciudadanos. De hecho, la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente redactó el «Proyecto de demolición de antenas y retirada de diversas instalaciones en el recinto de Radio Liberty, en el T.M. de Pals (Girona)», proyecto en virtud del cual ya se ha llevado a cabo la demolición de las antenas. El Ministerio de Medio Ambiente es competente para la determinación, protección, utilización y policía del dominio público marítimo-terrestre, tal y como establece la Ley 22/1988 de Costas, a cuyo amparo desarrolla una política de recuperación de las áreas costeras y defensa del dominio público marítimo-terrestre, con el objetivo de mejorar su calidad medioambiental y garantizar el uso público de los espacios cercanos al mar. Por su parte, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Cataluña, aprobado por Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, atribuye a la Generalidad de Cataluña competencia exclusiva en materia de ordenación del litoral y espacios naturales, así como también competencia compartida en materia de protección del medio ambiente y para el establecimiento de normas adicionales de protección. Existe una propuesta de ampliación de la Red Natura 2000 llamada: Riberes del Baix Ter-Aiguamolls del Baix Empordà, aprobada por el Gobierno de la Generalitat el 5 de septiembre de 2006 y se proponen como Lugar de Interés Comunitario (LIC) y ZEPA (Zona de Especial Protección para las Aves) con una superficie aproximada de 47 ha. La parcela anteriormente ocupada por las instalaciones de Radio Liberty ocupan un 80 % del mencionado espacio de Natura 2000. La Generalitat de Catalunya, a través del Departamento de Medio Ambiente y Vivienda, está impulsando la creación del parque natural del Montgrí, les Medes y el Baix Ter. La totalidad del espacio ocupado por Radio Liberty se incluye en el anteproyecto de Parque Natural del Montgrí-Medes-Baix Ter con la calificación de parque natural. El Ministerio de Medio Ambiente se ha comprometido con el impulso de una gestión sostenible, integrada y concertada del litoral, que desarrolla como criterios fundamentales de actuación la protección y conservación del litoral, y la recuperación y transformación del borde marítimo cuando sea preciso para garantizar el acceso y uso público de la costa. Estos objetivos son compartidos por las instancias firmantes del presente Protocolo General. Un paso básico para conseguir esta adecuación sostenible del litoral lo constituyen las acciones concertadas y coordinadas con las Administraciones competentes en aras a conseguir una adecuada ordenación de ese tramo de costa. Ello en el marco creado por el legítimo ejercicio de las respectivas competencias por las Administraciones intervinientes. En consecuencia, y dentro del marco jurídico que supone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que prevé, de acuerdo con lo dispuesto en su artículo 6.4, la posibilidad de que la Administración General del Estado celebre Convenios de Colaboración -Protocolos Generales-con otras Administraciones territoriales, en el ámbito de sus respectivas competencias, han decidido establecer las pautas que han de regir la colaboración de las Administraciones intervinientes.

Por todo ello, se firma el presente Protocolo General, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Protocolo General tiene como objeto establecer el marco de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalidad de Cataluña, cada una en ejercicio de sus propias competencias, con el fin de dispensar al espacio recientemente incorporado al Dominio Público marítimo-terrestre, situado en el municipio de Pals y ocupado por las antiguas instalaciones del Radio Liberty, el adecuado tratamiento, tanto de cara a garantizar la preservación de sus valores naturales y culturales, como de cara a garantizar un acceso público racional y ordenado que resulte compatible con su conservación.

Las partes firmantes manifiestan su intención de realizar las actuaciones necesarias para cumplir el objeto de este Protocolo, que se enumeran en las cláusulas siguientes. Segunda.-El Ministerio de Medio Ambiente, en el ámbito de sus competencias, se compromete a llevar a cabo todas cuantas acciones requiera el adecuado tratamiento ambiental de ese tramo de costa y también a efectuar en él las inversiones que se consideren necesarias para garantizar, tanto la óptima conservación del mismo, como su uso público, en el marco de sus programas presupuestarios propios. En ese marco, el Ministerio de Medio Ambiente ya ha puesto en marcha el «Proyecto de demolición de antenas y retirada de diversas instalaciones en el recinto de Radio Liberty, en el T.M. de Pals (Girona)» y tramitará, ejecutará y financiará en el futuro el proyecto que resulte necesario para la restauración ambiental del espacio y el derribo del resto de las edificaciones, con un importe máximo de dos millones de euros. Tercera.-La Consejería de Medio Ambiente y Vivienda, en el ámbito de sus competencias, se compromete a efectuar cuantas acciones se estimen pertinentes para garantizar una gestión sostenible del espacio recientemente incorporado al Dominio Público marítimo terrestre, en especial, de cara a culminar el proceso que conducirá a su declaración como Parque Natural. En ese sentido, la Generalitat, a través de la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda, se compromete a iniciar de inmediato la inclusión de la finca de Radio Liberty en el ámbito del Parque del Montgrí, les Medes y el Baix Ter. Las edificaciones que de común acuerdo no sean derribadas serán gestionadas por la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda pudiéndose dedicar exclusivamente a uso público gratuito por sí mismo o por terceros en materia de índole ambiental. Las obras que requieran la adecuación de estas instalaciones deberán ser aprobabas por la Comisión Técnica de Coordinación y Seguimiento, al igual que cualquier otra actuación que implique una transformación física significativa del espacio. La Generalitat se hará cargo de los gastos de mantenimiento y vigilancia de las edificaciones y del espacio en cuestión una vez ejecutado el proyecto de demolición y adecuación de los edificios, y de restauración del espacio. Cuarta.-Las partes, previa tramitación del procedimiento que corresponda, se comprometen a, en su caso, suscribir en el futuro los convenios de colaboración sobre materias concretas que se consideren necesarios para cumplir con los objetivos del presente Protocolo. En todo caso las partes se comprometen a acordar las edificaciones que se deben mantener y las que serán derribadas, así como el proyecto de restauración ambiental del espacio. Quinta.-Se crea una Comisión Técnica de Coordinación y Seguimiento que estará integrada por dos representantes del Ministerio de Medio Ambiente y dos de la Consejería de Medio Ambiente y Vivienda. Su cometido, además de la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de este protocolo, será:

Garantizar el intercambio de información entre ambas Administraciones.

Establecer los mecanismos de coordinación, impulso y control de las actuaciones derivadas de este Protocolo Informar las posibles incidencias en la ejecución de los trabajos y modificaciones en la ejecución de los proyectos, con o sin incidencia contractual. Solventar las posibles discrepancias que puedan plantearse en la ejecución de este Protocolo.

Sexta.-Este Protocolo tiene naturaleza administrativa y se regirá por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por la legislación vigente sobre la materia objeto del mismo y, en su defecto, por la legislación de contratos del Estado y demás normas de derecho administrativo.

Séptima.-El presente Protocolo tendrá una vigencia indefinida que se iniciará a partir de la firma del mismo. Octava.-Serán causas de resolución de este Protocolo:

El mutuo acuerdo de las partes.

El incumplimiento de las cláusulas contenidas en el mismo.

Y, en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo por duplicado en Madrid a 29 de diciembre de 2006.-La Ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona Ruiz.-El Consejero de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalidad de Cataluña, Francesc Baltasar Albesa.

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