Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Pueyo Rojas, con los informes del Ministerio Fiscal y del tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Teruel, sección primera, en sentencia de 15 de mayo de 2006, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 1.862 euros, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de diciembre de 2006,
Vengo en conmutar a don Miguel Angel Pueyo Rojas la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, el 15 de diciembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia, JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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