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Documento BOE-A-2008-19859

Resolución de 29 de octubre de 2008, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se publica la segunda Adenda del año 2008 al Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo del programa Ciudadanía Digital, en el ámbito del Plan Avanza.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 8 de diciembre de 2008, páginas 49163 a 49167 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2008-19859

TEXTO ORIGINAL

Suscrita la segunda adenda del año 2008 al convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del programa Ciudadanía digital, en el ámbito del Plan Avanza, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación de la citada adenda, cuyo texto figura a continuación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 29 de octubre de 2008.-El Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Francisco Ros Perán.

SEGUNDA ADENDA DEL AÑO 2008 AL CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA CIUDADANÍA DIGITAL EN EL ÁMBITO DEL PLAN AVANZA

En Madrid, a 4 de julio de 2008.

REUNIDOS

De una parte, el Sr. Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Don Francisco Ros Perán, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 562/2008, de 21 de abril, y actuando en el ejercicio de las atribuciones delegadas por el titular del Departamento de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo.1) de la Orden ITC/1332/2008, de 12 de mayo, por la que se delegan competencias del Ministro de Industria, Turismo y Comercio y por la que se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos superiores y directivos del departamento.

De otra parte, D. Fernando Xabier Blanco Álvarez, Conselleiro de Innovación e Industria, según nombramiento efectuado por el Decreto 213/2005, de 3 de agosto, por el que se nombran los titulares de los departamentos de la Xunta de Galicia en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 febrero, de la Xunta y de su Presidencia, modificada por la Ley 12/2007, de 27 de julio. Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento.

MANIFIESTAN

I. Que el Plan Avanza responde al mandato que la Comisión Europea realiza en los Estados Miembros en su Plan i2010 «Una SI Europea para el crecimiento y la ocupación», publicado el 31 de mayo de 2005, para que elaboren antes de final de año, los Programas de Reformas Nacionales donde definan sus prioridades para la Sociedad de la Información (SI) en línea con las Orientaciones Integradas para el Crecimiento y la Ocupación adoptadas para la Comisión Europea, en abril de 2005.

II. Las Administraciones que suscriben esta Adenda al Convenio Marco de Colaboración firmado con fecha 16 de junio de 2006 son competentes para ejercer el desarrollo de la Sociedad de la Información. El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en el ámbito del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia en su ámbito territorial:

a. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la Sociedad de la Información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

b. A la Consellería de Innovación e Industria de la Xunta de Galicia le corresponden las políticas autonómicas en relación con elaboración, propuesta, coordinación, ejecución y control de los programas destinados a promover y fomentar la implantación de la sociedad de la información y el impulso de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones en todos los ámbitos de la actividad económica y social de la Comunidad Autónoma de Galicia c. Que en el convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Plan Avanza se prevé la firma de Adendas anuales para la ejecución de su objeto.

III. El Plan Avanza se desarrolla mediante el ejercicio de las citadas competencias en el grado que se considere conveniente; bien mediante el desarrollo de actividades completas o actuaciones complementarias a otras; observándose en todo caso el régimen competencial de las Administraciones Públicas.

IV. El Interés de la Comunidad Autónoma en el desarrollo de actuaciones del Plan Avanza y del Programa Hogar e Inclusión de los Ciudadanos cuyas actuaciones están encaminadas a lograr un desarrollo efectivo de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma, promoviendo aquellas acciones que faciliten e impulsen la incorporación de toda la sociedad a los nuevos recursos tecnológicos de la información y de las comunicaciones y la implicación de los ciudadanos gallegos en la utilización de las novas tecnologías como factor generador de nuevas capacidades, de empleo y de desarrollo económico V. Que el Programa Ciudadanía Digital enmarcado en el área de actuación de «Hogar e Inclusión de Ciudadanos» del Plan Avanza, se orienta a incrementar el número de usuarios de Internet. Con tal fin, las actuaciones incluidas en este Programa deberán dirigirse a los siguientes objetivos:

Promover la incorporación de banda ancha en nuevos hogares especialmente en el mundo rural. El MITYC ha puesto en marcha en colaboración con las CC.AA. un plan de banda ancha en zonas rurales y aisladas (EBA). Aunque la disponibilidad de infraestructuras en España está en unos niveles comparables a los países de nuestro entorno, el uso de la banda ancha en zonas rurales es muy reducido. Por tanto, es necesario realizar actuaciones que promuevan el uso de la banda ancha en estas zonas.

Incrementar las infraestructuras de acceso público y gratuito para ciudadanos con necesidades especiales, para asegurar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet. Incorporar en sus planes de formación la formación en TIC dirigida a agentes de desarrollo local y promover su contratación como agentes dinamizadores de los centros de acceso público y gratuito. La actuación permitiría llevar a cabo actividades de alfabetización digital de manera continua. Incorporar la accesibilidad como condición indispensable de las actuaciones que ponga en marcha la Comunidad Autónoma. Potenciar actuaciones dirigidas a los centros de personas en situación de dependencia mediante la incorporación de soluciones TIC que favorezcan la vida independiente con el criterio de universalidad, alta calidad y sostenibilidad en el tiempo. Promover la prestación de servicios que incluyan la formación y el asesoramiento de Internet en los hogares. Difusión y divulgación, mediante campañas adecuadas, de las ventajas de utilización de Internet de banda ancha, y de las herramientas disponibles para financiar la adquisición de equipamiento informático.

En virtud de lo expuesto y con la finalidad de concretar esta colaboración, las partes acuerdan la suscripción de esta Adenda que se rige por los siguientes acuerdos.

ACUERDOS

Primero. Objeto.-El objeto de esta Adenda es determinar las condiciones de cooperación, colaboración y cofinanciación entre el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo del Programa Ciudadanía Digital en el marco del Plan Avanza, que se concretan en la ejecución de las actividades y programas detallados en el Anexo de esta Adenda.

Segundo. Compromisos de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.-La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Proponer el marco de actuación en el que se desarrollarán las medidas ejecutadas por las Comunidades Autónomas en cumplimiento del Programa. La Oficina Técnica para el seguimiento y análisis de todas las actividades que se desarrollen en el marco del ejercicio del Plan Avanza. Participación de representantes del MITYC en las actividades de difusión, divulgación y marketing del Programa Ciudadanía Digital en la Comunidad Autónoma de Galicia a petición de la propia Comunidad. Gestionar la página web del Plan Avanza (www.planavanza.es) que contiene las acciones llevadas a cabo por las Comunidades Autónomas, sus resultados y el análisis de su impacto.

Tercero. Compromisos de la Comunidad Autónoma.-La Comunidad Autónoma de Galicia se compromete por la presente Adenda a realizar las siguientes acciones:

Aportar las cuantías económicas recogidas en el apartado Quinto.

Ejecutar las actuaciones descritas en el documento anexo de la presente Adenda. Las actividades de difusión y divulgación del Programa Ciudadanía Digital en la propia Comunidad. Podrá contar para ello con la participación y colaboración de representantes del MITYC. En todas las medidas que se desarrollen en el ámbito del Programa Ciudadanía Digital, así como en las actuaciones y proyectos que se ejecuten del mismo, deberán hacerse mención expresa de la cofinanciación y colaboración entre el MITYC y la Comunidad Autónoma. Asimismo la Comunidad Autónoma informará a los beneficiarios de que las actuaciones y proyectos ejecutados cuentan con financiación del MITYC.

El logotipo del MITYC, del Plan Avanza y de FEDER, en su caso, y la dirección de la página web del Plan Avanza deberán exhibirse en todas las actividades y actos que se realicen para el desarrollo de esta Adenda.

Cuarto. Gestión y ejecución.-La gestión del desarrollo de la Adenda al Convenio Marco de Colaboración suscrito entre Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y la Comunidad Autónoma de Galicia con fecha 16 de junio de 2006 para el desarrollo del Plan Avanza y la ejecución de las acciones necesarias para llevar a cabo el objeto definido en el apartado uno se ajustarán a la regulación establecida en el precitado Convenio Marco. En particular,

La Comunidad Autónoma podrá ejecutar los compromisos que adquiere en virtud de esta Adenda, directamente o a través de un Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de dicha Comunidad Autónoma. Las encomiendas de gestión que realice la Comunidad Autónoma para la ejecución de los compromisos anteriores deberán cumplir lo estipulado en el Artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y por lo dispuesto en la normativa de contratación pública.

Los contratos que se establezcan en el ámbito de esta Adenda por la Comunidad Autónoma o por parte de dicho Ente de Derecho Público o una Empresa Pública de la Comunidad Autónoma, deberán cumplir los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación y se regirán por lo dispuesto en la normativa contractual pública. Las ayudas que se concedan al amparo de esta Adenda, por cualquier procedimiento en vigor legalmente establecido, seguirán lo establecido en el marco de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento que la desarrolla y normativa autonómica reguladora de las subvenciones en su caso.

Quinto. Financiación.-La financiación de las actuaciones para el año 2008, se distribuirá entre las Administraciones firmantes, de la siguiente manera:

Año 2008

Financiadores

Aportaciones económicas - (€)

MITYC

1.842.077

Comunidad Autónoma de Galicia

1.229.000

Total Administraciones Públicas

3.071.077

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio transferirá a la Comunidad Autónoma de Galicia, a la firma de la presente Adenda, los fondos de cofinanciación correspondientes, 1.842.077 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.14.467I.759 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.

Las aportaciones económicas de la Comunidad Autónoma de Galicia serán satisfechas con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

Partida presupuestaria

Actuación

Importe - (€)

Año

10.04.571A.744.0

Actuación 5: Ayudas dirigidas a la promoción del acceso a ordenadores portátiles por los alumnos de las universidades gallegas.

500.000

2008

10.04.571A.770.0

Actuación 6: Ayudas dirigidas a la promoción del acceso a ordenadores por los trabajadores por cuenta propia.

729.000

2008 2009

Para realizar la justificación de estos importes en el periodo correspondiente, el MITyC podrá recabar todas las facturas, justificantes de pago y cualquier otra documentación que estime oportuna.

Esta financiación es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Sexto. Competencias de la Comisión Bilateral.-La Comisión Bilateral definida en la cláusula séptima del Convenio Marco de Colaboración firmado tiene entre sus competencias resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran suscitarse, así como precisar, detallar o determinar el alcance de las actividades técnicas que conforman las actuaciones a realizar y que no estuvieran descritas y detalladas en el presente Anexo. Asimismo, corresponde a la Comisión el control y seguimiento del Programa Ciudadanía Digital, la supervisión y aprobación de los informes de progreso de las actividades y de los estados de gastos, así como de su justificación documental que la Comunidad Autónoma de de Galicia presente, quedando todo ello reflejado en las actas correspondientes. Séptimo. Duración.-Esta Adenda entrará en vigor desde la fecha de su firma y tendrá una vigencia de un año. Este plazo podrá ser prorrogado por períodos anuales por acuerdo expreso de todas las partes mediante las oportunas adendas de prórroga. Octavo. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.-La presente Adenda tiene carácter administrativo y se considera incluida en el artículo 3.1.c) aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, vigente hasta el 30 de abril de 2008 y, a partir de entonces, el artículo 4.1 c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, quedando fuera de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios del citado Real Decreto Legislativo y de la Ley 30/2007 para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo. El régimen jurídico aplicable a la presente adenda es el establecido en el Título Primero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La resolución de las controversias que puedan plantearse sobre la interpretación y la ejecución de esta Adenda, deberán solucionarse de mutuo acuerdo entre las partes, en el seno de la Comisión bilateral del convenio marco. Si no se pudiera llegar a ningún acuerdo, las posibles controversias se deberían resolver de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa. Noveno. Causas de resolución y efectos.-La presente Adenda se podrá resolver por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o dificulten el cumplimiento de las estipulaciones que constituyan su contenido, previa denuncia con un plazo de dos meses de antelación. En el caso de extinción de la Adenda por las causas indicadas anteriormente o por la expiración del plazo de vigencia, se realizará la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta el momento, sin interrumpir las actuaciones que se estén ejecutando hasta su completa finalización.

Y en prueba de conformidad, se firma la presente Adenda por duplicado y a un sólo efecto en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

ANEXO

PROGRAMA CIUDADANÍA-DIGITAL

Descripción de las actuaciones

Actuación 1. Ayudas dirigidas a entidades sin ánimo de lucro y a empresas privadas para promover la producción y publicación de contenidos digitales en red en la comunidad autónoma de galicia

1. Descripción.-Se convocará una línea de ayudas para la producción y publicación en red de contenidos digitales (publicación de contenidos ya existentes o producción y publicación de nuevos contenidos), en régimen de concurrencia competitiva. Serán beneficiarios de esta línea de ayudas, las entidades sin ánimo de lucro o las empresas privadas que desarrollen contenidos para Internet, televisión digital interactiva y redes móviles.

Podrán ser objeto de subvención los proyectos de producción o publicación de contenidos digitales en idioma gallego entendiendo por tales las producciones constituidas por un conjunto de informaciones representadas en múltiples soportes expresivos (texto, sonido, imagen estática o en movimiento y codificadas digitalmente). Serán objeto de subvención los proyectos para Internet, se contemplan así mismo versiones adicionales para redes de dispositivos móviles y televisión digital interactiva. No serán objeto de subvención las obras de consulta, las herramientas e servicios de software, los proyectos institucionales o webs corporativas, las traducciones de productos existentes o los contenidos meramente informativos. 2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Mediante esta convocatoria se buscan nuevos proyectos tractores do uso de la Sociedad de la Información entre a ciudadanía gallega, favorecer el acceso de la ciudadanía a la red mediante el incremento de contenidos especialmente relacionados con la lengua y la cultura propia de Galicia, reforzando la producción de contenidos digitales, innovadores y de calidad, fomentando la creatividad y la innovación. Mediante diferentes tipologías de ayudas se pretenden por una parte la publicación en Internet de distintos proyectos asociativos de pequeña o mediana dimensión realizados en los últimos años (exposiciones, talleres, publicaciones, etc.) que no tiene reflejo actualmente en la red, en este caso será objeto de la ayuda sólo los costes de edición y publicación en Internet excluyendo los costes de producción al tratarse de contenidos ya existentes en otros formatos. Otra de las categorías busca la producción y publicación de contenidos en la red, tanto por parte de asociaciones como empresas, de proyectos de especial interés social en temáticas dirigidas a diferentes colectivos (inmigrantes y emigrantes, discapacitados, personas mayores, igualdad de género, etc.) o proyectos de especial interés cultural y patrimonial (cultura inmaterial, idioma gallego, georeferenciación, etc.) 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.

N.º de ayudas concedidas.

N.º de entidades sin ánimo de lucro beneficiadas. N.º de empresas beneficiadas. N.º de proyectos subvencionados.

4. Aportaciones económicas.

Euros

MITYC

1.000.000

Xunta de Galicia

-

Total

1.000.000

5. Justificación de las inversiones y su plazo.

Euros

Xunta de Galicia

1.000.000

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación.-Dirección Xeral de Promoción Industrial e da Sociedade da Información de la Consellería de Innovación e Industria.

Actuación 2. Convocatoria de premios al desarrollo de nuevos contenidos para internet

1. Descripción.-Esta actuación se plasma en la convocatoria de premios al desarrollo de los mejores contenidos para Internet especialmente relacionados con la lengua y la cultura gallegas. Podrán ser beneficiarios de estos premios tanto las personas físicas como las entidades sin ánimo de lucro, a excepción de las asociaciones empresariales, que hayan desarrollado contenidos que merezcan ser destacados por su creatividad y calidad.

2. Objetivos que pretende alcanzar o desenvolvemento de la actuación.-El objetivo que se pretende alcanzar con esta convocatoria de premios, es fomentar el desarrollo de contenidos para Internet, especialmente relacionados con la cultura y la lengua gallegas, que sean destacables en los aspectos de creatividad y de calidad, y que sirvan como elementos tractores del desarrollo de la Sociedad de la Información en Galicia. Los contenidos premiados en ningún caso difundirán contenidos nocivos, entendiendo por tales aquellos que hacen un uso exagerado y gratuito de la violencia física, psíquica y verbal. En ningún caso se premiarán contenidos que no respeten el derecho de las personas, su propia intimidad e imagen, los que inculquen expresiones o testimonios vejatorios o lesivos por la condición personal de los individuos. También se considerarán contenidos nocivos, y por consiguiente no podrán ser objeto de premio, aquellos que presenten a las mujeres como inferiores en dignidad humana en función de su género o como meros objetos sexuales así como cualquier contenido que incite o banalice la violencia de género. Los premios se agruparán por categorías, en función del colectivo al que va específicamente destinado el contenido desarrollado: niños, jóvenes, personas mayores, etc. 3. Medición con indicadores al final de desarrollo de la medida.-Número de premios concedidos en cada una de las categorías convocadas. 4. Aportaciones económicas.

Euros

MITYC

162.000

Xunta de Galicia

-

Total

162.000

5. Justificación de las inversiones y su plazo.

Euros

Xunta de Galicia

162.000

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación.-Dirección Xeral de Promoción Industrial e da Sociedade da Información de la Consellería de Innovación e Industria.

Actuación 3. Convenios de colaboración con los colegios profesionales en galicia para el desarrollo de actuaciones de fomento de la sociedad de la información

1. Descripción.-Esta actuación se plasma en la firma de convenios de colaboración entre la Consellería de Innovación e Industria y los colegios profesionales implantados en Galicia, cuya finalidad será el fomento de actuaciones dirigidas al desarrollo de la Sociedad de la Información en Galicia, bien a través de los propios colegiados o dirigidos al conjunto de la ciudadanía gallega.

2. Objetivos que pretende alcanzar o desenvolvemento de la actuación.-La Consellería de Innovación e Industria pretende, con esta actuación, lograr un desarrollo efectivo de la Sociedad de la Información en la Comunidad Autónoma de Galicia, promoviendo aquellas acciones que faciliten e impulsen la incorporación de toda la sociedad a los nuevos recursos tecnológicos de la información e de las comunicaciones y la implicación de los ciudadanos gallegos en la utilización de las novas tecnologías como factor generador de nuevas capacidades, de empleo e, de modo singular, de desarrollo económico. A estos efectos, considera adecuado la colaboración con los colegios profesionales para a realización de actuaciones dirigidas a este fin. 3. Medición con indicadores al final de desarrollo de la medida.-N.º de convenios firmados. 4. Aportaciones económicas.

Euros

MITYC

280.077

Xunta de Galicia

-

Total

280.077

5. Justificación de las inversiones y su plazo.

Euros

Xunta de Galicia

280.077

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación.-Dirección Xeral de Promoción Industrial e da Sociedade da Información de la Consellería de Innovación e Industria

Actuación 4. Actuaciones realizadas por entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de acciones de promoción y difusión de la sociedad de la información

1. Descripción.-A través de esta actuación se financiarán iniciativas dirigidas a la promoción y difusión de la Sociedad de la Información en Galicia. Podrán ser beneficiarios las entidades de derecho público y privado, sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, con excepción de las Administraciones Públicas territoriales previstas en el artículo 2.1 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Objetivos que pretende alcanzar el desarrollo de la actuación.-Esta línea de actuación persigue el objetivo de financiar, entre otros, proyectos encaminados a la promoción de la sociedad de la información y a la organización y celebración de eventos en ese ámbito, tales como jornadas, sesiones de demostración práctica del uso de Internet, conferencias o congresos de profesionales especializados, que tengan por objeto la promoción y difusión de materias relacionadas con las infraestructuras y servicios de telecomunicaciones y las tecnologías de la información y la sociedad de la información en general. 3. Medición con indicadores al final del desarrollo.

N.º de entidades sin ánimo de lucro beneficiadas.

N.º de actuaciones subvencionadas.

4. Aportaciones económicas.

Euros

MITYC

400.000

Xunta de Galicia

-

Total

400.000

5. Justificación de las inversiones y su plazo.

Euros

Xunta de Galicia

400.000

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación.-Dirección Xeral de Promoción Industrial e da Sociedade da Información de la Consellería de Innovación e Industria

Actuación 5. Ayudas dirigidas a la promoción del acceso a ordenadores portátiles por los alumnos de las universidades gallegas

1. Descripción.-Esta actuación se plasma en la firma de un convenio de colaboración entre la Consellería de Innovación e Industria y las tres universidades públicas gallegas, cuya finalidad será facilitar a la comunidad universitaria el acceso a los servicios y contenidos de internet y de las intranets universitarias.

2. Objetivos que pretende alcanzar o desenvolvemento de la actuación.-El objeto de este convenio de colaboración será el desarrollo de un programa de ayudas para la adquisición de ordenadores portátiles con conectividad inalámbrica para estudiantes universitarios, como continuación a una actuación iniciada en mayo de 2004, y continuada hasta la actualidad, que tiene como finalidad el fomento de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones mediante el despliegue de infraestructuras inalámbricas en las universidades y la promoción del acceso a ordenadores portátiles por los alumnos universitarios. 3. Medición con indicadores al final de desarrollo de la medida.-N.º de ayudas concedidas y de universitarios beneficiados. 4. Aportaciones económicas.

Euros

MITYC

0

Xunta de Galicia

500.000

Total

500.000

5. Justificación de las inversiones y su plazo.

Euros

Xunta de Galicia

500.000

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación.-Dirección Xeral de Promoción Industrial e da Sociedade da Información de la Consellería de Innovación e Industria.

Actuación 6. Ayudas dirigidas a la promoción del acceso a ordenadores por los trabajadores por cuenta propia

1. Descripción.-La Dirección Xeral de Promoción Industrial e da Sociedade da Información de la Consellería de Innovación e Industria procederá a la convocatoria de ayudas para la promoción del acceso a la Sociedad de la Información en Galicia, entre los trabajadores por cuenta propia dados de alta en el Régimen especial de Trabajadores Autónomos

2. Objetivos que pretende alcanzar o desenvolvemento de la medida.-Esta actuación pretende estimular y ordenar la introducción plena y el desarrollo sostenible de la Sociedad de la Información en Galicia; introducción plena e desarrollo que, más allá de los tópicos sobre la deseable generalización del uso de las nuevas tecnologías, deben generar riqueza que se manifieste en creación de puestos de trabajo; contribuir a que los autónomos sean más productivos y competitivos, a alcanzar más bienestar, igualdad social, cohesión territorial, y mejor calidad de vida. 3. Medición con indicadores al final de desarrollo de la medida.-N.º ayudas concedidas y número de trabajadores beneficiarios 4. Aportaciones económicas.

Euros

MITYC

-

Xunta de Galicia año 2008

659.400

Xunta de Galicia año 2009

69.600

Total

729.000

5. Justificación de las inversiones y su plazo.

Euros

Xunta de Galicia

729.000

6. Delegado responsable de la coordinación y seguimiento de la actuación.-Dirección Xeral de Promoción Industrial e da Sociedade da Información de la Consellería de Innovación e Industria

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