Está Vd. en

Documento BOE-A-2008-3157

Orden APA/405/2008, de 6 de febrero, por la que se modifica la Orden APA/36/2003, de 13 de enero, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2008, páginas 9874 a 9875 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2008-3157
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2008/02/06/apa405

TEXTO ORIGINAL

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente. La Orden APA/36/2003, de 13 de enero, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, estableció los datos esenciales de estos ficheros. Esta Orden es modificada por la presente disposición con el fin de modificar el fichero n.º 60 «sistema de gestión de establecimientos en el sector de la alimentación animal (SILUM) e incluir dos nuevos ficheros, uno sobre los «libros genealógicos de équidos» y otro sobre Comercio exterior ganadero (CEXGAN). La presente disposición ha sido sometida a consulta de las comunidades autónomas y de las entidades representativas de los intereses de los sectores afectados, y ha sido informada por la Comisión Ministerial de Administración Electrónica y la Agencia Española de Protección de Datos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.h) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden APA/36/2003, de 13 de enero, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El anexo de la Orden APA/36/2003, de 13 de enero, por la que se regulan los ficheros de datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se modifica de la forma siguiente: Uno.-Se sustituye el fichero número 60 «Sistema de gestión de establecimientos en el sector de la alimentación animal (SILUM)», por el se relaciona en el anexo I.

Dos.-Se añaden los ficheros de datos de carácter personal números 63 «Libros genealógicos de équidos» y 64 «Comercio Exterior Ganadero (CEXGAN)», que se relacionan en el anexo II.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 6 de febrero de 2008.-La Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Elena Espinosa Mangana.

ANEXO I Modificación de ficheros

«Fichero número 60: Sistema informático de registro de establecimientos en la alimentación animal. (SILUM).

Unidad responsable de la declaración y registro del fichero: la Subdirección General de Medios de Producción Ganaderos dependiente de la Dirección General de Ganadería. Finalidad: registro de los establecimientos en el sector de la alimentación animal bajo la responsabilidad de las personas físicas o jurídicas, explotadores de empresas de piensos, lo que permitirá la rápida identificación de los mismos cuando se realicen controles y la correcta trazabilidad de los piensos. Registro de Inspecciones del Programa de Control Oficial en la alimentación animal. Registro de laboratorios en la alimentación animal. Registro de los datos de producción por Comunidades Autónomas. Registro de importadores y exportadores. Comunicación de alertas en alimentación animal entre Comunidades Autónomas y MAPA e inspectores de los Puntos de Entrada. Personas y colectivos afectados: todo explotador de empresa de piensos, que radique en España y cuyos establecimientos deban estar autorizados o registrados, incluidos importadores y exportadores. Procedimientos de recogida de datos: aportados por el propio interesado ante los Órganos competentes de las Comunidades Autónomas, Ciudades de Ceuta y Melilla, o Dirección General de Ganadería del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Estructura básica del fichero, y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluido en el mismo: datos de carácter identificativo de los agentes del sector de la alimentación animal (nombre y apellidos o razón social, CIF/NIF, domicilio, localidad, teléfono, fax y dirección de correo electrónico). Datos de los establecimientos previstos en la normativa vigente. Cesiones de datos de carácter personal y transferencias internacionales de datos: a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla que desempeñen las competencias relacionadas con las finalidades que justifican en cada caso la existencia del fichero (artículo 21.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal). A la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y a la Comisión europea en el ámbito de sus competencias. Asimismo, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en conformidad con la normativa comunitaria. Órgano responsable: Subdirección General de Medios de Producción Ganaderos. Dirección General de Ganadería. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Subdirección General de Medios de Producción Ganaderos. Dirección General de Ganadería, calle Alfonso XII, 62. Madrid, para los importadores o exportadores, y autoridades competentes en el resto de los casos. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: nivel básico. Unidad responsable de la declaración y registro del fichero: Dirección General de Ganadería.»

ANEXO II Creación de ficheros

Fichero número 63: Libros genealógicos de équidos.

Finalidad y usos: gestión de Libros Genealógicos de équidos de acuerdo con el Real Decreto 662/2007, de 25 de mayo, sobre selección y reproducción de ganado equino de razas puras. Personas y colectivos afectados: toda persona física o jurídica titular de caballos de razas puras equinas inscritos en el Libro Genealógico correspondiente. Procedimientos de recogida de datos: aportados por el propio interesado a la entidad gestora del Libro. Estructura básica del fichero-base de datos: datos de carácter identificativo de los titulares de caballos (nombre y apellidos o razón social, CIF/NIF, domicilio, localidad, teléfono, fax y dirección de correo electrónico). Datos de la ganadería. Cesiones de datos de carácter personal y transferencias internacionales de datos: a las Autoridades Competente de las Comunidades Autónomas donde radique el establecimiento, en el ámbito de sus competencias en materia de Libros Genealógicos y, previo consentimiento de los afectados, a las Asociaciones de Criadores de Razas Puras, a los Departamentos Universitarios de Genética, Federación Española de Asociaciones de Ganado Selecto (FEAGAS) y a las diferentes federaciones hípicas, en el ámbito de sus funciones. Órgano responsable: Subdirección General de Medios de Producción Ganaderos. Dirección General de Ganadería. Encargado del tratamiento: las asociaciones u organizaciones de criadores de équidos reconocidas para la llevanza de libros genealógicos de razas puras. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Subdirección General de Medios de Producción Ganaderos. Dirección General de Ganadería, calle Alfonso XII, 62. Madrid. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: nivel básico. Unidad responsable de la declaración y registro del fichero: Dirección General de Ganadería.

Fichero número 64. Comercio Exterior Ganadero (CEXGAN).

Finalidad y usos: solicitud de certificados sanitarios de exportación de productos ganaderos a terceros países. Personas y colectivos afectados: toda persona física o jurídica que desee presentar solicitudes de emisión de certificados sanitarios de exportación de productos ganaderos. Procedimientos de recogida de datos: aportados por el propio interesado. Estructura básica del fichero-base de datos: datos de carácter identificativo de los agentes del sector exportador (nombre y apellidos o razón social, CIF/NIF, domicilio, localidad, teléfono, fax y dirección de correo electrónico). Cesiones de datos de carácter personal y transferencias internacionales de datos: no previstas. Órgano responsable: Subdirección General de Mercados Exteriores y Producciones Porcina, Avícola y Otras. Órgano ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación: Subdirección General de de Mercados Exteriores y Producciones Porcina, Avícola y Otras. Dirección General de Ganadería, calle Alfonso XII, 62, Madrid. Medidas de seguridad con indicación del nivel exigible: nivel básico. Unidad responsable de la declaración y registro del fichero: Dirección General de Ganadería.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 06/02/2008
  • Fecha de publicación: 20/02/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 21/02/2008
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo de la Orden APA/36/2003, de 13 de enero (Ref. BOE-A-2003-1112).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-23750).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid