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Documento BOE-A-2009-11170

Resolución de 1 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Adecuación de diversos elementos de las presas de Castro de las Cogotas y otras en Ávila, Segovia y Valladolid.

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 6 de julio de 2009, páginas 56363 a 56373 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-11170

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, establece en su artículo 3.2 que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto Adecuación de diversos elementos de las presas de Castro de las Cogotas y otras en Ávila, Segovia y Valladolid se encuentra en este supuesto por encontrarse encuadrado en el apartado k del grupo 9 del referido anexo II, por ello, al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, esta Dirección General ha realizado un análisis cuyos elementos fundamentales son:

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.

El proyecto tiene por objeto definir las actuaciones necesarias para adaptar las presas de Castro de Las Cogotas, Fuentes Claras, San José, El Pontón y Linares del Arroyo al Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses, aprobado por Orden Ministerial el 12 de marzo de 1996. Asimismo, se pretende solventar ciertas carencias e irregularidades que se derivan del deterioro natural de las presas por el tiempo transcurrido desde su construcción.

La actuación proyectada se localiza en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en los términos municipales de Castronuño (Valladolid), Maderuelo (Segovia), Palazuelos de Eresma (Segovia), Ávila y Cardeñosa (Ávila).

El promotor y órgano sustantivo es la Confederación Hidrográfica del Duero del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

2. Tramitación y consultas:

De acuerdo con el artículo 16.1 del Real Decreto Legislativo, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 14 de mayo de 2008, la documentación ambiental relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Con fecha 17 de julio de 2008, se inició el periodo de consultas a organismos y entidades. En el cuadro siguiente se muestran los organismos que fueron consultados, marcándose con una «X» aquéllos que han emitido sugerencias:

 

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

X

Delegación del Gobierno en Castilla y León

X

Dirección General de Patrimonio y Bienes Culturales. Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Medio Natural. Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Prevención Ambiental y Ordenación del Territorio. Viceconsejería de Desarrollo Sostenible de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

X

Dirección General de Infraestructuras Ambientales. Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León

Ayuntamiento de Ávila (Ávila)

X

Ayuntamiento de Cardeñosa (Ávila)

Ayuntamiento de Maderuelo (Segovia)

Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma (Segovia)

X

Ayuntamiento de San Ildefonso (Segovia)

Ayuntamiento de Castronuño (Valladolid)

Ecologistas en Acción de Castilla y León

S.E.O./BirdLife

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Hidrología. El Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma considera que el trazado proyectado para la presa del Pontón Alto resulta inadecuado en relación a los objetivos que se persiguen, ya que se trata de un trazado casi circular, de gran longitud, que no enlaza con ningún camino existente y que discurre, en gran parte, por una ladera de pendiente pronunciada, lo que supondría una modificación significativa de la configuración actual del terreno, movimiento de tierras y relleno de materiales en las zonas con una mayor pendiente, con el consiguiente riesgo de desprendimiento y arrastre de sedimentos ladera abajo.

Además, respecto a los caminos de acceso a las galerías, van a generar afecciones significativas en el medio, puesto que se localizan en zonas frágiles, con mayor pendiente, próximas al cauce del río Eresma y van a requerir movimientos de tierra y de maquinaria considerables. Por lo que se propone la instalación de barreras de retención de sedimentos, en las zonas de mayor pendiente, que impidan la llegada al cauce de materiales arrastrados por el agua o por el efecto de la pendiente.

Vegetación. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino indica que, en la fase de replanteo del trazado de tuberías o caminos, se estudien alternativas para evitar desbroces importantes o medidas de transplante de la vegetación arbórea afectada. Además se planificarán revegetaciones en terraplenes y laterales de caminos, utilizando especies autóctonas y adaptadas a las condiciones edáficas e hídricas de la zona.

Por otro lado, la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León considera necesario que:

Aquellos árboles que se encuentran cerca de los viales, en la presa de San José, por los que está previsto que circule la maquinaria, deberán ser protegidos mediante balizamiento y la instalación de elementos de protección.

La red de saneamiento de aguas residuales y la red de abastecimiento, en la presa de Las Cogotas, deberán seguir la traza de sendas o caminos, respetando el arbolado existente. Para ello, se deberá evaluar puntualmente la posibilidad de modificar el trazado cuando la singularidad del árbol o de la masa arbolada lo requieran.

En las labores de revegetación que, en su caso, se pudieran llevar a cabo, y con el fin de evitar la proliferación de especies invasoras o alóctonas, o la introducción de ejemplares enfermos, los materiales forestales de reproducción a utilizar (frutos y semillas, plantas y partes de plantas) cumplirán con lo establecido en el Decreto 54/2007, de 24 de mayo, por el que se regula la comercialización de los materiales forestales de reproducción en la Comunidad de Castilla y León, y su procedencia estará conforme con el Catálogo vigente que los delimita y determina.

Fauna. La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en su escrito determina que:

Se debe estudiar la posibilidad de enterrar las líneas eléctricas.

Se deben utilizar las mejores técnicas disponibles en el empleo de explosivos o en el chorreado de arena, para reducir la afección acústica y de emisiones de partículas; teniendo en cuenta los periodos de cría y nidificación de las especies sensibles como el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), cigüeña negra (Ciconia nigra) o milano real (Milvus milvus).

Se deberá realizar una prospección previa que determine la distribución precisa de los quirópteros, especialmente en las presas del Pontón y de las Cogotas, y establecer las medidas a tener en cuenta en las actuaciones que se lleven cerca de grietas, galerías o paredes.

La malla de los vallados deberá permitir el paso de la fauna y evitar el uso de alambre de espino (en la presa del Castro de las Cogotas). Esta medida también se propone en el escrito de la Delegación del Gobierno en Castilla y León, además de proponer que se establezcan medidas protectoras para minimizar el riesgo de posibles colisiones de diversas rapaces con el mismo, como el águila imperial ibérica, al ser dicha zona un área potencial de campeo de las rapaces.

Se deben emplear las mejores técnicas disponibles en los trabajos de las ataguías para evitar la dispersión de la turbidez y otras contaminaciones generadas por las maquinarias, planificándose un programa de vigilancia para evitar el atrapamiento de la ictiofauna.

Asimismo, la Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León considera necesario el cumplimiento de:

Con el fin de evitar molestias para las aves reproductoras de interés, se evitará la realización de cualquier obra dentro del período comprendido entre el 1 de febrero y el 15 de agosto, en la presa de San José, comunicando al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, con suficiente antelación, la fecha aproximada de inicio y finalización de las obras.

Se minimizará el tiempo en el que el embalse de San José esté parcialmente vacío, debiendo en todo caso permanecer lleno del 1 de febrero al 15 de agosto, período coincidente con la época reproductora de las especies de aves de interés presentes en su entorno.

Teniendo en cuenta que el carrizal de la presa de San José constituye uno de los hábitats de mayor interés para las aves presentes en la zona de especial protección para las aves (ZEPA) riberas de Castronuño, las dimensiones del camino de acceso de maquinaria mencionado se reducirán a lo estrictamente necesario. En cualquier caso, se recomienda la valoración de alternativas de trazado de ese camino que implique la menor afección posible a la superficie del carrizal.

Al menos en las zonas designadas como ZEPA, así como en las coincidentes con el ámbito de aplicación del plan de recuperación del águila imperial ibérica, espacios considerados como zonas de protección a efectos del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, las líneas eléctricas de alta tensión asociadas a las presas y a sus instalaciones accesorias, habrán de ajustarse, cuando sea pertinente su aplicación de acuerdo a lo establecido en su art. 3, a las prescripciones técnicas establecidas de la citada norma. La aplicación de esta medida se recomienda en todos los casos.

Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000 y hábitats de interés comunitario: La Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, en su informe determina que:

Durante el desarrollo de las actuaciones relacionadas con el camino de acceso a la fuente de abastecimiento del poblado y con el sistema de transporte de cargas por carril y polipastos en la presa del Castro de Las Cogotas, se evitará cualquier afección al hábitat de interés comunitario bosques de galería de Salix alba y Populus alba (92A0). Para ello, se procederá a la señalización mediante jalonamiento y balizas de la vegetación de ribera.

Con el objeto de minimizar el impacto de las diferentes acciones del proyecto que impliquen movimientos de tierras o alteraciones de la superficie del suelo, que pudieran afectar a los hábitats incluidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, se deberá restringir, en la medida de lo posible, la superficie afectada, realizando un análisis puntual de cada una de las acciones en este sentido.

El Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma indica en su informe que las actuaciones en la presa del Pontón Alto, afectan a la zona clasificada como área de singular valor ecológico (ASVE) nº 17 riberas, sotos y prados asociados a los ríos Eresma y Milanillos, por lo que el régimen aplicable será el establecido en el artículo 5 de las DOTSE (Directrices de Ordenación de Ámbito Subregional de Segovia y su Entorno, aprobadas por Decreto 75/2005, de 20 de octubre, de la Junta de Castilla y León).

Patrimonio: La Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León señala la necesidad de realizar una prospección arqueológica en las presas del proyecto en las que se realicen movimientos de terreno, antes de la realización de las obras, y ante todo en las presas de Castro de las Cogotas y San José con el fin de establecer, en cada caso, las medidas correctoras oportunas para la protección de los bienes arqueológicos que pudieran verse afectados.

Paisaje: La Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino pone de manifiesto en su informe que:

Se deberá camuflar el repetidor de telefonía móvil y el depósito de poliéster de 10.000 l.

Se debe integrar en una caseta los motores de extracción de agua y los transformadores proyectados, disminuyendo además la afección acústica y el riesgo de electrocuciones respectivamente.

Infraestructuras existentes: El Ayuntamiento de Palazuelos de Eresma determina que, respecto al camino oeste de acceso a la galería, recientemente se han finalizado las obras de construcción de la senda verde del municipio, paseo que discurre por la margen derecha del río Eresma, desde el núcleo del municipio hasta la presa del Pontón Alto. Una parte del trazado del camino oeste de acceso a la galería podría afectar al tramo final de la «senda verde», modificando su acabado final.

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, se le ha sugerido al promotor que los impactos significativos detectados y consistentes en afecciones a distintos espacios naturales, lugares de la Red Natura 2000 y hábitats de interés comunitario pueden ser fácilmente evitados mediante el establecimiento de una serie de medidas que eviten las afecciones sobre la vegetación y fauna de estos espacios protegidos como, entre otras, la utilización de las mejores técnicas disponibles en los trabajos a realizar, realización de las obras evitando los periodos de cría y nidificación, balizamiento de la vegetación a proteger, revegetación con especies autóctonas; modificaciones que el promotor ha aceptado expresamente según acredita su documentación de fecha 6 de mayo de 2009, y que pasan a integrar la versión final del proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.

3. Análisis según los criterios del anexo III:

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, y teniendo en cuenta el diseño finalmente adoptado para el proyecto, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos.

Características del proyecto. Las actuaciones se llevarán a cabo sobre distintas presas de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, consistentes en la adecuación de diversos elementos de las mismas al Reglamento Técnico sobre Seguridad de Presas y Embalses, aprobado el 12 de marzo de 1996, así como otras actuaciones necesarias.

Las actuaciones son las siguientes:

Presa de San José (Valladolid):

Nuevo edificio de administración de la presa, en sustitución del antiguo.

Adecuación de las instalaciones de la presa: renovación del puente grúa, mantenimiento y esmaltado del puente metálico de maniobras, reparación de las aceras de hormigón, asfaltado del puente de carretera sobre la presa y renovación de las barandillas.

Instalación de la auscultación de la presa de San José.

Dotación de desagüe de fondo y consolidación de la cimentación de la presa.

Reparación del paramento aguas arriba de la presa.

Presa de Las Cogotas (Ávila):

Acceso de vehículos hasta la puerta inferior de las galerías.

Sistema de transporte de cargas por carril y polipastos autopropulsados.

Red de abastecimiento de agua.

Red de saneamiento de aguas residuales con estación depuradora.

Ampliación del taller.

Camino de acceso a la fuente de abastecimiento del poblado.

Cerramiento del poblado de la presa.

Sellado de las Juntas de la presa.

Presa Fuentes Claras (Ávila):

Acondicionamiento de la caseta de los desagües de fondo.

Sellado de las juntas de la presa.

Presa de Linares del Arroyo (Segovia):

Rehabilitación del edificio de administración.

Renovación de las instalaciones eléctricas y de comunicación en la presa.

Presa de Pontón Alto (Segovia):

Adecuación de las instalaciones de la presa.

Caminos de acceso a las galerías.

Protección de los desagües de fondo.

Adecuación de acceso al aliviadero lateral.

Adecuación de una zona de almacenaje.

Sellado de las juntas de la presa.

Ubicación del proyecto: La actuación proyectada se localiza en los términos municipales de Castronuño (Valladolid), Maderuelo (Segovia), Palazuelos de Eresma (Segovia), Ávila y Cardeñosa (Ávila), en la comunidad autónoma de Castilla y León.

Características del potencial impacto:

Afección al suelo: La mayor afección la supone la ocupación del suelo y la alteración del mismo por los movimientos de tierra que las obras conllevan.

Afección a la hidrología: Los caminos de acceso a las galerías de la presa del Pontón Alto se localizan en zonas frágiles, con mayor pendiente, próximas al cauce del río Eresma y van a requerir movimientos de tierra y de maquinaria considerables, por lo que puede producir la llegada al cauce del río de materiales arrastrados por el agua o por el efecto de la pendiente.

Afección a espacios naturales y Red Natura 2000: A continuación se exponen los espacios naturales presentes en cada una de las presas incluidas en este proyecto:

Presa de San José:

Zona de especial protección para las aves (ZEPA) y lugar de importancia comunitaria (LIC) riberas de Castronuño (ES4180017).

Reserva natural de riberas de Castronuño – Vega del Duero (Valladolid).

Se pretende construir un camino de acceso en la margen derecha del río y de manera perpendicular al cauce, atravesando una zona de carrizal (Phragmites sp. y Carex sp.) incluida como zona de reserva.

Zona húmeda incluida en el Catálogo Regional de Zonas Húmedas de interés especial, embalse de San José (VA-1).

Presas del Castro de las Cogotas y Fuentes Claras: ZEPA (ES0000190) y LIC (ES4110103) encinares de los ríos Adaja y Voltoya.

Presa de Linares del Arroyo:

ZEPA (ES4160008) y LIC (ES4160104) Hoces del río Riaza.

Parque Natural de Hoces del río Riaza (Segovia).

Zona húmeda incluida en el Catálogo Regional de Zonas Húmedas de interés especial, embalse de Linares del Arroyo (SG-35).

Presa de Pontón Alto: Según las Directrices de Ordenación de Ámbito Subregional de Segovia y su Entorno (DOTSE) aprobadas por Decreto 75/2005, de 20 de octubre, de la Junta de Castilla y León, todas las actuaciones afectan a la zona clasificada como ASVE nº 17, riberas, sotos y prados asociados a los ríos Eresma y Milanillos.

Afección a hábitats de interés comunitario:

Presa del Castro de las Cogotas:

92A0 bosques galería de Salix alba y Populus alba.

3260 vegetación flotante de ranúnculos de los ríos de zonas premontañosas y de planicies.

Afección a patrimonio cultural:

Presa del Castro de las Cogotas. Las actuaciones proyectadas se encuentran próximas a la zona arqueológica del Castro de las Cogotas, bien de interés cultural (BIC).

Presa de San José. Yacimiento de La Solana.

Afección a especies de interés:

Presa de San José:

Dentro del área designada como ZEPA, existen manchas de carrizal utilizadas como zona de nidificación por especies de aves incluidas en el anexo IV de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, como son la garza imperial (Ardea purpurea), avetorillo común (Ixobrychus minutus) y el aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus). Por su proximidad, podría verse afectada una colonia reproductora de garza real (Ardea cinerea). Estas especies se encuentran catalogadas como de interés especial en el CNEA.

En las proximidades del camino de acceso inicialmente planteado, existe vegetación arbórea compuesta fundamentalmente por chopos (Populus sp.) utilizados o susceptibles de serlo como punto de nidificación por, entre otras especies de aves incluidas en el anexo IV de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, como son el milano negro (Milvus migrans), milano real (Milvus milvus) o el águila calzada (Hieraaetus pennatus). Igualmente, estas áreas arboladas suponen un refugio para quirópteros forestales presentes en el LIC, como el nóctulo grande (Nyctalus lasiopterus), nóctulo mediano (Nyctalus noctula) o el murciélago enano (Pipistrellus pipistrellus).

Presas del Castro de las Cogotas y Fuentes Claras. Se encuentran dentro de los límites del ámbito del plan de recuperación del águila imperial ibérica (Aquila adalberti), especie incluida en el anexo IV de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y catalogada como en peligro de extinción en el CNEA, si bien no hay coincidencia con áreas críticas.

Afección a infraestructuras existentes: En la presa del Pontón Alto existe una senda verde que puede verse afectada por parte del trazado del camino oeste de acceso a la galería en el tramo final de, modificando su acabado.

Medidas correctoras. Para evitar las afecciones antes citadas, y como resultado de los informes recibidos de los distintos organismos consultados, el promotor integra las siguientes medidas, las cuales han sido tenidas en cuenta por el mismo de la siguiente manera:

Con carácter general:

Sobre el suelo. Se deberá restringir, en la medida de lo posible, la superficie afectada por los movimientos de tierra o alteraciones de la superficie del suelo, realizando un análisis puntual de cada una de las acciones.

La Confederación Hidrográfica del Duero determina que, durante la ejecución de las obras, se restringirá al máximo la superficie afectada o las posibles alteraciones del suelo.

Sobre la vegetación. En la fase de replanteo del trazado de las tuberías o caminos, se estudiarán alternativas para evitar desbroces importantes o medidas de transplante de la vegetación arbórea afectada, si fuera preciso.

El promotor indica que en la presa de San José la única vegetación afectada es una franja de 150x10 m, que transcurre de forma paralela al muro de cierre de la margen derecha de la toma del canal Toro Zamora, no existiendo otra alternativa viable, además determina que esta decisión se tomó consensuada con la Dirección del Parque Natural Riberas de Castronuño.

En la presa de las Cogotas, constata que es necesario construir una rampa excavada en la roca que permita llegar hasta la galería, no existiendo otra alternativa, además según el promotor se trata de una zona con una fracción de cabida de cubierta baja, por lo que no afectará a ningún ejemplar de la especie principal.

Se planificarán revegetaciones de los terraplenes y laterales de caminos y otras ocupaciones previstas. Las especies vegetales a emplear, incluso en caso de ser necesario hidrosiembras, serán siempre autóctonas y adaptadas a las condiciones edáficas e hídricas de la zona.

En las labores de revegetación que se lleven a cabo, los materiales forestales de reproducción a utilizar cumplirán con lo establecido en el Decreto 54/2007, de 24 de mayo, por el que se regula la comercialización de los materiales forestales de reproducción en la Comunidad de Castilla y León, y su procedencia estará conforme con el Catálogo vigente que los delimita y determina.

Según la Confederación Hidrográfica del Duero, no está prevista ninguna revegetación, pero si en el transcurso de las obras se genera la necesidad de revegetar, se realizará la misma con materiales forestales autóctonos y adaptados a las condiciones climatológicas de la zona y conforme a lo establecido en el Decreto 54/2007, de 24 de mayo.

Sobre la fauna. Se estudiará la posibilidad de que todas las líneas eléctricas se planifiquen en el proyecto constructivo de forma subterránea.

El promotor indica que la totalidad de las líneas proyectadas se construirán de forma subterránea.

En el empleo de explosivos y otras actuaciones como el chorreado de arena, se deberán utilizar las mejoras técnicas disponibles para minimizar la afección acústica y las emisiones de partículas. Estas obras deberán tener en cuenta los períodos de cría y nidificación de especies como el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), cigüeña negra (Ciconia nigra) o el milano real (Milvus milvus).

Según la Confederación Hidrográfica del Duero, el empleo de los explosivos se realizará utilizando las mejoras técnicas disponibles de minimización de la afección acústica y emisión de partículas, teniendo en cuenta los periodos de nidificación y cría de las especies protegidas.

Se deberá realizar una prospección previa de los quirópteros presentes, que determine su distribución precisa respecto a las zonas de obras (especialmente en las presas del Pontón y del Castro de las Cogotas) y establecer medidas a tener en cuenta para evitar afecciones en períodos de cría e hibernación, especialmente sobre aquellas actuaciones que se lleven a cabo en las cercanías de grietas, galerías o paredes.

A este punto el promotor determina que se procederá a la prospección de posibles poblaciones de quirópteros, previo a las obras, y se establecerán las medidas para evitar afecciones a los mismos.

La malla que se emplee en los vallados deberá tener una luz tal que sea permeable al paso de la fauna, evitando el uso de alambre de espino.

Respecto al vallado, el promotor establece que se colocará una malla con una luz que permita el paso de pequeños mamíferos.

En los trabajos de las ataguías se emplearán las mejores técnicas disponibles para evitar la dispersión de la turbidez y otras contaminaciones generadas por las maquinarias, se planificará un programa de vigilancia para evitar afectar a la ictiofauna presente por atrapamiento.

En los trabajos de las ataguías, la Confederación Hidrográfica del Duero indica en su escrito que se emplearán medidas de prevención y protección para minimizar los impactos potenciales.

Sobre el paisaje. Se deberán realizar estudios de sistemas de camuflado para los distintos elementos constructivos, especialmente el repetidor de telefonía móvil y el depósito de poliéster de 10.000 l.

El promotor asume que, la dirección de obra deberá acordar la búsqueda de sistemas de minimización del impacto visual de la antena de telefonía móvil. Respecto al depósito de poliéster, éste se encontrará dentro de una caseta en la que se emplearán materiales de la zona.

Los motores de la extracción de agua y los transformadores proyectados deberían integrarse en una caseta, lo que además disminuiría la afección acústica producida y el riesgo de electrocuciones respectivamente.

Respecto a este punto se indica que los motores de extracción de agua se situarán dentro de una caseta.

Sobre el Patrimonio. Se deberá realizar una prospección arqueológica previa en las presas del proyecto en las que se realicen movimientos de terreno, antes de la realización de las obras, especialmente en las presas de Castro de las Cogotas y San José, y en su caso establecer las medidas correctoras oportunas para la protección de los bienes arqueológicos que pudieran verse afectados, en conformidad con la normativa vigente sobre Patrimonio Cultural de Castilla y León.

El promotor indica que el material y maquinaria necesarios para la realización de las obras será transportado por accesos a las presas ya existentes.

Asimismo, el promotor, se compromete a la realización previa de prospecciones arqueológicas que permitan obtener datos sobre cualquier incidencia sobre dicho Patrimonio, si así lo estima oportuno la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León.

En particular:

Presa de San José:

Las actuaciones se realizarán teniendo en cuenta las indicaciones de la Dirección de la Reserva Natural.

El promotor pone de manifiesto que en la redacción del proyecto se mantuvo comunicación y consenso con la Sección de Vida Silvestre del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.

Se evitará la realización de cualquier obra dentro del período comprendido entre el 1 de febrero y el 15 de agosto, debiendo comunicar al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid, con suficiente antelación, la fecha aproximada del inicio y finalización de las obras.

Se minimizará el tiempo en el que el embalse esté parcialmente vacío, debiendo en todo caso permanecer lleno del 1 de febrero al 15 de agosto, período coincidente con la época reproductora de las especies de aves protegidas.

Para los dos puntos anteriores determina la Confederación Hidrográfica del Duero que, se planificarán las obras de forma que se realicen fuera del 1 de febrero al 15 de agosto, comunicándolo con suficiente antelación al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Valladolid.

Dado que el carrizal constituye uno de los hábitats de mayor interés para las aves presentes en la ZEPA, deberán valorarse otras alternativas de trazado del mismo que impliquen la menor afección posible a la superficie del carrizal. En todo caso las dimensiones del camino de acceso de maquinaria se reducirán a lo estrictamente necesario para el paso de la misma.

Según se indica en el escrito, no hay otra alternativa viable para el trazado del vial que afecta al carrizal, no obstante, las dimensiones serán las estrictamente necesarias y se procederá a la restauración del mismo tras las obras.

Los árboles que se encuentren cerca de los viales por los que está previsto que circule la maquinaria, serán protegidos mediante balizamiento y la instalación de elementos de protección.

El promotor, como medida de protección, balizará los árboles que se encuentren cerca de los viales por los que se prevé circule la maquinaria.

Como medidas, además de las indicadas en la memoria ambiental, se llevarán a cabo la colocación de posaderos y zonas de nidificación para las aves, así como la realización de observatorios de acuerdo con las indicaciones de la Dirección de la Reserva Natural.

Se determina que se tendrá en cuenta la colocación de posaderos y zonas de nidificación para las aves y observatorios, siempre de acuerdo con la Dirección del Parque Natural.

Presa del Castro de las Cogotas:

Durante el desarrollo de las actuaciones relacionadas con el camino de acceso a la fuente de abastecimiento del poblado y con el sistema de transporte de cargas por carril y polipastos, se evitará cualquier afección al hábitat de interés comunitario bosques galería de Salix alba y Populus alba. Para ello, se deberá señalizar mediante jalonamiento y balizas la vegetación de ribera.

El promotor asume que las actuaciones del camino de acceso a la fuente se realizarán por caminos existentes y el sistema de transporte de cargas se realizará por el interior de la presa, por lo que no se afectará a los hábitats, no obstante se balizará la vegetación adyacente para evitar la afección.

Las redes de saneamiento de aguas residuales y de abastecimiento, deberán seguir las trazas de sendas o caminos, respetando el arbolado existente. Se deberá evaluar puntualmente la posibilidad de modificar el trazado cuando la singularidad del árbol o masa arbórea lo requieran.

El promotor indica que se realizarán siguiendo sendas existentes, no previendo afección al arbolado; no obstante, si durante la ejecución de la obra se pudiera afectar a algún árbol singular o masa se estudiarían alternativas de trazado.

El depósito de abastecimiento y la ampliación del taller deberán ser acordes con las características del entorno, empleando materiales y colores que permitan su integración.

El promotor asegura que todos los edificios se integrarán paisajísticamente con el entorno.

Presa del Pontón Alto:

Respecto al camino oeste de acceso a las galerías, puede afectar a una parte del trazado final de la «senda verde» del municipio, paseo que discurre por la margen derecha del río Eresma; por lo que se deben tomar medidas oportunas, durante la fase de construcción y explotación, para evitar la afección a las infraestructuras ya existentes.

La Confederación Hidrográfica del Duero determina que ha realizado una comprobación sobre el terreno de la posible interferencia del camino con la senda verde, observando que no interfiere con la misma.

Los caminos de acceso a las galerías se encuentran situados en laderas de pendientes pronunciadas, por lo que se deben establecer medidas que eviten la llegada al cauce de materiales arrastrados (barreras de retención de sedimentos en las zonas de mayor pendiente, etc.).

Para evitar la llegada al cauce de materiales de arrastre, el promotor indica que se colocarán barreras de contención al pie de los terraplenes que se generen y se realizará una posterior hidrosiembra y revegetación de los taludes.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 1 de junio de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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