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Documento BOE-A-2009-11804

Resolución de 30 de junio de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autoriza la unificación de la comercialización de último recurso de electricidad y gas natural en Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.

Publicado en:
«BOE» núm. 170, de 15 de julio de 2009, páginas 59709 a 59710 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-11804

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito de fecha 23 de abril de 2009, presentado ante la Dirección General de Política Energética y Minas por Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U., por el que solicita la unificación de la comercialización de último recurso de electricidad y gas natural en Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U., sustituyendo a Iberdrola, S.A. como comercializadora de último recurso en el sector del gas.

Vista la disposición adicional duodécima del Real Decreto 485/2009, de 3 de abril, por el que se regula la puesta en marcha del suministro de último recurso en el sector de la energía eléctrica, por la que se establece que los grupos empresariales que tengan simultáneamente obligaciones de suministro de último recurso en los sectores de electricidad y gas podrán unificar dichas obligaciones en una única empresa de comercialización de último recurso.

Visto el artículo 2 del citado Real Decreto, en el que se designa a Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U. como comercializador de último recurso de electricidad.

Teniendo en cuenta que mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de fecha 9 de junio de 2009, se autorizó definitivamente a Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U. a ejercer la actividad de comercialización y se procedió a su inscripción definitiva en la Sección 2.ª del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Directos en Mercado.

Vista la disposición adicional segunda del Real Decreto Ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, y en la que se designa a Iberdrola, S.A. como comercializadora de último recurso de gas natural.

Teniendo en cuenta que mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 29 de septiembre de 2003, se autorizó definitivamente a Iberdrola, S.A. a ejercer la actividad de comercialización de gas natural y se procedió a su inscripción definitiva en la sección segunda del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados.

Vistos el artículo 9 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, referente a los sujetos que desarrollan las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica, así como el artículo 20 de la citada Ley, relativo a la contabilidad e información de las entidades.

La Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

1. Autorizar la unificación de las obligaciones de suministro de último recurso en los sectores de electricidad y gas del grupo empresarial Iberdrola, en la sociedad Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.

2. A partir del 1 de julio de 2009 la empresa Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U. adquiere la condición de suministrador de último recurso de gas natural que hasta esa fecha ostentaba Iberdrola, S.A., y asumirá los derechos y obligaciones establecidos en la normativa vigente para los suministradores de último recurso de gas.

3. Iberdrola, S.A. comunicará previamente la nueva situación a los clientes que vayan a ser objeto de traspaso a Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U.

4. La empresa Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S.A.U. llevará en su contabilidad cuentas separadas diferenciando las actividades de suministro de último recurso de gas y electricidad.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 30 de junio de 2009.–El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

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