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Documento BOE-A-2009-17422

Resolución de 14 de octubre de 2009, de la Dirección de Política Financiera y Seguros del Departamento de Economía y Finanzas, por la que se complementa la de 15 de septiembre de 2009, respecto de la entidad Fortia Vida, MPS a Cuota Fija, por la que se declara el vencimiento anticipado de los contratos de seguro que integran la cartera de la entidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 2 de noviembre de 2009, páginas 91666 a 91666 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2009-17422

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente núm. T140004/2009 que se tramita en la Dirección General de Política Financiera y Seguros relativo a la disolución de la entidad Fortia Vida, MPS a Cuota Fija, inscrita en dicho Registro con el número 0183;

Vista la Resolución de la Dirección General de Política Financiera y Seguros de 9 de octubre de 2009, complementaria de la adoptada el día 15 de septiembre de 2009 respecto de la entidad Fortia Vida, MPS a Cuota Fija, por la que se declara el vencimiento anticipado de los contratos de seguro que integran la cartera de la Entidad;

Dado que el punto 3 de la Resolución citada establece que se tiene que dar publicidad de su parte dispositiva, resuelvo:

Dar publicidad a la parte dispositiva de la Resolución de 9 de octubre de 2009, que transcrita literalmente es:

«1. Declarar el vencimiento anticipado de los contratos de seguro que a 31 de diciembre de 2009 integren la cartera de la entidad Fortia Vida, MPS a Cuota Fija, fijando como fecha del referido vencimiento anticipado el citado día 31 de diciembre de 2009.

2. Requerir al Consorcio de Compensación de Seguros, como ente encargado de la liquidación de la Entidad, para que dé cumplimiento a lo establecido en el artículo 84.2 del Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

3. Dar publicidad a la parte dispositiva de esta Resolución mediante su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.»

Se notifica esta Resolución a las personas interesadas en este procedimiento y se hace saber que contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Economía y Finanzas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo que prevén los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE núm. 12, de 14.1.1999).

Barcelona, 14 de octubre de 2009.–El Director general de Política Financiera y Seguros, Ferran Sicart i Ortí.

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