Contenu non disponible en français

Vous êtes à

Documento BOE-A-2009-17856

Resolución de 22 de octubre de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Consolidación del Fuerte de las Arenillas en el término municipal de El Puerto de Santa María, Cádiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 9 de noviembre de 2009, páginas 93852 a 93855 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-17856

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos, establece, en su artículo 3.2, que los proyectos públicos o privados consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el anexo II de dicho Real Decreto Legislativo, así como cualquier proyecto no incluido en su anexo I que pueda afectar directa o indirectamente a los espacios de la Red Ecológica Europea Natura 2000, deberán someterse a evaluación de impacto ambiental cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, de acuerdo con los criterios del anexo III de la norma citada.

El proyecto de Consolidación del Fuerte de las Arenillas en el término municipal de El Puerto de Santa María (Cádiz) se encuentra en este supuesto por estar encuadrado en el grupo 9, apartado n), del anexo II del referido Real Decreto Legislativo.

Al objeto de determinar la existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto a evaluación de impacto ambiental, esta Dirección General ha realizado un análisis cuyos elementos fundamentales son:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.–El objeto del proyecto de Consolidación del Fuerte de Las Arenillas es definir las actuaciones necesarias para su conservación, subsanando aquellas singularidades detectadas en la estructura que supongan mermas en la seguridad y en la durabilidad de los elementos conservados, de modo que la obra quede en las mejores condiciones posibles. Al mismo tiempo con este proyecto se pretende dotar al entorno de una nueva infraestructura que permita, al mayor número de personas, el uso y disfrute del elemento histórico y al mismo tiempo convertirlo en un mirador elevado sobre la costa en el paraje de Mochicle junto a la formación dunar existente.

El proyecto se enmarca dentro del Plan Bahía. Plan de Actuaciones para la Sostenibilidad de la Bahía de Cádiz, Plan de Acción aprobado por la Dirección General de Costas (actualmente Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar) para impulsar el desarrollo sostenible de la Bahía de Cádiz y de su entorno.

El proyecto se desarrolla en un Bien de Interés Cultural, en el término municipal de El Puerto de Santa María (Cádiz).

El promotor y órgano sustantivo del proyecto es la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

2. Tramitación y consultas.–De acuerdo con el artículo 16.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental recibe, con fecha 9 de julio de 2008, la documentación ambiental relativa al proyecto, con objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental, estableciéndose a continuación el periodo de consultas a organismos y entidades.

En el cuadro siguiente se muestran los organismos que fueron consultados, marcándose con una «X» aquellos que han emitido respuesta:

Consultados

Respuestas recibidas

Dirección General de Medio Natural y Política Forestal del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Medio Marino

 

Dirección General del Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía

X

Diputación Provincial de Cádiz

X

Federación Ecologista Pacifista Gaditana (FEPG)

 

Asociación Gaditana para el Estudio y Defensa de la Naturaleza (AGADEN)

 

Ayuntamiento de El Puerto de Santa María (Cádiz)

X

De las respuestas recibidas, con contenido ambiental, es destacable lo siguiente:

La Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía expone que el proyecto podría afectar al Parque Natural Bahía de Cádiz. El Parque Natural forma parte de la Red Natura 2000, calificado como ZEPA y LIC, y está incluido dentro del Convenio Ramsar. Indica que el entorno de actuación es un hábitat óptimo para el desarrollo del camaleón (Chamaleo chamaleon), y propone modificaciones al proyecto relativas a:

Limitación de uso de maquinaria pesada o vehículos rodados, accediendo estos vehículos por el carril ya existente junto a la EDAR.

Respeto de la vegetación existente en la parcela suprimiendo las labores de retirada de vegetación herbácea y leñosa previstas en el documento ambiental del proyecto.

Introducción en el proyecto de la eliminación de vegetación alóctona (uña de león («Carpobrotus edulis») y el tabaco moruno («Nicotiana glauca») del entorno del proyecto.

Prospección previa y retirada de ejemplares de camaleón.

Posibilidad de iniciar las obras en el mes de octubre.

Realización de las obras fuera de los meses julio, agosto y septiembre.

Introducción en el proyecto de una plantación de retamas destinada a mejorar el hábitat natural del camaleón.

La Diputación Provincial de Cádiz indica que los efectos ambientales producidos por el proyecto se pueden evitar con las medidas preventivas propuestas por el proyecto.

El Ayuntamiento de El Puerto de Santa María indica que el proyecto contribuirá a la preservación del patrimonio cultural sin menoscabo de los valores naturales presentes en la zona de actuación. Considera no necesario someter el proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, se le ha sugerido al promotor que los impactos significativos detectados y consistentes en la alteración del hábitat del camaleón pueden ser fácilmente evitados mediante las siguientes modificaciones al proyecto propuestas por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía: acceso únicamente al carril ya existente junto a la EDAR, supresión de las labores de retirada de vegetación herbácea y leñosa previstas en el documento ambiental del proyecto, introducción en el proyecto de la eliminación de vegetación alóctona del entorno del proyecto, prospección previa y retirada de ejemplares de camaleón, posibilidad de iniciar las obras en el mes de octubre e introducción en el proyecto de una plantación de retamas destinada a mejorar el hábitat natural del camaleón, modificaciones que el promotor ha aceptado expresa e íntegramente según acredita su documentación remitida por oficio de 2 de octubre de 2009, y que pasan a integrar la versión final del proyecto, que es sobre la que versa la decisión de evaluación.

3. Análisis según los criterios del anexo III.–Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, y teniendo en cuenta el diseño finalmente adoptado para el proyecto, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental, según los criterios del anexo III del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos.

Características del proyecto. Las actuaciones previstas en el proyecto son la excavación y retirada de material del interior del recinto de la batería; el saneo, limpieza y regeneración estructural del Fuerte y la instalación de una pasarela de acceso al elemento etnográfico.

La pasarela discurrirá desde el carril junto a la EDAR hasta el Fuerte de Las Arenillas (190 m aproximadamente) por las dunas. Será de madera maciza aserrada tratada en autoclave y estará elevada 15 cm sobre cota del terreno y dispuesta sobre pilares verticales enterrados al menos a 1,5 m de profundidad.

Ubicación del proyecto. El Fuerte de Las Arenillas se encuentra ubicado en el sistema dunar Mochicle-Vistahermosa, localizado en el sector norte de la playa de Santa Catalina, perteneciente al término municipal de El Puerto de Santa María (Cádiz).

El proyecto se localiza próximo al Parque Natural Bahía de Cádiz, que forma parte de la Red Natura 2000 (LIC y ZEPA) y está incluido en el Convenio Ramsar.

Características del potencial impacto. Los impactos significativos previstos por la ejecución del proyecto se deben a la alteración de un hábitat con presencia de una población de camaleones («Chamaleo chamaleon»). Las medidas recogidas en el documento ambiental del proyecto junto con la observación de las medidas adicionales y modificación del proyecto propuesta por la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, facilitan la integración ambiental de la actuación.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que resuelve no someter el referido proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Esta resolución se notificará al promotor y al órgano sustantivo, y hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (www.marm.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, o interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la notificación de esta resolución ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Madrid, 22 de octubre de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

subir

Agence d'État Bulletin Officiel de l'État

Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid