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Documento BOE-A-2009-8803

Resolución de 29 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Modernización de los riegos tradicionales en Escalona, Carcaixent, Sueca, Cullera y cuatro pueblos. Riegos de Escalona, Valencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 27 de mayo de 2009, páginas 44231 a 44241 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-8803

TEXTO ORIGINAL

El proyecto a que se refiere la presente propuesta de Resolución se encuentra comprendido en el apartado c del grupo 1 del anexo II del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, habiéndose decidido su sometimiento a evaluación de impacto ambiental por decisión del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 18 de abril de 2007, y procediendo formular su declaración de impacto ambiental, de acuerdo con el artículo 12.1 del Real Decreto Legislativo 1/2008 citado.

Según el Real Decreto 1130/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, corresponde a la Secretaría de Estado de Cambio Climático formular las declaraciones de impacto ambiental.

Los principales elementos de la evaluación practicada se resumen a continuación:

1. Información del proyecto. Promotor y órgano sustantivo. Objeto y justificación. Localización. Descripción sintética. Alternativas

El promotor del proyecto es la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas S.A. (ACUAMED) y el órgano sustantivo es la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

La actuación está incluida en la Ley 11/2005, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional. Forma parte de las actuaciones prioritarias y urgentes de las cuencas mediterráneas, dentro del conjunto de actuaciones urgentes situadas en el ámbito de la cuenca hidrográfica del Júcar, con el fin de incrementar la disponibilidad de recursos hídricos y mejorar la gestión de los mismos.

El objeto principal de este proyecto consiste en ejecutar una serie de medidas que conduzcan al ahorro de agua y a una mejora en la gestión y calidad de dicho recurso, atendiendo a las directrices marcadas en el Programa AGUA y estableciendo medidas para la regulación y racionalización del agua. Para ello se propone la modernización de los regadíos existentes en la zona regable de Escalona, La Noria, Uchera y Altos Riegos mediante la implantación de riego localizado, en una superficie de riego de 1.477 ha, de las que 1.106 ha corresponden a la Comunidad de Regantes de la Real Acequia de Escalona y 371 ha a la comunidad de regantes de La Noria, Uchera y Altos Riegos.

Según la documentación ambiental, la transformación a riego por goteo de la zona regable de Escalona (1.106 ha) conllevará un ahorro de agua estimada en 4,37 hm3/año.

Las actuaciones proyectadas se localizan en la comarca de la ribera alta del Júcar. El tramo de río que riega la zona afectada por el proyecto se encuentra inmediatamente aguas abajo de la nueva presa de Tous. Todas las obras se sitúan en el término municipal de Castelló de la Ribera en la provincia de Valencia (Comunidad Valenciana).

Para llevar a cabo la modernización proyectada se contempla la ejecución de las siguientes actuaciones:

1. Construcción de una obra de toma y estación de bombeo compuesta por 3 bombas centrífugas sumergidas de caudal de bombeo 0,383 m3/s, con una capacidad de extracción total de 1,15 m3/s (0,85 m3/s sólo la zona regable de Escalona y 1,15 m3/s si se incluye los Altos Riegos, La Noria y Uchera), en un punto del río Júcar situado aguas abajo del azud de Carcaixent, tras el cruce del río con la carretera N-332, a unos 19 km de la presa de Tous.

2. Impulsión desde la zona de toma a la zona de pretratamiento, junto a la balsa auxiliar, con una longitud de 522 m de tubería de diámetro nominal de 800 mm, la cual irá enterrada bajo un camino ya existente.

3. Ejecución de la balsa de Escalona 1, de 20.000 m3, para el almacenamiento del agua bombeada en continuo. La balsa se encuentra completamente enterrada, con 2,5 m de profundidad, y está revestida de una lámina de EPDM colocada sobre un geotextil.

4. Ejecución de un sistema de bombeo compuesto de tres bombas en paralelo, diseñado para un caudal de 1,15 m3/s que se alojarán en un edificio de dimensiones 26,65 m de largo y 19,25 m de ancho.

5. Conducción de impulsión de unos 4 km de longitud, paralela a caminos o carreteras y de diámetro nominal de 1.000 mm.

6. Construcción de una balsa de regulación denominada balsa de Escalona 2, cuyo volumen sería de unos 25.000 m3, que permitirá el bombeo durante la noche para ahorrar en el coste energético. La profundidad de la misma será de unos 4 m dejando 1 m de resguardo. El revestimiento elegido para la impermeabilización de la balsa es una lámina EPDM de 1,2 mm de espesor, colocada sobre un geotextil.

7. Instalación de una conducción de 451 m de longitud y diámetro nominal de 1.000 mm para comunicar la balsa denominada balsa de Escalona 2, a construir, de 25.000 m3 con dos de las balsas existentes en los Altos Riegos.

8. Construcción de una conducción a presión reversible desde la balsa a construir hasta el cabezal de riego de la Consejería de Infraestructuras y Transportes, de longitud 2.073,11 m y diámetro nominal de 1.000 mm.

9. Establecimiento de una línea eléctrica aérea para proporcionar la energía necesaria para los bombeos proyectados, de unos 2 km de longitud y una potencia estimada en torno a 2.000 kW.

En la actualidad, la zona regable objeto de estudio carece de regulación y se riega con parte del agua que transporta la acequia de Escalona, por lo que las principales características de las alternativas contenidas en el estudio de impacto ambiental son las que se exponen a continuación:

Alternativa Escalona-1. Comprende sólo la modernización de los riegos de Escalona, en una superficie total de 1.106 ha, consistente en: Obra de toma y estación de bombeo, conducción hasta la acequia de Escalona, acondicionamiento de un tramo de la acequia de Escalona para embalsar un volumen de unos 20.000 m3 y estación de bombeo en el punto final de la acequia para impulsar el agua hasta la red de distribución de la zona regable.

Con esta solución, el caudal que se detrae actualmente en el azud de Escalona circularía por el río Júcar hasta el bombeo propuesto, con el consiguiente beneficio ecológico. Sin embargo, el almacenamiento de agua en la acequia, utilizándola como depósito, es incompatible con las previsiones de la Consejería de Infraestructuras y Transporte, que tiene prevista la construcción de la red de transporte de riego de Escalona, realizando la toma de aguas arriba del tramo útil para el almacenamiento.

Alternativa Escalona-2. Propone el bombeo desde el río Júcar a una balsa de regulación, para dotar de cierta autonomía al servicio de riego, aunque se podrá verter a la acequia en caso de inoperatividad de la balsa. Con esta solución se puede plantear modernizar, a riego por goteo, las zonas regables de Escalona y además La Noria, Uchera y Altos Riegos, con lo que la superficie total modernizada sería de 1.477 ha (1.106 ha de Escalona y 371 ha de La Noria, Uchera y Altos Riegos).

Alternativa Escalona-3. Recoge la propuesta de los regantes de Escalona para la modernización de su zona regable. Se fundamenta en: Obra de toma y estación de bombeo del caudal correspondiente a los riegos de Escalona y a los Altos Riegos, la Noria y Uchera, conducción de impulsión hasta la acequia de Escalona, donde se adecuarían las instalaciones de bombeo existentes para alimentar las balsas de Altos Riegos, alimentación del cabezal previsto por la Consejería de Infraestructuras y Transportes.

Alternativa 4 Escalona-Carcaixent. Modernización conjunta de Carcaixent y Escalona mediante una actuación compatible con la red de transporte prevista por Consejería de Iinfraestructuras y Transportes. Se basa en la alternativa Escalona-2, pero incluye en el bombeo y almacenamiento las zonas de Carcaixent, Altos Riegos, La Noria y Uchera.

La actuación puede sintetizarse de la siguiente forma: Captación y estación de bombeo, conducción de impulsión desde el punto anterior hasta una balsa que se ubicaría junto a las existentes para los Altos Riegos, construcción de la balsa con una capacidad de almacenamiento de 35.000 m3, conducción a presión desde la balsa hasta el cabezal de bombeo previsto por la Consejería de Infraestructuras y Transportes, localizado en la acequia de Escalona.

La alternativa seleccionada finalmente en el estudio de impacto ambiental, por ser la más ventajosa desde el punto técnico, ambiental, económico y social, es la alternativa Escalona-2.

2. Elementos ambientales significativos del entorno del proyecto

Clima.–El clima es típicamente mediterráneo, caracterizado por cálidas temperaturas durante todo el año. La zona presenta una moderada oscilación térmica a lo largo del año, en torno a los 14,4 ºC. La precipitación media anual es de 648 mm, distribuida irregularmente a lo largo del año, con una clara sequía estival, centrada en los meses de julio y agosto.

Geología y geomorfología.–La zona regable de Escalona presenta mayoritariamente limos arenosos pardos con cantos redondeados. Fuera de esta zona regable, pero junto al límite meridional de la misma, se localiza un área que comprende tres grandes elevaciones. Así, en las elevaciones más próximas a Escalona, en La Noria y Uchera, son predominantes los conos de deyección recientes, constituidos por arcillas rojas con cantos subredondeados.

Hidrología e hidrogeología.–La red de drenaje superficial está vertebrada por el río Júcar, con presencia de dos de sus afluentes, los ríos Albaida y Sellent, el último de los cuales disminuye notablemente su caudal en verano.

Los terrenos se ubican sobre dos unidades hidrogeológicas plana de Valencia sur y Caroch norte.

Vegetación.–El territorio se encuentra en su práctica totalidad transformado a favor de cultivos intensos de regadío de cítricos, quedando la cobertura vegetal natural relegada a pequeños enclaves del entorno, con carácter relicto.

Como únicos restos de vegetación natural en la zona, destacan las formaciones hidrófilas asociadas a las márgenes del Júcar y la red de drenaje existente, con presencia temporal de caña («Arundo donax»), carricera («Erianthus ravennae»), carrizo («Phragmites australis») o juncos («Juncus sp»), asimismo aparecen individuos de sauce blanco («Salix alba»), olmo («Ulmus minor») o chopo («Populus nigra»).

Fauna.–En las zonas de uso agrícola la fauna está condicionada por el carácter antrópico de la misma. En las zonas de ribera se pueden encontrar anfibios como la rana común («Rana perezi») y reptiles como la serpiente de agua («Natrix maura»). Entre las aves destacan la gallineta común («Gallinula chloropus»), la oropéndola («Oriolus oriolus») o el carricero común («Acrocephalus scirpaceus»).

Entre las especies de interés destacan en el tramo afectado del río Júcar, la colmilleja («Cobitis taenia») o la madrilla («Chondrostoma toxostoma»).

La zona de toma de agua está recogida como hábitat de «Unio elongatulus» (Petxinot), especie considerada en peligro de extinción en la Comunidad Valenciana, así como de «Potomida littoralis» y «Anodonta cygnea» consideradas como especies vulnerables.

Espacios naturales de interés. Red Natura 2000.–El límite occidental de la zona regable de Escalona limita con el lugar de importancia comunitaria (LIC) río Júcar, codificado como ES5232007. Se trata del tramo fluvial del río Júcar comprendido entre la presa de Tous y su desembocadura, en Cullera, que incluye asimismo, el cauce del río Sellent.

La importancia de este espacio radica en la existencia de poblaciones de diversas especies de ictiofauna de interés, entre las que cabe destacar la alosa o saboga («Alosa fallax»), la madrilla («Chondrostoma toxostoma») y la colmilleja («Cobitis taenia»).

La toma del río Júcar, la balsa Escalona-1 y parte de la conducción se encuentran incluidos dentro del ámbito de aplicación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Cuenca Hidrográfica del Albufera (Decreto 96/1995, de 16 de mayo), siendo la longitud incluida dentro de espacio de aproximadamente 1.300 m.

Patrimonio.–No existen yacimientos pertenecientes al patrimonio cultural, sin embrago en relación a las vías pecuarias, en el municipio en el que se van a realizar las actuaciones se localiza la Cañada Real de Castilla y la Colada de Rafol, esta última es interceptada por las conducciones.

3. Resumen del proceso de evaluación

3.1 Fase de consultas previas y determinación del alcance del estudio de impacto.

a) Entrada documentación inicial.–La tramitación comenzó el 5 de mayo de 2006, con la recepción del documento comprensivo, en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

b) Consultas previas.–Relación de consultados y de contestaciones. Con fecha 19 de julio de 2006 la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental solicitó consultas previas sobre las implicaciones ambientales del proyecto a organismos e instituciones.

En la tabla adjunta se han recogido los 19 organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con la memoria-resumen:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Dirección General para la Biodiversidad

Confederación Hidrográfica del Júcar

Delegación del Gobierno en Valencia

X

Dirección General de Calidad Ambiental. Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana

Dirección General de Gestión del Medio Natural. Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana

X

Dirección General de Planificación y Ordenación Territorial. Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana

Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano. Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana

X

Diputación Provincial de Valencia

Ayuntamiento de Carcaixent (Valencia)

Ayuntamiento de Sueca (Valencia)

Ayuntamiento de Cullera (Valencia)

X

Ayuntamiento de Castelló de la Ribera (Valencia)

Ayuntamiento de Beneixida (Valencia)

IIAMA (Instituto de Ingeniería del Agua y Medio Ambiente). Universidad Politécnica de Valencia

A.D.E.N.A.

Ecologistas en Acción

S.E.O./BirdLife

Accio Ecologista AGRO. La Casa Verde

Federación Nacional de Comunidades de Regantes de España

Los aspectos ambientales más relevantes considerados en las contestaciones a las consultas previas son los siguientes:

Espacios naturales y Red Natura 2000.–Según la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Territorio y Vivienda de la Generalitat Valenciana, toda la actuación se encuentra inmersa en el área delimitada por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Cuenca Hidrográfica de la Albufera y en la zona afectada por la actuación, el río Júcar y su ribera está declarado como lugar de importancia comunitaria (LIC) curso medio y bajo del Júcar (ES5232007). Por ello se deberá estimar el efecto sobre el caudal del Júcar, de la captación de agua.

Por otra parte el PORN de la Albufera busca ordenar todo el sistema hidrológico en el que está incluida la misma e indica la necesaria modernización de los sistemas de riego que conduzcan al máximo ahorro de este recurso escaso, el fomento de prácticas de fertilización racional de los cultivos, en dosis y tipos de fertilizantes, así como la lucha integrada y biológica contra parásitos.

Fauna.–En referencia al depósito de agua, la Dirección General de Gestión del Medio Natural determina que se deben evaluar los posibles choques de la avifauna con el vallado y el tendido eléctrico, la caída accidental de animales en la balsa, la pendiente de los taludes de la misma, el efecto barrera del vallado y el riesgo de inundación por eventual rotura.

Paisaje.–El Ayuntamiento de Cullera indica que de acuerdo al art. 48.4.e del Reglamento de Paisaje de la Comunidad Valenciana (Diario Oficial del Gobierno Valenciano 16.08.06) deberá ir acompañado el proyecto de un estudio de integración paisajística.

Patrimonio cultural.–Según la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano y Museos de la Consejería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana, se deberá realizar una prospección arqueológica que permita definir la afección de las obras previstas sobre el patrimonio arqueológico, así como contemplar las posibles afecciones al patrimonio cultural de la zona.

c) Resumen de las indicaciones dadas por el órgano ambiental al promotor sobre la amplitud y detalle del estudio de impacto ambiental, y sobre las administraciones ambientales afectadas.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental remitió la notificación de la decisión de someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto y las consultas al promotor con fecha 18 de abril de 2007, incluyendo un resumen de las contestaciones más importantes y aspectos relevantes que deberá incluir el estudio de impacto ambiental.

3.2 Fase de información pública y de consultas sobre el estudio de impacto ambiental.

a) Información pública. Resultado. Con fecha 2 de octubre de 2007 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, núm. 236, el anuncio de la Confederación Hidrográfica del Júcar por el que se somete a información pública el proyecto informativo y su estudio de impacto ambiental, con fecha 5 de octubre de 2007, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia núm. 237.

Con fecha 28 de julio de 2008 entra en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el estudio de impacto ambiental y el expediente de información pública, el cual incorporaba el proyecto y el resultado de dicha información pública. Al analizar dicha documentación, se observa que no se han recabado los informes a las Administraciones Públicas afectadas en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero.

Durante el período de información pública no se presentaron alegaciones de carácter ambiental.

b) Consultas a Administraciones ambientales afectadas. Resultado. Con fecha 10 de septiembre de 2008 se solicita a la Dirección General del Agua, que en cumplimiento del artículo 9.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, remita el estudio de impacto ambiental a las Administraciones Públicas afectadas y que previamente habían sido consultadas por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Con fecha 20 de enero de 2009, entra en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación solicitada por parte de la Dirección General del Agua.

Durante el período de información pública y consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, se presentaron tres escritos correspondientes a Administraciones e Instituciones públicas, exponiéndose a continuación el contenido de las mismas con carácter ambiental:

Afección a la fauna.–La Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Comunidad Valenciana, emite tres informes, en los cuales indica que la zona de toma de agua está recogida como hábitat de «Unio elongatulus» (petxinot), especie considerada en peligro de extinción en la Comunidad Valenciana, así como de «Potomida littoralis» y «Anodonta cygnea» consideradas como especies vulnerables.

Por ello, según este informe durante la ejecución de las obras de la toma, será necesaria la supervisión de los trabajos, y por tanto el plan de vigilancia ambiental del proyecto deberá contemplar las medidas necesarias de rescate para garantizar una incidencia mínima sobre las poblaciones de uniónidos. Si durante las mismas se detecta la presencia de alguna de estas especies se deberá comunicar al Servicio de Biodiversidad de la Generalitat Valenciana para que se tomen las medidas oportunas.

Esta Dirección General Considera que se debería realizar un inventario ambiental de la fauna y flora de las acequías, con el fin de asegurar que la disminución de los caudales no afecte a las posibles especies de interés que se pudieran detectar.

En relación con las balsas de agua, establece las siguientes medidas:

El vallado deberá llevar señalización para evitar la colisión de las aves, el tamaño de los agujeros del vallado debe permitir la entrada y salida de fauna.

Debe procurarse la naturalización de las balsas con materiales que permitan el arraigo de vegetación natural, implantación de islotes siempre que no interfiera su funcionamiento.

Se deberá seguir un seguimiento de la mortandad de fauna de interés, debiendo comunicar a los servicios territoriales de Medio Ambiente de Valencia cualquier incidencia, para implementar medidas adicionales de protección y la revisión regular de éstas. Además, se deberá implantar medidas como rampas, mallas o bandas rugosas en el interior de las balsas.

Construcción de pequeños abrevaderos en el exterior de las balsas que sirvan a anfibios y fauna silvestre.

El Ayuntamiento de Cullera establece en su escrito que, a efectos de minorar el impacto sobre la avifauna de la zona y el paisaje, sería conveniente incluir como alternativa el soterramiento de la línea eléctrica.

Afección a espacios naturales protegidos y Red Natura 2000.–La Dirección General de Gestión del Medio Natural indica la afección territorial del proyecto al ámbito del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Cuenca Hidrográfica de la Albufera aprobado por Decreto 96/1995, de 16 de mayo.

También establece que afecta al lugar de importancia comunitaria (LIC) río Júcar (ES5232007).

Según esta Dirección General, básicamente la afección a estos espacios se localiza en la zona de toma del río Júcar, especialmente en la fase de construcción. Como conclusión determina que las actuaciones que contempla el proyecto cumplen con los objetivos y actuaciones sectoriales que se especifican en el PORN de la Albufera.

Afección al patrimonio cultural.–La Dirección General de Gestión del Medio Natural determina que la conducción desde la balsa Escalona-2 hasta el cruce con el camí de la Serreta ocupa la vía pecuaria Colada de Rafol, por lo que deberá solicitar los permisos que corresponda a los servicios territoriales de Medio Ambiente de Valencia.

La Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano de la Consejería de Cultura y Deporte de la Comunidad Valenciana determina en su escrito que, se deberá realizar una prospección arqueológica para estudiar su impacto sobre el patrimonio arqueológico, debiendo además contemplar las afecciones al patrimonio cultural en general.

En relación con las alternativas propuestas, la Dirección General de Gestión del Medio Natural considera la elegida como la más adecuada con el punto de toma a 20 km de la presa de Tous, ya que mantiene los caudales del río durante el mayor tramo posible de éste, mientras que una toma de agua más cercana a la presa presentaría los mismos problemas ambientales en cuanto a posible afección a especies protegidas, además de detraer caudales al río en un punto más alto de su cuenca.

Ninguno de estos informes ha sido contestado por el promotor.

4. Integración de la evaluación

4.1 Análisis ambiental para selección de alternativas.–En el estudio de impacto ambiental se llega a la conclusión de que entre todas las propuestas, la solución seleccionada por el promotor como la más ventajosa desde un punto de vista técnico, ambiental, económico y social es la de Escalona-2, incluyendo los Altos Riegos, Noria y Uchera.

4.2 Impactos significativos de la alternativa elegida.–Analizados todos los integrantes del proceso de evaluación ambiental, para lo que se ha tenido en cuenta el estudio de impacto ambiental redactado con los criterios y valoraciones expresadas por el promotor, así como las respuestas a las consultas previas, se determinan a continuación los elementos claves del proceso:

Impactos sobre la calidad del aire. En fase de construcción: Incremento de partículas en suspensión y gases emitidos por los vehículos y maquinaria utilizada, así como el incremento de los niveles sonoros.

En fase de explotación: Incremento de los niveles sonoros debido a las instalaciones de bombeo.

Se proponen como medidas preventivas riegos periódicos sobre caminos, zonas de trabajo y áreas de acopio; realizar el transporte en camiones cubiertos con lonas; aislar los equipos de bombeo; realizar los trabajos en la franja horaria comprendida entre las 8 y las 22 horas. También se propone la instalación de barreras temporales antirruido en caso necesario. Se establece en el programa de vigilancia ambiental la comprobación de las medidas de insonorización de la caseta y arqueta de bombeo.

Impactos sobre el suelo.–En fase de construcción: Alteración de las formas del relieve por la realización de las obras, ocupación y pérdida del suelo de elevada capacidad productiva, posibilidad de vertidos accidentales, volumen de tierras sobrantes de las excavaciones que ascienden a 132.337,12 m3 de tierras excavadas.

En fase de explotación: Generación de pequeñas cantidades de residuos en el mantenimiento de las instalaciones de bombeo.

Respecto a estas afecciones detectadas en el estudio de impacto ambiental cabe destacar la minimización de los movimientos de tierra, utilización de espacios degradados para los acopios, establecimiento de protocolos de intervención en caso de emergencia, así como realización de labores de descompactación de los suelos. Respecto a las tierras excavadas, 44.346,26 m3, se reutilizarán en labores de relleno y de formación de terraplenes, los restantes 87.990,86 m3 serán trasladados a vertedero controlado, aunque se estudiará la posibilidad del empleo de estos residuos en la restauración de canteras cercanas al ámbito de las actuaciones, en construcción de obras de infraestructuras en la zona, etc.

Impactos sobre la hidrología.–En fase de construcción: Deterioro en la calidad de las aguas del río Júcar por las acciones de las obras, posibilidad de contaminación de las aguas como consecuencia de vertidos accidentales.

En fase de explotación: Mayor aprovechamiento del recurso hídrico al racionalizarse su utilización para riego.

Propone la ejecución de las actividades asociadas al establecimiento de la toma y otras actuaciones próximas al río Júcar, siempre que sea posible en condiciones de cauce seco o de bajo caudal, adecuación de los drenajes para garantizar la protección y conservación de la red natural de drenaje.

Impactos sobre la vegetación.–En fase de construcción: Despeje y desbroce de la vegetación existente, eliminación de pies arbóreos.

En fase de explotación: No se prevé ninguna afección sobre la vegetación.

En el estudio de impacto ambiental se propone la minimización de la superficie de ocupación, desarrollo de un proyecto de restauración vegetal e integración paisajística, planes de restauración que abarcarán el tratamiento de las superficies anejas a las balsas, arqueta de bombeo secundario y caseta del bombeo principal. Restauración de las zonas alteradas por las obras que no vayan a quedar ocupadas de forma definitiva por los elementos del proyecto, pantallas vegetales perimetrales a las balsas y a la caseta de bombeo.

Impactos sobre la fauna.–En fase de construcción: Afección a la ictiofauna en la zona de captación de agua en el río Júcar causada por las obras, aumento del nivel de ruidos que puede provocar el desplazamiento temporal de algunas especies, caída de la fauna en las zanjas abiertas, afección a la avifauna provocada por la línea eléctrica aérea.

En fase de explotación: Emisión de ruidos generados por el funcionamiento de la estación de bombeo.

Se propone en el estudio de impacto ambiental, la evaluación de las posibles limitaciones temporales constructivas en épocas de reproducción de especies de fauna de interés (como la estación de bombeo y toma de agua) que de manera genérica se sitúa entre los meses de marzo y julio, establecimiento de rampas de salida a lo largo de las zanjas, utilización de sistemas protectores en el tendido eléctrico, en función de su longitud final superficial, como elementos antinidificación, anticolisión y antielectrocución.

Impactos sobre Red Natura 2000.–Según el estudio de impacto ambiental, la ejecución de la toma de agua propuesta, se localiza en el LIC río Júcar. Sin embargo, para evitar afecciones sobre los valores naturales de este espacio incluido en la Red Natura 2000, se propone el jalonamiento temporal del área de ocupación de la toma de agua y de la caseta de bombeo y la ejecución de las obras fuera de la época de reproducción y cría de las especies de ictiofauna de interés presentes en el LIC. Por último, las instalaciones auxiliares, zonas de préstamos y vertederos se ubicarán fuera de las riberas del LIC.

Por tanto, las medidas para la protección de los espacios naturales protegidos, corresponden a las establecidas para la protección a la vegetación y fauna asociadas a los mismos.

La toma del río Júcar, la balsa Escalona-1 y parte de la conducción se encuentran incluidos dentro del ámbito de aplicación del PORN de la Cuenca Hidrográfica del Albufera (Decreto 96/1995, de 16 de mayo), siendo la longitud incluida dentro de espacio de aproximadamente 1.300 m. Sin embargo, según el estudio de impacto ambiental, el proyecto cumple con las exigencias establecidas en el citado PORN.

Impactos sobre el paisaje.–En fase de construcción: Impacto visual ocasionado por la inclusión en el medio de elementos ajenos a él, contraste cromático de los movimientos de tierra.

En fase de explotación: Presencia permanente de estructuras que modifican el paisaje (caseta de bombeo, línea eléctrica, balsas).

La totalidad de las actuaciones propuestas se localizan sobre suelo no urbanizable, no protegido lo cual no constituye ninguna limitación para las infraestructuras proyectadas.

El promotor presenta como medidas la adecuación de las edificaciones e instalaciones a las exigencias de integración paisajística recogidas en la Ley 4/2004, de 30 de junio, de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje de la Comunidad Valenciana.

Impactos sobre el patrimonio.–En fase de construcción: No se han detectado yacimientos arqueológicos, paleontológicos o etnográficos en el ámbito de la obra. La Colada de Rafol se ve afectada por el trazado de las conducciones.

Propone la realización de prospección arqueológica previo al inicio de los trabajos, la supervisión arqueológica durante el movimiento de tierras y tareas de despeje y desbroce, jalonamiento de todos los elementos protegidos existentes y detectados en el estudio previo. Permisos para la ocupación temporal de la vía pecuaria, no se permitirá el establecimiento de instalaciones auxiliares ni zonas de préstamos o vertederos sobre la vía pecuaria Colada de Rafol, tras la finalización de los trabajos de construcción que afecten a esta vía pecuaria, se procederá de forma inmediata a la restitución de las superficies afectadas.

Programa de vigilancia ambiental.–El estudio de impacto ambiental incluye un programa de vigilancia ambiental en el que se detallan todas las especificaciones necesarias para el seguimiento de las obras, así como todas las incidencias que sucedan durante el desarrollo del proyecto.

El objetivo es el cumplimiento de todas las indicaciones y medidas expuestas en el estudio de impacto ambiental, así como los condicionantes determinados en la presente declaración.

4.3 Cuadro sintético de relación entre estos impactos y las medidas correctoras que a continuación se detallarán. En el siguiente cuadro se recogen las principales medidas preventivas y correctoras que se han contemplado en el proyecto a lo largo del procedimiento de evaluación de impacto ambiental:

Posibles Impactos

Medidas preventivas y correctoras

Hidrología.

Ejecución de las actividades del establecimiento de la toma y otras actuaciones próximas al río Júcar, siempre que sea posible, en condiciones de cauce seco o de bajo caudal.

Vegetación.

Desarrollo de un proyecto de restauración vegetal e integración paisajística de las actuaciones proyectadas, con especies de ribera en el río Júcar. Planes de restauración, que abarcarán:
Tratamiento de las superficies anejas a las balsas, arqueta de bombeo secundario y caseta del bombeo principal.
Restauración de las zonas alteradas por las obras que no vayan a quedar ocupadas de forma definitiva por los elementos del proyecto.
Pantallas vegetales perimetrales a las balsas y a la caseta de bombeo, de considerarse necesario.
En caso de precisarse, restauración topográfica y tratamiento de zonas de vertedero.

Fauna.

Evaluación de las posibles limitaciones temporales constructivas en épocas de reproducción de especies de fauna de interés (como la estación de bombeo y toma de agua).
Establecimiento de rampas de salida a lo largo de las zanjas y en otras excavaciones de las obras para permitir la salida de la fauna.
Utilización de sistemas protectores en el tendido eléctrico en función de su longitud final superficial, como:
Antinidificación: Utilización de superficies lisas con formas semicilíndricas que ocupen en su totalidad la parte superior del apoyo, sobresaliendo ligeramente por los extremos.
Anticolisión: Utilización de espirales o balizas para señalizar la línea, instalación de cable trenzado aislado o utilización de crucetas bóveda.
Antielectrocución: Aislamiento de los conductores en las zonas de posible contacto, utilización de apoyos de hormigón, colocación de elementos que impidan el posado de las aves en los apoyos.

Red Natura 2000.

Medidas de protección sobre la vegetación y fauna asociada al LIC río Júcar.

Patrimonio.

Previa ocupación a la vía pecuaria Colada de Rafol, se solicitará a la Administración competente en materia de vías pecuarias de la Generalitat Valenciana los permisos necesarios para su ocupación temporal.

5. Condiciones al proyecto

Tal y como indica la Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Consejería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda de la Comunidad Valenciana se cumplirán los siguientes criterios:

5.1 Previo a la ejecución de las obras, se realizará un inventario ambiental de la fauna y flora presente en las acequias con el fin de asegurar de que la disminución de los caudales no afectará a las posibles especies de interés que se pudieran detectar, en coordinación con el organismo competente en la materia de la Generalitat Valenciana. En caso de que se detectase la presencia de especies de interés deberán establecerse medidas correctoras tales como el mantenimiento de un caudal ecológico.

5.2 Respecto a la ejecución de la toma de captación en el río Júcar, se deberá especificar al organismo competente en la materia de Red Natura 2000 de la Generalitat Valenciana la descripción, duración y calendario de las actuaciones propuestas, así como un estudio de afecciones sobre la vegetación de ribera y las medidas correctoras específicas que se llevarán a cabo sobre la calidad de las aguas. Durante la ejecución de las obras de la toma será necesaria la supervisión de los trabajos, de forma que se garantice una incidencia mínima sobre las poblaciones de bivalvos uniónidos (petxinots) presentes en la zona propuesta para la estación de bombeo. Si durante las obras se detectase la presencia de alguna de las siguientes especies: «Unio elongatulus», «Potomida littoralis» y «Anodonta cygnea» se deberá comunicar al Servicio de Biodiversidad de la Generalitat Valenciana para que se tomen las medidas oportunas por técnicos responsables.

5.3 En relación con las balsas de agua propuestas, se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones:

5.3.1 El vallado deberá llevar señalización para evitar la colisión de las aves, el tamaño de los agujeros del vallado debe permitir la entrada y salida de fauna.

5.3.2 Debe procurarse la naturalización de las balsas con materiales que permitan el arraigo de vegetación natural, así como la implantación de islotes siempre que no interfiera su funcionamiento.

5.3.3 Se deberá llevar a cabo un seguimiento de la mortandad de fauna de interés debiéndose comunicar a los servicios territoriales de Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana cualquier incidencia para implementar medidas adicionales de protección y la revisión regular de éstas, en caso de afecciones. Además se deberá implantar medidas como rampas, mallas o bandas rugosas en el interior de las balsas.

5.3.4 Construcción de pequeños abrevaderos en el exterior de las balsas que sirvan a anfibios y fauna silvestre.

5.4 Previo a la ejecución de las obras será necesario llevar a cabo una prospección arqueológica que permita definir la afección de las obras previstas sobre el patrimonio arqueológico, de acuerdo a lo previsto en la Ley 5/2007, de 9 de febrero, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano. Esta prospección deberá contar con las autorizaciones pertinentes y siempre bajo la coordinación del organismo competente en la materia de la Generalitat Valenciana.

5.5 Se realizará un seguimiento ambiental sobre todos aquellos elementos y características del medio para los que se han identificado impactos. Se designará a un responsable del seguimiento y vigilancia ambiental, que, además de encargarse del cumplimiento de las medidas propuestas, habrá de presentar un registro del seguimiento de las mismas y de incidencias que pudieran producirse, ante los organismos competentes, así como recoger las medidas a adoptar no contempladas en el estudio de impacto ambiental.

Conclusión.–En consecuencia, la Secretaría de Estado de Cambio Climático, a la vista de la Propuesta de Resolución de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental favorable a la realización del proyecto Modernización de los riegos tradicionales en Escalona, Carcaixent, Sueca, Cullera y cuatro pueblos. Riegos de Escalona (Valencia) concluyendo que siempre y cuando se autorice en la alternativa Escalona-2 y en las condiciones anteriormente señaladas, que se han deducido del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.

Lo que se hace público, de conformidad con el artículo 12.3 del Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, y se comunica a la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para su incorporación al procedimiento de aprobación del proyecto.

Madrid, 29 de abril de 2009.–La Secretaria de Estado de Cambio Climático, Teresa Ribera Rodríguez.

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