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Documento BOE-A-2010-17677

Resolución de 13 de octubre de 2010, de la Universidad de Jaén, por la que se convocan pruebas selectivas para cubrir plazas de Grupo II, categoría profesional de Titulado de Grado Medio.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 17 de noviembre de 2010, páginas 96126 a 96133 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2010-17677

TEXTO ORIGINAL

La provisión de puestos de trabajo del personal laboral fijo de la Universidad de Jaén, se realiza de conformidad con lo dispuesto en el Título II, Capítulo 3, del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

Finalizados los procesos de traslado y promoción interna y acordadas las plazas vacantes que se pueden ofertar para su cobertura con personal de nuevo ingreso, se hace necesario por parte de este Rectorado, al amparo de lo establecido en el Decreto 230/2003, de 29 de julio, de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, por la que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Jaén («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 152, de 8 de agosto de 2003); y de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del antedicho Convenio Colectivo y en el artículo 75.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, resuelve convocar oposición libre para cubrir mediante contrato en régimen laboral de duración indefinida, la plaza de personal laboral que se indica en la norma 1.1 de esta convocatoria, vacantes en la relación de puestos de trabajo del personal laboral de esta Universidad, con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir dos plazas de la categoría de Titulado de Grado Medio, grupo II.

1.2 La realización de estas pruebas selectivas se ajustará, en lo que le sea de aplicación, a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el IV Convenio Colectivo de las Universidades Públicas de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 36, de 23 de febrero de 2004); en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en las bases de la convocatoria.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II.

1.4 El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se especifican en el anexo I.

1.5 Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizado, en todo momento, la igualdad de condiciones de los candidatos y el respeto a los principios constitucionales de publicidad, capacidad y mérito. La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista de admitidos y excluidos.

1.6 Las funciones que, con carácter general, corresponden a las plazas en relación con la categoría y grupo que se convoca, así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán a lo que determine el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Andaluzas.

1.7 Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado Convenio Colectivo y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de personal laboral al servicio de los Organismos Públicos.

1.8 El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitido en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Tener cumplidos los 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

B) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Título equivalente.

C) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias de las plazas objeto de esta convocatoria.

D) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

E) Conocimiento de idiomas: Deberá acreditar el conocimiento del idioma inglés de alguna de las siguientes formas:

E-1 Estar en posesión de la certificación del nivel B2 o superior para el idioma inglés.

E-2 En caso de no contar con la certificación señalada en el apartado anterior, el candidato deberá superar una prueba en la que se comprobará que posee un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en lengua inglesa (equivalente o superior a nivel B2). Esta prueba, si la hubiere, se realizará antes de la exposición de la lista definitiva de admitidos y excluidos a la que hace referencia la base 3.6 de esta convocatoria, dado que de no superarla supondrá la exclusión del candidato de las pruebas selectivas.

2.2 Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que será facilitado en el Negociado de Información de la Universidad de Jaén o en los modelos normalizados para ingresar en la Administración Pública que se facilitan en las Subdelegaciones del Gobierno.

3.2 Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Jaén en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al del anuncio de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.3 La presentación de solicitudes podrá realizarse en el Registro General de la Universidad de Jaén o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.

c) Acreditación de la titulación académica o equivalente exigible.

d) Acreditación de la certificación del nivel del inglés exigido en el apartado 2.1.E) de esta convocatoria.

3.4 Los derechos de examen de esta oposición serán de 25 euros, que se ingresarán en la Caja Rural de Jaén, Oficina Universidad, número de cuenta 3067.0109.33.1150653028 a nombre de la Universidad de Jaén: oposición Titulado de Grado Medio; o bien mediante transferencia bancaria a dicha cuenta.

En ningún caso, la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado anteriormente.

3.5 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Jaén dictará Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el tablón de anuncios de la Universidad de Jaén, situado en el edificio B-1 del Campus de las Lagunillas, en la que además de declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos se recogerá el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de aspirantes excluidos con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad y motivo de la exclusión. Serán excluidos aquellos aspirantes que no aporten la documentación detallada en el apartado 3.3 o presente solicitud fuera de plazo.

3.6 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución a que se refiere la base anterior en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, transcurrido el cual quedará elevada a definitiva, publicándose en el tablón de anuncios del Rectorado. Contra dicha resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Rectorado, edificio B-1, del Campus las Lagunillas.

3.7 Los derechos de examen serán reintegrados a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Tribunal calificador

4.1 Composición: El Tribunal calificador de estas pruebas estará formado por seis miembros nombrados por el Rector, actuando como Secretario un miembro del Personal de Administración Servicios, adscrito al Servicio de Personal y Organización Docente.

Debido a la urgente necesidad de la publicación de la convocatoria para la provisión de las vacantes, resulta conveniente hacer uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución del Rector al mismo tiempo que se exponga la lista de excluidos a que se refiere la base 3.5.

4.2 El Tribunal podrá nombrar vocales asesores, que actuarán con voz pero sin voto.

4.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.4 Los Tribunales no podrán actuar sin la presencia de, al menos, tres de sus miembros con derecho a voto y, en todo caso, el Presidente y el Secretario (o sus suplentes).

4.5 Previa convocatoria del Presidente de cada Tribunal, éste celebrará la sesión de constitución en el plazo mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación antes de la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas.

4.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal y Organización Docente, edificio B-1, del Campus de las Lagunillas, de la Universidad de Jaén, teléfono 953-212277.

4.7 Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, debiendo ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente.

4.8 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posea la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Jaén.

4.9 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías tengan similares condiciones a las de los demás opositores, para la realización de los ejercicios.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso colaboración de los servicios técnicos de la administración competente

4.10 El Presidente de cada Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio sea corregido sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5. Relación de aprobados. Presentación de documentos y posterior firma del contrato

5.1 Al finalizar cada uno de los ejercicios de la oposición, El Tribunal hará públicas, en el Tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad de Jaén (Edificio B-1), las listas con las puntuaciones correspondientes. La puntuación final se obtendrá de la forma establecida en el Anexo I de esta convocatoria.

5.2 Finalizadas las pruebas, el Tribunal hará público, en idéntico lugar, la relación definitiva de aprobados, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la oposición y la suma total.

El número de aprobados no podrá ser superior al número de plazas convocadas, siendo nulas de pleno derecho cualquier actuación en sentido contrario.

En el plazo de tres días desde que se haga pública dicha relación, el presidente del Tribunal correspondiente elevará propuesta de contratación al Sr. Rector Magnifico de la Universidad de Jaén.

5.3 Los aspirantes que superen las presentes pruebas selectivas para su contratación como personal laboral fijo presentarán en el Servicio de Personal y Organización Docente de esta Universidad, dentro de los veinte días naturales a aquel en que se hizo pública la relación de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad acompañada del original para su comprobación.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, de los títulos académicos.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que corresponda al interesado.

5.4 Quienes, dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

5.5 Para la formalización de los contrato, desde el Servicio de Personal y Organización Docente se remitirá comunicación a los candidatos propuestos, a la dirección que figure en su instancia, indicándoles el plazo para su presentación, que no podrá ser superior a diez días naturales a contar desde la notificación, entendiéndose que renuncia a sus derechos en el caso de no presentarse a la firma del contrato en el referido plazo, salvo casos estimados de fuerza mayor.

5.6 En el contrato que se suscriba se fijará el período de prueba que determina el IV Convenio Colectivo de Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.

6. Norma final

6.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en esta oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.

6.2 La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 13 de octubre de 2010.–El Rector. Manuel Parras Rosa.

ANEXO I
Ejercicios y valoración

La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo estos eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con repuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido íntegro del programa que se relaciona en el anexo II.

Se calificará de 0 a 10 puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

No podrán utilizarse apuntes, documentos o libros para la realización del ejercicio. Las contestaciones erróneas se penalizarán de acuerdo con la aplicación de la siguiente fórmula:

N =

A –

E

 

x 10

d – 1

 

n

N = nota resultante

A = número de aciertos

E = número de errores

d = número de opciones para cada pregunta

n = número de preguntas

Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas, de entre cuatro ofertados por el Tribunal, mediante sorteo, de la parte específica del programa que se relaciona en el anexo II.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

Tercer ejercicio: De carácter práctico, consistirá en el desarrollo bien de un supuesto práctico, o de técnicas experimentales relacionadas con el programa que integra el bloque II del Anexo II.

Se calificará de 0 a 10, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.

El tiempo máximo para la realización de los tres ejercicios será determinado por el Tribunal.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en el primer ejercicio.

ANEXO II
Bloque A: Parte general

1. Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica de 12 de abril.

2. Los Estatutos de la Universidad de Jaén. El Plan Estratégico de la Universidad de Jaén: elaboración, formulación, implantación, seguimiento y control.

3. Calidad Total: principios y conceptos fundamentales, herramientas y técnicas. Modelos de gestión: el Modelo de gestión ISO 9001:2000 y el Modelo EFQM de Excelencia.

4. Gestión por procesos. Principios de la gestión por procesos. Elementos del manual de procesos. Medición y mejora de los procesos de un sistema de gestión. El sistema de cartas de servicios.

5. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales

6. El IV Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

7. El personal docente e investigador de las universidades: clases y régimen jurídico aplicables. La Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación: marco legislativo, actividades de evaluación.

8. La Ley de Incompatibilidades, con especial referencia al sector universitario.

9. El Modelo de financiación de las Universidades Públicas Andaluzas. El contrato-programa.

10. El presupuesto de la Universidad de Jaén: Clasificación económica, funcional y orgánica. Detalle explicativo del presupuesto de ingresos y de gastos. Normas Generales de Ejecución Presupuestaria.

11. Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Relaciones entre las Administraciones Públicas. Órganos Colegiados. Abstención y recusación. Concepto de interesado en el procedimiento. Nulidad y anulabilidad de los actos administrativos. Plazos. Procedimiento Administrativo: Fases.

12. Los recursos administrativos. Clases y regulación actual. El recurso contencioso-administrativo.

Bloque B: Parte específica

Sistema de Ciencia-Tecnología y Empresa. La Investigación

13. Agentes que intervienen en el Sistema Ciencia-Tecnología-Industria español. Estructuras para la transferencia de Tecnología y Conocimiento.

14. La Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación. La política de I+D+I en la Unión Europea y de España, presente y futuro. Espacio Europeo de Investigación: Tratado de la Unión Europea y Tratado de Lisboa. Programas Internacionales: Programas bilaterales, Programas multilaterales y Organizaciones científicas internacionales.

15. Políticas de I+D+I en España. Ley de la Ciencia. Estrategia Nacional de Ciencia y Tecnología (ENCYT). Ingenio 2010: CONSOLIDER, RETICS, CIBER, CENIT, AVANZA, TORRES QUEVEDO, EUROCIENCIA, EUROSALUD, TECNOEUROPA, INNOEUROPA, EUROINGENIO 2010, Plan de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (I3). Estrategia Universidad 2015: ejes de actuación. Programa Campus de Excelencia Internacional.

16. Agentes de la Investigación. Investigadores: Carta Europea para el investigador, carrera investigadora, investigación universitaria. Agencia Nacional de Evaluación y Prospectiva (ANEP). Manual de Frascati.

I. La investigación subvencionada.

17. Instrumentos de Política Científica: 1.–Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Unión Europea, especial referencia al 7 PROGRAMA MARCO. Programas Específicos. Duración. Ámbitos de Investigación. Convocatorias.

18. Instrumentos de Política Científica: 2.–Plan Nacional de I+D+I, especial referencia al PN de I+D+I (2008-2011) Objetivos y Estructura. Líneas Instrumentales de Actuación: Recursos Humanos, Proyectos de I+D+I, Infraestructuras Científicas y Tecnológicas, Fortalecimiento Institucional, Utilización del Conocimiento y Transferencia Tecnológica. Articulación e Internalización del Sistema. Programas Nacionales. Acciones Estratégicas. Beneficiarios. Convocatorias. Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.

19. Instrumentos de Política Científica: 3.–DECRETO 86/2007, de 27 de marzo, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (2007-2013) (PAIDI). Líneas Estratégicas. Programas Sectoriales. Orden de 11 de diciembre de 2007 (y sus actualizaciones), por la que se regulan las bases reguladoras del Programa de Incentivos a los Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento y convocatorias.

20. Instrumentos de Política Científica: 3.1.–Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento: Orden de 3 de septiembre de 2007; Decreto 254/2009, de 26 de mayo, y Orden de 15 de marzo de 2010 por la que se modifica la de 3 de septiembre de 2007. Sistema de Información Científica de Andalucía (SICA). Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria.

21. Instrumentos de Política Científica: 4. Plan de Apoyo a la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación de la Universidad de Jaén. Programas y Acciones.

22. Conceptos y Tipos de Investigación: Investigación básica e investigación aplicada. La financiación de la investigación. Pública y privada. Competitiva o concertada.

23. Tipología de estructuras y actividades de investigación: Grupos de Investigación Proyectos de I+D+I. Actividades de Difusión. Transferencia. Formación y perfeccionamiento de Investigadores. Movilidad. Infraestructura. Servicios tecnológicos. Otras acciones financiables.

24. Programación de actividades de investigación: Búsqueda, selección, difusión y asesoramiento de convocatorias (PLAN DE TRABAJO). Planificación del proyecto/grupo. Equipo investigador: investigador principal y equipo. Responsabilidad. Proyectos individuales y proyectos coordinados. Proyectos en cooperación con empresas. Conceptos de gasto elegibles. Costes Indirectos y Overhead. Rendición de resultados científicos y económicos, especial referencia a las Cuentas Justificativas de gastos.

25. La gestión de la investigación en las Universidades. Servicios de Gestión y Apoyo a la Investigación.

26. Ley de la Ciencia. Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica y Técnica). Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

27. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

II. La investigación aplicada.

28. La regulación de la investigación en la Ley Orgánica de Universidades (LOU) y en los Estatutos de la Universidad de Jaén. El Real Decreto 1930/1984, por el que se Desarrolla el artículo 45.1 de la L.R.U. sobre Compatibilidad de la Dedicación de los Catedráticos y Profesores de Universidad, con la Realización de Proyectos Científicos, Técnicos o Artísticos y con el Desarrollo de Cursos de Especialización. Modificado por el Real Decreto 1450/1989, de 24 de noviembre.

29. Contratación de I+D. Capacidad de firma y representación. Resolución del contrato. Convenios de colaboración y Acuerdos Marco. Actividades que pueden ser objeto de contratación. Patrocinio de actividades. Cursos de Especialización. Contratos de investigación con Administraciones Públicas.

30. Reglamento por el que se regula la Contratación de Trabajos de Carácter Científico, Técnico o Artístico en la Universidad de Jaén.

31. La I+D cooperativa: Relaciones Universidad-Empresa. Programas y mecanismos de apoyo a la investigación cooperativa. El Programa de Fomento de la Investigación Técnica. Subprogramas relacionados con I+D Cooperativa.

32. Unidades de Transferencia de Investigación: Oficinas de Transferencia de Resultados de la Investigación (OTRI). Funciones. Actividades de Difusión, Transferencia, Valorización.

33. Empresas de Base Tecnológica, Empresa de Base Creativo- Cultural (EBTs): Concepto de emprendedor, estudio de mercado, plan de empresa. Programa Campus de la Junta de Andalucía. Programa Melkart. Neotec.

IV. Personal colaborador en actividades de investigación, tipología y régimen jurídico.

34. Personal Investigador en Formación (PIF): Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Personal investigador en Formación. Personal contratado con cargo a créditos de investigación: Ley de la Ciencia: a) Contratos para la realización de un proyecto específico de investigación b) Contratos para la incorporación de investigadores al sistema español de ciencia y tecnología. Contratos en Prácticas. Contratos por Obra o Servicio.

35. Reglamento de Colaboradores con cargo a créditos de Investigación de la Universidad de Jaén. Tipos de personal colaborador: Régimen Jurídico.

V. Protección de resultados de investigación.

36. La protección del conocimiento. Modalidades de protección. Cuestiones relativas a la titularidad del conocimiento. Modalidades de protección de las innovaciones. La titularidad del conocimiento. Reglamento IPR de la Universidad de Jaén.

37. Patentes y modelos de utilidad. Conceptos básicos. Requisitos de patentabilidad. Materias que no se consideran invenciones. Excepciones a la patentabilidad. Modelos de utilidad. Extensión internacional de la protección conferida por patentes y modelos de utilidad. La propiedad intelectual y los derechos de autor.

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