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Documento BOE-A-2010-18164

Orden CUL/3038/2010, de 4 de noviembre, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Turismo de Valdepeñas.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 25 de noviembre de 2010, páginas 98338 a 98339 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2010-18164

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado para la inscripción de la Fundación Turismo de Valdepeñas en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, y en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.—La Fundación anteriormente citada fue constituida por el excelentísimo Ayuntamiento de Valdepeñas, y las mercantiles Félix Solis Avantis, SA, Restaurante Sucot, SL, Hosteleras Teromar, SL, Antonio y Joaquín Gutiérrez, SA, Bodegas Real, SL, Arúspide, SL, y El Hidalgo Hotels, SL, el 12 de mayo de 2010, según consta en la escritura pública número 1067 otorgada ante el notario de Valdepeñas don José Álvarez Fernández, subsanada por otra número 2131 de 23 de septiembre de 2010 otorgada ante el mismo notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.—El domicilio de la Fundación quedó establecido en el municipio de Valdepeñas, plaza de España, s/n, y la Fundación desarrollará principalmente sus actividades en todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.—Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de 30.000 euros, desembolsada en su totalidad tal y como consta en certificación bancaria incluida en la escritura de constitución.

Cuarto. Fines de la Fundación.—En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura de constitución y modificados por otra de subsanación a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: 1.º La promoción de la imagen turística de la ciudad de Valdepeñas, tanto a nivel nacional como internacional. 2.º La captación y canalización del turismo hacia nuestra ciudad. 3.º El desarrollo de su infraestructura turística y de servicios complementarios. 4.º La promoción de la ciudad de Valdepeñas como sede de congresos, ferias, viajes de incentivos y otro tipo de eventos y cualesquiera otras actividades turísticas. 5.º Ofrecer servicio de asesoramiento a todos los operadores del sector turístico, bien en forma directa, bien colaborando con las llevadas a cabo por otras entidades, organismos o personas. 6.º Promover y elaborar análisis y estudios, así como el material necesario que sirva de soporte a sus actuaciones. 7.º Establecer relaciones cooperación y colaboración con empresas e Instituciones Nacionales e Internacionales que puedan ser de interés para la promoción turística de la ciudad y que quieran contribuir al fin fundacional. 8.º Creación de paquetes turísticos, que den a conocer los atractivos de la ciudad. 9.º Sensibilización a la población acerca del potencial turístico que posee la ciudad. 10.º Ser el medio de toda clase de iniciativas públicas o privadas para la expansión y mejora de los servicios turísticos. 11.º Captar fondos y recursos para poner en marcha proyectos turísticos vinculados a Valdepeñas.

Quinto. Patronato.—El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Don Manuel López Rodríguez, por razón de su cargo de Teniente Alcalde Delegado Genérico del Área de Cultura y Turismo del excelentísimo Ayuntamiento de Valdepeñas, con el cargo de Presidente del Patronato; la sociedad Antonio y Joaquín Gutiérrez, S.A., como Vicepresidente del Patronato, representada por don Antonio-Joaquín Gutiérrez García; la sociedad El Hidalgo Hotels, S.L. con el cargo de Secretario patrono, representada por don Pablo Lema Rodríguez; la sociedad Félix Solis Avantis, S.A., como Vocal del Patronato, representada por don José Luis Martínez Díaz, y la sociedad Restaurante Sucot, S.L., como Vocal del Patronato, representada por don Jesús Sánchez García.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente señaladas.

Fundamentos jurídicos

Primero.—Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre.

La Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio, de delegación de competencias del Ministerio de Cultura, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Dirección General de Política e Industrias Culturales las competencias que están atribuidas al Ministro en cuanto titular del Protectorado por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y restantes normas de desarrollo y aplicación.

Segundo.—Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 b) del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.—Según las disposiciones transitorias cuarta de la Ley de Fundaciones y primera del Real Decreto 1611/2007, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Turismo de Valdepeñas en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la denominada Fundación Turismo de Valdepeñas, de ámbito estatal, con domicilio en el municipio de Valdepeñas, plaza de España, s/n; y el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 4 de noviembre de 2010.—La Ministra de Cultura, P. D. (Orden CUL/2165/2009, de 14 de julio), el Director General de Política e Industrias Culturales, Santos Castro Fernández.

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