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Documento BOE-A-2010-19070

Resolución de 30 de noviembre de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Protocolo por el que se prorroga para el año 2010 el Convenio de colaboración con la Comunidad de Madrid, para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 10 de diciembre de 2010, páginas 102454 a 102457 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2010-19070

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo por el que se prorroga para el año 2010 el Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Protocolo, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 30 de noviembre de 2010.—El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo e Inmigración, José Antonio Panizo Robles.

ANEXO

Protocolo por el que se prorroga para el año 2010 el Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Madrid para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo

En Madrid, a 28 de octubre de 2010.

REUNIDOS

De una parte, don Valeriano Gómez Sánchez, Ministro de Trabajo e Inmigración, nombrado por Real Decreto 1235/2010, de 20 de octubre, en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, la Excma. Sra. doña Esperanza Aguirre Gil de Biedma, Presidenta de la Comunidad de Madrid, nombrada por Real Decreto 1427/2003, de 20 de noviembre, y en virtud de las competencias que le otorgan el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y la Ley 8/1998, de 9 de abril, de Adecuación de la Normativa de la Comunidad de Madrid.

Ambas partes, actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos, se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Protocolo de Prórroga del Convenio reseñado (en adelante Protocolo de Prórroga) y

EXPONEN

Primero.—Que conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Madrid suscribieron con fecha 4 de octubre de 2005 un Convenio de colaboración para el desarrollo conjunto de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo de los mismos.

Segundo.—Que, de acuerdo a la voluntad manifestada en la cláusula décima del citado Convenio de colaboración, el mismo se prorroga de forma automática, de no mediar denuncia expresa de las partes, en los mismos términos establecidos y acompañado de los correspondientes Anexos, en los que se detallarán las nuevas actuaciones a realizar y las cuantías a aportar por ambas partes en este ejercicio

Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo de Prórroga que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del Convenio de colaboración.—En virtud de la cláusula décima del citado Convenio de colaboración suscrito el 4 de octubre de 2005, la vigencia del mismo queda prorrogada hasta el 31 de diciembre del año 2010 y su correspondiente ejercicio económico al que se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda. Contenido y programa de actuaciones a desarrollar.—Las actuaciones concretas que conlleva el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga se ajustan a lo señalado en el «Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes 2010» (en adelante, Marco), acordado en la reunión del día 25 de marzo de 2010 por la Conferencia Sectorial de la Inmigración, que se incorpora como Anexo 1 al presente Protocolo de Prórroga. Dichas actuaciones deben estar enmarcadas en los ejes, medidas y líneas de intervención que en dicho documento se señalan.

Las actuaciones a desarrollar por la Comunidad Autónoma de Madrid en el presente ejercicio, se recogen en el Plan de Acción 2010. Dicho plan ha sido aprobado de común acuerdo por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y por la Comunidad Autónoma, con anterioridad a la firma de este documento, aprobación que se formaliza por medio de un Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes y la Dirección de Inmigración de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración de la Comunidad de Madrid, según el documento adjunto.

El Plan de Acción de la Comunidad Autónoma recoge de forma expresa el número de plazas del «Programa de Acogida y Atención Humanitaria a personas inmigrantes procedentes de Canarias, Ceuta y Melilla», así como las actuaciones a desarrollar.

Tercera. Coste del programa y aportaciones de las partes.—1. El coste total de las actuaciones objeto del presente Protocolo de Prórroga es de veinte millones ciento ochenta y cuatro mil ciento diez euros con cincuenta y nueve céntimos (20.184.110, 59 €).

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta como participación a la financiación de este Protocolo de Prórroga con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2010, consignada en la aplicación presupuestaria 19.07.231H.455.00, la cantidad de catorce millones cincuenta mil cuatrocientos ochenta y cinco euros (14.050.485 €).

La Comunidad Autónoma de Madrid con cargo a su dotación presupuestaria para el año 2010, aporta la cantidad de seis millones ciento treinta y tres mil seiscientos veinticinco euros con cincuenta y nueve céntimos (6.133.625,59 €). La aportación de la Comunidad Autónoma supone, como mínimo, el treinta por ciento del coste total de las actuaciones a desarrollar de Acogida e Integración y de Refuerzo Educativo. Esta cantidad procede de las siguientes partidas presupuestarias:

Programa

Partida

503

22300

503

29000

504

22790

504

29000

505

22810

505

29000

507

48390

507

48510

507

48520

508

29000

508

46200

508

48200

514

Capítulo I

990

22740

990

25410

990

46390

990

48A6

990

48090

2. La cofinanciación de las actuaciones se hará siguiendo lo señalado a continuación:

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta la cantidad de ocho millones quinientos veintidós mil doscientos cuarenta y ocho euros (8.522.248 €), para las actuaciones de Acogida e Integración.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración aporta la cantidad de cinco millones quinientos veintiocho mil doscientos treinta y siete euros (5.528.237 €) para las actuaciones de Refuerzo Educativo.

Cuarta. Compromisos de las partes.—La Comunidad Autónoma de Madrid se compromete a destinar como mínimo la cantidad de cinco millones quinientos veintiocho mil doscientos treinta y siete euros (5.528.237 €) de la aportación del Ministerio de Trabajo e Inmigración a actuaciones encuadradas en las medidas del eje de Educación enunciadas en el Plan de Acción 2010.

Igualmente, la Comunidad Autónoma se compromete a derivar a las Entidades Locales de su territorio con una mayor presión migratoria como mínimo el 40% de la asignación de catorce millones cincuenta mil cuatrocientos ochenta y cinco euros (14.050.485 €) correspondiente a la aportación que realiza el Ministerio de Trabajo e Inmigración para Acogida e Integración y Refuerzo Educativo.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración se compromete a prestar su colaboración en el desarrollo del presente Protocolo de Prórroga y principalmente, en lo referido al seguimiento y evaluación de las actuaciones recogidas en el Plan de Acción 2010.

Quinta. Modificaciones en el desarrollo de las actuaciones.—La Comunidad Autónoma deberá comunicar cualquier propuesta de modificación que pudiera surgir durante el desarrollo y ejecución de las actuaciones comprometidas en el. Plan de Acción, tanto de contenido como de costes, con el fin de acordar el Ministerio, a través de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, y la Comunidad Autónoma, la aceptación expresa de dicha variación.

Sexta. Seguimiento y evaluación.—En cumplimiento de lo señalado en la cláusula novena del convenio de colaboración, la Comunidad Autónoma remitirá periódicamente al Ministerio de Trabajo e Inmigración la información necesaria que permita conocer el desarrollo de actuaciones, así como aquella otra información requerida a efectos del seguimiento y evaluación de la ejecución del Plan de Acción.

Disposición adicional.

En lo no dispuesto expresamente en este Protocolo de Prórroga, será de aplicación lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito en 2005, en especial lo que se refiere a la justificación del gasto (cláusula quinta del Convenio), resolución del convenio (cláusula undécima del Convenio) y a la naturaleza y jurisdicción (cláusula duodécima del Convenio).

Y, en prueba de conformidad, firman el presente Protocolo de Prórroga en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.—Por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, Anna Terrón i Cussí, Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, P. D. (Orden Ministerial Comunicada de 28 de octubre de 2010).—Por la Comunidad Autónoma de Madrid, Paloma Adrados Gautier, Consejera de Empleo, Mujer e Inmigración, P. D. (Decreto de la Presidenta de la Comunidad de Madrid).

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