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Documento BOE-A-2010-2707

Resolución de 8 de febrero de 2010, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para 2010 del Convenio de colaboración, entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 19 de febrero de 2010, páginas 16231 a 16236 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2010-2707

TEXTO ORIGINAL

La Mutualidad General Judicial (MUGEJU), como Entidad que tiene a su cargo la gestión del Régimen Especial de la Seguridad Social del personal de la Administración de Justicia, presta a sus mutualistas y beneficiarios la asistencia sanitaria, conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes sobre el Régimen especial de Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia. La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) tienen el mismo cometido con sus mutualistas.

Las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria con las que dichas Mutualidades tienen suscritos Conciertos para esta prestación a nivel nacional, no disponen de medios privados para tal asistencia en algunas zonas rurales.

El Servicio Cántabro de Salud dispone de los medios necesarios para la prestación de servicios de atención primaria a los mutualistas y beneficiarios, que completan la asistencia sanitaria nacional a cargo de las Entidades de Seguro concertadas.

En base a lo anterior, se ha suscrito convenio entre el mencionado Servicio Cántabro de Salud y las citadas Mutualidades, para la prestación en zonas rurales de su ámbito de determinados servicios sanitarios a mutualistas y beneficiarios adscritos a Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria concertada.

En aplicación del artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar el citado Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 8 de febrero de 2010.–El Gerente de la Mutualidad General Judicial, P.S. (Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre), la Secretaria General de la Mutualidad General Judicial, María del Mar García Ferrer.

ANEXO
Acuerdo de prórroga y actualización para 2010 del Convenio de colaboración firmado el 23 de junio de 2006, entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

Santander/Madrid, a 20 de noviembre de 2009

REUNIDOS

De una parte Don Luis María Truan Silva, Consejero de Sanidad del Gobierno de Cantabria, facultada para la firma de la presente prórroga al convenio, por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 8 de octubre de 2009. De otra, Doña María Ángeles Fernández Simón Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común y actuando en nombre y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2, k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE,

Doña Celia Abenza Rojo, Secretaría General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimientos Administrativo Común, y actuando en nombre y representación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre,

y Doña M.ª del Mar García Ferrer, Secretaria General de la Mutualidad General Judicial (Mugeju), en sustitución del Gerente por vacante del cargo, según lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de Mugeju, y actuando en nombre y representación de la misma, y en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

EXPONEN

Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, Cuarta, Sexta, Séptima Y Octava del Convenio de colaboración para 2006 suscrito entre el Servicio Cántabro de Salud y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe prorrogarse el mismo para 2010, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.

ACUERDAN

Primero.–Prorrogar el Convenio de referencia cuya vigencia se extiende desde 1 de enero de 2010 hasta 31 de diciembre de 2010.

Segundo.–Actualizar con efectos de 1 de enero de 2010 y según lo previsto en las cláusulas Séptima y Octava del mencionado Convenio, los Anexos I, II, III y IV del mismo, Anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «Anexos I, II, III y IV, para 2010», y que modifican las relaciones de municipios citadas en la cláusula Primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula Cuarta.

Para el año 2010 se mantienen los precios convenidos en la prórroga del año 2009, ya que según lo estipulado en la Cláusula Séptima del Convenio, la contraprestación económica, en el caso de que se formalice la prórroga, se calculará a partir del 1 de mayo del año en que finalice su vigencia, incrementándose las cantidades de acuerdo con el incremento del IPC general interanual referido a 30 de abril y con efectos del 1 de enero del año siguiente, pero al ser el IPC general interanual de 30 de abril de 2009 negativo (-0,2%) no procede incremento alguno. De acuerdo con ello, los precios para el año 2010 quedan fijados en la siguientes cuantías:

11,09 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo I, y de 0,94 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo II.

Tercero.–Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.

Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar octuplicado y a un solo efecto, los representantes del Servicio Cántabro de Salud y de cada una de las Mutualidades.–El Consejero de Sanidad, Luis María Truan Silva.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, María de los Ángeles Fernández Simón.–La Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, Celia Abenza Rojo.–El Gerente de la Mutualidad General Judicial, P. A. (art. 15 del R. D. 1206/2006), la Secretaria General, María del Mar García Ferrer.

CONVENIO RURAL CON LA COMUNIDAD DE CANTABRIA

«Anexos I, II, III y IV, para 2010»

Anexo I

Listado de Municipios

Cantabria

Municipios

Zona Básica de Salud

Alfoz de Lloredo

Altamira.

Ampuero

Bajo Ason.

Anievas

Besaya.

Arenas de Iguña

Besaya.

Argonos

Gama.

Arnuero

Meruelo.

Arredondo

Alto Ason.

Barcena de Cicero (Gama)

Gama.

Bárcena de Pie de Concha

Besaya.

Bareyo

Meruelo.

Cabezon de Liebana

Liebana.

Cabuérniga (Valle de)

Saja/Cabuérniga.

Camaleno

Liebana.

Campoo de Yuso (Costana (La))

Campoo.

Cartes

Torrelavega/Cartes.

Castañeda

Pisueña/Cayón.

Castro-Cillorigo (Tama)

Liebana.

Cieza

Besaya.

Comillas

San Vicente.

Corvera de Toranzo

Alto Pas.

Enmedio (Matamorosa)

Campoo.

Entrambasaguas

Cudeyo.

Escalante

Gama.

Guriezo (Puente (El))

Agúera.

Hazas de Cesto

Gama.

Hermandad Campoo Suso (Espinilla)

Campoo.

Herrerías

Nansa.

Lamasón

Nansa.

Liendo (Hazas)

Laredo.

Lierganes

Miera.

Limpias

Bajo Ason.

Luena

Alto Pas.

Marina de Cudeyo

Cudeyo.

Mazcuerras

Saja/Cabuérniga.

Medio Cudeyo

Cudeyo.

Meruelo

Meruelo.

Miengo

Polanco.

Miera

Miera.

Molledo

Besaya.

Noja

Meruelo.

Penagos

Pisueña/Cayón.

Peñarrubia

Liebana.

Pesaguero

Liebana.

Pesquera

Campoo.

Polaciones

Nansa.

Polanco (Iglesia (La))

Polanco.

Potes

Liebana.

Puente Viesgo

Bajo Pas.

Ramales de La Victoria

Alto Ason.

Rasines

Alto Asón.

Reocin(Pte.S Miguel)

Altamira.

Ribamontan al Mar

Cudeyo.

Ribamontan al Monte (Hoz de Anero)

Cudeyo.

Riomansa(Puentenansa

Nansa.

Riotuerto

Miera.

Rozas de Valderroyo (Las)

Campoo.

Ruente

Saja/Cabuérniga.

Ruesga

Alto Asón.

Ruiloba (Barrio de la Iglesia)

San Vicente.

San Felices de Buelna (Rivero)

Besaya.

San Miguel de Aguayo

Campoo.

San Pedro del Romeral

Alto Pas.

San Roque de Riomiera

Miera.

San Vicente de La Barquera

San Vicente.

SantA María de Cayón

Pisueña/Cayón.

Santiurde de Reinosa

Campoo.

Santiurde de Toranzo

Alto Pas.

Saro

Pisueña Selaya.

Selaya

Pisueña/Selaya.

Soba (Veguilla)

Alto Ason.

Solorzano

Gama.

Suances

Suances.

Tojos (Los)

Saja/Cabuérniga.

Tresviso

Liébana.

Tudanca

Nansa.

Udías

Saja/Cabuérniga.

Val de San Vicente (Pesues)

San Vicente.

Valdaliga

Saja.

Valdeolea

Los Valles.

Valdeprado del Rio (Arroyal)

Los Valles.

Valderredible (Polientes)

Los Valles.

Vega de Liebana

Liebana.

Vega de Pas

Alto Pas.

Villacarriedo

Pisueña Selaya.

Villaescusa

AstiLlero.

Villafufre

Pisueña/Selaya.

Villaverde de Trucíos

Laredo.

Voto

Colindres.

Anexo II

Listado de Municipios

Comunidad Autónoma: Cantabria

Provincia: Cantabria.

Municipio:

Astillero (El).

Cabezón de la Sal.

Colindres.

Corrales de Buelna (Los).

Laredo.

Piélagos.

Reinosa.

Santa Cruz de Bezana.

Santillana del Mar.

Santoña.

Anexo III

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo I, e importe que debe abonarse mensualmente a partir de enero de 2010 por cada uno de los colectivos (totalizados a 1 de mayo de 2009), a la Comunidad Autónoma de: Cantabria

(Precio por persona = 11,09 €/mes en 2010)

Entidad

Personas adscritas

Importes mensuales

De
Muface

De
Isfas

De
Mugeju

Por
Colectivo
de Muface

Euros

Por
Colectivo
de Isfas

Euros

Por colectivo de Mugeju

Euros

Adeslas

875

768

64

9.703,75

8.517,12

709,76

Asisa

221

170

36

2.450,89

1.885,30

399,24

Caser

25

 

7

277,25

 

77,63

DKV Seguros

13

4

2

144,17

44,36

22,18

IG. de Santander

1.300

 

 

14.417,00

 

 

Mapfre Familiar

13

9

8

144,17

99,81

88,72

Nueva Equitativa

 

 

 

 

 

 

Sanitas

 

 

4

 

 

44,36

Total

2.447

951

121

27.137,23

10.546,59

1.341,89

Anexo IV

Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo II, e importe que debe abonarse mensualmente a partir de enero de 2010 por cada uno de los colectivos (totalizados a 1 de mayo de 2009), a la Comunidad Autónoma de: Cantabria

(Precio por persona = 0,94 €/mes en 2010)

Entidad

Personas adscritas

Importes mensuales

De
Muface

De
Isfas

De
Mugeju

Por
Colectivo
de Muface

Euros

Por
Colectivo
de Isfas

Euros

Por colectivo de Mugeju

Euros

Adeslas

1.070

818

87

1.005,80

768,92

81,78

Asisa

252

190

52

236,88

178,60

48,88

Caser

4

 

20

3,76

 

18,80

DKV Seguros

23

3

3

21,62

2,82

2,82

IG. de Santander

1.597

 

 

1.501,18

 

 

Mapfre Familiar

22

18

7

20,68

16,92

6,58

Nueva Equitativa

 

 

 

 

 

 

Sanitas

 

 

10

 

 

9,40

Total

2.968

1.029

179

2.789,92

967,26

168,26

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