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Documento BOE-A-2010-5859

Resolución de 8 de marzo de 2010, de la Autoridad Portuaria de Alicante, por la que se publican las cuentas anuales, correspondientes al ejercicio 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 12 de abril de 2010, páginas 32722 a 32757 (36 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2010-5859

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 136.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, por el que se establece que las entidades que deban aplicar principios contables públicos así como las restantes que no tengan obligación de publicar sus cuentas en el Registro Mercantil, publicarán anualmente, en el «Boletín Oficial del Estado», el balance de situación y la cuenta del resultado económico–patrimonial y un resumen de los restantes estados que conforman las cuentas anuales, se hace pública la información contenida en el resumen de las cuentas anuales de la Autoridad Portuaria de Alicante correspondientes al ejercicio 2008, que figura como anexo a esta Resolución.

Alicante, 8 de marzo de 2010.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Alicante, Miguel Campoy Suárez.

ANEXO
Cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2008

I. Actividad de la empresa.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, la Autoridad Portuaria de Alicante (en adelante, la Autoridad Portuaria) se constituyó el 1 de enero de 1993, mediante la transformación del Organismo Autónomo preexistente «Junta del Puerto de Alicante», al que sucedió en la titularidad de su patrimonio, radicando su domicilio social en Muelle de Poniente 11, código postal 03001 de Alicante.

La Autoridad Portuaria es una Entidad de Derecho Público con personalidad jurídica y patrimonio propio independiente de los del Estado, con plena capacidad de obrar para el desarrollo de sus fines, y actúa con sujeción al ordenamiento jurídico privado. Se rige por su legislación específica, por las disposiciones de la Ley General Presupuestaria que le sean de aplicación y, supletoriamente, por la Ley 6/1998, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

En el ejercicio 2004 entró en vigor la Ley 48/2003, de «Régimen Económico de Puertos de Interés General», modificando parcialmente el marco normativo, especialmente en lo referido al régimen económico de la Autoridad Portuaria de Alicante.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley 27/1992, el ámbito territorial de competencias de la Entidad es el comprendido dentro de los límites de la zona de servicio del Puerto de Alicante y los espacios afectados al servicio de señalización marítima cuya gestión tiene asignados.

Tiene como objetivos generales:

1. La realización, autorización y control, en su caso, de las operaciones marítimas y terrestres relacionadas con el tráfico portuario, y de los servicios portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía, productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otras autoridades.

2. La ordenación de la zona de servicio de la Autoridad Portuaria y de los usos portuarios, en coordinación con las Administraciones competentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

3. La planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y servicios de la Autoridad Portuaria, y el de las señales marítimas que tenga encomendadas, con sujeción a lo establecido en la Ley de Puertos del Estado.

4. La gestión del dominio público portuario y de las señales marítimas que le sean adscritas.

5. La optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los recursos que tengan asignados.

6. El fomento de actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico marítimo y portuario.

7. La promoción de la participación de la iniciativa privada en la financiación, construcción, explotación de las instalaciones portuarias y en las prestaciones de servicios, a través del otorgamiento de las correspondientes autorizaciones y concesiones, tanto demaniales como de obra publica.

8. La coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte en el espacio portuario.

La Entidad identifica su ejercicio económico con el año natural, constituyendo los recursos económicos de la Autoridad Portuaria, los siguientes:

Los productos y rentas de su patrimonio, así como los procedentes de la enajenación de sus activos y los remanentes resultantes del ejercicio económico anterior.

Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos en el ejercicio de sus actividades, que tendrán el carácter de recursos de Derecho Privado.

Los ingresos procedentes de la utilización de bienes de dominio público portuario, mediante el otorgamiento de concesiones y autorizaciones.

Los ingresos procedentes de la prestación de servicios al público o del ejercicio de actividades industriales y comerciales en el ámbito portuario.

Las aportaciones recibidas de Puertos del Estado.

Los que pudieran asignarse en los Presupuestos Generales del Estado o en los de otras Administraciones Públicas, así como las subvenciones y auxilios, cualquiera que sea su procedencia.

Los procedentes de créditos, préstamos y demás operaciones financieras que puedan concertar.

El producto de la aplicación del régimen sancionador previsto en la Ley de Puertos del Estado mencionada.

Cualquier otro que les sea atribuido.

Hasta el 1 de enero de 1993, fecha de la entrada en vigor de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, la Autoridad Portuaria era un organismo Autónomo de la Administración del Estado, por lo que las normas de contabilidad estaban sometidas a lo que señalaba la Administración del Estado. A este respecto, la principal legislación aplicable era:

Plan General de Contabilidad Pública de 14 de octubre de 1981, modificado por la Resolución de 27 de diciembre de 1989 de la Intervención General de la Administración del Estado.

Orden Ministerial del Ministerio de Economía y Hacienda de 31 de marzo de 1986 por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad de los Organismos Autónomos del Estado.

Adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a los Puertos Españoles, realizada por la Intervención General de la Administración del Estado.

II. Bases de presentación de las cuentas anuales.

1. Imagen fiel.

Las cuentas anuales del ejercicio 2008, que han sido formuladas por el Presidente de la Autoridad Portuaria de Alicante, se han obtenido de los registros contables de la Autoridad Portuaria y se presentan de acuerdo con el Plan General de Contabilidad, de forma que muestran la imagen fiel de su patrimonio, de su situación financiera y de sus resultados, así como de la veracidad de los flujos incorporados en el estado de flujos de efectivo. Las cuentas anuales se someterán a la aprobación del Consejo de Administración, estimándose que serán aprobadas sin ninguna modificación. Por su parte, las cuentas anuales correspondientes al ejercicio 2007 fueron aprobadas en la reunión del Consejo de Administración del 23 de mayo de 2008.

2. Principios contables no obligatorios aplicados.

Los principios y criterios de valoración contables aplicados en la preparación de las cuentas anuales del ejercicio 2008 son los que se resumen en la Nota IV de esta Memoria, establecidos por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. Todos los principios contables obligatorios con incidencia en el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la Autoridad Portuaria se han aplicado en su elaboración.

No obstante, y como se desarrollará en la Nota IV.2 de la presente memoria, con fecha 1 de enero de 1999 entró en vigor el Manual de Tratamiento de los Activos Materiales Portuarios, elaborado por Puertos del Estado, en el cual se especifican los criterios a seguir en la valoración de los distintos elementos del inmovilizado material, y que introduce algunos cambios significativos en el tratamiento de determinadas operaciones singulares cuya ejecución atiende al carácter público de las Autoridades Portuarias, por lo que les resultan de aplicación las normas contenidas en el Plan General de Contabilidad Pública, y en el Documento 6 de la Comisión de Principios y Normas Contables Públicas de la Intervención General de la Administración del Estado.

3. Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre.

En la preparación de las cuentas anuales, la Entidad ha tenido que utilizar juicios, estimaciones y asunciones que afectan a la aplicación de las políticas contables y a los saldos de activos, pasivos, ingresos y gastos y al desglose de activos y pasivos contingentes a la fecha de emisión de las presentes cuentas anuales.

Las estimaciones y las asunciones relacionadas están basadas en la experiencia histórica y en otros factores diversos que son entendidos como razonables de acuerdo con las circunstancias, cuyos resultados constituyen la base para establecer los juicios sobre el valor contable de los activos y pasivos que no son fácilmente disponibles mediante otras fuentes. Las estimaciones y asunciones respectivas son revisadas de forma continuada; los efectos de las revisiones de las estimaciones contables son reconocidos en el período en el cual se realizan, si éstas afectan sólo a ese período, o en el período de la revisión y futuros, si la revisión afecta a ambos.

Los juicios, estimaciones y asunciones principales relativos a hechos futuros y otras fuentes de estimación inciertas a la fecha de formulación de las cuentas anuales, son los siguientes:

Fiscalidad.

Según establece la legislación vigente, los impuestos no pueden considerarse definitivamente liquidados hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales, o haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años. En opinión de la Entidad no existen contingencias que pudieran resultar en pasivos adicionales significativos para la Entidad en caso de inspección.

Deterioro de activos no financieros.

La Entidad analiza, al menos al cierre de cada ejercicio, si existen indicadores de deterioro para los activos no financieros, sometiéndose a la prueba de deterioro de valor cuando existen indicadores de su deterioro.

Provisiones.

La Entidad reconoce provisiones sobre riesgos, de acuerdo con la política contable indicada en la Nota IV.9 de esta Memoria. La Entidad ha realizado juicios y estimaciones en relación con la probabilidad de ocurrencia de dichos riesgos, así como la cuantía de los mismos, y ha registrado una provisión cuando, cumpliendo con la definición de pasivo del Plan General de Contabilidad, el riesgo ha sido considerado como probable, estimando el coste que le originaría dicha obligación.

Cálculo de los valores razonables, de los valores en uso y de los valores actuales.

El cálculo de valores razonables, valores en uso y valores actuales implica el cálculo de flujos de efectivo futuros y la asunción de hipótesis relativas a los valores futuros de los flujos así como las tasas de descuento aplicables a los mismos. Las estimaciones y las asunciones relacionadas están basadas en la experiencia histórica y en otros factores diversos que son entendidos como razonables de acuerdo con las circunstancias.

4. Aspectos derivados de la transición a las nuevas normas contables.

Las cuentas anuales correspondientes al ejercicio anual terminado el 31 de diciembre de 2008 han sido las primeras que han sido elaboradas de acuerdo con el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre. Esta normativa supone, con respecto a la que se encontraba en vigor al tiempo de formularse las cuentas anuales de la Entidad del ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2007 la existencia de cambios en las políticas contables, criterios de valoración y forma de presentación de los estados financieros que forman parte de las cuentas anuales.

A los efectos de la obligación establecida en el art. 35.6 del Código de Comercio y a los efectos derivados de la aplicación del principio de uniformidad y del requisito de comparabilidad, las cuentas anuales correspondientes al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2008 se consideran como cuentas anuales iniciales, por lo que no es obligatorio reflejar cifras comparativas.

Sin perjuicio de lo anterior, tal y como establece el Real Decreto 1514/2007, a continuación se incluyen el balance y la cuenta de pérdidas y ganancias correspondientes al ejercicio 2007, aprobadas por el Consejo de Administración. Dichos estados contables fueron elaborados conforme a las normas establecidas en el Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre–PGC (90).

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

La Entidad ha elegido como fecha de transición al Nuevo Plan General de Contabilidad el 1 de de enero de 2008.

A continuación, y de acuerdo con la normativa vigente, se presenta la conciliación entre el Patrimonio neto al 1 de enero de 2008 elaborado conforme al PGC(90) y el Patrimonio neto a esa misma fecha elaborado de acuerdo con las nuevas normas contables establecidas en el Real Decreto 1514/2007 (Nuevo Plan General de Contabilidad –NPGC–):

 

Euros

Patrimonio neto al 1 de enero de 2008 según PGC(90) (*)

141.025.567,63

Impactos por transición al Nuevo Plan General de Contabilidad:

 

Activos intangibles y materiales (Patrimonio)

2.483.990,72

Activos intangibles y materiales (Resultados acumulados)

(2.483.990,72)

Ingresos a distribuir en varios ejercicios

1.164.879,16

Subvenciones

35.538.344,91

Provisión para grandes reparaciones

577.017,16

Actualización valor

(73.716,82)

Otros ajustes

(230,49)

Patrimonio neto al 1 de enero de 2008 según NPGC

178.231.861,58

(*) Obtenido de las cuentas anuales al 31 de diciembre de 2007, preparadas de acuerdo con principios y normas de contabilidad aplicables en dicha fecha.

La explicación de estos impactos por transición al Nuevo Plan General de Contabilidad, considerando que la Entidad se ha acogido a la opción contemplada en el apartado d) del punto 1 de la disposición transitoria primera del Real Decreto 1514/2007, según la cual la empresa puede optar por valorar todos los elementos patrimoniales que deben incluirse en el balance de apertura conforme a los principios y normas vigentes con anterioridad a la entrada en vigor de la ley 16/2007, de 4 de julio, salvo para los instrumentos financieros que se valoran por su valor razonable, es la siguiente:

Activos intangibles y activos materiales.

En base a lo indicado en la disposición transitoria primera de reglas generales para la aplicación del Nuevo Plan General Contable, la Entidad debe dar de baja todos aquellos activos que no cumplan con dicha definición, procediendo, en consecuencia, a la baja del activo intangible relacionado con la propiedad industrial, cuya baja no ha tenido impacto sobre el patrimonio neto al estar totalmente amortizada.

Respecto a los «Bienes entregados al uso general», teniendo en consideración los criterios y el marco conceptual y normas de registro y valoración establecidos en el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, éstos no reúnen requisitos suficientes para tener la consideración de activos. Así, se ha procedido a incorporar 2.483.990,72 euros en el epígrafe «A–1) I. Patrimonio» del balance de situación y, asimismo, a minorar en el mismo importe el epígrafe «A–1) II. Resultados Acumulados». Dichos bienes, no teniendo efecto alguno en la determinación del patrimonio neto a 1 de enero de 2008 según el Plan General de Contabilidad de 1990, toda vez que ya se encontraban por su naturaleza, minorando la cantidad de dicha masa patrimonial.

Ingresos a distribuir en varios ejercicios.

La naturaleza del valor existente como ingresos a distribuir en varios ejercicios proviene del valor de las concesiones revertidas cuyos flujos se encuentran pendientes de llevar anualmente al resultado, en el mismo periodo en que se amortizan, según las vidas útiles futuras determinadas en el momento de efectuar la valoración independiente, de las instalaciones revertidas.

Este tratamiento viene derivado de la interpretación normativa dada en la materia, formulada por la Intervención General de la Administración del Estado, según su comunicación, de fecha 18 de marzo de 2009, al Presidente de Puertos del Estado, con respecto al análisis de las Directrices de aplicación del Nuevo Plan General de Contabilidad en el Sistema Portuario de titularidad estatal, que Puertos del Estado elevó a la misma al objeto de informe para su aplicación, con el cumplimiento de los correspondientes requisitos formales. El valor de este impacto como se indica en el cuadro asciende a 1.164.879,16 euros.

Subvenciones.

Es de destacar la inclusión en el apartado de subvenciones, donaciones y legados, el saldo existente al cierre del ejercicio 2007 como subvenciones de capital, y correspondientes fundamentalmente al importe de las subvenciones europeas, los programas operativos de Fondos Feder y Cohesion, que se encuentran pendientes de traspasar al resultado, bien por periodo, bien por afectar a inversiones que encuentran pendientes de entrada en funcionamiento por encontrarse en fase de ejecución a la fecha indicada. La cuantía por este impacto asciende a 36.703.224,10 euros.

Provisiones para grandes reparaciones.

La Entidad ha procedido a contabilizar la baja del importe que tenía registrado en la rúbrica «Provisiones para grandes reparaciones» a 31 de diciembre de 2007, por importe de 577.017,16 euros por corresponder a una provisión genérica no relacionada con un bien en particular y que, por tanto, no cumple la definición de pasivo recogido en el Marco Conceptual del Plan General de Contabilidad.

Actualización de valor.

De acuerdo con lo establecido en el nuevo Plan General de Contabilidad, los activos financieros clasificados en la categoría de «Préstamos y partidas a cobrar» se valorarán por su valor razonable. En este sentido, la Entidad ha procedido a la actualización en fecha 1 de enero de 2008 de los cobros futuros mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo correspondiente a instrumentos financieros. El valor registrado por este impacto a fecha 1 de enero de 2008 asciende a 73.716,82 euros.

5. Agrupación de partidas.

Determinadas partidas del balance, de la cuenta de pérdidas y ganancias, del estado de cambios en el patrimonio neto y del estado de flujos de efectivo se presentan de forma agrupada para facilitar su comprensión, si bien, en la medida en que sea significativa, se ha incluido la información desagregada en las correspondientes notas de la memoria.

6. Cambios en criterios contables.

En el ejercicio 2008, la Autoridad Portuaria de Alicante no ha efectuado cambios en criterios contables, a excepción de los resultantes de la transición al Nuevo Plan General Contable, entre los que se encuentran los siguientes:

La activación de los gastos financieros devengados en aquellas inversiones de inmovilizado que requieran un periodo de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso.

La actualización de los instrumentos financieros con vencimiento superior a un año valorados por su valor razonable, concretamente la partida de «Préstamos y partidas a cobrar» de activos financieros.

El método de estimación del deterioro de valor del inmovilizado y de los instrumentos financieros.

El método de reversión de las provisiones dotadas, actualmente denominadas correcciones valorativas, atendiendo a lo establecido en el nuevo Plan General de Contabilidad.

Por otra parte, y de acuerdo con lo establecido en el escrito de la Dirección General de Fondos Comunitarios, de fecha 31 de marzo de 2008, la Entidad ha procedido a la descertificación durante el ejercicio 2008 de los gastos relativos a contratos modificados y complementarios cuya adjudicación y ejecución se ha realizado a lo largo del periodo 2000–2006 y que han sido objeto de subvención, así como a su sustitución por otros gastos elegibles de proyectos no relacionados con dichas modalidades.

III. Aplicación de resultados.

La propuesta de distribución de resultados, que presentará el Presidente de la Autoridad Portuaria al Consejo de Administración es la aplicación a la cuenta «Resultados acumulados» del resultado del ejercicio 2008.

 

Euros

Bases de reparto:

 

Beneficios antes del Fondo de Compensación Interportuario

936.933,05

Fondo de compensación Interportuario recibido

653.000,00

Fondo de compensación Interportuario aportado

(425.000,00)

Distribución:

 

Reservas por beneficios acumulados

936.933,05

Fondo de compensación Interportuario recibido

653.000,00

Fondo de compensación Interportuario aportado

(425.000,00)

Total resultados acumulados

1.164.933,05

IV. Normas de registro y valoración.

Las principales normas registro y valoración utilizadas por la Entidad en la elaboración de sus cuentas anuales para el ejercicio 2008, de acuerdo con las establecidas por el Plan General Contable, han sido las siguientes:

1. Inmovilizado intangible.

Como norma general, el inmovilizado intangible se valora inicialmente por su precio de adquisición o coste de producción. Posteriormente se valora a su coste minorado por la correspondiente amortización acumulada y, en su caso, por las pérdidas por deterioro que haya experimentado, entendidas estas últimas como pérdidas de valor que reduzcan el valor recuperable de dichos activos a un valor inferior a su valor en libros.

El inmovilizado intangible de la Entidad a 31 de diciembre de 2008 está compuesto por aplicaciones informáticas, las cuales se amortizan aplicando el método lineal en un periodo de cinco años, a partir de su entrada en funcionamiento.

2. Inmovilizado material.

El 1 de enero de 1993, fecha de su constitución, la Autoridad Portuaria de Alicante registró el inmovilizado material adscrito a la preexistente Junta del Puerto de Alicante al valor por el que figuraba en los libros de ésta, con abono a la cuenta de «Patrimonio inicial». Las normas de valoración aplicables al Puerto hasta esa fecha contemplaban la valoración de los elementos del inmovilizado material a su coste de adquisición revalorizado de acuerdo con los coeficientes establecidos anualmente por la extinta Dirección General de Puertos. El efecto neto de cada revalorización se abonó al epígrafe «Patrimonio inicial» del balance de situación de cada uno de los ejercicios (anteriores al 1 de enero de 1993). A partir de la fecha de contabilización de las revalorizaciones, las amortizaciones se calculaban sobre los nuevos valores del inmovilizado material.

Tras la constitución de los nuevos entes, el Ente Público Puertos del Estado realizó un estudio técnico a nivel nacional, concluyendo que era necesaria la modificación de las vidas útiles del inmovilizado material que se venían considerando por todas las Autoridades Portuarias. La Autoridad Portuaria de Alicante registró, con cargo al epígrafe «Patrimonio inicial», el defecto de amortización acumulada de los bienes que, de acuerdo con las vidas útiles determinadas en el mencionado estudio, debían estar amortizados al 31 de diciembre de 1992 y ajustó, adicionalmente, las dotaciones anuales de amortización que debían practicarse a partir del 31 de diciembre de 1992 para aquellos bienes con vida útil pendiente a dicha fecha.

La Intervención General de la Administración del Estado (I.G.A.E.), en sus informes sobre los estados financieros de las Autoridades Portuarias de los ejercicios 1993 y 1994, incluyó una excepción por no estar de acuerdo con el criterio utilizado por las Autoridades Portuarias en la contabilización del efecto producido por la aplicación de las nuevas vidas útiles en aquellos bienes con vida útil pendiente al 31 de diciembre de 1992. En este caso, las Autoridades Portuarias aplicaron el criterio de amortizar el valor neto contable en los años restantes de vida útil según las nuevas tablas, mientras que la I.G.A.E. entendía que la amortización debería recalcularse de acuerdo con las nuevas vidas útiles y recoger el correspondiente ajuste con cargo al «Patrimonio Inicial».

El Ente Público Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias presentaron alegaciones a la interpretación de la I.G.A.E., manifestando que la modificación de las tablas de vidas útiles no suponía que las del año 1965 (vigentes hasta 31 de diciembre de 1992) fueran incorrectas, sino que en sus treinta años de vigencia se habían producido modificaciones sustanciales. Por lo tanto, no deberían corregirse las amortizaciones que históricamente fueron registradas por las Juntas de Puertos, sino que el valor neto contable de los bienes debería amortizarse en los años de vida útil restante.

Teniendo en cuenta las diferencias de criterio entre la I.G.A.E. y el Ente Público Puertos del Estado, ambos se sometieron al arbitraje de la Subsecretaria del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, la cual, a su vez, sometió a la consideración del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas (I.C.A.C.) el examen y dictamen sobre la cuestión discrepante antes mencionada.

El Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas puso de manifiesto en su dictamen que teniendo en cuenta que las Autoridades Portuarias suceden en la titularidad del patrimonio a las Juntas de Puertos y Puertos Autónomos, y que los Organismos que se extinguen estaban sometidos a un régimen contable distinto al que corresponde a los nuevos, parece que debe ajustarse la valoración del citado patrimonio a los principios y normas contenidos en la legislación mercantil, en la medida que aquélla no se ajuste a éstos. Esta última circunstancia, podría hacer que el tratamiento de los posibles ajustes que pudieran ponerse de manifiesto, se trataran de forma similar a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, que contemplaba la posibilidad de que si se modifican las valoraciones anteriores al citado Plan, los ajustes que resultaran debían realizarse con contrapartida de «Patrimonio inicial».

En base a estas consideraciones, la adscripción de los bienes de las extintas Juntas del Puerto a las Autoridades Portuarias es asimilable a una aportación no dineraria, por lo que a efectos de la determinación del patrimonio inicial la valoración de los mismos debería efectuarse por su valor venal de acuerdo con principios y criterios de contabilidad generalmente aceptados.

En base a estos antecedentes, el Ente Público Puertos del Estado decidió contratar a un experto independiente para calcular el valor venal de una parte de los bienes del inmovilizado de las Autoridades Portuarias, referido dicho valor al 1 de enero de 1993, así como la vida útil de los mismos. En 1995 y en base al informe del experto, las Autoridades Portuarias dieron de baja el valor contable del inmovilizado tasado y su correspondiente amortización acumulada y de alta los bienes a su valor venal, habiéndose contabilizado estas bajas y alta con cargo y abono, respectivamente, al epígrafe «Patrimonio Inicial».

Por lo que se refiere a la Autoridad Portuaria de Alicante, el efecto de la citada regularización supuso un incremento del «Patrimonio inicial» por importe de 77.978,21 euros, que fue registrado contablemente en el ejercicio 1995. Asimismo, durante el ejercicio 1995 la Autoridad Portuaria procedió al recálculo de las dotaciones de amortización de los elementos sometidos a esta regularización, registrando el defecto de dotación de los ejercicios 1993 y 1994, que ascendía a 666.381,07 euros, con cargo al epígrafe «Resultados extraordinarios» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 1995.

Con fecha 1 de enero de 1999 entró en vigor el Manual de Tratamiento de los Activos Materiales Portuarios, elaborado por Puertos del Estado, en el cual se especifican los criterios a seguir en la valoración de los distintos elementos del inmovilizado material, y que introduce algunos cambios significativos en el tratamiento de determinadas operaciones singulares cuya ejecución atiende al carácter público de las Autoridades Portuarias, por lo que les resultan de aplicación las normas contenidas en el Plan General de Contabilidad Pública, y en el Documento 6 de la Comisión de Principios y Normas Contables Públicas de la Intervención General de la Administración del Estado.

La Autoridad Portuaria realizó en 2000 un estudio pormenorizado de su inmovilizado material a partir de los saldos contabilizados en las cuentas de este epígrafe del balance de situación al 31 de diciembre de 1999, tomando en consideración los criterios y normas contables recogidas en el Manual. El alcance del estudio ha contemplado la realización de un inventario físico, así como la revisión de la documentación soporte. Como consecuencia de este estudio, la Autoridad Portuaria ha procedido a la regularización de algunos saldos históricos con cargo a los epígrafes «Patrimonio inicial», «Patrimonio entregado al uso general» y «Gastos extraordinarios», conforme a su casuística, estando pendiente de completarse el estudio con la tasación selectiva de determinados elementos complementaria a la realizada en 1995.

Por todo lo anteriormente indicado, el inmovilizado material al 31 de diciembre de 2008 se encuentra valorado de acuerdo con los tres criterios de valoración que se describen a continuación:

1. Parte de los elementos del inmovilizado adscrito el 1 de enero de 1993, se encuentra valorado a su valor venal a la citada fecha. Se trata de aquellos bienes que fueron objeto de la citada tasación realizada por un experto independiente en 1995. Asimismo, los activos procedentes de la reversión de concesiones administrativas producidas con posterioridad al 1 de enero de 1993, se encuentran valorados igualmente a su valor venal, obtenido mediante tasación realizada por un perito tasador independiente.

2. Algunos elementos del inmovilizado material adscrito el 1 de enero de 1993, se encuentran valorados conforme a las reglas de valoración aplicables al Puerto hasta esa fecha. Esta norma de valoración contemplaba la valoración de los elementos del inmovilizado material a su coste de adquisición revalorizado de acuerdo con los coeficientes establecidos anualmente por la extinta Dirección General de Puertos. El efecto neto de cada revalorización se abonó al epígrafe «Patrimonio inicial» del balance de situación de cada uno de los ejercicios (anteriores al 1 de enero de 1992). A partir de la fecha de contabilización de las revalorizaciones, las amortizaciones se calculan sobre los nuevos valores del inmovilizado material.

3. El resto de elementos del inmovilizado material adscrito el 1 de enero de 1993 así como la totalidad de los bienes adquiridos con posterioridad a dicha fecha (excepto los procedentes del rescate o reversión de concesiones), se hallan valorados a su precio de adquisición.

Por otra parte, los costes de ampliación, modernización o mejoras que representan un aumento de la productividad, capacidad o eficiencia o un alargamiento de la vida útil de los bienes se capitalizan como mayor coste de los correspondientes bienes.

Las inversiones en bienes de inmovilizado material se registran como «Anticipos e inmovilizaciones en curso» en tanto no se produzca la recepción provisional de los mismos, momento en que son incorporados al inmovilizado en sus epígrafes correspondientes. El inmovilizado en curso se encuentra valorado a su coste de adquisición, incluyéndose en dicho coste, desde el 1 de enero de 2008, los gastos financieros de financiación específica o genérica devengados antes de su puesta en funcionamiento si necesiten más de un año para estar en condiciones de uso.

Durante años anteriores, como consecuencia de las subvenciones recibidas de la Unión Europea a través de fondos Feder y Fondos de Cohesión, se produjo un ajuste en el IVA soportado de las inversiones subvencionadas que suponía, según la legislación vigente es esos momentos, un mayor coste de la inversión. Esta circunstancia se reflejó suponiendo un mayor valor en el coste de adquisición de las inversiones realizadas.

Acorde con la Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de 6 de octubre de 2005, es, a partir de ese año, cuando se cambia el criterio seguido con el iva no deducible de inversiones subvencionadas, pasando a ser deducible. Esto supuso en el año 2005 una disminución en el coste de los bienes subvencionados.

Los gastos de conservación y mantenimiento se cargan a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se incurren.

La Autoridad Portuaria amortiza su inmovilizado material siguiendo el método lineal, distribuyendo el coste de los activos, deducido su valor residual, entre los años de vida útil estimada, que para los elementos que se encuentran valorados por su coste de adquisición, son los que se muestran a continuación:

Epígrafe

Años de vida útil estimada

% Valor residual sobre coste del elemento

% Amortización anual

0104 Instalaciones de ayudas visuales.

10

10

0105 Instalaciones de ayudas radioeléctricas.

5

20

0106 Instalaciones de gestión y explotación.

5

20

0201 Dragados de primer establecimiento.

50

2

0203 Esclusas.

40

1

2,5

0205 Obras permanentes de encauzamiento y defensa de márgenes.

35

2,86

0301 Diques y obras de abrigo.

50

2

0303 Escollera de protección de recintos.

40

2,5

0401 Muelles de fábrica.

40

2,5

0402 Muelles de hormigón armado y metálicos.

30

3,33

0403 Defensas y elementos de amarre.

5

20

0404 Obras complementarias para atraque.

15

6,7

0405 Pantalanes flotantes.

10

10

0406 Boyas de amarre.

15

6,7

0501 Diques secos.

40

2,5

0502 Varaderos.

30

1

3,33

0503 Diques Flotantes.

25

3

4

0601 Tinglados, almacenes y depósitos para mercancías.

35

2,86

0602 Estaciones marítimas, naves y lonjas de pesca.

35

2,86

0603 Almacenes, talleres, garajes y oficinas, y casetas de pesca, armadores y similares.

35

2,86

0604 Viviendas y otros edificios.

35

2,86

0606 Módulos y pequeñas construcciones prefabricadas.

17

5,88

0607 Elementos fijos de soporte de ayudas a la navegación.

35

2,86

0701 Instalaciones, conducciones y alumbrado exterior.

17

5,88

0702 Cerramientos.

17

5,88

0703 Otras instalaciones.

17

5,88

0801 Vías férreas y estaciones de clasificación.

25

3

4

0802 Pavimentos en muelles y zonas de manipulación y depósito.

15

6,7

0803 Caminos, zonas de circulación y aparcamiento, depósitos.

15

6,7

0804 Puentes de Fábrica.

45

2,22

0805 Puentes metálicos.

35

2

2,86

0806 Túneles.

35

2,86

0901 Cargaderos e instalaciones especiales.

20

3

5

0902 Grúas de pórtico y porta contenedores.

20

3

5

0903 Grúas automóviles.

10

3

10

0904 Carretillas, tractores, remolques y tolvas, cintas y equipo ligero.

10

3

10

1001 Cabrias y grúas flotantes.

25

4

4

1002 Dragas.

25

3

5

1003 Remolcadores.

25

3

4

1004 Gánguiles, gabarras y barcazas.

25

4

4

1005 Equipo auxiliar y equipo de buzos.

10

2

10

1006 Embarcaciones de servicio.

15

6,7

1007 Elementos comunes de soporte flotante de ayudas a la navegación.

15

6,7

1101 Automóviles y motocicletas.

6

5

16,7

1102 Camiones y furgonetas.

6

5

16,7

1201 Locomotores y Tractores.

15

5

6,7

1202 Vagones.

20

4

5

1301 Equipo taller.

14

4

7,1

1401 Mobiliario y enseres.

10

10

1501 Material diverso.

5

20

1601 Equipo informático.

5

20

Para los elementos del inmovilizado material que se encuentran valorados a su valor venal, los años de vida útil aplicados son los estimados en los correspondientes estudios de tasación, que corresponden, bien a su vida útil remanente al 1 de enero de 1993, o bien, para el caso de concesiones revertidas con posterioridad al 1 de enero de 1993, a su vida útil en el momento de la reversión.

En el ejercicio 2000, la Autoridad Portuaria dotó, con cargo al epígrafe de «Gastos extraordinarios» de la cuenta de pérdidas y ganancias, una provisión por importe de 104.733,58 euros, para recoger la disminución reversible del valor de determinados elementos de inmovilizado, adscritos al Puerto de Alicante que no generan ingresos suficientes para cubrir todos los costes y gastos incluida la amortización, por lo que la recuperabilidad futura de estas inversiones resulta cuestionable en la actualidad. Teniendo esta provisión un saldo al cierre de 29.812,95 euros.

El valor neto de los activos no amortizados en su totalidad que se den de baja en el inmovilizado material, se considera como una pérdida extraordinaria atribuible al ejercicio en que se produce.

En aquellos inmovilizados materiales que han necesitado un periodo superior a un año para estar en condiciones de uso, se han incluido en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que se han devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento y que han sido girados por el proveedor o corresponden a algún tipo de financiación ajena atribuible a la adquisición, fabricación o construcción del activo.

Cuando ha procedido reconocer correcciones valorativas, estas, se han ajustado a las amortizaciones de los ejercicios siguientes del inmovilizado deteriorado, teniendo en cuenta el nuevo valor contable.

Se ha producido una pérdida por deterioro del valor de un elemento del inmovilizado material cuando su valor contable ha superado a su importe recuperable. La corrección valorativa por deterioro, así como su reversión se han reconocido como un gasto o ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. La reversión del deterioro ha tenido como límite el valor contable del inmovilizado que estaría reconocido en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor.

En la determinación del importe del inmovilizado material, se ha tenido en cuenta la incidencia de los costes relacionados con grandes reparaciones. El importe equivalente a estos costes se ha amortizado de forma distinta a la del resto del elemento durante el período que medie hasta la gran reparación. Al realizar una gran reparación, su coste se ha reconocido en el valor contable del inmovilizado como una substitución, siempre y cuando se hayan cumplido las condiciones para su reconocimiento.

La contabilización de los contratos de arrendamiento financiero recibidos, se ha registrado con un activo de acuerdo con su naturaleza, según se trate de un elemento del inmovilizado material o del intangible, y un pasivo financiero por el mismo importe, que es el menor entre el valor razonable del activo arrendado y el valor actual al inicio del arrendamiento de los pagos mínimos acordados. La carga financiera total se ha distribuido a lo largo del plazo del arrendamiento y se ha imputado a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se devenga, aplicando el método del tipo de interés efectivo.

3. Inversiones inmobiliarias.

De acuerdo con las Directrices de aplicación del Nuevo Plan General de Contabilidad en el Sistema Portuario de titularidad Estatal que Puertos del Estado elevó a la IGAE, fijadas para la totalidad del Sistema Portuario de Titularidad Estatal, se determinó que aquella parte del inmovilizado material que los puertos tuviesen en su balance al cierre del ejercicio 2007 y que su finalidad específica, en materia de aprovechamiento fuese determinado por la existencia de Concesiones Administrativas, o en su caso aprovechamiento vía Autorizaciones Administrativas, tendrían que ser agrupadas e incluidas bajo la naturaleza de inversiones inmobiliarias.

Estas circunstancias se dan en el caso de la Autoridad Portuaria de Alicante en materia de Terrenos y edificaciones específicas. En el caso de terrenos se considera como adscrito o susceptible de esta catalogación los terrenos que se encuentran en aprovechamiento por concesionarios a través del correspondiente título administrativo con figura de Concesión, en su caso aquellos terrenos donde, con existencia o no de Edificación se está otorgando algún título en régimen de Autorización Administrativa. Análoga circunstancia puede darse en el caso de inmuebles correspondiente a Concesiones revertidas y que son objeto de un nuevo título ya sea concesional, la mayor parte de los casos, ya sea ocupación en régimen de autorización administrativa.

La reclasificación llevada a cabo, no tiene más efecto que presentación en Balance, presentando dichos valores de forma desagregada con respecto a los valores registrados en inmovilizado material.

Por tanto, el epígrafe inversiones inmobiliarias del balance recoge los valores de terrenos, edificios y otras construcciones, que se mantienen exclusivamente para explotarlos directamente en régimen de concesión administrativa o bajo figura de autorización administrativa, y sujetas a las correspondientes Tasas de ocupación privativa del dominio público portuario y Tasa por aprovechamiento especial del dominio público en el ejercicio de actividades comerciales, industriales o de servicios, así como aquellos destinados al arrendamiento propiamente dicho. En ambos casos los títulos de otorgamiento son de naturaleza administrativa, sujetos a la adopción de los acuerdos por órgano competente de acuerdo con la normativa vigente en la materia.

Estos activos se valoran de acuerdo con los criterios indicados para la valoración del inmovilizado material.

4. Arrendamientos.

Los arrendamientos se clasifican como arrendamientos financieros siempre que de las condiciones de los mismos se deduzca que se transfieren al arrendatario sustancialmente los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato. Los demás arrendamientos se clasifican como arrendamientos operativos.

Los ingresos y gastos derivados de los acuerdos de arrendamiento operativo se cargan a la cuenta de pérdidas y ganancias en el ejercicio en que se devengan.

Asimismo, el coste de adquisición del bien arrendado se presenta en el balance conforme a su naturaleza, incrementado por los costes del contrato directamente imputables, los cuales se reconocen como gasto en el plazo del contrato, aplicando el mismo criterio utilizado para el reconocimiento de los ingresos de arrendamiento.

Cualquier cobro o pago que pudiera realizarse al contratar un arrendamiento operativo, se tratará como un cobro o pago anticipado que se imputará a resultados a lo largo del periodo del arrendamiento, a medida que se cedan o reciban los beneficios del activo arrendado.

5. Instrumentos financieros.

Activos financieros:

Clasificación.

Los activos financieros que posee la Entidad se clasifican en las siguientes categorías:

Préstamos y partidas a cobrar: Son aquellos activos financieros que se originan por la venta de bienes y la prestación de servicios por operaciones de tráfico de la empresa, además se incluyen en esta categoría los créditos por operaciones no comerciales que son definidos como aquellos activos financieros que, no siendo instrumentos de patrimonio ni derivados, no tienen origen comercial, cuyos cobros son de cuantía determinada o determinable y que no se negocian en un mercado activo.

Inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, asociadas y multigrupo: Se consideran empresas del grupo aquellas vinculadas con la Entidad por una relación de control, y empresas asociadas aquellas sobre las que la Entidad ejerce una influencia significativa. Adicionalmente, dentro de la categoría de multigrupo se incluye a aquellas entidades sobre las que, en virtud de un acuerdo, se ejerce un control conjunto con uno o más socios. Tal y como se indica en la Nota 8.2, la Entidad ha vendido las participaciones en el capital social que poseía sobre la Sociedad Estatal de Estiba y desestiba de Alicante, S. A. (sestibalsa).

Valoración.

En el reconocimiento inicial en el balance de los préstamos y partidas a cobrar, se registran por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, es el precio de la transacción, que equivale al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles.

Tras el reconocimiento inicial los activos financieros incluidos en esta categoría se valoran por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizan en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo. No obstante, para aquellos créditos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, así como los anticipos, cuyo importe se espera recibir en el corto plazo, se valoran por su valor nominal, tanto en la valoración inicial como en la valoración posterior, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.

Los préstamos y cuentas a cobrar con vencimiento inferior a 12 meses contados a partir de la fecha de balance, se clasifican como corrientes y, aquellos con vencimiento superior a 12 meses se clasifican como no corrientes.

Deterioro de activos financieros.

Se efectúan las correcciones valorativas necesarias, siempre que exista evidencia objetiva de que el valor de un activo financiero o, grupo de activos financieros, contabilizados al coste amortizado, se ha deteriorado como resultado de uno o más eventos que hayan ocurrido después de su reconocimiento inicial y que ocasionen una reducción o retraso en los flujos de efectivo estimados futuros.

La pérdida por deterioro del valor de estos activos financieros es la diferencia entre su valor en libros y el valor actual de los flujos de efectivo futuros que se estima que se van a generar, descontados al tipo de interés efectivo calculado en el momento de su reconocimiento inicial.

Las correcciones valorativas por deterioro, así como su reversión cuando el importe de dicha pérdida disminuyese por causas relacionadas con un evento posterior, se reconocen como un gasto o un ingreso, respectivamente, en la cuenta de pérdidas y ganancias. La reversión del deterioro tiene como límite el valor en libros del crédito que estaría reconocido en la fecha de reversión si no se hubiese registrado el deterioro del valor.

Para el deterioro de valor de los créditos comerciales, la Autoridad Portuaria aplica un criterio de máxima prudencia en la valoración de sus cuentas a cobrar, atendiendo a casos específicos en los que existen evidencias racionales de impago o litigios en curso, efectuando las correspondientes correcciones valorativas para cubrir los riesgos de insolvencias, con los siguientes criterios generales de dotación:

Deudas por tasas portuarias:

Se aplican los porcentajes siguientes, en función de la antigüedad de la deuda con respecto a la finalización del plazo de ingreso en período voluntario:

Entre 0 y 12 meses: 0%.

Entre 12 y 24 meses: 50%.

Más de 24 meses: 100%.

Deudas por Servicios Comerciales Diversos.

Se corrige sobre el 100 % de la deuda a partir de los 6 meses del vencimiento de la factura.

Para los casos en que la duda sobre la recuperabilidad sea superior a la que se produce en circunstancias habituales, la Autoridad Portuaria aplica unos porcentajes de deterioro superiores a los generales detallados anteriormente.

En los casos en que exista expediente de caducidad, quiebra, suspensión de pagos y experiencia razonable para considerar que el cobro de los créditos es difícil, se ha optado por corregir provisiones por la totalidad de la deuda existente.

Baja de activos financieros.

La Entidad da de baja un activo financiero, o parte del mismo, cuando expiran o se ceden los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo del activo financiero, siendo necesario que se transfieran de manera sustancial los riesgos y beneficios inherentes a su propiedad, en circunstancias que se evalúan comparando la exposición de la Entidad, antes y después de la cesión, a la variación en los importes y en el calendario de los flujos de efectivo netos del activo transferido.

Si la Entidad no hubiese cedido ni retenido sustancialmente los riesgos y beneficios, el activo financiero se da de baja cuando no se hubiese retenido el control del mismo, situación que se determina dependiendo de la capacidad del cesionario para transmitir dicho activo. Si la Entidad mantiene el control del activo, continúa reconociéndolo por el importe al que esté expuesto a las variaciones de valor del activo cedido, es decir, por su implicación continuada, y reconoce un pasivo asociado.

Cuando el activo financiero se de baja, la diferencia entre la contraprestación recibida neta de los costes de transacción atribuibles, considerando cualquier nuevo activo obtenido menos cualquier pasivo asumido, y el valor en libros del activo financiero, más cualquier importe acumulado que se ha reconocido directamente en el patrimonio neto, determina la ganancia o la pérdida surgida al dar de baja dicho activo, y forma parte del resultado del ejercicio en que ésta se produce.

Pasivos financieros.

Clasificación y valoración.

La Entidad clasifica la totalidad de sus pasivos financieros en la categoría de «Débitos y partidas a pagar».

Los Débitos y partidas a pagar son aquellos pasivos financieros que se originan por la compra de bienes y servicios por operaciones de tráfico de la empresa, además se incluyen en esta categoría los débitos por operaciones no comerciales que son definidos como aquellos pasivos financieros que, no siendo instrumentos derivados, no tienen origen comercial.

Los Débitos y partidas a pagar se valoran inicialmente por su valor razonable, que salvo evidencia en contrario, es el precio de la transacción, que equivale al valor razonable de la contraprestación recibida. Los costes de transacción que sean directamente atribuibles forman parte de la valoración inicial.

Después del reconocimiento inicial, los pasivos financieros incluidos en esta categoría se valoran por su coste amortizado. Los intereses devengados se contabilizan en la cuenta de pérdidas y ganancias, aplicando el método del tipo de interés efectivo. No obstante, los débitos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual, así como los desembolsos exigidos por terceros sobre participaciones, cuyo importe se espera pagar en el corto plazo, tanto en la valoración inicial como en la valoración posterior, por su valor nominal, cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.

Los pasivos con vencimiento inferior a 12 meses contados a partir de la fecha de balance de situación se clasifican como corrientes, mientras que aquellos con vencimiento superior se clasifican como no corrientes.

La Entidad procede a dar de baja un pasivo financiero cuando la obligación se ha extinguido.

La diferencia entre el valor en libros del pasivo financiero o de la parte del mismo que se haya dado de baja y la contraprestación pagada incluidos los costes de transacción atribuibles y en la que se recoge asimismo cualquier activo cedido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconoce en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que tenga lugar.

Por otra parte, el APA tiene participaciones en dos fundaciones; la Fundación Feports, con una participación de 66.111,33 euros, lo que supone un 11% de su patrimonio fundacional, y la Fundación para la Promoción del Puerto de Alicante, con una participación de 30.050,61 euros, que supone un 12.82% de su patrimonio fundacional. Ambas inversiones se encontraban totalmente provisionadas al 100%. En el ejercicio 2004 en aplicación de la ley de fundaciones 50/2002 se canceló contra gastos debido al carácter no recuperable de tales inversiones; puesto que estas inversiones estaban provisionadas, el efecto neto sobre pérdidas y ganancias fue nulo.

6. Transacciones en moneda extranjera.

La moneda funcional utilizada por la Entidad es el euro. Consecuentemente, las operaciones en otras divisas distintas el euro se consideran denominadas en moneda extranjera y se registran según los tipos de cambio vigentes en las fechas de las operaciones.

Al cierre del ejercicio, los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera se convierten aplicando el tipo de cambio en la fecha del balance de situación. Los beneficios o pérdidas puestos de manifiesto se imputan directamente a la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio en que se producen.

7. Impuesto sobre beneficios.

El gasto o ingreso por impuesto sobre beneficios comprende la parte relativa al gasto o ingreso por el impuesto corriente y la parte correspondiente al gasto o ingreso por impuesto diferido.

El impuesto corriente es la cantidad que la Entidad satisface como consecuencia de las liquidaciones fiscales del impuesto sobre el beneficio relativas a un ejercicio. Las deducciones y otras ventajas fiscales en la cuota del impuesto, excluidas las retenciones y pagos a cuenta, así como las pérdidas fiscales compensables de ejercicios anteriores y aplicadas efectivamente en éste, dan lugar a un menor importe del impuesto corriente.

El gasto o el ingreso por impuesto diferido se corresponden con el reconocimiento y la cancelación de los activos y pasivos por impuesto diferido. Estos incluyen las diferencias temporarias que se identifican como aquellos importes que se prevén pagaderos o recuperables derivados de las diferencias entre los importes en libros de los activos y pasivos y su valor fiscal, así como las bases imponibles negativas pendientes de compensación y los créditos por deducciones fiscales no aplicadas fiscalmente. Dichos importes se registran aplicando a la diferencia temporaria o crédito que corresponda el tipo de gravamen al que se espera recuperarlos o liquidarlos.

Se reconocen pasivos por impuestos diferidos para todas las diferencias temporarias imponibles, excepto aquellas derivadas del reconocimiento inicial de fondos de comercio o de otros activos y pasivos en una operación que no afecta ni al resultado fiscal ni al resultado contable y no es una combinación de negocios, así como las asociadas a inversiones en empresas dependientes, asociadas y negocios conjuntos en las que la Entidad puede controlar el momento de la reversión y es probable que no reviertan en un futuro previsible.

Por su parte, los activos por impuestos diferidos sólo se reconocen en la medida en que se considere probable que la Entidad vaya a disponer de ganancias fiscales futuras contra las que poder hacerlos efectivos.

Los activos y pasivos por impuestos diferidos, originados por operaciones con cargos o abonos directos en cuentas de patrimonio, se contabilizan también con contrapartida en patrimonio neto.

En cada cierre contable se reconsideran los activos por impuestos diferidos registrados, efectuándose las oportunas correcciones a los mismos en la medida en que existan dudas sobre su recuperación futura. Asimismo, en cada cierre se evalúan los activos por impuestos diferidos no registrados en balance y éstos son objeto de reconocimiento en la medida en que pase a ser probable su recuperación con beneficios fiscales futuros.

La Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2002 en la disposición final tercera, en su apartado Dos, dispone que el nuevo régimen fiscal de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias, como entidades parcialmente exentas del impuesto sobre sociedades, será de aplicación a los períodos impositivos cuyo plazo de declaración finalice después del 1 de enero de 2001.

En virtud de esta nueva normativa, para el año 2008, el cargo a la cuenta de Pérdidas y Ganancias no es significativo.

8. Ingresos y gastos.

Los ingresos y gastos se imputan en función del criterio de devengo, es decir, cuando se produce la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan, con independencia del momento en que se produce la corriente monetaria o financiera derivada de ellos. Dichos ingresos se valoran por el valor razonable de la contraprestación recibida, deducidos descuentos e impuestos.

No obstante, la Entidad reconoce los ingresos por prestaciones de servicios cuando el resultado de la transacción puede ser estimado con fiabilidad, considerando para ello el porcentaje de realización del servicio en la fecha de cierre del ejercicio.

En consecuencia, sólo se contabilizan los ingresos procedentes de prestaciones de servicios cuando se cumplen todas y cada una de las siguientes condiciones:

El importe de los ingresos puede valorarse con fiabilidad.

Es probable que la empresa reciba los beneficios o rendimientos económicos derivados de la transacción.

El grado de realización de la transacción, en la fecha de cierre del ejercicio, puede ser valorado con fiabilidad, y

Los coses ya incurridos en la prestación, así como los que queden por incurrir hasta completarla, pueden ser valorados con fiabilidad.

La Autoridad Portuaria, dada la naturaleza de la actividad que desarrolla, no incorpora existencias a su proceso productivo, sino que las compras se corresponden con consumibles que se utilizan para reparar elementos diversos. Por este motivo, las compras se clasifican como «Servicios Exteriores» en el epígrafe de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio adjunta.

Los intereses recibidos de activos financieros se reconocen utilizando el método del tipo de interés efectivo.

La Ley 48/2003, de Régimen Económico y Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, ha establecido, en el artículo 11.b), la Aportación a Puertos del Estado, como el 4% de los ingresos devengados en concepto de tasas, que tendrá consideración de gasto de explotación. El importe recogido como gasto en este concepto asciende a 581.488,40 euros.

Tasas portuarias e ingresos por servicios comerciales diversos.

Según la Ley 48/2003 son Tasas Portuarias aquellas exigidas por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público portuario y por la prestación de servicios no comerciales por las Autoridades Portuarias.

La misma norma define las Tarifas por Servicios Comerciales Diversos como los ingresos que obtiene la Autoridad Portuaria por los servicios comerciales que presten en régimen de concurrencia. Estas tarifas tendrán el carácter de precios privados y deberán contribuir a lograr el objetivo de autofinanciación, evitar prácticas abusivas en relación con los tráficos cautivos, así como actuaciones discriminatorias y otras análogas.

9. Provisiones y contingencias.

La Entidad en la formulación de las cuentas anuales diferencia entre:

a) Provisiones: Saldos acreedores que cubren obligaciones actuales derivadas de sucesos pasados, para cuya cancelación la empresa espera desprenderse de recursos, pero que resultan indeterminados en cuanto a su importe y/ o momento de cancelación.

b) Contingencias: Obligaciones posibles surgidas como consecuencia de sucesos pasados, cuya materialización futura está condicionada a que ocurra, o no, uno o más eventos futuros independientes de la voluntad de la Entidad.

Las cuentas anuales de la Entidad recogen todas las provisiones significativas con respecto a las cuales se estima que es probable que se tenga que atender la obligación. Las contingencias no se reconocen en las cuentas anuales, sino que se informa sobre las mismas, conforme a los requerimientos de la normativa contable.

Las provisiones se valoran por el valor actual de la mejor estimación posible del importe necesario para cancelar o transferir la obligación, teniendo en cuenta la información disponible sobre el suceso y sus consecuencias, y registrándose los ajustes que surjan por la actualización de dichas provisiones como un gasto financiero conforme se va devengando.

La compensación a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación, no supondrá una minoración del importe de la deuda, sin perjuicio del reconocimiento en el activo de la empresa del correspondiente derecho de cobro, siempre que no existan dudas de que dicho reembolso será percibido. El importe por el que se registrará el citado activo no podrá exceder del importe de la obligación registrada contablemente. Sólo cuando exista un vínculo legal o contractual, por el que se haya exteriorizado parte del riesgo, y en virtud del cual la empresa no esté obligada a responder, se tendrá en cuenta para estimar el importe por el que, en su caso, figurará la provisión.

10. Clasificación de las deudas entre corrientes y no corrientes.

Las deudas se clasifican en función de su vencimiento al cierre del ejercicio, considerándose como deudas corrientes aquellas con vencimiento anterior a doce meses y como deudas no corrientes las de vencimiento posterior a dicho periodo.

11. Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental.

Se consideran activos de naturaleza medioambiental los bienes que son utilizados de forma duradera en la actividad de la Entidad, cuya finalidad principal es la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medioambiente, incluyendo la reducción o eliminación de la contaminación futura.

La Autoridad Portuaria de Alicante, consciente de la estrecha relación que une a los puertos con su entorno, considera la planificación ambiental como uno de sus objetivos estratégicos.

Los gastos relacionados con la protección del medio ambiente se imputan siguiendo el criterio de devengo, es decir en función de la corriente real de bienes y servicios que representan. Las inversiones en activos fijos relacionados con la conservación del medio ambiente se reflejan al coste de adquisición o su coste de producción, que incluye materiales, mano de obra directa y una proporción de los gastos indirectos imputables. Se amortizan en el mismo criterio que el resto del inmovilizado material.

12. Criterios para registro y valoración de gastos de personal.

Indemnizaciones por despido.

De acuerdo a la Legislación Laboral vigente, la Autoridad Portuaria está obligada al pago de indemnizaciones a los empleados con lo que, bajo determinadas condiciones, rescinda sus relaciones laborales. El balance de situación al 31 de diciembre de 2008 adjunto, no incluye provisión alguna por este concepto, ya que la Dirección no tiene en la actualidad ningún plan formalmente establecido de despidos de personal.

13. Subvenciones, donaciones y legados

La Entidad utiliza los siguientes criterios para la contabilización de las subvenciones que le han sido concedidas:

Subvenciones a la explotación: Se abonan a resultados en el momento en el que, tras su concesión, la Entidad estima que se han cumplido las condiciones establecidas en la misma y, por consiguiente, no existen dudas razonables sobre su cobro, y se imputan a los resultados de forma que se asegure en cada periodo una adecuada correlación contable entre los ingresos derivados de la subvención y los gastos subvencionados.

Subvenciones de capital: Las que tienen carácter de no reintegrable, se registran como ingresos directamente imputados al patrimonio neto, por el importe. Se procede al registro inicial, una vez recibida la comunicación de su concesión, en el momento en que se estima que no existen dudas razonables sobre el cumplimiento de las condiciones establecidas en las resoluciones individuales de concesión.

En el reconocimiento inicial la Entidad registra, por un lado, los bienes o servicios recibidos como un activo y, por otro, el correspondiente incremento en el patrimonio neto. A partir de la fecha de su registro, las subvenciones de capital se imputan a resultados en proporción a la depreciación experimentada durante el período, por los activos financiados con las mismas, salvo que se trate de activos no depreciables, en cuyo caso se imputarán al resultado del ejercicio en el que se produzca la enajenación o baja en inventario de los mismos.

Las subvenciones de carácter reintegrable se registran como pasivos hasta que adquieran la condición de no reintegrables.

Por otra parte, debe indicarse que el importe de los créditos de las subvenciones pendientes de recibir no han sido objeto de actualización de acuerdo con los criterios derivados de a comunicación de fecha 18 de marzo de 2009 de la IGAE, sobre las directrices de aplicación del Nuevo Plan General de Contabilidad al sistema portuario de titularidad Estatal.

14. Fondo de compensación interportuario y fondo de financiación.

Fondo de Compensación Interportuario.

De acuerdo con la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, se crea el Fondo de Compensación Interportuario como instrumento de redistribución de recursos del sistema portuario estatal, que será administrado por Puertos del Estado, de conformidad con los acuerdos adoptados por el Comité de Distribución del Fondo, y se dotará anualmente en el presupuesto de explotación individual de dicho organismo público. Las cantidades aportadas y recibidas del Fondo de Compensación Interportuario fueron en el ejercicio 2008 de 425.000,00 euros y de 653.000,00 euros, respectivamente.

Fondo de Financiación.

De acuerdo con la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General: «El Fondo de Financiación y Solidaridad estará constituido por las cantidades que, voluntariamente los organismos públicos portuarios con excedentes de tesorería, pongan a disposición de otras, con el interés que, en cada caso, se fije de acuerdo con las condiciones del mercado».

Al 31 de diciembre de 2008 no existía obligación contraída relacionada con este fondo, por lo que la Autoridad Portuaria de Alicante no había contribuido ni obtenido ningún tipo de financiación procedente de este fondo.

15. Operaciones interrumpidas.

La Autoridad Portuaria no ha realizado durante el ejercicio 2008 operaciones procedentes de operaciones interrumpidas.

16. Activos no corrientes mantenidos para la venta.

La Entidad clasifica un activo no corriente como mantenido para la venta cuando ha tomado la decisión de venta del mismo y se estima que la misma se realizará dentro de los próximos doce meses.

Estos activos se valoran por su valor contable o su valor razonable deducidos los costes necesarios para la venta, el menor.

Actualmente la Entidad no tiene registrado ningún activo que cumpla con los condiciones para ser considerado como activo no corriente mantenido para la venta.

V. Inmovilizado intangible.

El movimiento habido durante el presente ejercicio en las diferentes cuentas de inmovilizado intangible y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas ha sido el siguiente:

Euros

Saldo inicial

Adiciones
del ejercicio
o dotaciones

Bajas
del ejercicio

Anticipos aplicados

Saldo final

Coste:

 

 

 

 

 

Aplicaciones informáticas

773.905,14

9.423,78

 

 

783.328,92

Total coste

773.905,14

9.423,78

 

 

783.328,92

Amortización acumulada:

 

 

 

 

 

Aplicaciones informáticas

625.265,19

48.847,36

 

 

674.112,55

Total amortización acumulada

625.265,19

48.847,36

 

 

674.112,55

Valor neto contable

148.639,95

 

 

 

109.216,37

Al cierre del ejercicio 2008, la Entidad tenía elementos del inmovilizado intangible totalmente amortizados que seguían en uso por importe de 539.746,64 euros.

VI. Inmovilizado material.

El movimiento habido durante el presente ejercicio en las diferentes cuentas del inmovilizado material y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas ha sido el siguiente:

Euros

Saldo inicial

Entradas
o dotaciones

Bajas

Traspasos

Saldo final

Coste:

 

 

 

 

 

Terrenos y bienes naturales

35.564.855,97

990.912,82

 

(574.339,27)

35.981.429,52

Construcciones

125.230.880,89

11.586.431,63

2.701.942,03

 

134.115.370,49

Equipamientos e instalaciones técnicas

3.700.901,50

 

10.499,68

 

3.690.401,82

Anticipos e inmovilizaciones en curso

332.943,11

83.589,14

75.990,00

 

340.542,25

Otro Inmovilizado

2.130.822,08

1.752.153,15

416.004,96

 

3.466.970,27

Total coste

166.960.403,55

14.413.086,74

3.204.436,67

(574.339,27)

177.594.714,35

Amortización acumulada:

 

 

 

 

 

Construcciones

30.777.818,28

3.711.804,29

2.577.715,05

 

31.911.907,52

Equipamiento e instalaciones técnicas

3.313.283,55

21.814,23

5.504,74

 

3.329.593,04

Otro inmovilizado

1.683.603,78

201.963,58

412.453,12

 

1.473.114,24

Total amortización acumulada

35.774.705,61

3.935.582,10

2.995.672,91

 

36.714.614,80

Provisiones

29.812,95

 

 

 

29.812,95

Valor neto contable

131.155.884,99

10.477.504,64

208.763,76

(574.339,27)

140.850.286,60

Las altas del ejercicio recogen principalmente las obras que han entrado por accesión en la Entidad de acuerdo con la «Autorización para la gestión integral por el evento Alicante 2008 vuelta al mundo de vela» de fecha 14 de agosto de 2008. Dichos elementos se han registrado en sus correspondientes cuentas de activo dado que la Entidad espera obtener beneficios o rendimientos económicos en el futuro. El importe incorporado por accesión durante el ejercicio 2008 asciende a 3.158.880,91 euros.

Las bajas del ejercicio corresponden principalmente a los bienes que se han tenido que dar de baja con ocasión de la construcción de las instalaciones de «Alicante 2008 vuelta al mundo de vela» y a la baja de los gastos incurridos en los expedientes de asistencia técnica del anteproyecto relacionado con Volvo Ocean Race.

Por otra parte, se ha procedido a la baja de determinados inmovilizados en el capítulo de construcciones, así como sus correspondientes Amortizaciones Acumuladas, debido al tratamiento como Activos Subsumidos, acorde con el Capítulo 4 Apartado 13 del Manual para el tratamiento Contable de los Activos Materiales del Sistema Portuario consensuado con la IGAE, de las instalaciones que han perdido su utilidad con la realización de la Estación Marítima del muelle 10 del Puerto de Alicante. El detalle de los elementos subsumidos con su valor de coste y su amortización acumulada, así como su Valor Neto, que ha sido el incorporado como mayor coste de la obra de la Ampliación lo podemos ver en el siguiente cuadro:

Descripción

Coste

Amortización Acumulada

Valor Neto

Estación Marítima del Muelle 10

1.178.750,00

(206.347,44)

972.402,56

Total

1.178.750,00

(206.347,44)

972.402,56

El importe contabilizado como «inmovilizado material en curso» a 31 de diciembre de 2008 corresponden a los siguientes proyectos:

Nombre inversión /proyecto

Importe

Exp: 416.–pyto. obra ampl. cctv.

71.556,39

Exp.: 367.–pyto. ampl. m-11.

103.000,00

Eg0624: pyto. const.edif. serv. co.

99.772,07

Eg0632: asist. tecn. acc.urb. dar.

10.000,00

Eg0848: pyto. dir. ora desv. lsmt.

2.300,00

Eg0630: nuevas term. teco y clas.

49.913,79

Eg0662: estudio nueva term. ferr.

4.000,00

Total

340.542,25

Determinados proyectos de inversión están adscritos a la financiación con Fondos de cohesión y Feder. Todas las subvenciones son gestionadas por Puertos del Estado. El criterio contable de la subvención devengada se realiza en base a las certificaciones de obra.

El proyecto de inversión cofinanciado con Fondos de Cohesión en el siguiente:

Proyecto

Saldo inicial

Importe dev.
en el ejercicio

Traspasos
a resultados

Bajas

Saldo final

Ampliación Sur Puerto de Alicante

24.769.549,49

 

460.900,98

 

24.308.648,51

Total

24.769.549,49

 

460.900,98

 

24.308.648,51

Los proyectos de inversión cofinanciados con fondos FEDER son los siguientes:

Proyecto

Euros

Saldo inicial

Importe dev. en el ejercicio

Traspaso a resultados (–)

Bajas

Saldo final

Plan Feder 94-99

 

 

 

 

 

Relleno para la ampliación y acceso por carretera a la zona de poniente

768.404,61

 

237,96

 

768.166,65

Nueva Estación Marítima (Muelle 10)

241.158,96

 

27.269,60

 

213.889,36

Autovía de acceso al Puerto

133.187,00

 

24.676,44

 

108.510,56

Proyecto complementario «Urbanización acceso Levante»

10.329,68

 

10.329,68

 

0,00

Relleno en zona poniente zonas A y A1

134.170,78

 

 

 

134.170,78

Carretera acceso al Muelle 17

17.413,99

 

3.695,13

 

13.718,86

Acondicionamiento terminal de contenedores

28.558,84

 

2.144,64

 

26.414,20

Vía de servicio Muelle 1

74.540,41

 

17.877,78

 

56.662,63

Prolongación Muelle 17

1.758.343,53

 

86.197,55

 

1.672.145,98

Pavimentación y drenaje Muelle 17

1.667,78

 

229,68

 

1.438,10

Plan Feder 00-06

 

 

 

 

 

Creación del Muelle 15

3.134.124,98

(607.170,54)

(16.972,10)

 

2.543.926,54

Urbanización Muelle 15; 1.ª Fase

143.940,14

 

11.571,60

 

132.368,54

Complementario construcción Muelle 15

492.363,20

 

29.240,03

 

463.123,17

Estación marítima cruceros

1.062.674,76

(178.339,80)

6.278,15

 

878.056,81

Urbanización zona cruceros: nuevo acceso poniente

2.767.916,76

786.420,41

419.582,34

 

3.3134.754,83

Plan Feder 07/13

 

 

 

 

 

Urbanización vial Acc. Norte (Exp:414)

 

2.045.492,15

45.840,06

 

1.999.652,09

Urbanización vial M-12 y 14 (Exp:415)

 

218.337,45

3.798,06

 

214.539,39

Total

35.538.344,91

2.264.739,67

1.119.786,36

13.111,26

36.670.187,00

Los importes recogidos en la columna «Importe devengado en el ejercicio» del cuadro anterior, corresponden a los porcentajes previstos en los acuerdos de concesión de las subvenciones, aplicados sobre las cantidades realizadas de obra certificada durante el ejercicio 2008 correspondiente a los activos financiados por dichas subvenciones.

El Inmovilizado Material no afecto a la explotación ascendía a 31 de diciembre de 2008 a 4.617.575,99 euros.

El Inmovilizado Material totalmente amortizado al final del ejercicio asciende a 17.108.329,30 euros.

El resultado del ejercicio derivado de la baja de inmovilizado material asciende a 185.009,28 euros de pérdida, derivados principalmente de elementos correspondientes a la Volvo Ocean Race.

VII. Inversiones inmobiliarias.

Las inversiones más significativas incluidas en este epígrafe del balance de situación adjunto son las siguientes:

Euros

Saldo inicial

Entradas o dotaciones

Bajas

Traspasos

Saldo final

Coste:

 

 

 

 

 

Terrenos y bienes naturales

49.034.063,19

 

 

574.339,27

49.608.402,46

Construcciones

7.767.915,83

 

(67.924,30)

 

7.699.991,53

Total coste

56.801.979,02

 

(67.924,30)

574.339,27

57.308.393,99

Amortización acumulada:

 

 

 

 

 

Construcciones

3.647.769,22

197.068,50

(49.107,47)

 

3.795.730,25

Total amortización acumulada

3.647.769,22

197.068,50

(49.107,47)

 

3.795.730,25

Provisiones:

 

 

 

 

 

Valor neto contable

53.154.209,80

 

 

 

53.512.663,74

Las inversiones inmobiliarias de la Autoridad Portuaria, consisten exclusivamente en terrenos y edificaciones que tienen por objeto ser destinadas a concesiones administrativas o autorizaciones administrativas, dentro de las distintas tipologías propias de la actividad portuaria, así como al arrendamiento propiamente dicho.

La superficie aproximada que se encuentra destinada a estas actividades corresponde a 874.755 de metros cuadrados de terreno y las edificaciones propias de la autoridad portuaria que están sometidas a régimen de concesión administrativa o autorización administrativa más significativas son según el siguiente detalle, indicando denominación de la edificación y referencia contable de activos físicos.

A continuación se incluye el detalle de inversiones inmobiliarias (edificaciones) más significativas mantenidas por la Autoridad Portuaria al 31 de diciembre de 2008:

Concesión

Descripción

Terminales marítimas sureste, s.a.

Ampliación puerto Alicante.

Terminal contenedores Alicante

Terminal contenedores m-11.

Marina de poniente, s.a.

Centro comercial Panoramis.

Marina dep. puerto Alicante, s.a.

Amarres de embarc. deportivas y servicio.

Comercial marina deportiva, s.a.

Locales ciales. y otros usos terciarios.

Real club de regatas Alicante

Club de regatas.

Ingresos y gastos relacionados.

En el ejercicio 2008 los ingresos derivados de las tasas que son de aplicación en materia de concesiones administrativas y autorizaciones administrativas, provenientes de los activos catalogados como inversiones inmobiliarias, a tenor de lo indicado y dispuesto en las directrices de aplicación al sistema portuario de titularidad estatal ascendieron a la cantidad de 4.981.530 euros, aproximadamente.

A continuación se adjunta unos cuadros explicativos de los que se derivan los cobros mínimos futuros a obtener de dicha actividad de las principales concesiones:

Concesión

Cobros mínimos futuros

Año fin concesión

Cuotas contingentes 2008

Terminales Marítimas
del Sureste.

Hasta 1 año.

985.466

2035

341.895

De 1 a 5 años.

4.112.265

Más de 5 años (por año).

1.054.206

Terminal de contenedores Alicante.

Hasta 1 año.

451.227

2010

346.783

De 1 a 5 años.

340.217

Más de 5 años.

0,00

Marina de Poniente.

Hasta 1 año.

207.241

2028

292.524

De 1 a 5 años.

859.346

Más de 5 años (por año).

222.653

Marina Deportiva Puerto
de Alicante.

Hasta 1 año.

130.530

2026

108.759

De 1 a 5 años.

541.256

Más de 5 años (por año).

140.238

Comercial Marina Deportiva.

Hasta 1 año.

236.978

2023

60.137

De 1 a 5 años.

982.655

Más de 5 años (por año).

254.602

Real Club de Regatas Alicante.

Hasta 1 año.

250.778

2027

2.865

De 1 a 5 años.

1.021.201

Más de 5 años (por año).

259.954

Por otro lado, los gastos de explotación, dada la normativa aplicable a las concesiones y autorizaciones de carácter administrativo, corren a cuenta del concesionario o autorizado. Si es de destacar como gasto de explotación registrado el importe correspondiente a la amortización de los inmuebles que son titularidad de la Autoridad Portuaria y se encuentran explotados, en la cantidad de 197.068,50 euros aproximadamente la tasa de amortización anual del detalle de inmuebles que se incluye en la tabla anterior.

El resultado del ejercicio derivado de la baja de inversiones inmobiliarias asciende a 18.816,83 euros de pérdida, derivados de elementos correspondientes a la Volvo Ocean Race.

VIII. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar.

La Entidad mantiene formalizado un contrato con una entidad mercantil, de fecha 6 de octubre de 2006, en virtud del cual, se autoriza el uso a la referida mercantil de unos terrenos de bienes patrimoniales propiedad de la Autoridad Portuaria. La duración del contrato se estipula en una duración inicial de 1 año prorrogable hasta un máximo de dos.

La contraprestación satisfecha por la Entidad en el ejercicio 2008 ha ascendido a 30.297,00 euros.

Por otra parte, y considerando el plazo de vigencia del contrato firmado, a continuación se detalla el importe total de los cobros futuros mínimos que se esperan percibir por el mismo en los siguientes plazos:

Arrendamientos operativos
Cuotas mínimas

Euros
Valor nominal

Menos de un año

30.297,00

Total

30.297,00

IX. Instrumentos financieros.

Análisis por categorías.

El valor a 31 de diciembre de 2008 de los activos y pasivos financieros de la Entidad, agrupados de acuerdo con las partidas previstas en la Norma de Valoración 9ª del Plan General de Contabilidad, se refleja en los siguientes cuadros:

Activos financieros.

Inst. financieros a l/p

Inst. financieros a c/p

Saldo final

Saldo inicial

Saldo final

Saldo inicial

Inversiones mantenidas hasta el vencimiento

 

 

 

1.702.987,13

Préstamos y partidas a cobrar

5.010.986,50

5.230.327,26

10.018.199,17

6.831.181,04

Total

5.010.986,50

5.230.327,26

10.018.199,17

8.534.168,17

Pasivos financieros:

Inst. financieros a l/p

Inst. financieros a c/p

Saldo final

Saldo inicial

Saldo final

Saldo inicial

Débitos y partidas a pagar

60.180,44

83.457,73

24.640.333,09

19.696.003,93

En base a lo anterior, a continuación se analiza con detalle cada una de las partidas contabilizadas por la Entidad:

Activos financieros a largo plazo.

El movimiento habido durante el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2008 en las diferentes cuentas que componen este capítulo del balance de situación adjunto ha sido el siguiente:

 

Saldo Inicial

Adiciones del ejercicio

Cancelación anticipada

Traspasos
a corto plazo

Otros movimientos

Saldo Final

Créditos a largo plazo al personal

13.687,50

79.750,00

(500,00)

(83.821,78)

 

9.115,72

Créditos por enajenación de inmovilizado

214.768,98

 

(156.151,42)

 

(58.617,56)

 

Créditos por subvenciones devengadas

5.000.005,00

 

 

 

 

5.000.005,00

Fianzas constituidas a largo plazo

1.865,78

 

 

 

 

1.865,78

Total

5.230.327,26

79.750,00

(156.651,42)

(83.821,78)

(58.617,56)

5.010.986,50

Créditos por enajenación del inmovilizado.

Corresponde al importe de venta de unas grúas de cuyo importe pendiente al inicio del ejercicio, sólo se ha percibido 156.151,42 euros, cancelándose el importe de la deuda pendiente de 58.617,56 euros como pérdida del ejercicio de instrumentos financieros.

Créditos por subvenciones devengadas.

Responde al importe pendiente de recibir del Fondo de Cohesión por un importe de 5.000.005,00 euros.

Créditos a largo plazo al personal.

Los créditos a largo plazo al personal que figuran registrados en este epígrafe del balance de situación adjunto son los concedidos con la finalidad de compra o reparación de la vivienda habitual, en una cuantía máxima por empleado de hasta 3.005,06 euros, sin devengar interés alguno.

Fianzas constituidas a largo plazo.

Por otra parte, las fianzas constituidas a largo plazo se corresponden a contratos de suministros celebrados por la Entidad.

Activos financieros a corto plazo.

El desglose en el ejercicio 2008 de este epígrafe del balance de situación adjunto es el siguiente:

Créditos por servicios portuarios y por tasas y cánones.

El detalle al 31 de diciembre de 2008 del epígrafe «Clientes por tasas-cánones y prestaciones de servicios» es el siguiente:

Concepto

Euros

Clientes por servicios portuarios

1.870.089,34

Clientes por tasas

5.878.400,67

Otros

271.221,48

Corrección valorativa (insolvencias)

(2.156.522,83)

Corrección valorativa (cobro ejecutiva)

(27.000,00)

Total

5.836.188,66

Los Administradores consideran que el importe en libros de las cuentas de deudores comerciales y otras cuentas a cobrar se aproxima a su valor razonable.

Clientes por tasas.

La Autoridad Portuaria firmó con fecha 5 de mayo de 1993, un contrato con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por el que este organismo convendría la recaudación por vía ejecutiva de los ingresos de derecho público propios de la Autoridad de acuerdo con las siguientes condiciones económicas:

6% sobre el importe de las cantidades recaudadas y de las anulaciones por motivos distintos al ingreso

Cuando el índice de anulaciones, en importe exceda del 10%, el porcentaje del apartado anterior se verá incrementado en una décima por cada punto de exceso que haya experimentado tal índice.

Varios Clientes han recurrido liquidaciones de la Tasa de Servicios Generales, estas Tasas están siendo, no obstante abonadas por los clientes, y no existen indicios que permitan concluir que la resolución de dichos recursos vaya a ser desfavorable para la Autoridad Portuaria, por lo que se considera que no concurren los requisitos exigibles según las normas para dotar las consiguientes provisiones.

El contrato de colaboración descrito anteriormente, ha sido objeto de revisión y a fecha de cierre del ejercicio 2008 queda pendiente de firma el nuevo convenio para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de naturaleza pública suscrito entre la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Autoridad Portuaria de Alicante, que será de aplicación desde la fecha de entrada en vigor del nuevo contrato de colaboración.

Administraciones Públicas.

El saldo de la partida de «Administraciones Públicas, subvenciones oficiales pendientes de cobro» del balance de situación adjunto a 31 de diciembre de 2008 asciende a 2.682.371,92 euros, y el correspondiente a «Otros créditos con las Administraciones Públicas» a 1.450.189,21 euros (Nota XII).

Deudores varios y tesorería.

Euros

Saldo Inicial

Adiciones del ejercicio

Cancelación

Saldo al 31/12/08

Deudores varios

40.939,86

83.821,78

(75.312,26)

49.449,38

Tesorería

6.272,61

 

 

243.321,94

Total

47.212,47

83.821,78

(75.312,26)

292.771,32

El saldo del epígrafe «Deudores varios» del balance de situación corresponde al traspaso al corto plazo de los créditos al personal.

Correcciones por deterioro del valor originadas por el riesgo de crédito.

El detalle de las correcciones valorativas efectuadas por la Entidad y las pérdidas de créditos incobrables del ejercicio 2008 es el siguiente:

 

Saldo a 01.01.08

Dotaciones

Aplicaciones

Saldo a 31.12.08

Deterioro de créditos

1.023.242,89

1.133.279,94

 

2.156.522,83

Dentro de la provisión por insolvencias de tráfico, se ha dotado al 100% el importe de aquellos deudores sobre los que la Autoridad Portuaria tiene razones suficientes para considerar que la probabilidad de cobro es nula.

Pasivos financieros a largo plazo.

El importe del movimiento habido durante el ejercicio 2008 en este epígrafe del balance de situación adjunto es el siguiente:

 

Euros

Deudas a largo plazo:

 

Fianzas y depósitos a largo plazo

60.180,44

Se incluyen en esta partida las fianzas realizadas por los clientes como garantía de pago de sus obligaciones con la Autoridad Portuaria.

Pasivos financieros a corto plazo.

El movimiento habido durante el ejercicio 2008 en este epígrafe del balance de situación adjunto es el siguiente:

 

Euros

Deudas a corto plazo:

 

Deudas con entidades de crédito

13.868.359,33

Proveedores de inmovilizado a corto plazo

7.707.654,81

Otros pasivos financieros

154.134,86

Deudas con empresa del grupo

13.297,61

Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar:

 

Acreedores y otras cuentas a pagar

2.723.834,16

Otras deudas con las Administraciones Públicas

173.053,22

Total Pasivo corriente

24.640.333,99

Deudas con entidades de crédito.

Las deudas con entidades de crédito corresponden a dos pólizas de crédito que tiene contratada la Entidad, que a 31 de diciembre de 2008 tienen como importe dispuesto 9.136.826,53 euros en el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, y 4.623.287,56 euros en la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, con un límite en el primer caso de 11.500.000,00 euros y de 5.000.000,00 de euros en el segundo.

Inversiones en empresas del Grupo.

El detalle y movimiento de este epígrafe del activo del balance de situación a 31 de diciembre de 2008 adjunto es el siguiente:

Euros

Saldo inicial

Adiciones

Enajenación

Saldo final

Inversiones en empresas del Grupo y Asociadas

90.151,82

 

(90.151,82)

0,00

Durante el ejercicio 2008 la Entidad ha enajenado la participación que poseía sobre el capital de «Sociedad de Estiba y Desestiba del Puerto de Alicante, S. A.» (sestibalsa).

La venta de las participaciones de sestibalsa ha tenido un impacto en la cuenta de pérdidas y ganancias de la Entidad de 1,82 euros de pérdida.

Información sobre naturaleza y nivel de riesgo de los instrumentos financieros.

A continuación se indican los principales riesgos financieros que impactan en la Autoridad Portuaria:

Riesgo de crédito.

El riesgo de crédito se define como la posibilidad de que un tercero no cumpla sus obligaciones contractuales originando con ello pérdidas a la Autoridad Portuaria.

La exposición de la Autoridad Portuaria a este tipo de riesgo es atribuible principalmente a las deudas comerciales por operaciones de tráfico.

El modelo de gestión de crédito comercial de la Autoridad Portuaria, se basa en un seguimiento constante de la evolución de los saldos a cobrar y del riesgo asumido en cada momento así como el análisis y valoración de los recursos inmovilizados no rentabilizados, lo que permite tomar decisiones necesarias al respecto.

Riesgo de liquidez.

El riesgo de liquidez es el asociado a la capacidad de la Autoridad Portuaria para atender sus compromisos de pago a unos precios de mercado razonables y llevar a cabo sus planes de negocio en un marco de financiación estable.

Riesgo de mercado (incluye tipo de interés, tipo de cambio y otros riesgos de precio).

La mayor parte de los excedentes de tesorería y de la deuda financiera de la Autoridad Portuaria están expuestos al riesgo de interés, por estar fijada su retribución a tipo variable, normalmente Euribor, al plazo que corresponda.

Fondos propios.

El epígrafe «Patrimonio Inicial» del balance de situación al 31 de diciembre de 2008 adjunto, incluye los bienes transferidos por el Organismo Autónomo Junta del Puerto de Alicante a la Autoridad Portuaria de Alicante previamente ajustada mediante una tasación independiente de 15 de marzo de 1996 sobre los valores existentes al 1 de enero de 1993 en virtud de lo establecido en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (véase Nota 1).

Los Resultados de Acumulados están compuestos por el Resultado Neto Acumulado de los Beneficios y Pérdidas producidos desde el ejercicio 1993 y el Neto Acumulado del Fondo de Contribución Recibido y Aportado desde el ejercicio 1993 hasta el 2008.

X. Existencias.

Dada la actividad desarrollada por la Autoridad Portuaria, ésta no posee registradas en su balance existencias a la fecha de fin de ejercicio.

XI. Moneda extranjera.

La Entidad no ha realizado operaciones en moneda funcional distinta a la propia (el euro).

XII. Situacion fiscal.

Según establece la legislación vigente, los impuestos no pueden considerarse definitivamente liquidados hasta que las declaraciones presentadas hayan sido inspeccionadas por las autoridades fiscales o haya transcurrido el plazo de prescripción de cuatro años. Al cierre del ejercicio 2008, la Entidad tiene abiertos a inspección los ejercicios 2004 y siguientes del Impuesto sobre Sociedades y los ejercicios 2005 para los demás impuestos que le son de aplicación. La Entidad consideran que se han practicado adecuadamente las liquidaciones de los mencionados impuestos, por lo que, aún en caso de que surgieran discrepancias en la interpretación normativa vigente por el tratamiento fiscal otorgado a las operaciones, los eventuales pasivos resultantes, en caso de materializarse, no afectarían de manera significativa a las cuentas anuales adjuntas.

En cuanto al régimen fiscal de la Entidad, la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2002 en la disposición final tercera dispone, en su apartado Dos, que el régimen fiscal de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias, como entidades parcialmente exentas del impuesto sobre sociedades, será de aplicación a los períodos impositivos cuyo plazo de declaración finalice después del 1 de enero de 2002.

Por otra parte, el detalle de saldos deudores y acreedores al 31 de diciembre de 2008 con las Administraciones Públicas es el siguiente:

Concepto

Euros

Saldo Deudor

Saldo Acreedor

Hacienda Publica deudora por IVA

1.443.733,75

 

Hacienda Pública acreedora IRPF

 

75.811,24

Hacienda Pública por retenciones y pagos a cuenta

10.503,00

 

Seguridad Social

 

97.241,98

Otras deudas con la Administración

(4.047,54)

 

Total

1.450.189,21

173.053,22

En relación con el Impuesto sobre Actividades Económicas, la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 83, número uno, establece del mismo modo la exención para el Estado, y el artículo 51 de la Ley 27/92, de 24 de noviembre, de Puertos de Estado y de la Marina Mercante, dispone que las Autoridades Portuarias quedan sometidas al mismo régimen tributario que corresponde al Estado. En consecuencia, la Autoridad Portuaria de Alicante está exenta del Impuesto sobre Actividades Económicas.

En relación con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, tal como se describe en la Nota XIV, la Entidad tiene recogida una provisión por importe de 139.778,03 euros. Se está procediendo a la conciliación de los bienes afectos a este impuesto para su abono correspondiente.

XIII. Ingresos y gastos.

Gastos de personal.

El saldo de la cuenta «Cargas sociales» del ejercicio 2008 presenta la siguiente composición (en euros):

 

Euros

Cargas Sociales:
Seguridad Social a cargo de la empresa
Aportaciones al plan de pensiones
Otras cargas sociales


1.135.687,17
61.875,75
70.698,78

Total

1.268.261,71

Cifra de negocios.

El importe neto de la cifra de negocio asciende a 14.953.059,68 euros y se ha realizado íntegramente en territorio nacional. No existe ninguna operación que haya tenido lugar en el extranjero. El desglose de la Importe neto de la cifra de negocios aparece en la cuenta de Pérdidas y Ganancias, donde por Tasas portuarias se han recogido 13.722.667,19 euros y por otros ingresos de negocio 1.230.392,49 euros.

Otros gastos de explotación.

La composición del saldo del epígrafe «Otros servicios exteriores» de la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio 2008 adjunta es la siguiente:

Otros servicios exteriores

31/12/2008

Gastos de publicidad, propaganda, relaciones públicas, anuncios, ferias, congresos, etcétera

544.605,76

Gastos de limpieza

536.679,86

Dietas y gastos de viaje (gasolina, autopista, aparcamientos, peajes, etc.)

88.007,09

Comunicaciones (teléfono, fax, mensajería, correo, Internet, Portel, etc.)

49.480,04

Material de oficina y material informático no inventariable

39.303,25

Primas de seguros, primer riesgo, incendios, automóviles, responsabilidad civil, etc.

32.255,50

Arrendamientos y gastos de comunidad

56.998,34

Gastos de seguridad, prevención y extinción de incendios, etc.

3.861,61

Gastos de investigación y desarrollo

16.524,72

Publicaciones y suscripciones; libros, prensa, revistas, memoria, etc.

194,07

Gastos de gestión de Comisión Paritaria Permanente

9.361,00

Varios

134.744,04

Confección memoria Autoridad Portuaria de alicante

15.429,52

The Association of Med Cruise

7.620,00

Total

1.535.064,80

XIV. Provisiones y contingencias.

El movimiento habido en el ejercicio 2008 en los diferentes epígrafes de este capítulo es el siguiente (Nota IV.9).

Euros

Provisión para impuestos

Provisión para responsabilidades

Total

Saldo inicial

164.606,01

143.725,35

308.331,36

Dotaciones del ejercicio 2008

83.431,32

 

83.431,32

Excesos

(92.990,70)

 

(92.990,70)

Aplicaciones

(15.268,60)

(2.359,14)

(17.627,74)

Saldo final

139.778,03

141.366,21

281.144,24

Provisión para impuestos.

Corresponde al importe estimado de deudas tributarias relativas al Impuesto sobre Bienes Inmuebles cuyo pago está indeterminado en cuanto a su importe exacto o en cuanto a la fecha en que se producirá, dependiendo del cumplimiento o no de determinadas condiciones. Las dotaciones se efectúan de acuerdo con las mejores estimaciones del devengo anual, teniendo en cuenta la evolución de los recursos presentados. La dotación realizada en el ejercicio 2008 asciende a 83.431,32 euros en concepto de provisión para el Impuesto de Bienes Inmuebles de los ejercicios 2005 a 2008, ambos inclusive.

Por otra parte, en el ejercicio 2008, se ha aplicado la provisión sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles de los ejercicios 1996 a 2003, ambos inclusiva, por importe de 15.268,60 euros, y se ha contabilizado como exceso un importe de 92.990,70 euros. (Nota XIV).

Provisión para responsabilidades.

A 31 de diciembre de 2008, la Autoridad Portuaria mantiene en este epígrafe del balance de situación adjunto, una provisión de 141.366,21 euros.

En dicho epígrafe se encuentran incluidos:

Para reclamaciones diversas por responsabilidad patrimonial, una provisión por importe de 20.288,67 euros, cubriendo los recursos pendientes de resolución.

Una provisión dotada en ejercicios anteriores por la Entidad en concepto de deducciones por gestión de la prestación económica de I.T. derivada de Contingencias Comunes, el cual fue externalizado en el año 2001, por importe de 117.049,02 euros.

Una provisión por reclamaciones por importe de 4.028,52 euros.

Por otra parte, la Entidad se encuentra inmersa en otros litigios de los que no espera tener que desprenderse de recursos para su extinción, toda vez que según se desprende del informe realizado por el Abogado del Estado, de fecha 7 de abril de 2009, las probabilidades de éxito de la Entidad en los referidos litigios es muy elevada al haberse ajustado las tasas objeto de litigio a la Ley 48/2003. Asimismo, los créditos objeto del litigio se encuentran avalados, por lo que no existe riesgo de crédito por los mismos. Por tanto, durante el ejercicio 2008 la Entidad no ha dotado provisión por responsabilidades, habiendo aplicado un importe de 2.359,14 euros.

XV. Información sobre medio ambiente.

Dada la actividad desarrollada por la Entidad, uno de los pilares básicos en las estrategias a seguir por parte de la APA es la correcta gestión ambiental el recinto portuario.

En este sentido, la Entidad viene realizando importantes esfuerzos para obtener unos niveles óptimos de calidad ambiental.

Así, el importe de los gastos en materia medioambiental ascienden en el ejercicio 2008 a 73.007,39 euros, correspondiente básicamente a la obtención de la certificación de calidad PERS y a la elaboración del Plan Medioambiental de la Autoridad Portuaria de Alicante.

Por otra parte, la inversión directa en inmovilizado específico para la protección del medio ambiente ha ascendido a 36.919,00 euros, correspondiente a la adquisición de un medidor de partículas.

A lo largo del ejercicio 2008, la Autoridad Portuaria de Alicante, conjuntamente con la Autoridad Portuaria de Valencia, el Instituto de Estudios y Cooperación de la Comunidad Valenciana (Feports) y el Organismo Público Puertos del Estado, han desarrollado la «Guía para la elaboración de Memorias de Sostenibilidad en el Sistema Portuario Español». Dicho proyecto, denominado Mesosport, ha sido financiado por el Ministerio de Industria Turismo y Comercio a través del programa Profit.

XVI. Retribuciones a largo plazo al personal.

La Entidad no otorga retribuciones a largo plazo al personal.

XVII. Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio.

No existen transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio.

XVIII. Subvenciones, donaciones y legados.

La información sobre las subvenciones recibidas por la Entidad, las cuales forman parte del Patrimonio Neto, así como de los resultados imputados a la cuenta de pérdidas y ganancias procedentes de las mismas, es la siguiente (en euros):

 

Saldo Inicial

Altas

Importe devengado

Traspaso a resultados

Bajas

Saldo Final

Subvenciones de capital

36.703.224,10

 

6.602.370,94

(1.212.395,44)

(23.754,48)

42.069.445,12

El total del importe de las subvenciones han sido percibas para la realización de los proyectos especificados para cada una de ellas en la Nota VI, correspondiendo todas ellas a fondos europeos (Feder y Cohesión).

La Entidad considera que cumple la totalidad de las condiciones generales y particulares establecidas en las correspondientes resoluciones individuales de concesión de todas las subvenciones de capital recibidas al 31 de diciembre de 2008.

XIX. Combinaciones de negocio.

La Entidad no ha efectuado combinaciones de negocio durante el ejercicio 2008.

XX. Negocios conjuntos.

Durante el ejercicio, la Entidad no ha tenido intereses significativos en negocios conjuntos.

XXI. Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones interrumpidas.

La Autoridad Portuaria no realiza actividades que deban ser calificadas como interrumpidas ni dispone, a la fecha de cierre del ejercicio 2008, de activos no corrientes o grupos enajenables de elementos que deban ser calificados como mantenidos para la venta.

XXII. Hechos posteriores al cierre.

Durante el ejercicio, no se han producido hechos posteriores que hayan puesto de manifiesto circunstancias que ya existían en la fecha de cierre del ejercicio y que no hayan supuesto la inclusión de un ajuste en las cifras contenidas en las cuentas anuales.

Tampoco se han producido hechos posteriores al cierre del ejercicio, que hayan podido afectar a la capacidad de evaluación de los usuarios de las cuentas anuales, ni que afecten a la aplicación del principio de empresa en funcionamiento.

XXIII. Operaciones con partes vinculadas.

Operaciones y saldos mantenidos con empresas del grupo.

El desglose de las operaciones y saldos mantenidos con Empresas del Grupo a lo largo del ejercicio 2008 es el siguiente:

 

Euros

Saldo

Operaciones

Fondo de Compensación

Aportación a Puertos
del Estado. Art. 11.1
Ley 48/2003

Acreedor

Deudor

Gastos

Ingresos

Aportado

Recibido

Ente Público Puertos del Estado ......

3.936,61

 

9.361,00

 

425.000,00

653.000,00

581.488,40

Retribución al Consejo de Administración.

Durante el ejercicio 2008, las remuneraciones a los miembros del Consejo de Administración, en concepto de dietas de asistencia a Consejos ascienden a 42.770,38 euros.

Uno de los Consejeros presta servicios al Puerto como abogado del Estado, en virtud de lo dispuesto en el convenio suscrito por la Autoridad Portuaria con la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia e Interior.

El importe satisfecho al Abogado del Estado por los servicios prestados en 2008 asciende a 5.332,47 euros, registrado en la partida «Servicios Exteriores» de la cuenta de pérdidas y ganancias de 2008 adjunta. Asimismo el importe recibido en concepto de Sueldos y Salarios por personal de la Autoridad Portuaria que forma parte del Consejo de Administración asciende a 269.337,54 euros, aunque, es de destacar que, la integridad de este importe se ha recibido por el hecho de ser personal de la Autoridad Portuaria y no por formar parte del Consejo de Administración.

En concepto de dietas de asistencia al Consejo de Administración del personal externo al puerto asciende a un importe de 37.797,08 euros.

De igual manera, el personal de la Autoridad Portuaria que forma parte del Consejo de Administración, ha recibido en concepto de dietas 4.973,30 euros, que ha sido registrado en la partida «Otros Gastos de Personal» de la cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio.

No se han concedido créditos a los miembros del Consejo, ni existen obligaciones en materia de pensiones y de seguros de vida respecto a los mismos.

Al personal empleado de la Autoridad Portuaria que forma parte del Consejo de Administración y que participa del Plan de Pensiones de la APA, se han realizado aportaciones del ejercicio 2008 por importe de 3.631,62 euros, la integridad de este importe lo han recibido por el hecho de ser personal de la Autoridad Portuaria y no por formar parte del Consejo de Administración.

XXIV. Otra información.

El número medio del personal empleado en el ejercicio 2008 agrupado por categorías se refleja en el siguiente detalle:

 

Personal Fijo

Personal Eventual

Total

Directivos, Técnicos y Similares

23

3

26

Administrativos y Auxiliares

29

 

29

Obreros y Subalternos

62

17

78

Total

114

20

134

Asimismo, la distribución por sexos al término del ejercicio 2008, detallado por categorías, es el siguiente:

 

Hombres

Mujeres

Total

Directivos, Técnicos y Similares

20

6

26

Administrativos y Auxiliares

20

9

29

Obreros y Subalternos

73

5

78

Total

114

20

134

XXV. Información segmentada.

El importe neto de la cifra de negocios se ha obtenido íntegramente en el mercado nacional.

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