Contingut no disponible en valencià
Por Resolución de 18 de diciembre de 2009 («BOE» de 2 de enero de 2010), de la Secretaría General de Universidades, se concedieron subvenciones para la movilidad de profesores visitantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2009-2010 convocadas por Orden EDU/1795/2009, de 23 de junio de 2009 («BOE» de 6 de julio).
Habiéndose detectado errores en la concesión de los importes correspondientes a los gastos de viaje que figuran en el anexo de la mencionada Resolución, y teniendo en cuenta lo acordado por la Comisión de Selección, se ha resuelto:
Primero.–Proceder a la corrección de los errores detectados por Universidad y Máster. La diferencia entre ambos importes, que figura en el anexo de la presente Resolución, deberá ser reintegrado al Tesoro Público tal como establece el artículo 39 del Capítulo I Modalidad A de la orden EDU/1975/2009, de 23 de junio de 2009 («BOE» 6 de julio de 2009).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 177 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 11 de marzo de 2010.–El Secretario General de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid